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Ficha de uso específico
Religioso
Normas urbanísticas generales (versión 2012.3)

2.1.2.3.1.12. USO ESPECÍFICO: RELIGIOSO

Locales o edificios destinados al culto público o privado de cualquier confesión.

Condiciones Uso característico Ficha
Permitido en Residencial genérico (R)
Permitido: Capillas y locales hasta 200 m² en Residencial unifamiliar (Ru)
PROHIBIDO en Residencial protegido (Rp)
Permitido: Como adscrito a uso básico, capillas y locales hasta 200 m² en Hotelero-turístico genérico (H)
Permitido: Como adscrito a uso básico, capillas y locales hasta 200 m² en Camping (Hc)
Permitido en Industrial (I)
USO BÁSICO en Terciario genérico (T)
Permitido en Terciario comercial (Tc)
Permitido en Terciario administrativo (Ta)
USO BÁSICO en Dotacional genérico (D)
Permitido: Como adscrito a uso básico en Dotacional educativo (De)
Permitido: Como adscrito a uso básico, capillas y locales hasta 200 m² en Dotacional deportivo (Dj)
PROHIBIDO en Dotacional aparcamiento (Dp)
USO BÁSICO en Equipamiento público (E)
PROHIBIDO en Infraestructuras y servicios (S)
PROHIBIDO en Espacio libre público (L)