Ficha de norma de volumetría
E5 - Volumetría específica de grado 5
En este grado se indica entre paréntesis el índice edificabilidad
Parámetros para parcelación
Parámetros para parcelación
Parámetro | Condiciones |
Parcela mínima | No se permiten parcelaciones. |
Ancho mínimo del lindero frontal | |
Diámetro inscribible | |
Parámetros para edificación
Parámetros para edificación
Parámetro | Condiciones |
Tipo de alineación | Volumetría específica |
Índice de edificabilidad | El grafiado en los planos de ordenación. |
Fondo máximo | |
Altura máxima | |
Separación mínima a linderos | |
Ocupación máxima | |
Condiciones adicionales | Deberá redactarse un Estudio de Detalle que ordene volumétricamente la manzana (o submanzana) de acuerdo con el entorno y/o condicionantes jurídicos que pudieran existir. El Estudio de Detalle es preceptivo y abarcará todo el ámbito ordenado con este grado (la manzana o submanzana).
Las bases para el Estudio de Detalle son:
- Se permite la tipología de edificación aislada y agrupada.
- Altura máxima: 4 plantas.
- Separación a linderos:
* A espacios públicos no se establece retranqueo obligatorio.
* En edificación abierta, a partir de la segunda planta, siempre que la primera o baja no se use para vivienda, separación a linderos con otras parcelas 1/2 de la altura.
* Se permitirá prescindir del retranqueo a linderos cuando la construcción vaya adosada a otra parcela contigua y todos los paramentos al descubierto tengan la misma calidad que las fachadas. En este caso, será preceptiva la construcción simultánea o la constitución formal de la obligación, por parte del propietario del predio colindante, de realizar la construcción de acuerdo con la ordenación establecida.
* Se permite la edificación en manzana cerrada, según se define en estas Ordenanzas y previa la aprobación de un Estudio de Detalle, en cuyo caso la separación entre bloques no se producirá en alineación a vía pública o zona de uso y dominio público. No obstante, si fuera necesario para esta tipología, se formarán los sistemas interiores que permitan considerar a cada unidad habitable como exterior, independientemente de su localización.
* En bloques exentos entre ellos será igual a la altura del bloque más elevado. |