PLAN
ESPECIAL DE REFORMA INTERIOR DE LA CONCEPCIÓN (CA-1)
Texto Refundido que recoge las condiciones del
Acuerdo de aprobación definitiva
de 15 de julio de 2002
1.1. JUSTIFICACION DE LA CONVENIENCIA DE SU
FORMULACION
1.2. ACTUALIZACION DE LA INFORMACION
URBANISTICA
1.3. PLANEAMIENTO DE RANGO SUPERIOR
1.4. TENDENCIAS Y ANALISIS DE LAS DIVERSAS
ALTERNATIVAS
1.5. OBJETIVOS Y CRITERIOS DE ORDENACION
1.6. ANALISIS DE LA ORDENACION
1.7. INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS
1.8. SINTESIS Y CUADROS DE CARACTERISTICAS
El Plan General Municipal de
Ordenación, aprobado definitivamente el 9 de abril de 1987, ordeno el casco
antiguo de la ciudad, declarado Conjunto Histórico Artístico, recogiendo la estructura
urbana y alineaciones existentes, a excepción de cinco zonas que, por sus
características, se dejaron para posterior estudio y ordenación, mediante la
redacción de Planes Especiales de Reforma Interior.
De estas cinco zonas, las nº 2 y
3 que corresponden con el Molinete y
Balcones Azules se englobaron en una sola, y está en redacción el P.E.R.I., de
acuerdo con las directrices del concurso de ideas que se convocó al respecto.
En la nº 5, Montesacro, se ha aprobado el P.E.R.I. de la misma, encontrándose
en tramitación el de la zona 4, donde se va a ubicar el Campus Universitario.
En el Estudio Económico-Financiero y
en el Programa de Actuación del Plan General, el P.E.R.I. CA 1, se incluye dentro del primer cuatrienio.
Resulta por tanto conveniente la
redacción del Plan Especial de la zona, con el fin de establecer las condiciones para la ordenación, proyección y
gestión de la misma, una vez concretado su ámbito, tal como se recoge en el
Texto Refundido, una vez excluida la parte del teatro romano, de acuerdo con la
Modificación nº 39 del Plan General
1.2.1. Actualización cartográfica.
La propuesta de ordenación de la zona
se ha realizado sobre base cartográfica a escala 1/500 facilitada por la
Comunidad Autónoma, actualizada al día de la fecha por el Topógrafo Municipal.
se han suprimido las edificaciones demolidas recientemente y se han comprobado
las rasantes actuales.
1.2.2. Demografía.
El ámbito del presente Plan Especial
es una zona en depresión desde hace veinte años, por la conjunción de diversas
circunstancias, entre las que se puede destacar fundamentalmente, su estructura
urbana y la edad y calidad de sus edificaciones.
Esto fue motivado, en un principio, por
el abandono paulatino de sus primitivos
habitantes, que empezaron a trasladarse a otros lugares, preferentemente del
ensanche, quedándose en esta parte del casco antiguo los de menos posibilidades
económicas. En la década de los 80, se produce una inmigración, en busca de
alojamiento económico, y en muchos casos, la ocupación ilegal de las viviendas
por personas que venían incluso de fuera del término municipal.
Por el estado de degradación y ruina
de las edificaciones, comenzó la demolición de las mismas, conforme se producía
su desalojo, hasta llegar al estado actual, tal como se refleja en los planos
de información nº 3.3.1, 2.3.4 y 2.3.8.
Con respecto a los habitantes
actuales, partiendo de los datos del padrón, se ha confeccionado el cuadro que
aparece a continuación, clasificándolos en tres cohortes por edades.
La zona se encuentra,
administrativamente, a efectos estadísticos municipales, en el distrito 01,
Sección 03.
NOMBRE CALLE |
Nº |
PISO |
-25 A |
26 - 50 |
+ 50 A |
M.
TAPIA 002250 |
9 |
1I 2B 2D |
2 3 |
1 2 |
1 |
|
11 |
1 2D 2B |
1 |
2 |
3 2 |
|
13 |
2D 2I |
3 |
2 |
1 |
|
15 |
1 2 |
2 |
2 |
2 |
|
17 |
1 2 |
5 2 |
3 2 |
|
|
19 |
1A 1B 1C 2 |
1 1 |
2 1 |
2 |
|
19 |
2A 2B 2C 3 3A 3C 3I 4C B BA BB BC |
3 3 1 10 1 1 3 |
2 3 1 1 1 1 1 1 2 2 |
1 1 1 2 4 2 1 |
|
21 |
1D 2D BD |
1 1 |
1 |
2 2 |
|
23 |
1 2I |
|
1 1 |
|
C/
CONCEPCION 003060 |
1 |
BI 1B 1C 1D 2C 2D 2I 3C 3D 3I 4I |
3 2 1 2 3 |
2 2 1 1 2 2 2 |
1 1 2 2 3 2 4 2 |
|
44 |
B |
1 |
1 |
1 1 |
C/
SEPULCRO 003060 |
5 |
|
|
|
2 |
C/
FAQUINETO 001430 |
5 |
3 |
1 |
|
|
TOTALES |
|
|
56 |
48 |
48 |
1.2.3. Proyecciones de población.
Por las características
singulares de la población que actualmente habita esta parte del casco antiguo,
según lo anteriormente expuesto, no es posible prever la evolución de la misma,
en un horizonte concreto.
Será necesario sin
embargo, constatar su realidad y circunstancias concretas, con vistas al
realojo de las mismas, en cumplimiento de lo dispuesto en la disposición
adicional cuarta del Texto Refundido de la vigente Ley del Suelo.
En un principio y a la
vista de los datos que figuran en el Padrón, seria necesario prever un total de
25 viviendas, con distintos programas de necesidades, para hacer efectivo el
derecho al realojo de los ocupantes legales de la zona de actuación.
1.2.4. Estructura económica de la zona.
No existe ningún tipo
de actividad económica a considerar en la misma. La calle Concepción y
adyacentes ha tenido tradicionalmente un uso residencial casi exclusivo, ya que
los comercios y talleres artesanales han estado situados en la calle Cuatro
Santos.
En el plano de
información nº 2.3.7 vienen reflejados los usos de la planta baja de las
distintas edificaciones existentes
1.2.5. Estructura de la propiedad.
La estructura de la
propiedad viene reflejada gráficamente en los planos nº 2.4.1. y 2.4.2., donde
se distinguen lo que son actualmente solares y los edificios.
Existe un proceso de
compra de solares por parte del Ayuntamiento, habiendo ya una parte
considerable de los mismos, que son de propiedad municipal, según se señala en
el segundo de los planos citados
1.2.6. Edificaciones.
En la actualidad,
solamente queda en pie el 20 % de los edificios que existieron en otro tiempo,
al haberse demolido la mayoría de ellos, según se puede observar en el plano nº
2.4.1.
