Localización: Laguna situada en la zona oriental del Campo de Cartagena Superficie: 14.413,65 Has. Superficie: 14.413,65 Has. Término Municipal: Cartagena, Los Alcázares, San Javier y San Pedro d Descripción Superficie: Playa de la Hita: 27,75 Has.
Marina del Carmolí: 396,61 Has.
Saladar de Lo Poyo: 210,38 Has.
Salinas de Marchamalo y Playa de Las Amoladeras: 198, 27 Has.
Salinas del Rasall: 17,99 Has.
Islas del Mar Menor: (Sujeto 2,5 Has.,Mayor o del Barón 89,4 Has., Perdiguera 25,7 Has.,Ciervo 17 Has., y Redonda 2,4 Has.). Definidas en la Ley 4/92, de 30 de julio, por sus propias denominaciones, sin más especificaciones. Valores Ornitológicos: Cumple los criterios numéricos establecidos para ser designada ZEPA por las especies Cigüeñuela (Himantopus himantopus), con 10 parejas, Garceta (Egretta garzetta), con 115/130 parejas, y Terrera marismeña (Calandrella rufescens), con 143/191 parejas. Normativa de Protección:
La designación como ZEPA en cumplimiento de la Directiva del Consejo de las Comunidades Europeas 79/409/CEE, de 2 de abril de 1979, se produce en la Resolución de 8 de mayo de 2001 (BORM nº 114 del 18 de mayo de 2001).
La zona propuesta como ZEPA incluye el Paisaje Protegido “Espacios Abiertos e Islas del Mar Menor”, declarado por la disposición adicional tercera, DOS, de la Ley 4/1992, de 4 de julio, de Ordenación y Protección del Territorio de la Región de Murcia.
El Mar Menor y sus humedales asociados son también Área de Protección de la Fauna Silvestre según Ley 7/1995, de 21 de abril, de la Fauna Silvestre, Caza y Pesca Fluvial y que, en cuanto tal, tiene la consideración de Área de Sensibilidad Ecológica (artículos 22, 23 y 32.3 de la Ley 7/1995, de 21 de abril, de la Fauna Silvestre, Caza y Pesca Fluvial (BORM nº 102, 4.05.95) y 38 a 42 de la Ley 1/95, de 8 de marzo, de Protección del Medio Ambiente de la Región de Murcia (BORM nº 778, de 3.04.95).
El Mar Menor es Humedal de Importancia Internacional, conforme al Convenio sobre Humedales de Importancia Internacional (Convenio Ramsar), autorizado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 15 de julio de 1994.
El Mar Menor está propuesto como Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) por Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha de 28 de Julio de 2000 (ES6200030).