PLAN ESPECIAL DE REFORMA INTERIOR DE ISLA PLANA

 

1. MEMORIA. 17

1.1. ANTECEDENTES.. 17

1.2. JUSTIFICACION DE LA CONVENIENCIA DE SU FORMULACION.. 17

1.3. ACTUALIZACION DE LA INFORMACION URBANISTICA. 18

1.3.1. Actualización cartográfica. 18

1.3.2. Demografía. 18

1.3.3. Proyecciones de población. 18

1.3.4. Estructura económica del núcleo. 18

1.3.5. Estructura de la propiedad y relación de propietarios. 18

1.3.6. Edificaciones. 19

1.3.7. Infraestructuras existentes. 19

1.3.7.1. Red de agua. 19

1.3.7.2. Red eléctrica. 19

1.3.7.3. Red de alumbrado. 19

1.3.7.4. Red de telefonía. 19

1.3.8. Anexos.- Relación de propietarios. 19

1.4. PLANEAMIENTO EXISTENTE.. 25

1.4.1. Características del P.E.R.I. vigente. 25

1.4.2. Determinaciones del Plan General 25

1.4.3. Especificaciones de la Memoria de Ordenación. 25

1.4.4. Modificación de Plan General 25

1.4.5. Normativa de aplicación. 25

1.4.6. Adecuación del Plan Especial a las normas de rango superior 25

1.4.7. Participación ciudadana en el proceso de redacción del presente proyecto. 25

1.5. TENDENCIAS Y ANALISIS DE LAS DIVERSAS ALTERNATIVAS.. 26

1.5.1. Configuración actual del poblado. 26

1.5.2. Tendencias. 26

1.5.3. Alternativas de la estructura urbana. 26

1.6. OBJETIVOS Y CRITERIOS DE ORDENACION.. 26

1.6.1. Objetivos. 26

1.6.2. Criterios de ordenación. 26

1.6.3. Justificación de la solución adoptada. Modificaciones respecto al P.E.R.I. vigente. 27

1.7. ANALISIS DE LA ORDENACION.. 27

1.7.1. Programa General del Plan Especial 27

1.7.2. Condicionantes específicos. 28

1.7.3. Modelo de diseño adoptado. La trama urbana. 28

1.7.3.1. Distribución zonal y tipologías. 28

1.7.3.2. Estructura viaria. 28

1.7.3.3. Aparcamientos. 28

1.7.3.4. Dotaciones. 28

1.7.3.5. Espacios libres. 28

1.7.3.6. Justificación de las reservas efectuadas de espacios libre y dotaciones. 29

1.7.3.7. Criterios de emplazamiento, dimensionamiento e integración en la trama urbana. 29

1.7.4. Representación documental 29

1.8. INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS.. 29

1.8.1. Red Viaria. 29

1.8.2. Red de Saneamiento. 29

1.8.3. Red de Agua. 30

1.8.4. Red de Energía Eléctrica. 30

1.8.5. Red de Alumbrado. 30

1.8.6. Red de Telefonía. 32

1.8.7. Otros Servicios. 32

1.8.8. Espacios Libres. 32

1.8.8.1. Condiciones Generales para los Proyectos de Urbanización. 32

1.8.8.2. Jardines. 32

1.8.8.3. Áreas de Juego de Niños. 33

1.8.8.4. Áreas Peatonales, Paseos y Plazas. 33

1.8.8.5. Zonas Deportivas Públicas. 33

1.9. SINTESIS Y CUADROS DE CARACTERISTICAS.. 34

1.9.1. Resumen General 34

1.9.2. Reservas de Suelo para Equipamiento. 34

1.9.3. Cuadros Superficies. 34

1.10.- CUADRO COMPARATIVO CON EL P.E.R.I. QUE SE REVISA. 34

 

1. MEMORIA

1.1. ANTECEDENTES

La resolución del Ministerio de la Vivienda de 14 de junio de 1976, aprobó una modificación del Plan General de Cartagena en la cual se delimitaban como suelo urbano los poblados de las pedanías:

"La ordenación correspondiente al suelo urbano de los poblados del interior (...) deberá completarse y tramitarse (...) con un Plan Especial de Reforma Interior en que,

 respetando la delimitación que ahora se aprueba, se fijen fundamentalmente las dotaciones, servicios, alineaciones y rasantes (...)"

No eran muy estrictas las determinaciones fijadas por aquella modificación del P.G.O.U., en esos ámbitos urbanos. La Ley del Suelo establece que los P.E.R.I. tienen por objeto la realización en suelo urbano, por las Entidades Locales competentes, de operaciones encaminadas a la descongestión, creación de dotaciones y equipamientos

comunitarios, saneamiento de barrios insalubres, resolución de problemas de circulación o de estética y mejora del medio ambiente o de los servicios públicos y otros fines análogos.

El Excmo. Ayuntamiento de Cartagena acordó en la sesión Plenaria de fecha 28 de mayo de 1980, la redacción mediante contratación de equipos redactores, una vez superados los trámites necesarios, de los Planes Especiales de Reforma Interior de doce pedanías, entre las que se encuentra el poblado de Isla Plana.

La adjudicación se realizó en un principio al equipo redactor dirigido por el arquitecto D. Alfredo Vera Boti,aunque el proyecto fué terminado por los Servicios Técnicos Municipales al haber desistido éste a continuar con el mismo.

Por acuerdo plenario de fecha 26 de junio de 1.986, se aprobó definitivamente el Plan Especial que ahora se modifica. Contra el citado acuerdo se interpusieron varios recursos, estimándose parcialmente dos de ellos. La sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia de Murcia, de fecha 11 de octubre de 1.988, a favor del recurrente Edificaciones Santa Mónica, S.A., ordena recoger la licencia y usos de edificación otorgada a los mismos con anterioridad en el polígono 6, manteniendo inalterable la ubicación de los edificios existentes y su distribución.