En el plano nº 2.3.4,
viene reflejado el estado de conservación de los edificios existentes,
distinguiendo los que están en buenas condiciones, sin necesidad de
rehabilitación; los que precisan obras para mejorar su habitabilidad y por
último, los que necesitan obras estructurales para garantizar su estabilidad o
bien proceder a su renovación.
En los planos nº
2.3.5 y nº 2.3.6 se especifican otras características de dichas edificaciones,
relativas al las alturas y a su superficie.
1.2.7. Infraestructuras existentes.
Los servicios
existentes en la zona son antiguos y en mal estado de conservación. En los
planos nº 2.5.1 y 2.5.2. vienen reflejadas las redes de agua y saneamiento. La
red electrizo ha desaparecido en su mayor parte, al ser eléctrica y haberse
demolido los edificios.
Se ha realizado en
fechas recientes, la pavimentación de la Calle Concepción y adyacentes, dentro
de la mejora de accesos al Castillo de la Concepción. La pavimentación se ha realizado con adoquines, sobre cama de
arena, por lo que será posible su recuperación y posterior colocación.
1.2.8. Restos Arqueológicos.- Informe del Museo.
Se adjunta como
Anexo, el informe del Museo de Arqueología Municipal, de acuerdo con lo
establecido en las normas urbanísticas el Plan General, donde se describen la
situación y características de las excavaciones realizadas en la zona, así como
las previsiones e hipótesis de la disposición de los restos en la zona no
excavada, la cual viene reflejadas en al plano 2.6 de información.
1.2.9. Relación de propietarios y características de las fincas incluidas en
el
ámbito de actuación.
Nº FINCA CATASTRAL |
PROPIETARIO |
DIRECCION |
SUPERFICIE M2 |
VALOR CATASTRAL |
ESTADO E/S |
8237010 |
ANTONIO MERLO DE CELA |
SCIPION Nº 1 B |
41'00 |
162.315 |
E |
8237011 |
DIEGO PEREZ MORENO |
FAQUINETO Nº 5 |
131'00 |
1.063.278 |
E |
8237012 |
JOSEFA PEREZ GARCIA |
FAQUINETO Nº 7 |
165'00 |
1.394.321 |
S |
8237013 |
PEDRO GARCIA GALINDO |
FAQUINETO Nº 9 |
142'00 |
1.058.985 |
S |
8237014 |
ENRIQUE GARCIA R. |
FAQUINETO Nº 11 |
124'00 |
473.171 |
S |
8237015 |
J.DE LA CRUZ TERUEL |
SCIPION Nº 6 |
143'00 |
1.048.723 |
E |
8237016 |
J.DE LA CRUZ T. |
FAQUINETO 15 |
264'00 |
1.298.245 |
S |
8237017(1) |
SIMON RUIZ ALARCÓN |
FAQUINETO 13 |
120 |
345.173 |
S |
8237017(2) |
JOSE PAJUELO GUISADO |
G.PRIMO RIVERA 47 |
- |
340.591 |
S |
8237017(3) |
GINES VALERO ZAPATA |
FAQUINETO 13 |
- |
237.488 |
S |
8237018 |
AVELINA GAMERO PINA |
FAQUINETO 3 |
94 |
989.258 |
E |
8236402(1) |
ISABEL MUÑOZ VIDAL |
FAQUINETO 2 |
33 |
129.148 |
E |
8236402(2) |
ISABEL MUÑOZ VIDAL |
FAQUINETO 2 |
43 |
167.696 |
E |
8236403(A) |
MANUEL SANCHEZ M. |
ANGEL 34 |
86 |
205.110 |
S |
8236403(B) |
JOSE CONTRERAS B. |
|
|
|
|
8236403(A) |
MANUEL SANCHEZ M. |
ANGEL 34 |
|
|
|
8236403(B) |
ANGELES ESTEBAN RUIZ |
|
|
|
|
8236403(A) |
CAND.GUERRERO MAN |
|
|
|
|
8236403(B) |
JOSE CONTRERAS BOTEL |
|
|
|
|
8236404 |
JUAN SEGURA SERRA |
ALHUCEMAS 1 |
86 |
59500 |
S |
923401(A) |
PEDRO LORENZO MARTÍN |
MENORCA 41 |
69 |
623.698 |
E |
8236401(B) |
PEDRO LORENZO MARTÍN |
MENORCA 41 |
84 |
758.407 |
|
" (C) |
PEDRO LORENZO MARTIN |
MENORCA 41 |
56 |
505.984 |
|
1º (A) |
PEDRO LORENZO MARTIN |
MENORCA 41 |
70 |
632.869 |
|
1º (B) |
PEDRO LORENZO MARTIN |
MENORCA 41 |
112 |
1.013.523 |
|
1º (C) |
PEDRO LORENZO MARTIN |
MENORCA 41 |
62 |
561.041 |
|
2º (A) |
PEDRO LORENZO MARTIN |
MENORCA 41 |
70 |
632.869 |
|
2º (B) |
PEDRO LORENZO MARTIN |
MENORCA 41 |
112 |
1.013.523 |
|
8236401-2º (C) |
PEDRO LORENZO MARTIN |
MENORCA 41 |
62 |
561.041 |
E |
3º (A) |
PEDRO LORENZO MARTIN |
MENORCA 41 |
70 |
534.240 |
|
3º
(B) |
PEDRO LORENZO MARTIN |
MENORCA 41 |
112 |
1.013.523 |
|
3º (C) |
PEDRO LORENZO MARTIN |
MENORCA 41 |
62 |
561.041 |
|
4º (A) |
PEDRO LORENZO MARTIN |
MENORCA 41 |
67 |
605.292 |
|
4º (B) |
PEDRO LORENZO MARTIN |
MENORCA 41 |
61 |
550.315 |
|
4º (C) |
PEDRO LORENZO MARTIN |
MENORCA 41 |
68 |
614.527 |
|
8236408 |
MICAELA RUIZ ALARCON |
MONTANARO 7 |
64 |
41.707 |
S |
8236412 |
HUMBERTO VICENTE FRAN |
CAÑON 4 |
66 |
32.989 |
S |
8236413 |
ANTONIO MADRID H. |
SCIPION 12 |
65 |
35.345 |
S |
8236421 |
FRANCISCO BASTIDA C. |
SEPULCRO 5 |
162 |
905.580 |
E |
8136019 |
