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Ficha de uso específico
Aparcamiento público
Normas urbanísticas generales (versión 2012.3)

2.1.2.3.1.17. USO ESPECÍFICO: APARCAMIENTO PÚBLICO

Espacios o locales destinados a la estancia temporal de vehículos que constituye una unidad de explotación, con finalidad lucrativa o no. Pueden albergar zonas destinadas a pequeño mantenimiento tales como lavado, inflado de neumáticos o similares.

Condiciones Uso característico Ficha
Permitido:
- En sótano y semisótano en edificios con viviendas
- En cualquier planta en edificios sin viviendas
- En superficie
en Residencial genérico (R)
PROHIBIDO en Residencial unifamiliar (Ru)
Permitido: En sótano, semisótano y superficie en Residencial protegido (Rp)
Permitido: En sótano, semisótano y superficie en Hotelero-turístico genérico (H)
Permitido: En sótano, semisótano y superficie en Camping (Hc)
Permitido en Industrial (I)
Permitido en Terciario genérico (T)
Permitido en Terciario comercial (Tc)
Permitido en Terciario administrativo (Ta)
Permitido en Dotacional genérico (D)
Permitido: En sótano, semisótano y superficie en Dotacional educativo (De)
Permitido: En sótano, semisótano y superficie en Dotacional deportivo (Dj)
USO BÁSICO en Dotacional aparcamiento (Dp)
Permitido: En sótano, semisótano y superficie en Equipamiento público (E)
PROHIBIDO en Infraestructuras y servicios (S)
Permitido: Bajo rasante en Espacio libre público (L)