Todo el ámbito del Plan Especial estaba incluído en polígonos de actuación de gran superficie y difícil gestión, por lo que se realizó una división de éstos en unidades de actuación, excepto el nº 6 y 7. El proyecto de división, que recogía además los recursos estimados así como el cumplimiento de sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, se aprobó definitivamente por acuerdo Plenario de fecha 30 de septiembre de 1.991.

Con fecha 30 de septiembre de 1.989 se presentó por la Asociación de Vecinos de Isla Plana, una serie de solicitudes de varios propietarios, pidiendo la reconsideración de algunas de las determinaciones del P.E.R.I.

Con posterioridad, la citada Asociación de Vecinos llegó a un acuerdo con el propietario del espacio libre previsto al Sur de los polígonos 6 y 7 del Plan Especial vigente, en el que renunciaba a la mitad de la edificabilidad que le correspondía en proporción a la superficie de sus terrenos, a cambio de poder situar la otra mitad en estos terrenos.

El acuerdo fué votado por unanimidad en la asamblea extraordinaria de la A.A.V.V. de fecha 22 de diciembre de 1.990, y concretado en la propuesta presentada al Ayuntamiento el 9 de mayo del presente, informada favorablemente por la Comisión de Urbanismo de este Ayuntamiento, que planteó la necesidad de redactar una modificación del Plan Especial de Reforma Interior de Isla Plana, que recogiese el acuerdo de la Asociación de Vecinos y el propietario de los terrenos señalados como espacio libre en los polígonos 6 y 7, D. José María Mena, así como las otras solicitudes de los vecinos, previo estudio de las mismas.

Se ha aprobado un Estudio de Detalle que reordena la unidad de actuación nº1.

En base a lo anteriormente expuesto, se realizó una propuesta de modificación del P.E.R.I. vigente, la cual, previo período de exposición al público durante un mes, como Avance de planeamiento, se aprobó por acuerdo Plenario de fecha 25 de mayo de 1.992, recogiéndo las sugerencias que se estimaron.

Se ha tramitado una modificación de Plan General que incluye dentro de la delimitación de suelo urbano la parte comprendida entre el polígono 6 y el vial de sistema general propuesto por el Norte por el Plan General.

Con fecha 11 de febrero de 1.994, se ha recibido informe de la Dirección General de Costas, en sentido favorable, aunque con ciertas consideraciones que se han subsanado en el presente documento redactado para aprobación inicial.

Durante el período de exposición al público se han presentado 20 alegaciones, determinándose en el acuerdo de aprobación provisional por el pleno del Ayuntamiento de 30 de mayo de 1.994, las rectificaciones a introducir en el documento aprobado inicialmente como consecuencia de las alegaciones estimadas. En el pleno de 3 de octubre se introdujeron nuevas rectificaciones, al estimarse tres alegaciones fuera de plazo, que señalaban inadecuaciones necesarias de corregir.

1.2. JUSTIFICACION DE LA CONVENIENCIA DE SU FORMULACION

El Plan General Municipal de Ordenación, aprobado definitivamente el 9 de abril de 1987, ordena todos los núcleos urbanos del Término Municipal, menos aquéllos cuya redacción del P.E.R.I. estaba en tramitación y en algunos casos aprobados con anterioridad al Plan General.

En el Plan Especial vigente existen nueve polígonos de actuación, cuyos ámbitos comprenden la totalidad del suelo clasificado como urbano por el Plan General, de difícil gestión, y prueba de ello es que, desde la aprobación de éste y a pesar de la favorable situación económica de los años 80, no se ha desarrollado ninguna.

La división de estos polígonos en unidades de actuación, aprobada definitivamente el 30 de septiembre del presente, sólo afecta al final a los polígonos 4, 5, 8 y 9, no resolviendo el problema principal de gestión del poblado que está en los polígonos 6 y 7, donde la existencia de los espacios libres, centralizados al Sur de éstos y lo fragmentado de la propiedad, hacen inviable dicha gestión.

De las reiteradas solicitudes de los vecinos y propietarios denunciando la inadecuación del planeamiento aprobado con la realidad, se desprende la necesidad de realizar un estudio más en profundidad de la zona y realizar, en base al mismo, las rectificaciones precisas en éste, tendentes a conseguir una ordenación más racional y una facilidad en la gestión.

El apartado 2.6.2.1. de la Memoria de Ordenación del Plan General establece las condiciones a considerar para los Planes Especiales de Reforma Interior que estaban en redacción, así como los aprobados con anterioridad a la aprobación de éste, de los que dice que serían amoldados en sus criterios a la estructura unificante del Plan General. Procede pues realizar, conjuntamente con las diferentes modificaciones puntuales a introducir en la documentación vigente, la adaptación del Plan Especial al Plan General sobre todo en lo referente a representación documental y normativa.

1.3. ACTUALIZACION DE LA INFORMACION URBANISTICA

En líneas generales, se consideran válidos los datos que figuran en el documento de información urbanística que se realizó en su momento para la redacción del P.E.R.I. Como actualización de la misma y según los datos obtenidos en la revisión pormenorizada que se ha realizado sobre el terreno, se incorporan a la misma los siguientes elementos.

1.3.1. Actualización cartográfica

Se ha realizado una nueva cartografía restituída por GEOMAP, S.A. a partir del vuelo fotogramétrico realizado para la Demarcación de Costas (Murcia) en 1.989. Adecuada a la simbología de la cartografía municipal e implementada con los datos de la revisión de campo realizados en mayo de 1.993.