PEDRO TORRES GONZALEZ |
CONCEPCION 40 |
140 |
1.992.135 |
E |
8136021 |
VICENTE MOLINA C. |
CONCEPCION 42 |
40 |
465.578 |
E |
8136022 |
CARIDAD GOMEZ NIETO |
CONCEPCION 46 |
14 |
172.526 |
E |
8136023(A) |
ENRIQUE PAREDES SAURA |
PTA.DE LA VILLA 16 |
82 |
335.074 |
E |
" BAJO (B) |
FRANCISCO MARTINEZ A. |
AL.AMANCIO MÑOZ 54 |
42 |
172.059 |
|
" BAJO (C) |
CARMELO PAREDES G. |
CABRERA 21 |
57 |
231.732 |
|
" 1º (A) |
FRANCISCO MARTINEZ A. |
AL.AMANCIO MÑOZ 54 |
49 |
363.232 |
|
" 1º (B) |
MANUELA RODRIGUEZ A. |
TR.SANTA MARIA 8 |
89 |
318.550 |
|
" 1º (C) |
ENRIQUE PAREDES SAURA |
PUERTA LA VILLA 16 |
49 |
200.217 |
|
" 2º (A) |
JOSE MARTINEZ LOPEZ |
AV.REINA VICTORIA 34 |
78 |
293.736 |
|
" 2º (B) |
ASCENSION JARA ACOSTA |
PINTOR BALACA 62 |
72 |
203.574 |
|
" 2º (C) |
JOSE MARTINEZ LOPEZ |
AV.REINA VICTORIA 34 |
50 |
200.217 |
|
8136020 BAJO (B) |
SANTOS ALCARAZ GARCIA |
LORCA 1 |
47 |
522212 |
E |
" BAJO (A) |
JOSE MARTINEZ LOPEZ |
AV.REINA VICTORIA 34 |
102 |
1.133.785 |
|
BAJO (C) |
JUAN OCHANDO BONAQUE |
MARTINEZ TAPIA 19 |
88 |
977.386 |
|
" 1º (D) |
DAMIANA GARCIA ROMERO |
LIZANA 26 |
65 |
722.331 |
|
" 1º (E) |
JUAN DIEGO HARO |
TAPIA MARTINEZ 19 |
103 |
1.144.977 |
|
" 1º (C) |
FRANCISCO GALLEGO ROMAN |
DUQUE 36 |
79 |
877.794 |
|
" 2º (D) |
ASUNCION MUÑOZ SERRANO |
TAPIA MARTINEZ 19 |
79 |
877.794 |
|
" 2º (F) |
ANTONIO MURCIA ESCAMEZ |
TAPIA MARTINEZ 19 |
65 |
722.331 |
|
" 2º (E) |
ASUNCION MUÑOZ SER |
TAPIA MARTINEZ |
98 |
1.089.155 |
|
" 2º (G) |
FRANCISCA GALINDO ROMAN |
" |
65 |
722.331 |
|
" 3º (D) |
TOMAS EGEA SANCHEZ |
PROYECTO 4 |
64 |
711.176 |
|
" 3º (F) |
PEDRO SAEZ ZAMORA |
TAPIA MARTINEZ |
98 |
1.089.155 |
|
" 3º (E) |
CONCEPCION SOTO GARCIA |
TAPIA MARTINEZ |
79 |
877.794 |
|
" 3º (G) |
FRANCISCO GARCIA MAESTRE |
ALFONSO X EL SABIO 14 |
61 |
677.651 |
|
" 4º (E) |
CLEMENTE MECA GARCIA |
MARTIN DELGADO 14 |
64 |
711.176 |
|
" 4º (F) |
GABRIEL HARO JUAN |
TAPIA MARTINEZ 19 |
98 |
1.089.155 |
|
" 4º (D) |
J.LUIS SANTIAGO ESTEIRO |
TAPIA MARTINEZ 19 |
79 |
877.794 |
|
" 4º (G) |
GINES CAYUELA LINARES |
VOLUNTARIOS 6 |
61 |
877.794 |
|
8136024 BAJO |
AMBROSIO BERMEJO TUDELA |
GENERAL ORDOÑEZ 9 |
38 |
|
131.086 |
" 1º |
" " |
" " |
84 |
290.335 |
|
" 2º |
" "
|
" " |
84 |
290.335 |
|
" 3º |
" " |
" " |
57 |
196.896 |
|
8136025 BAJO |
RAFAEL GAMBAO GIMENEZ |
JARA 3 |
26 |
90.098 |
|
" 1º |
" " |
" |
94 |
325.653 |
|
" 2º |
" " |
" |
94 |
325.653 |
|
" 3º |
" "
|
" |
45 |
156.039 |
|
8136026(D) |
JUAN ALVARO SANCHEZ |
JABONERIAS 13 |
43 |
118.718 |
E |
" BAJO (I) |
" " |
" |
43 |
118.718 |
E |
" 1º (D) |
" " |
" |
75 |
308.872 |
E |
" 1º (I) |
" " |
" |
75 |
308.872 |
E |
" 2º (D) |
" " |
" |
74 |
304.684 |
E |
" 2º (I) |
" " |
" |
74 |
304.684 |
E |
8136027 BAJO (D) |
ISABEL DIAZ SANCHEZ |
DIEGO MESEGUER,3 LA
PALMA |
83 |
308.906 |
E |
" BAJO (I) |
" |
" |
87 |
323.203 |
E |
" 1º (D) |
" |
" |
114 |
424.176 |
E |
" 1º (I) |
" |
" |
114 |
424.176 |
E |
" 2º (D) |
" |
" |
79 |
293.830 |
E |
" 2º (I) |
" |
" |
85 |
315.671 |
|
8136028 BAJO (D) |
VIRGINIA SOTO MORA |
TAPIA MARTINEZ 9 |
53 |
284.780 |
E |
" BAJO (I) |
CARMEN RAMIREZ TORO |
TAPIA MARTINEZ 11 |
83 |
718.836 |
E |
" BAJO (C) |
FRANCISCO CALDERON
QUINTANA |
PALMA 16 |
105 |
391.582 |
|
" 1º (D) |
VIRGINIA SOTO MORA |
TAPIA MARTINEZ 9 |
168 |
1.041.428 |
|
" 1º (I) |
ENCARNACION MUÑOZ
CANDEL |
TAPIA MARTINEZ 9 |
88 |
554.891 |
E |
" 2º (D) |
VIRGINIA SOTO |
TAPIA MARTINEZ 9 |
99 |
614.646 |
|
" 2º (I) |
ANGEL FERNANDEZ
MARTINEZ |
ADARVE 7 |
85 |
528.036 |
|
" 2º (C) |
JOSEFA GARCIA NAVARRO |
TAPIA MARTINEZ 9 |
61 |
378.115 |
E |
" 3º (I) |
CARMEN CANDEL MUÑOZ |
TAPIA MARTINEZ 9 |
66 |
409.764 |
|
" 3º (D) |
GASPAR SANCHEZ GARCIA |
C.VIEJO P.ESTRECHO 46 |
31 |
200.087 |
E |
8136009 |
JOSE MAESTRE LOPEZ |
AV.REINA VICTORIA 34 |
103 |
250.599 |
S |
8337017 |
AYUNTAMIENTO |
|
254 |
906.199 |
S |
8237009 BAJO |
EDUARDO ESPIN VAZQUEZ |
CABALLERO 8 |
149 |
895.253 |
E |
" 1º |
EDUARDO BONET MOLINA |
DUQUE 4 |
162 |
973.802 |
E |
" 2º |
ENRIQUETA ESPIN VAZQUEZ |
DUQUE |
162 |
684.563 |
E |
" 3º |
EDUARDO ESPIN VAZQUEZ |
CABALLERO |
164 |
692.375 |
E |
8237008 BAJO |
JOSE ANT.RUBIO MAZA |
FAROLA MALAGA 37 |
137 |
1.602.458 |
E |
" 1º |
" "
