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ZONA DE ESPECIAL PROTECCIÓN PARA LAS AVES (ZEPA) |
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Directiva 79/409/CEE, del 2 de abril, relativa a la conservación de las aves silvestres (Directiva de Aves). |
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Las ZEPA´s son zonas de especial protección para las aves silvestres. La Red de ZEPA´s es una figura de protección, establecida en la Directiva de Aves, para las 175 especies de aves consideradas más amenazadas en Europa y, especialmente, para las aves migratorias. Un determinado lugar, para ser designado ZEPA, debe albergar un numero mínimo de aves que le otorgue una importancia internacional. |
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Las ZEPA´s, junto con los LIC (Lugares de Interés Comunitario), integran la Red Natura 2000, cuyo objetivo es la conservación de la biodiversidad en la Unión Europea. |
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Las Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPAS) son zonas delimitadas y definidas por las Comunidades Autónomas, a partir de áreas que en cada región se consideran importantes para las aves (IBA´s). El Ministerio de Medio Ambiente es el encargado de tramitar la documentación ante la Unión Europea. |
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Las actividades humanas que están permitidas en las ZEPA´s son todas aquellas que no perjudiquen a las especies de aves por las cuales se ha protegido dicha zona. Están permitidas las actividades agrarias, ganaderas y forestales. Salvo excepciones, también esta permitida la actividad cinegética regulada. Las actividades de mayor impacto deben ser reguladas y sometidas a evaluación de impacto ambiental para garantizar su compatibilidad con la conservación de la naturaleza. |
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Zona de Especial Protección para las Aves en Cartagena [+info] |
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Mapa: Distribución Municipal de ZEPAS |