1.3.2. Demografía

El núcleo de Isla Plana se encuentra administrativamente a efectos estadísticos municipales, en el Distrito 9º, Sección 1ª.

La evolución de la población, según el padrón municipal de habitantes es la siguiente:

 

AÑO

POBLACION

VARIACION

enero

1981

210

26%

enero

1986

265

-6.79%

enero

1987

247

3.23%

enero

1988

255

-9.80%

enero

1989

230

0.00%

enero

1990

230

-0.40%

marzo

1991

229

3.40%

enero

1992

235

10.21%

enero

1993

259

 

 

 

 

 

 

Los años 1981, 1986 y 1991 han sido los de revisión del Padrón, por lo que los datos varían sensiblemente de los años posteriores, donde se producen altas de las omisiones habidas en la revisión.

El detalle pormenorizado de crecimiento, migraciones, nacimientos  y defunciones no varía sensiblemente del aportado por la información urbanística, por lo que no nos detendremos en ellos.

Es de destacar una cuestión que no recogen los datos del Padrón, como es la población flotante, no sólo en época estival, sino durante el resto del año. Estos residentes no empadronados responden a dos tipos diferenciados: Los que están por motivos turísticos y los que lo hacen por trabajo. Entre los primeros existe una parte que reside en el poblado de manera estacional, ocupando las viviendas de segunda residencia,  y otra más estable de personas de la tercera edad, que eligen esta zona para pasar la mayor parte del año por la bondad del clima y los servicios que pueden disponer en el núcleo urbano.

1.3.3. Proyecciones de población

Para un núcleo de las características de Isla Plana, toda proyección que se realice en base a los datos antes expuestos se aleja totalmente de la realidad. Los factores de crecimiento que no sean los puramente vegetativos, responden a condiciones exógenas. La actividad económica del poblado se simultanea entre la agricultura y el turismo, con la estacionalidad que a ésta le caracteriza. Incluso la agricultura es variable por el sistema de explotación mediante invernaderos.

La situación del poblado hace pensar que la creación de suelo apto para edificar supondrá un polo de atracción de la actividad y habitantes ligados al sector servicios, así como pequeñas industrias y talleres.

No es arriesgado pensar que, una vez aprobada la ordenación del suelo y mediante la oportuna gestión y aplicación de los mecanismos de fomento de la edificación que establece el Texto Refundido de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, la población aumente considerablemente, estimándose para el horizonte del año 2002 un número de habitantes próximo a los 600.

1.3.4. Estructura económica del núcleo

Tal como se decía anteriormente, la actividad económica del núcleo de Isla Plana se sustenta en el turismo y la agricultura. En el primero de los casos el poblado de Isla Plana es el centro de actividad de la zona turística, desde la Urbanización San Ginés hasta El Mojón, incluyendo el camping de Los Madriles. Las explotaciones agrícolas son fundamentalmente de carácter intensivo mediante invernaderos, siendo explotados por empresas locales o mediante arrendamiento a las empresas de fuera de la comarca que se dedican a este tipo de explotaciones.

1.3.5. Estructura de la propiedad y relación de propietarios

En el plano 2.9. se recoge el catastral facilitado por la Asociación de Vecinos de Isla Plana, con las distintas propiedades que existen en la zona delimitada como suelo urbano y la colindante con ésta. Este catastral está en corcondancia con la relación de propietarios que se incluye como anexo a la presente información urbanística en el punto 1.3.8.

1.3.6. Edificaciones

En el plano nº 2.4 del presente proyecto se resume la información sobre estado de la edificación, incorporando las edificaciones realizadas desde 1980 hasta la actualidad.

1.3.7. Infraestructuras existentes

En primer lugar señalaremos las que forman parte del Sistema General como es la estructura viaria que incorpora la carretera de Mazarrón a Cartagena por las Cuestas del Cedacero, Carretera E-22.

Al Norte del pueblo se encuentra el depósito que abastece de agua a la totalidad de las viviendas existentes. 

El poblado es cruzado por líneas eléctricas de Media Tensión, que en un futuro deberán enterrarse.

Los centros de transformación existentes son aéreos, estando ubicados en los lugares que se indican en el plano 2.8.

El pueblo no dispone de alumbrado público en su totalidad. Se está procediendo a la instalación de la Red de Alcantarillado sólo para fecales, siendo la evacuación de pluviales por superficie hacia el mar. La Instalación se ha realizado con tuberías de 300 mm. D.I. de cemento, unión por junta de goma y campana, armada, con pozos de registro situados en los cambios de dirección y en tramos rectos cada 50 metros como máximo. Dicho alcantarillado está en fase de ejecución.

Pavimentación: Actualmente el poblado sólo tiene pavimentado la carretera E-22 y la subida al Colegio.

Se está redactando la II fase del Proyecto de Alcantarillado y Pavimentación.

1.3.7.1. Red de agua

Existe un depósito regulador situado en la parte Norte del poblado, en el límite del P.P. El Mojón, desde donde se abastece la red de agua que se refleja en el plano 2.6.

1.3.7.2. Red eléctrica

La red eléctrica que abastece actualmente las viviendas existentes es aérea, con transformadores igualmente aéreos.

1.3.7.3. Red de alumbrado

La única red de alumbrado a considerar como válida es la existente en la carretera y en el camino de Las Colonias, realizada hace unos años por el Ayuntamiento.

1.3.7.4. Red de telefonía

Existe una central telefónica en el poblado, situado junto a las instalaciones de La Mojonera.

1.3.8. Anexos.- Relación de propietarios

             POLIGONO I

             -Bungalow Mar de Alborán S.A.

             -D.José Fernández Cánovas.