|
" |
137 |
1.469.294 |
E |
" 2º |
" " |
" |
85 |
917.362 |
E |
" 3º |
" " |
" |
85 |
917.362 |
E |
" 4º |
" " |
" |
35 |
371.685 |
|
8237007 BAJO |
EMILIA COTORRUELO
DELGADO |
ARCIPRESTE HITA 13 |
|
1.212.316 |
E |
" 1º |
JUAN COTORRUELO |
PARQUE 1 |
|
969.170 |
|
" 2º |
MANUEL COTORRUELO ADRA |
BOLAS MURCIA 1 |
|
844.012 |
|
" 3º |
MANUEL COTORRUELO
FUENTE |
TIRSO DE MOLINA 2 |
|
807.819 |
|
8136043 |
CARIDAD VELASCO CARRION |
SERRETA 4 |
93 |
152..640 |
S |
8136042 |
PEDRO GARCIA ARDIL |
MAYOR 20 MOLINOS
MARFAGONES |
38 |
63.879 |
S |
8136041 |
FRANCISCO CAMPOS
RAMIREZ |
|
33 |
60.178 |
S |
8136040 |
CRISTOBAL GARCIA PAGAN |
|
57 |
192.398 |
S |
8136032 |
EDUARDO GOMEZ RODRIGUEZ |
CUATRO SANTOS 22 |
|
|
E |
8136029 |
VICENTE FERRANDIZ
BERMUDEZ |
SERRETA 14 |
104 |
804.593 |
S |
8136018 |
EDUARDO GOMEZ |
CUATRO SANTOS 22 |
108 |
72.504 |
S |
8136017 |
IGNACIO CARVAJAL
SANCHEZ |
CARLOS III 34 |
49 |
50.600 |
S |
8136016 |
FRANCISCO GARCIA
MARTINEZ |
ANDINO 6 |
45 |
72.923 |
S |
8136015 |
FRANCISCO MULERO
CARMONA |
|
93 |
184.122 |
S |
8136014 |
ROGELIO DIAZ GONZALEZ |
JARDINES-BºPERAL |
34 |
61.819 |
S |
8316013 |
AYUNTAMIENTO |
|
78 |
52.708 |
S |
8316012 |
JOSE ANTON AYALA |
|
59 |
37430 |
S |
8316011 |
MIGUEL MARIN VERDAGAY |
|
50 |
32.054 |
S |
8316010 |
ANA VIDAL MARTINEZ |
PZA.ESPAÑA 2 |
862 |
2.225.470 |
S |
8316008 |
JOSE CELDRAN PEREZ |
|
55 |
74.125 |
S |
8316007 |
JOSEFA SERRANO LOPEZ |
MURCIA 1-3 EDF.PROSO |
51 |
65.344 |
S |
8316006 |
DOLORES SANCHEZ GOMEZ |
PZA.DEL REY 11 |
60 |
103.481 |
S |
8316005 |
AYUNTAMIENTO |
MENENDEZ PELAYO 3 |
49 |
92.118 |
S |
8316004 |
MARIA NIETO MARTINEZ |
|
78 |
189.774 |
S |
8316003 |
MARIA SANCHEDZ RUBIO |
JARDINES 34 B.PERAL |
52 |
142.241 |
S |
8316002 |
ANTONIA SANCHEZ RUBIO |
AVDA.AMERICA 2 |
89 |
199.159 |
S |
8236418 |
PEDRO LOPEZ CANILLAS |
|
113 |
66.159 |
S |
823419 |
MARIA LOPEZ NAVARRO |
|
42 |
20.472 |
s |
8236420 |
ANGEL BERRUEZO LOPEZ |
PZA.POETA PELAYO |
106 |
189.846 |
s |
8236422 |
MARTIN ESCARABAJAL |
|
74 |
45.686 |
S |
8236423 |
AYUNTAMIENTO |
|
67 |
28.548 |
S |
8236424 |
JOSE ALCARAZ SANCHEZ |
JUAN FERNANDEZ 47 |
151 |
|
S |
8236425 |
AYUNTAMIENTO |
|
143 |
330.387 |
S |
8236426 |
AURELIO BERNAL SOLANO |
SANTANDER 45 |
66 |
65.940 |
S |
8236427 |
ANTONIO FERNANDEZ
SANCHEZ |
RONDA DE FERROL 10 |
86 |
106.037 |
S |
8236428 |
FRANCISCO HERNANDEZ
BALLESTER |
BADAJOZ 33 |
98 |
119.631 |
S |
8236429 |
MARIANO MARTINEZ LEON |
PZA..VICENTE ROS |
106 |
124.706 |
S |
8236430 |
AYUNTAMIENTO |
|
144 |
131.365 |
S |
8236431 |
ANTONIO SUBIELA AGUERA |
HIGUERICAS 12
B.CONCEPCION |
161 |
320.538 |
S |
8236432 |
AYUNTAMIENTO |
|
214 |
474.648 |
S |
8236433 |
JOSE ROSIQUE SANCHEZ |
AV.PIO XII 1
B.CONCEPCION |
62 |
138.587 |
S |
8236434 |
CONCEPCION CELA SANCHEZ |
PZA.DE LAS DESCALZAS 4 |
111 |
174.582 |
S |
8236435 |
AYUNTAMIENTO |
|
122 |
203.337 |
S |
8236436 |
JOSE LEGAZ MENDEZ |
VIRGEN DEL ROSELL 8 |
66 |
134.933 |
S |
8236437 |
JOSE AYALA RODRIGUEZ |
|
104 |
213.696 |
S |
8235438 |
ANTONIO MARIN MARTINEZ |
LAGUNA RUIDERA 39-1º |
110 |
236.483 |
S |
8236439 |
JOSE SEGADO TOBAL |
PZA.SAN FRANCISCO 17 |
125 |
90.086 |
S |
8236440 |
CARMEN SANCHEZ LOPEZ |
LEVANTE 21 LOS DOLORES |
129 |
270.983 |
S |
8236441 |
ADORACION PEREZ JORDAN |
SAN ANTONIO 15 B.PERAL |
91 |
230.290 |
S |
8236442 |
DOLORES ORTIZ RIQUELME |
ONESIMO REDONDO 2 |
81 |
134.748 |
S |
8236443 |
RIC.CORDONIU GONZALEZ |
ALFONSO XII 38 |
80 |
120.791 |
S |
8236444 |
PEDRO MARTINEZ PEREZ |
JIMENEZ DE LA ESPADA 35 |
100 |
259.544 |
S |
8236445 |
PEDRO GARCIA GARCIA |
CIUDAD JARDIN 211 |
105 |
200.981 |
S |
8236446 |
SEBASTIAN PAZOS PAZOS |
|
93 |
351.911 |
S |
8236447 |
JOAQUIN MERCADER |
MAIQUEZ 6 LOS DOLORES |
132 |
308.433 |
S |
8236448 |
AYUNTAMIENTO |
|
52 |
149.543 |
S |
8236449 |
ASCENSION FUENTES
CORTADO |
S.CRISTOBAL LARGA 11 |
56 |
161.047 |
S |
8236450 |
AYUNTAMIENTO |
|
123 |
272.812 |
S |
8236451 |
JOSEFA GALINDO ALCARAZ |
JUAN DE LA COSA 3 |
182 |
420.492 |
S |
8236405 |
JUAN CONESA MERCADER |
SAN LEANDRO 7 |
73 |
51.903 |
S |
8236406 |
AYUNTAMIENTO |
|
134 |
309.593 |
S |
8236407 |
MIGUEL VIZCAINO RUIZ |
|
76 |
51.918 |
S |
823640 |
|
|
|
|
|
8236409 |
AYUNTAMIENTO |
|
148 |
359.936 |
S |
8236410 |
AYUNTAMIENTO |
|
409 |
944.953 |
S |
8236411 |
ALFONSO FLORES GINER |
|
82 |
55.664 |
S |
8236414 |
ANTONIA BELMONTE
CARRILLO |
|
69 |
41.272 |
S |
8236415 |
PEDRO HERVAS CARRILLO |
JABONERIUAS 11 |
79 |
87.958 |
S |
8236416 |
AYUNTAMIENTO |
|
204 |
375.196 |
S |
8236417 |
AYUNTAMIENTO |
|
520 |
82.406.327 |
|
8236421 |
FRANCISCO BASTIDA
CEGARRA |
SEPULCRO 5 |
162 |
905.580 |
S |
1.3.1. Determinaciones generales.
El Plan General Municipal de
Ordenación, aprobado definitivamente el 9 de abril de 1987, ordena el casco
antiguo de la ciudad, declarado Conjunto Histórico Artístico, recogiendo la
estructura urbana y alineaciones existentes, a excepción de cinco zonas que,
por sus características, se dejaron para posterior estudio y ordenación,
