Normas urbanísticas generales (versión 2012.3)
2.1.2.3.1.17. USO ESPECÍFICO: APARCAMIENTO PÚBLICO
Espacios o locales destinados a la estancia temporal de vehículos que constituye una unidad de explotación, con finalidad lucrativa o no.
Pueden albergar zonas destinadas a pequeño mantenimiento tales como lavado, inflado de neumáticos o similares.