 

             POLIGONO 2

             - D. Luis Sainero Fernández.

 

             POLIGONO 3

             1.- Dª Josefa Madrid Pérez.

             2.- Ayuntamiento de Cartagena.

             3.- D. Francisco Hidalgo Pintado.

             4.- D. Antonio Albaladejo Sánchez y otros.

 

             POLIGONO 4

             1.- La Mojonera.

             2.- Varios propietarios.

 

             POLIGONO 5

             - D. Demetrio Ortuno Yañez.

 

             POLIGONO 6

             1.- Terrenos públicos y D. José María Mena.

             2.- Sr. Molina.

             3.- Varios propietarios (Desconocidos)

             4.- Desconocido.

             5.- Dª Josefina Sánchez Raja.

             6.- Local Social de la AA.VV.

             7.- D. Francisco Romero.

             8.- Dª María Sánchez Raja.

             9.- Dª Isabel Sánchez Raja.

             10.- D. Leandro Agüera.

             11.- Hermanos Sánchez Raja.

             12.- Hermanos Hernández Molina.

             13.- D. Wat-Ter- Rettokoswski.

             14.- D. Francisco Sánchez Luengo

             15.- D. Santiago Madrid Pérez.

             16.- D. Santiago Madrid Pérez.

             17.- D. Juan Guirao Baena.

             18.- Vda. de D. Leandro Madrid.

             19.- D. Antonio Otón.

             20.- D. Asensio Arroyo Madrid.

             21.- D. Ramón Madrid Marín.

             22.- Dª Elena Madrid Urrea.

             23.- D. Pedro Méndez Liarte.

             24.- D. Juan Madrid Urrea.

             25.- D. Juan Guirao Baena.

             26.- D. Juan Madrid Pividal.

             27a- D. José Antonio Martínez García.

             27b- D. Juan Madrid.

             28.- Dª Ana Giménez Paredes.

             29.- D. Pedro Madrid Madrid.

             30.- D. José Saura Cánovas.

             31.- D. Juan Madrid García.

             32.- D. Enrique Cánovas Conesa.

             33.- Dª Elena Matas López.

             34.- Desconocidos-Anteriormente propiedad de D. Santiago Madrid Pérez.

             35.- D. José Madrid Agüera.

             36.- D. Antonio Espejo Ruiz.

             37.- Iglesia Parroquial.

 

             POLIGONO 7

             1.- Varios propietarios.

             2.- D. José María Mena.

             3.- Varios propietarios.

             4.- Varios propietarios.

             5.- Dª Josefa Ballesta.

             6.- Herederos de D. Lázaro Hernández.

             7.- D. Diego Martínez.

             8.- Varios propietarios.

             9.- Dª Elena Madrid.

             10.- D. Pedro Conesa

             11.- Dª Eusebia Madrid.

             12.- D. José Luis Pérez Burgos.

             13.- Varios propietarios.

             14.- D. Manuel Ruiz.

             15.- Dª Catalina Pérez Mendoza.

             16.- D. Alfonso Ros Pérez.

             17.- D. Cristobal Pérez Mendoza.

             18.- D. Leandro Madrid.

             19.- D. Ramón Madrid Marín.

             20.- D. Juan Pedro Madrid.

             21.- D. Alfonso Madrid.

             22.- Varios propietarios.

             23.- D. José Luis Pérez Burgos.

             24.- Sr. Martín.

             25.- Un Sr. Francés.

             26.- D. Eulogio Marín Perelló.

             27.- D. Francisco Mula Alcaraz.

             28.- D. Antonio Alarcón Liza.

             29.- D. Juan Legaz.

             30.- Varios propietarios.

             31.- Varios propietarios.

             32.- D. Ares Roger.

             33.- D. Antonio Sabater Soler.

             34.- Dª Josefina Romero Sánchez.

             35.- D. Máximo Andreu Pérez.

             36.- D. Cayetano Sabater Soler.

             37.- Varios propietarios.

             38.- Desconocido.

             39.- Desconocido.

             40.- D. Tomás González Fernández.

             41.- D. Tomás González Fernández.

             42.- D. Enrique Abellán Zamora.

             43.- D. Estanislao Gelegido Cuenca.

             44.- D. Tomás Martínez Muñoz.

             45.- D. Félix Riquelme.

             46.- D. Domingo Torres Martínez.

             47.- D. Ginés Navarro Martínez.

             48.- D. Gregorio Pérez Rodríguez.

             49.- D. Tomás González Fernández.

             50.- D. Enrique Abellán Zamora.

             51.- Sr. Mamerto.

             52.- D. Diego Riquelme Rodríguez.

             53.- Sr. Francisco.

             54.- D. Diego Riquelme Rodríguez.

             55.- D. Juan Riquelme.     

             56.- D. Francisco Guirao.

             57.- Sr. Francisco.

             58.- D. Esteban Sandobal.

             59.- Barrio del Carmen.

             60.- Varios propietarios.

             61.- Desconocido.

             62.- D. José Mendoza.

             63.- D. Manuel Legaz.

             64.- D. Leandro Madrid Madrid.

             65.- D. Leandro Madrid Madrid.

             66.- Dª Ana García Hernández.

             67.- D. Fernando Sola Sánchez.

             68.- D. Ginés Celdrán Solano.

             69.- D. Ginés Navarro Martínez.

             70.- D. Pedro Madrid Madrid.

             71.- D. José Madrid Agüera.

             72.- D. Leandro Madrid Ardil.

             73.- D. Antonio Madrid Solano.

             74.- Dª Salvadora Madrid Martínez.

             75.- D. Francisco Marín.

             76.- Dª Salvadora Madrid Agüera.