mediante la redacción de Planes Especiales de Reforma Interior.
El Texto Refundido del citado Plan
General, establece en los planos serie C de ordenación, los límites del Plan Especial
CA 1, al recoger la Modificación puntual nº 39, que excluía del ámbito
primitivo, la zona del teatro romano.
En las Normas Urbanísticas del Plan
General se establecen las condiciones a tener en cuenta para la redacción del
P.E.R.I. CA 1, las cuales son las siguientes:
" P.E.R.I. CA‑1
(CONCEPCION):
Comprende un área de una superficie de 1'73 Ha, que
tiene como eje la calle de La Concepción, siendo sus limites el vallado del
Castillo de la Concepción y los fondos de las parcelas que dan frente a la
calle Cuatro Santos. Por el noreste linda con los edificios municipales de la
calle Gisbert y por el sureste con el área de Servicios Urbanos del Teatro
Romano.
El objeto del P.E.R.I. es el saneamiento y
revitalización de la zona, la recuperación de los restos arqueológicos y la
posible explotación turística de los mismos, así como la potenciación de los
espacios culturales y la relación del Conjunto Histórico con el Parque Torres y
la zona del Teatro Romano se potenciará la actividad edificatoria residencial y
de V.P.O.
La edificabilidad total bruta será la que resulta de
aplicar el callejero en cuanto a alturas y la profundidad edificable de la zona
(20 mts.) debiendo el P.E. redistribuirla convenientemente siendo la altura
permitida la de 5 plantas (16 mts.)
Tenderá a respetar el trazado viario adecuando las
alineaciones y rasantes que resulten necesarias tras las prospecciones
arqueológicas y el estudio pormenorizado de volúmenes.
Establecerá los elementos urbanos de relación tales
como pequeñas plazas, manzanas con bajos diáfanos, etc. que tiendan a dar mayor
riqueza ambiental y potencien una cierta calidad de vida.
El P.E. señalará las unidades de actuación necesarias
así como los sistemas de gestión. El proyecto, tras la información urbanística
podrá redefinir los límites de la actuación.
La información urbanística deberá contar con un
estudio de las catas arqueológicas realizadas muestreando todo el área.
La zona de 11.740 m² que se ha excluido del Plan
Especial y se ha calificado como Servicios Urbanos dentro del sistema de
Servicios Públicos (A) comprende el Teatro Romano y la Catedral Antigua.
Al ser Sistema General se deberá actuar mediante
compra o expropiación.
Para cualquier actuación que afecte a la superficie
edificable o fachadas del edificio bajo el que se encuentra el Arco de la
Soledad se precisará la redacción de un Estudio de Detalle.
Todo el ámbito ahora excluido del Plan Especial será
estudiado conjuntamente con la ordenación del nuevo P.E.R.I. CA-1."
1.3.2. Especificaciones de la Memoria de Ordenación y
el E.E.F.
"El Plan Propone:
- Mejora de la calidad urbana en el Casco Antiguo,
respetando lo que realmente tiene valor histórico y preservando su calidad
ambiental; propiciar la renovación de aquellos otros espacios, cuya única
invariable histórica ha sido la miseria; establecer una normativa concreta para
la edificación; prever posteriores ejecuciones, mediante la redacción de Planes
Especiales de Reforma Interior, y provisiones económicas fuertes en el programa
de actuación."
En el Anexo 2 del Estudio
Económico-Financiero se preveía una partida total de 112.240.000 ptas para la
ejecución del P.E.R.I. C A 1, de los que 6.000.000 se destinarían a la
realización de catas arqueológicas, 80.000.000 a obras de urbanización,
2.000.000 a estudios y proyectos y 24.000.000 a adquisición de suelo.
1.3.3. Normativa.
La ley de Patrimonio Español de 25 de
junio de 1.985 determina, en su artículo 20, la obligación para el Municipio de
redactar, dentro de las áreas afectadas por la declaración de Conjuntos
Históricos, un Plan Especial de Protección,
o cualquier otro instrumento urbanístico que cumpla con lo previsto en
dicha ley, respecto al establecimiento de las normas estéticas y los criterios
necesarios, para preservar las características generales de su ambiente. Este
Plan, deberá establecer para todos los usos públicos, el orden prioritario de
su instalación en los edificios y espacios que sean aptos para ello. Igualmente
deberá contener las posibles áreas de rehabilitación integrada, que permitan la
recuperación de las actividades
económicas adecuadas y el Catalogo de los elementos unitarios que conforman el
conjunto, tanto inmuebles edificados, espacios públicos o conjuntos
ambientales, definiendo el grado de intervención posible.
Se tiene en cuenta además lo
dispuesto en el Texto Refundido de la vigente Ley del Suelo y sus Reglamentos.
1.4.1. Configuración actual de la zona.
Las edificaciones de la fachada este de la calle
Concepción han sido demolidas, así como la mayor parte de las calles Faquineto
y Scipión.
Las calles Concepción y Dr. Martínez Tapia se han
pavimentado en fecha reciente, como acceso al Parque Torres.
