Normativa Europea


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Directiva Aves

Directiva Habitats

Octava lista LIC región mediterránea 2014

La Red Natura 2000 es el principal instrumento de la política de conservación de la biodiversdad de la Unión Europea.

Natura 2000 es una red ecológica europea de áreas de conservación de la biodiversidad. Consta de Zonas Especiales de Conservación (ZEC) establecidas de acuerdo con la Directiva Hábitat y de Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA) designadas en virtud de la Directiva Aves. Su finalidad es asegurar la supervivencia a largo plazo de las especies y los tipos de hábitat en Europa, contribuyendo a detener la pérdida de biodiversidad. 

Estas directivas se resumen a continuación:

  • Directiva relativa a la conservación de aves silvestres. La Directiva Aves tiene por finalidad la conservación a largo plazo de todas las especies de aves silvestres de la UE. Establece un régimen general para la protección y la gestión de estas especies, así como normas para su explotación. Se aplica tanto a las aves como a sus huevos, sus nidos y sus hábitats. Los Estados miembros deben designar zonas de protección especial (ZEPA) para estas especies –y para las especies migratorias no incluidas en el anexo I– los territorios más apropiados, en número y tamaño.
  • Directiva relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la flora y fauna silvestre. La Directiva Hábitats tiene como objetivo la protección de los tipos de hábitat naturales y de los hábitat y las poblaciones de las especies silvestres (exceptuando las aves) de la Unión Europea, mediante el establecimiento de una red ecológica y un régimen jurídico de protección de las especies. Identifica más de 200 tipos de hábitat y más de 900 especies como de interés comunitario y establece la necesidad de conservarlos, para lo cual obliga a que se adopten medidas para mantenerlos o restaurarlos en un estado favorable. La Directiva crea una red ecológica coherente de zonas especiales de conservación con el nombre de Natura 2000, que también incluye las zonas de protección especial designadas de acuerdo con la Directiva Aves.
  • Listas de Lugares de Importancia Comunitaria (LIC). El proceso de creación de la Red Natura 2000 incluye la aprobación por la Comisión Europea de las lista de Lugares de Importancia Comunitaria para las distintas regiones biogeográficas de la Unión Europea. Dicha aprobación se produce como resultado de la evaluación de las listas nacionales propuestas por los Estados miembros, con la selección de los lugares que éstos estiman deberían formar parte de la Red Natura 2000, atendiendo a los criterios de la Directiva Hábitats. A partir de la aprobación de las listas de lugares de Importancia Comunitaria por la Comisión, los Estados miembros cuentan con un plazo de seis años para designar dichos lugares como Zonas de Especia Conservación y establecer las medidas de gestión necesarias para la conservación de los tipos de hábitat y las especies que albergan.

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