             77.- D. Antonio Mendoza Agüera.

             78.- D. Casimiro Agüera.

             79.- Dª Salvadora Madrid Martínez.

             80.- D. Pedro Madrid Madrid.

             81.- D. Leandro Marín Raja.

             82.- D. Domingo Pérez Pascasio.

             83.- D. Florencio Agüera.

             84.- Dª Dolores Martínez Coy.

             85.- Dª Julia Madrid Hernández.

             86.- D. José Madrid Hernández.

             87.- D. Fernando García Algarra.

             88.- D. José Martínez.

             89.- D. Antonio Martínez Roca.

             90.- D. Alfonso Madrid Hernández.

             91.- D. Alfonso Madrid Hernández.

             92.- D. Cristobal Agüera Arroyo.

             93.- Dª Lucía García Sánchez.

             94.- Colegios (Excmo. Ayuntamiento de Cartagena).

             95.- Dª Mariana Madrid Martínez.

             96.- D. Leandro Madrid Martínez.

             97.- Dª Ursula Hernández.

             98.- Dª Juana Madrid Agüera.

             99.- D. Juan Pedro, Dª Leonor y D. Leandro Madrid.

             100.- D. Alfonso Madrid Marín.

             101.- D. Ramón Madrid Marín.

             102.- D. Leandro Madrid Marín.

 

             POLIGONO 8

             1.- Residencia P.P. Jesuítas.

             2.- D. Joaquín Méndez Soto.

             3.- D. Juan Martínez Barahona.

             4.- Varios propietarios.

             5.- Dª Josefa Muñoz Martínez.

             6.- D. Santiago Madrid.

             7.- Dª Josefa Martínez Roca.

             8.- Dª Maruja Muñoz Martínez.

             9.- Dª Consuelo Martínez Roca.

             10.- Dª Lucía Martos.

             11.- D. Alfonso Hernández Zamora.

             12.- D. Casto García Lázaro.

             13.- D. Eduardo Bernal.

             14.- D. Leandro Madrid  Madrid.

             15.- Dª Isabel Sánchez.

 

             POLIGONO 9

             1.- Herederos de D. José María Mena.

             2.- Urbanización Peñas Blancas.

             3.- Herederos de D. Julio Chulilla y Dª Carolina Pérez.

             4.- D. Antonio Agüera Contreras.

             5.- Herederos de D. Eusebio Torres.

             6.- D. Cayetano Martínez.

             7.- D. Manuel Ouro.

             8.- D. Mariano Riquelme y D. Manuel García

             9.- D. Luis Garrigós.

             10.- D. Cristobal Agüera Arroyo.

             11.- D. José Villanueva.

             12.- Hermanos Perona.

             13.- D. Pedro Izquierdo.

             14.- Dª Elena Madrid Urrea.

             15.- D. Antonio Zarco Aguirre.

             16.- Dª Ginesa Madrid Madrid.

             17.- D. Antonio Espejo Ruiz.

             18.- Varios propietarios.

             19.- Varios propietarios.

             20.- Varios propietarios.

             21.- Varios propietarios.

             22.- Comunidad Autónoma de Murcia (Las Colonias)

             23.- D. Leandro Madrid Marín.

             24.- Hermanos Perona.

             25.- D. Julio García López.

             26.- D. Antonio Gómez Vizcaíno.

             27.- D. Lalo Gómez Vizcaíno.


 1.4. PLANEAMIENTO EXISTENTE

1.4.1. Características del P.E.R.I. vigente

1.4.2. Determinaciones del Plan General

El Plan General Municipal de Ordenación de Cartagena, aprobado definitivamente el 9 de abril de 1987, establece en los planos de la serie B de Estructura Territorial y Clasificación del Suelo, a escala 1/5000, plano nº 55, la delimitación de suelo urbano en el poblado de Isla Plana, calificado con la norma E 3, cuyo texto dice:            

" Se recoge con esta norma los planes de inferior rango que se respetan en todos los parámetros, sin perjuicio de las especificaciones de este Plan General para cada área concreta. Se incluyen: Los Planes Especiales de Reforma Interior correspondientes a los núcleos urbanos de El Albujón, Molinos Marfagones, Isla Plana, Los Belones....

1.4.3. Especificaciones de la Memoria de Ordenación

De manera general se establece en el apartado 2.6.2.1. para los doce P.E.R.I. de pedanías, aprobados o en tramitación, lo siguiente:

"- Propondrán, los que no están en zona de protección del Trasvase, los terrenos idóneos en sus proximidades para sistemas generales de espacios libres.

- Respetarán la estructura viaria proyectada, marcando bandas de protección de forma análoga a las previstas por este Plan.

- Tendrán en cuenta la existencia de ramblas y ramblizos, así como los pasos naturales de agua de lluvia.

- Adecuarán su representación documental a la del Plan General.

De forma concreta para Isla Plana, Chapineta y La Azohía, se recomienda:

" Al ser difícilmente viable la circunvalación de estos núcleos, la carretera existente deberá ser ampliada (rectificando curvas en Isla Plana) y prever áreas de aparcamientos".

1.4.4. Modificación de Plan General

Se ha redactado una modificación puntual del Plan General en la zona de Isla Plana que adecúa el límite de suelo urbano por el Norte del polígono 6, incorporando los terrenos hasta la reserva viaria que propone el Plan General para futura circunvalación. Las condiciones que se establecen en la citada modificación para la zona que se incorpora al suelo urbano son las siguientes:

- Edificabilidad: 0,30 m2/m2

- Ordenación: Se deberán considerar como espacios libres las partes altas, en una proporción no inferior al 50% de la superficie que se incorpora al suelo urbano.

