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Ficha de uso específico
Vivienda colectiva protegida
Normas urbanísticas generales (versión 2012.3)

2.1.2.3.1.1. USO ESPECÍFICO: VIVIENDA COLECTIVA

Viviendas, apartamentos, estudios, etc., agrupados en edificios y con accesos desde espacios comunes.

Se distingue entre:

  • A. Vivienda colectiva libre
  • B. Vivienda colectiva protegida: Aquella que está acogida a algún régimen de protección pública

Condiciones:

  • Cuando en un mismo edificio existan viviendas colectivas además de otros usos, no podrá ubicarse encima de ninguna vivienda ningún otro uso, salvo despachos profesionales u oficinas con superficie unitaria no superior a 200 m² y las propias viviendas
Condiciones Uso característico Ficha
USO BÁSICO en Residencial genérico (R)
PROHIBIDO en Residencial unifamiliar (Ru)
USO BÁSICO en Residencial protegido (Rp)
PROHIBIDO en Hotelero-turístico genérico (H)
PROHIBIDO en Camping (Hc)
PROHIBIDO en Industrial (I)
PROHIBIDO en Terciario genérico (T)
PROHIBIDO en Terciario comercial (Tc)
PROHIBIDO en Terciario administrativo (Ta)
PROHIBIDO en Dotacional genérico (D)
PROHIBIDO en Dotacional educativo (De)
PROHIBIDO en Dotacional deportivo (Dj)
PROHIBIDO en Dotacional aparcamiento (Dp)
PROHIBIDO en Equipamiento público (E)
PROHIBIDO en Infraestructuras y servicios (S)
PROHIBIDO en Espacio libre público (L)