1.4.2. Tendencias.
Según se desprende de los datos que figuran en la
memoria de información, existe una política de saneamiento de la zona, dado el
estado de las edificaciones.
1.4.3. Alternativas de estructura urbana.
No existen condicionamientos específicos que obliguen
a plantear una modificación de la estructura
de la zona, salvo los criterios de integración del parque torre y zona
arqueológica en el Conjunto Histórico, según se establecen en las normas
urbanísticas del Plan General.
1.5.1. Objetivos:
* Revitalización social y económica del área.
* Consecución de nuevos equipamientos.
* Saneamiento y revitalización de la zona.
* Mejora de la accesibilidad, en especial a lo alto
el Cerro de la Concepción.
* Establecer la relación del conjunto Histórico con e
Parque Torres y la zona del
teatro Romano.
* Implantación de espacios libres.
* Potenciar la actividad edificatoria residencial y
de V.P.O.
* Potenciar el cerro de la Concepción como espacio
libre y área de interés
cultural.
*
Redefinir los límites de la actuación con el fin de dar un remate o fachada a
las manzanas de borde, de acuerdo con las condiciones que figuran en las Normas
Urbanísticas del Plan General para la formulación del Plan Especial CA 1.
*
Establecer las normas estéticas y de protección a aplicar en la zona, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 20 de la Ley de Patrimonio Histórico,
al estar la misma incluida dentro del Recinto Histórico de Cartagena.
1.5.2. Criterios de ordenación.
La ordenación se estructura mediante dos tipos de
actuación diferentes:
- Remate y sutura de la edificación de borde, en las
manzanas que lindan con la C/ Cuatro Santos y C/ Dr. Tapia, y fondos de
manzanas de la C/ Duque.
- Liberar el suelo anexo al cerro de la
Concepción, en toda la ladera del
monte, para su incorporación al sistema de espacios libres.
- Conseguir la accesibilidad a la parte alta del
cerro y mejorar las conexiones peatonales con el viario circundante.
- Establecer un elemento de conexión y enlace entre
el área urbana y la zona arqueológica del Teatro Romano, mediante la
posibilidad de crear una pieza que articule como llamada hacia la entrada y
conexión con el Teatro.
- Establecer dotaciones y equipamientos de los que
tan escasa está el núcleo que forma el Casco Antiguo.
- Consolidación del carácter residencial del área de
la edificación.
1.5.3. Justificación de la solución adoptada.
La ordenación se ha planteado de acuerdo con los
criterios que se establecen en el Plan General para la zona de actuación.
Las Normas propuestas incluyen los condicionamientos
estéticos precisos para proteger la composición ambiental de la zona, restos arqueológicos
y edificaciones de interés.
Con la inclusión dentro del ámbito del Plan, de la
parte posterior de los solares y edificios que dan a las calles Cuatro Santos y
Duque, se pretende establecer para lo mismos una norma concreta, que permita su
edificación con fachada a las alineaciones trazadas por este. En el solar que
está comprendido entre la calle Cuatro Santos y el callejón del Cura, se
pretende unificar las alturas y alineaciones con las previstas para la parte
superior, con una edificabilidad equivalente a la que tiene en la actualidad.
1.6.1. Programa general del Plan Especial.
El uso predominante dentro del ámbito de ordenación
es el residencial, con tipología de casco antiguo, junto con el de equipamientos
y espacios libres, de acuerdo con los objetivos previstos para el mismo.
1.6.2. Condicionantes específicos.
Son condicionantes de la ordenación propuesta:
a) Una topografía con fuerte pendiente, que dificulta
la accesibilidad, y condiciona la integración con el entorno urbano.
b) La recuperación de los restos arqueológicos y del
Teatro Romano en particular, y su relación con el Conjunto Histórico.
c) La importancia del cerro de la Concepción y el
Parque Torres en el situado, como enclave arqueológico, turístico y
paisajístico.
d) Mantenimiento de la trama viaria general con los
ajustes necesarios para su adecuación a los objetivos de la propuesta.
1.6.3. Ordenación propuesta.
Apoyado en el eje viario que supone la subida por la C/
Concepción y C/ Sepulcro hacia el Parque Torres, se delimitan dos zonas a ambos
lados del citado eje, con diferentes destinos:
- Todo el área que queda entre el límite amurallado
del Cerro de la Concepción y la misma C/ Concepción, queda liberada completamente
de edificación, pasando a formar parte de los espacios libres que conectan
directamente con el propio cerro.
Pasa por tanto a ser un espacio de transición, que
permite aumentar las perspectivas paisajísticas de esta zona verde.
- Al otro lado
de la calle se define una zona edificada, que completa y remata las manzanas
existentes entre la C/ Concepción y la C/ Cuatro Santos, con tipología de
manzana cerrada.
- Como remate de esta gran manzana existente, en la
intersección entre la C/ Concepción y la C/ Doctor Tapia, se proyecta un área
de equipamiento, entendido como zona de relación y acceso al conjunto
arqueológico que será el Teatro Romano.
- En su límite Este, se proyecta una nueva conexión
con la C/ Gisbert a través de parte de la C/ Escipión, ubicando en este punto
otro equipamiento importante, como es el Deportivo.
- El vial principal formado por la C/ Concepción y C/
Sepulcro se hace accesible mediante la alteración de las rasantes actuales en
el encuentro entre ambas calles, eliminando la escalinata.
El mismo criterio de accesibilidad se aplica al
encuentro entre la nueva prolongación de la C/ Escipión y su encuentro con la
C/ Faquineto y Plaza de San Ginés.
- Por último se realiza la conexión peatonal
intermedia entre la C/ Concepción y la C/ Cuatro Santos, a través del Callejón
del Cura, el cual se potencia aumentando su dimensión con el fin de crear un
itinerario peatonal accesible que relaciona el Casco Antiguo con el Cerro de la
Concepción, tanto desde el punto de vista viario como paisajístico.
1.6.3.1. Distribución zonal y tipología.
Como ya hemos explicado, la ordenación se estructura
en dos grandes áreas, de diferente carácter, separados por el vial principal.
- La zona de borde con el núcleo edificado, se
consolida como remate de las manzanas existentes, completando la edificación.
Estas manzanas mantienen las alineaciones existentes,
excepto pequeños ajustes de borde.
Se consolidan como edificación residencial y la tipología
que se les asigna es la existente en la actualidad: edificación colectiva
residencial, con alineación a vial.
1.6.3.2.- Estructura viaria:
El trazado viario se respecta
básicamente adecuando sus alineaciones y rasantes de forma puntual.
Toda la ordenación se apoya en el eje
principal de subida al cerro de la Concepción y Plaza de la Puerta de la Villa,
formado por la C/ Concepción y C/ Sepulcro. Dichas calles se rasantean en su
punto de encuentro, de forma que se elimina la escalinata, quedando así
accesible al tráfico rodado. Así se configura como eje de acceso rodado a la
parte más alta del área.