La modificación puntual lleva el nº 32 y se aprobó definitivamente por resolución del Consejero de Política Territorial y Obras Públicas de la Comunidad Autónoma de fecha 13 de julio de 1.993.

El plano nº 2.3 refleja la delimitación de una forma concreta a escala 1/2.000.

1.4.5. Normativa de aplicación

El Plan General no determina de forma expresa, cuáles son las normas a aplicar en los doce P.E.R.I. preexistentes antes de éste, aprobados o en tramitación, en los que se aplicaba la antigua "norma cinco, para pedanías con planeamiento".

El acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de fecha 3 de diciembre de 1987, en el que se resuelve el recurso de reposición interpuesto por el Ayuntamiento contra la aprobación definitiva del Plan General, desestima el punto 3.17, apartado M, referente a la aplicación de la "norma cinco" en los P.E.R.I. de El Albujón, La Aljorra, etc.", por considerar que en la aprobación definitiva se pretende acabar con la aplicación de dicha "norma cinco", por obsolescencia y abierta contradicción con las determinaciones del P.G.M.O. que se revisa, referente a la necesidad de que los Planes Especiales de Reforma Interior, adecuen en su representación documental, a la del Plan General, pudiendo entenderse que tal "norma cinco", sólo es de aplicación en cuanto a edificabilidad global del P.E.R.I. en su ámbito de actuación".

En base a lo anteriormente expuesto, se ha creído conveniente adoptar en el presente proyecto, las normas y representación documental del Plan General, al igual que se ha hecho en los P.P. existentes que se han adaptado a éste, en aplicación de la norma transitoria décima, con los condicionantes específicos para este núcleo de población, según se refleja en el documento nº 4, "ordenanzas reguladoras".

1.4.6. Adecuación del Plan Especial a las normas de rango superior

En la nueva propuesta de ordenación se han tenido en cuenta todas las indicaciones del Plan General, según se detalla en el punto 1.6 "OBJETIVOS Y CRITERIOS DE ORDENACION", así como los de la Modificación Puntual nº 32, aprobada definitivamente, en lo referente a las condiciones a considerar en el suelo que se incorpora como urbano.

El perímetro se ha ajustado al de la citada modificación, habiéndose considerado las afecciones de carácter territorial como es la zona de servidumbre que establece la Ley de Costas.

1.4.7. Participación ciudadana en el proceso de redacción del presente proyecto

El Avance de Planeamiento donde se planteaba las directrices generales a considerar en la nueva ordenación fue expuesto al público por el período de un mes, publicándose en el periódico La Verdad y en el B.O.R.M., con fechas 26 de diciembre de 1.991 y 27 de diciembre de 1.991, respectivamente. El citado Avance se aprobó por el acuerdo Plenario de fecha 25 de mayo de 1.992, recogiéndose las sugerencias que en el mismo se estimaron.

1.5. TENDENCIAS Y ANALISIS DE LAS DIVERSAS ALTERNATIVAS

1.5.1. Configuración actual del poblado

La configuración actual del poblado no ha variado prácticamente desde el año 1.981, fecha en que se confecciona la Información Urbanística para la redacción del P.E.R.I. vigente. La ordenación planteada, donde la mayor parte de espacios libres se encontraban junto a la ribera del mar y la delimitación de grandes polígonos con un gran número de propietarios, han sido el motivo de que la actividad constructiva haya sido muy escasa en estos últimos años, incluso en las épocas de mayor crecimiento económico.

Salvo las parcelas y edificaciones que se alinean al camino de Las Colonias, a la carretera de Mazarrón y a la  ribera del mar, no existen elementos que conformen una estructura concreta. Los asentamientos de los primitivos moradores, dedicados a la pesca y a la agricultura, estaban diseminados, conservándose todavía una gran parte de las construcciones, con lo que se puede aún distinguir los mismos. A finales del siglo pasado comienzan a construirse viviendas de recreo para uso estival, potenciado esto por la existencia de los baños en el paraje de "Los Tinteros", tomando el poblado el carácter de zona de veraneo tradicional de la época.

A partir de los años 60 comienzan a edificarse viviendas en pequeñas promociones y de forma individual, con fachada a la carretera o caminos existentes, con carácter expontáneo, y en las parcelaciones que se realizan, siendo la única que se aprueba la de D. José Antonio Boronat. Son de ésta época el trazado de calles que se apoyan en el camino del Colegio, actual Isla de Hierro, y las edificaciones que existen en los mismos. La única promoción de consideración que se realiza es la conocida como "las 40 viviendas" con fachada a la carretera y a la calle Isla Tabarca.

En el polígono 3 el P.E.R.I. vigente recogió una parcelación existente cuya calle principal es la denominada Isla de Elva y las edificaciones que conforman la instalaciones hosteleras de "La Mojonera" en el polígono nº 4.

1.5.2. Tendencias

La actividad constructiva ha sido muy escasa en los últimos años, por las dificultades de gestión del planeamiento principalmente,por lo que no es posible determinar cuales son las tendencias de crecimiento.

Por las propuestas que se han realizado, existe la necesidad de viviendas para observar el crecimiento vegetativo del núcleo, a un precio asequible para las jóvenes parejas o nuevos moradores, con independencia de los apartamentos turísticos que responden a otros criterios.

Con la aprobación de la presente modificación, donde se plantea una ordenación más racional, adecuada a los elementos y propiedades existentes y una división en unidades de ejecución con el menor número de propietarios posibles para su mejor gestión, estableciendo además los plazos para el cumplimiento de los deberes urbanísticos básicos, se plantean las condiciones para la creación de suelo apto para ser edificado, cubriendo así la demanda y generando espectativas de inversión para la promoción de carácter turístico.

En estas condiciones y contando con la actuación municipal de una manera activa en la gestión, en aquellos casos en que la iniciativa particular no alcance, bien por motivos jurídicos o simplemente comerciales, se afirmará las espectativas y posibilidades del poblado de Isla Plana de potenciarse como centro de actividad y servicios de la zona turística, convirtiéndose en el asentamiento de habitantes permanentes dedicados al sector servicios y pequeña industria, fomentando la tendencia del turismo de invierno y el de tercera edad.

1.5.3. Alternativas de la estructura urbana

En la documentación aprobada ya se plantean los criterios generales a considerar, los cuales se propone completar y concretar.

En el plano nº 3.1. de los de proyecto se han reflejado los elementos que estructuran al núcleo como unidad autónoma residencial, dentro de la delimitación del suelo urbano, conectando con el Plan Parcial El Mojón y potenciando los itinerarios alternativos a la actual carretera.

1.6. OBJETIVOS Y CRITERIOS DE ORDENACION

1.6.1. Objetivos

El objetivo de la presente modificación es adecuar las determinaciones del planeamiento actual a la realidad existente, con el fin de conseguir una ordenación más racional, fácilmente gestionable, y se concreta en lo siguiente:

- Señalar las alineaciones y asignar los usos pormenorizados, dentro de la delimitación de suelo urbano. En este sentido hay que distinguir la zona consolidada, de la vacante. En la primera, se recogen las edificaciones y usos existentes, salvo en aquellos lugares donde se proponen nuevas alineaciones para la mejora de la red viaria u obtención de dotaciones. En la segunda, se señalan las alineaciones, en consonancia con lo existente y los criterios de ordenación, reservando parcelas para dotaciones, en proporción como mínimo a los estándares que establece el Anexo del Reglamento de Planeamiento.

- Estructurar y mejorar la trama urbana, según lo anterior, concretando el sistema viario y situando los equipamientos adecuadamente en función de las tipologías e intensidades. Se propone la creación de espacios urbanos distribuídos por todo el ámbito de ordenación, relacionados entre sí.

- Posibilitar la gestión del suelo vacante, así como de las actuaciones en el consolidado, mediante la delimitación de unidades de ejecución de acuerdo con los límites de propiedad.

- Fomentar la urbanización y edificación, estableciendo los sistemas de actuación y los plazos para el cumplimiento de los deberes urbanísticos, de acuerdo con lo previsto en el Texto Refundido de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana.

1.6.2. Criterios de ordenación

El Plan General señala los criterios básicos a considerar en la ordenación del suelo urbano de Isla Plana. En la modificación nº 32 aprobada se señalan los criterios a considerar para la ordenación de la zona que se incorpora al suelo urbano, al Norte del polígono 6, debiéndose destinar a espacio libre la cumbre de la colina.

Se han estudiado sobre el terreno las diferentes propuestas de los vecinos y propietarios, contando para esto con la colaboración especial de la Asociación de Vecinos en la redacción de la propuesta de ordenación que se ha concretado.

Existen propuestas concretas de ordenación de ciertas zonas, como es la unidad de actuación nº 1, donde recientemente se ha aprobado un Estudio de Detalle; de la unidad de actuación nº 2, en la que la ordenación prevista en el planeamiento vigente es irrealizable por la existencia de dos ramblas; la zona Norte de la unidad de actuación nº 7 donde pretende actuar una cooperativa formada por la Asociación de Vecinos; la parte Sur de las unidades de actuación núms. 6 y 7, donde existe una propuesta consensuada entre la Asociación de Vecinos y el propietario de los terrenos, etc.

Por la configuración alargada del poblado es necesario diversificar y distribuir los centro de actividad.

Conservando en lo fundamental la ordenación del planeamiento vigente, se debe realizar una redistribución de los espacios libres y equipamientos por todo el ámbito del poblado.

El viario de tráfico rodado se adecúa a los caminos existentes y límites de propiedad; procurando la máxima permeabilidad en sentido perpendicular al mar, así como la máxima interconexión en sentido paralelo a éste.

Por los condicionantes preexistentes en el poblado que dificultan la ejecución de un vial paralelo a la actual carretera, como alternativa de relación interna en el mismo, se ha visto la conveniencia de establecer éste por la zona Norte, ampliando para ello el límite de suelo urbano hasta el vial de sistema general que el Plan General prevé para la realización en su momento de la circunvalación.

Los itinerarios peatonales se deben completar y ajustar de acuerdo con la nueva estructura urbana, que ha distribuido los centros de actividad en varios puntos, para interconectarlos con el actualmente existente en la zona de "La Caleta" y alrededores, contemplando la posibilidad de la creación de un paseo marítimo en la ejecución de las diferentes unidades de actuación.

1.6.3. Justificación de la solución adoptada. Modificaciones respecto al P.E.R.I. vigente

El límite de la actuación se adecúa al de la modificación nº 32 del Plan General aprobada.

En la zona consolidada por la edificación, se señalan por lo general las alineaciones existentes como alineaciones oficiales, dando a cada manzana la norma que recoge el uso, tipología y edificabilidad de dichas edificaciones. En aquellos casos donde no existen alineaciones homogéneas se ha intentado igualar en lo posible la sección del vial, sobre todo en los principales, como son el camino de Las Colonias y el del Colegio. En la carretera de Mazarrón, además de lo anterior, se ha rectificado igualmente el trazado de la misma.

Se ha mantenido en líneas generales la ordenación del planeamiento vigente, aunque se ha diseñado una nueva estructura urbana con los espacios libres y equipamientos más distribuídos en el ámbito de ordenación con lo que se diversifican los centros de actividad.