Necesariamente esta operación obliga a trasladar las
escaleras a la C/ Travesía de Santa María para salvar el desnivel que se
produce en este punto. No obstante, queda justificado debido a que ésta es la
zona de influencia del Teatro Romano, cuya excavación continuada y recuperación
arqueológica, hará desaparecer esta calle.
La conexión entre la C/ Concepción y la C/ Doctor
Tapia, también quedará garantizada mediante la inclusión de una parcela de
equipamiento en este borde edificado, entendido como plataforma de conexión y
núcleo de accesos a la zona arqueológica, como se describirá más adelante.
Este viario principal, mantiene sus alineaciones
actuales en el borde edificado y aumenta su anchura hacia el espacio libre que
se delimita en la falda del monte del cerro de la Concepción para adecuarlo a
su papel actual como eje de acceso.
Se potencian los accesos peatonales
transversales a este eje, mediante la prolongación del actual Callejón del Cura
y su aumento de dimensión. Este acceso cobra importancia no sólo como
itinerario peatonal, sino como elemento paisajístico, por la interesante
perspectiva que ofrece desde la C/ Cuatro Santos hacia el Castillo de la
Concepción.
Se elimina del viario, el actual
Callejón de la Concepción, el cual pierde ya sentido como acceso.
Se crea otra vía de conexión
accesible desde la Plaza de San Ginés, a través de la C/ Faquineto conectando
con la C/ Escipión y la C/ Gisbert en último término. Esta calle de nuevo
trazado, no sólo relaciona la C/ Gisbert con la Plaza de San Ginés, sino que
contribuye a resolver los fondos edificados de la manzana de la C/ Duque y de
acceso al nuevo equipamiento deportivo proyectado.
1.6.3.3.- Aparcamientos.
Se apunta la posibilidad de la
creación de aparcamientos semienterrados, aprovechando el fuerte desnivel
existente en la ladera del monte del cerro de la Concepción.
Además, según normas, la edificación debe
prever su propio aparcamiento adscrito a las viviendas.
1.6.3.4.- Dotaciones.
Se proyectan dos parcelas para
dotaciones:
- Una gran parcela en el límite Este, con acceso por
la nueva prolongación de la C/ Escipión y destinado a equipamiento deportivo.
Del estudio
pormenorizado de la sección, se logrará su integración con la zona verde que lo
circunda.
Se propone la utilización de la cubierta como terraza
accesible y en relación con el espacio libre de la ladera del monte y Parque
Torres, así como su potenciación como elemento paisajístico.
- Una parcela remate entre la C/ Doctor Tapia y C/
Concepción. En esta parcela se proyecta realizar una plataforma/plaza pública
que aloje un núcleo de conexión vertical y acceso a la zona arqueológica del
Teatro Romano. Mediante esta edificación se resolverá la diferencia de nivel
existente entre ambas calles, los accesos a la zona arqueológica y el remate de
la urbanización. Se califica también como equipamiento genérico, la parte del
monte que linda con la antigua construcción del Mercado de Gisbert, actualmente
cedida a la Cruz Roja. Dicha calificación tiene como objetivo él poder conseguir una futura conexión entre dicho
cuerpo edificado y la parte superior del monte y zona verde, integrando la edificación
con el cerro. Así se evita el encorsetamiento que supone el límite actual de lo
edificable.
1.6.3.5.- Espacios libres.
Se califican como espacios libres los terrenos
comprendidos entre la calle Concepción y el Parque Torres, así como los situados
entre la calle Faquineto y la antigua calle Scipión, recuperándose de esta
forma la ladera oeste del castillo de la Concepción, permitiendo de esta manera
poner en valor las murallas y otros restos arqueológicos existentes.
Se plantean las líneas generales de ordenación de los
mismos, aunque la el diseño definitivo deberá estar a lo que resulte de las
excavaciones arqueológicas.
1.6.3.6. Justificación de las reservas efectuadas
de espacios libres y dotaciones.
Por las características del presente Plan Especial,
la proporción de los espacios libres y dotaciones es superior a la prevista en
el Anexo del Reglamento de Planeamiento para los Planes Parciales.
Por tanto, la inclusión de las parcelas de borde, como
remate de la zona, no influye en la aplicación de los estandares.
1.6.3.7.
Criterios de emplazamiento, dimensionamiento e integración en la trama urbana.
Tal como se dice anteriormente, el emplazamiento y
dimensión de los espacios libres y equipamientos, es consecuencia de aplicas
las condiciones de ordenación establecidas por el Plan General. En el plano 3.2
se refleja la conexión de la zona con la trama urbana de l casco antiguo de la
ciudad.
1.6.4.- Realojo de los ocupantes legales.
De acuerdo con lo dispuesto en la Disposición
Transitoria cuarta del Texto Refundido del 92 de la Ley del Suelo de 1990, vigente en la actualidad,
está previsto el realojo de los ocupantes de la zona, mediante la construcción
de viviendas de promoción pública, en régimen de alquiler y propiedad, en las
parcelas resultantes de la ordenación.
En el Estudio Económico financiero, se evalúan los
castos e indemnizaciones que hay que prever para este éste fin.
1.6.5. Representación documental.
Se ha seguido el mismo sistema de representación del
Plan General, en cuanto a simbología, siglas, tramas trazos y demás elementos
del lenguaje gráfico
1.6.6.- Condiciones del informe de la Dirección
General de Cultura
En el presente Texto Refundido se han incorporado las
condiciones del informe dela Dirección General de Cultura de la Comunidad
Autónoma de 30 de marzo de 2000, tanto en las Normas como en los planos de ordenación, en los que se han
señalado igualmente los entornos de protección de los B.I.C.
1.7.1. Red viaria.
Se plantea mantener, en lo esencial,
la actual estructura viaria, e incluso, en la mayoría de los casos, las
alineaciones. La calle Scipión cambia su trazado en el segundo de sus tramos
que terminaba en el monte de la Concepción, prolongando el primero, en línea
recta, hasta la calle Faquineto. El callejón del cura se prolonga hasta la
calle Concepción.
La rasante de la calle Concepción se
unifica, con una pendiente uniforme, desde la plaza de S. Sebastián hasta la
Puerta de la Villa, con el fin de permitir la conexión viaria entre estos dos
puntos, ya que con las excavaciones del teatro romano, la Travesía de Santa
Maria, quedará cortada.
En la calle Scipión se plantea
igualmente una rasante uniforme desde la calle Gisbert, hasta la calle
Faquineto, con una pendiente inferior al 8%, con el fin de conseguir el acceso
adecuado al equipamiento previsto en esta zona.
En los planos nº 3.2, de Estructura
Urbana; 3.3, perfiles longitudinales y 3.4, perfiles transversales, vienen
reflejadas las características de la red viaria propuesta.
1.7.2. Red de saneamiento.
Se mantiene el trazado actual de la
red, con carácter unitario, y su conexión con la de la calle Cuatro Santos.
La instalación se realizará como
mínimo, con tubería de diámetro 300 mm, unión por junta de goma y campana, con
pozos de registro situados en los cambios de dirección y en tramos rectos cada
50 metros como máximo.
1.7.3. Red de agua.
La red existente es de hierro y se
encuentra en malas condiciones. Se plantea un anillo cerrado, con conexión
desde la tubería de DI 200 existente en la calle Cuatro Santos, en las
confluencias con las calles Dr. Tapia y Plaza de S. Ginés.
Desde este anillo, se plantean los
ramales de conexión con la red del Castillo de La Concepción y los que dan
servicio a la red de riego de los espacios libres.
Las características de las tuberías a
instalar, así como para el cálculo de las mismas, se estará a lo dispuesto en la
ordenanza municipal al respecto.
1.7.4. Red de energía eléctrica.
En el plano 3.6.3, se plantea el
esquema de la red de baja tensión, para dar servicio a las diferentes
edificaciones. La distribución se realizará en anillos cerrados, partiendo desde
los centros de transformación o redes existentes en las zonas colindantes,
seccionados en los puntos de mínima tensión, Las secciones de dichos anillos
vendrán dadas en función de las
previsiones de carga de cada circuito.
Las redes eléctricas de baja tensión
serán subterráneas, en zanjas homologadas, cumpliendo las normas de la empresa
suministradora y ordenanzas municipales al respecto. En los puntos de
suministro, se colocarán armarios de seccionamiento, según normas de
homologación de la empresa suministradora.
1.7.5. Red de alumbrado.
Se plantea utilizar un sistema de
alumbrado, acorde con las características de la zona, en lo referente a la
disposición y tipos de luminarias. Por este motivo, en los planos 3.6.4, se
detalla la ubicación de las mismas así como en las secciones y alzados. El
criterio general es que las luminarias, además de elementos funcionales, sean
un complemento del mobiliario urbano, acorde con la estética de la zona, sin
perjuicio de las nuevas propuestas que se puedan hacer sobre la base de un
estudio más pormenorizado.
En el proyecto de Urbanización de los
espacios libres, se debe prever la eliminación de las murallas del Castillo de
la Concepción.
Niveles de iluminación.-
- Calles:
Nivel mínimo: 16 lux
Coeficiente
de uniformidad mínimo: Medio 0,5
General 0,25
Potencia instalada
mínima: 1,5 w/m2
- Parques y jardines.-
Nivel mínimo: 10 lux
Potencia instalada: 1
w / m2
Los centros de maniobra se procurarán
instalarlos lo mas cerca posible de los CT.
Las redes
deberán ser subterráneas. Para la ejecución de las zanjas se tendrá en cuenta
las normas técnicas en vigor y las Ordenanzas Municipales al respecto.
En los
proyectos de urbanización se debe especificar de forma explícita, que no se
realizarán empalmes ni derivaciones subterráneas, ni tampoco en las arquetas,
utilizándose para este fin solamente la base de las farolas, o en la propia
luminaria, caso de tener esta menos de 5 m.
Según se
establece en el punto 1.3.2.4 de las Normas Urbanísticas del Plan General, el
alumbrado a instalar deberá estar provisto de un dispositivo de reducción de
iluminación (REDUCTOR DE FLUJO). En la zona de núcleo consolidado se admitirá
el apagado del 50% a la hora que determine la reglamentación en vigor. El
reductor de flujo será del tipo que emite máxima luminosidad, cuando existe
tensión en el hilo de mando.
1.7.6. Red de telefonía.
Los proyectos
de urbanización deberán incluir la separata correspondiente donde se contemplen
las canalizaciones que sea necesario realizar para dotar de servicio telefónico
a todas las parcelas sin tendido aéreo alguno sobre el dominio público, con
informe favorable de la Compañía Telefónica de adecuación a sus normas.
Se tenderá a
suprimir el tendido aéreo existente sobre el dominio público transformándose en
subterráneo, no permitiéndose la colocación de ninguna nueva línea que no sea
subterránea.
1.7.7. Otros servicios.
Cualquier otro
servicio que se pretenda colocar, cuyas canalizaciones a líneas discurran por
el dominio público, deberán ser subterráneas y se estudiará su incidencia en
los planos de coordinación de servicios, para las distintas secciones de calle.
1.7.8. Espacios libres.
Los espacios libres previstos en el
presente plan especial deberán integrarse y ser el remate del Parque Torres, en
su ladera oeste.
En al plano nº 3.2. de Estructura Urbana,
viene reflejado el esquema general de los mismos, aunque el diseño definitivo
deberá ser establecido en función de los datos que se obtengan, como
consecuencia de las excavaciones.
De acuerdo con las rasantes
definitivas, se podrá establecer, por debajo de las mismas aparcamientos para
vehículos, siempre y cuando se demuestre, mediante la correspondiente
excavación arqueológica, la inexistencia de restos arqueológicos que deban de
ser protegidos.
Se adjuntan dos tipos
de cuadros:
Cuadro 1.- Superficies,
edificabilidades y usos de cada una de
las manzanas, por cada unidad de ejecución, con las superficies totales de las
mismas. Se indica el número de viviendas existentes y posibles.
Cuadros 2.- Resumen de
superficies y capacidades del área de reparto, en el que se indican las
superficies y porcentajes de cada uso, aprovechamiento y densidades.
Los parámetros de estos cuadros son aproximados, al haber
sido superficiados sobre plano. Será en los proyectos de urbanización,
reparcelación o compensación, donde se fijen las magnitudes definitivas, previo
levantamiento topográfico con la definición de 1/500.
El número de viviendas posibles, se ha calculado en base a
una superficie media y no supone una limitación normativa para el número de
viviendas de cada manzana, ya que se ha hecho a efecto de cálculo de
infraestructuras y densidades globales.
1.8.1. Resumen general.
Zona consolidada.-
- Superficie manzanas
residenciales 1.184
m2
- Superficie viales...................... 180
m2
Superficie total
........................ 1.364
m2
Polígono de expropiación.-
- Superficie manzanas
residenciales .... 3.263 m2
- Superficie espacios libres
........... 9.203 m2
- Superficie equipamientos ............. 2.133 m2
- Superficie viario 2.384
m2
Superficie total
....................... 16.983
m2
SUPERFICIE TOTAL AMBITO DE
ACTUACION.- 18.347
m2
- Nº viviendas existentes
.............. 72
- Nº viviendas posibles
................ 144
- Superficie total edificable
.......... 14.425 m2
- Índice global edificación
consolidado .. 3,71 m2/m2
- Índice global de edificación
del
polígono de actuación ...................... 0,54
m2/m2
1.8.2. Reservas de suelo para
equipamiento.
ESPACIOS LIBRES 9.203 – 50,16%
EQUIPAMIENTOS 2.133 – 11,62%
TOTAL 11.336
– 61,78%
1.8.3. CUADROS 1.-
SUPERFICIES, USOS Y CAPACIDADES.
1.8.4. CUADRO 2. - RESUMEN
AREA DEL AMBITO DE ACTUACION.