De una manera concreta las modificaciónes en relación al P.E.R.I. vigente son las siguientes:

- En la unidad de actuación nº 1 se ha recogido la ordenación del Estudio de Detalle aprobado en la misma.

- La ordenación de la unidad de actuación nº 2 se ha ajustado a la propuesta del propietario de la misma, considerando las ramblas que existen dentro del ámbito de ésta.

- En la unidad de actuación nº 3 se excluyen de la misma la zona consolidada por la edificación, redistribuyendo los espacios libres y las parcelas edificables y subdividiéndolas en varias unidades para su gestión.

- La unidad de actuación nº 4 se considera consolidada y ejecutada. Se recogen las edificaciones y ordenación existente en la zona de la Mojonera.

- La unidad de actuación nº 5 se subdivide, situando los espacios libres en la zona de servidumbre y protección de los 20 metros.

- La unidad de actuación nº 6 se reordena, adaptando el viario a las propiedades y situando los espacios libres y equipamientos distribuidos en las sub-unidades en que se divide para su gestión. Se incorporan a éstas los terrenos que se amplian por el Norte. En la parte Sur se ha recogido la propuesta de ordenación del propietario de la mayor parte de los terrenos del antiguo polígono nº 6, como unidad de ejecución 6.4 y 6.5

- La unidad de actuación nº 7, que en el Planeamiento vigente es la de mayor dimensión, se subdivide y reordena de la siguiente manera: En la zona Sur, que actualmente está calificada como espacio libre, se sitúan unas parcelas edificables, con la edificabilidad que se establecía en el acuerdo con la Asociación de Vecinos, delimitándose una unidad de actuación en los terrenos supuestamente propiedad de D. José María Mena. Las determinaciones que se proponen en dicha U.E. 7.7. están supeditadas al resultado del expediente de investigación de dominio público que se encuentra en tramitación en la Dirección General de Costas.

En la parte central, se adecúan las alineaciones a las edificaciones existentes, señalándola como zona consolidada. En la parte Norte, se incorporan los terrenos que se amplian como suelo urbano, ordenándolos dentro de unidades de actuación que se corresponden con límites de propiedad.

- La unidad de actuación nº 8 se ha subdividido reordenando la parte Norte, con el fin de completar el viario y situar un equipamiento. Se amplia ligeramente el límite de suelo urbano, según la modificación de Plan General.

- Unidad de actuación nº 9. Se recoge la división aprobada, reordenando la zona junto a la carretera para conseguir situar unos espacios libres, concentrando la edificabilidad en las parcelas restantes.

- Se recogen las condiciones del informe de la Dirección General de Costas, emitido previamente a la aprobación inicial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 117.1 de la Ley de Costas.

- En la documentación aprobada inicialmente se han introducido modificaciones como consecuencia de las alegaciones que se han estimado en el acuerdo de aprobación provisional de 30 de mayo del presente. Estas modificaciones se refieren en su mayor parte a errores detectados, así como adecuaciones a la realidad.

- Se incorporan la delimitación de suelo y las condiciones de ordenación que se establecen en la resolución del recurso de fecha 14 de octubre de 1.994, interpuesto  contra la orden resolutoria de aprobación definitiva de la Modificación del Plan General nº 32, relativa a la unidad de actuación nº 8.1.

1.7. ANALISIS DE LA ORDENACION

1.7.1. Programa General del Plan Especial

El uso predominante dentro del ámbito de ordenación es el residencial, de carácter preferentemente unifamiliar, con las tipologías características en los poblados o pedanías.

En el suelo consolidado se han recogido los usos existentes y especialmente los equipamientos, tanto públicos como privados, así como los espacios libres.

En el suelo vacante se han situado equipamientos y espacios libres, de acuerdo con el Anexo del Reglamento de Planeamiento, distribuídos de acuerdo con la estructura general y en relación con el suelo consolidado.

Con la aprobación del presente Plan Especial se generará suelo apto para urbanizar y edificar en cantidad suficiente para cubrir la demanda que pueda producirse a corto y medio plazo en el poblado, como centro de la actividad turística de la zona.

1.7.2. Condicionantes específicos

La zona de servidumbre y protección que determina la Ley de Costas condiciona la ordenación y usos a establecer en la primera línea, afectada por la banda de los 20 m., de acuerdo con lo establecido en los artículos 23, 24, 25 y 26 de la citada Ley.

1.7.3. Modelo de diseño adoptado. La trama urbana

En consecuencia con los criterios de ordenación, respetando en lo fundamental el planteamiento del P.E.R.I. vigente, se propone una estructura urbana que resuelva el problema de linealidad que tiene el poblado como consecuencia de su configuración alargada. De esta manera, se establecen los elementos para la creación de varios centros de actividad distribuidos por el mismo.

1.7.3.1. Distribución zonal y tipologías

Partiendo de las tipologías existentes, se ha establecido una continuidad de las mismas, pasando gradualmente a tipologías más extensivas a los límites del suelo urbano, así como en los bordes con el espacio libre que se sitúa en la cumbre de la colina al Norte de la unidad de actuación nº 6.

La tipología dominante en la zona central es etereogénea, ya que se simultanean las edificaciones tradicionales con las de nueva construcción. Se recogen con la norma Cc1 la parte donde existe el mayor número de edificaciones antiguas y con la norma Vc1 y Vu1 el resto de edificaciones de la misma.

De igual manera que se hace en el P.E.R.I. vigente, se propone la aplicación de normas de alineación a vial en las unidades de ejecución nº 1 y 2, así como las núms. 5 y 6, de forma preferente en las manzanas que dan a la carretera. En las unidades de ejecución que se delimitan en la zona central se establece una tipología igualmente a vial, dando continuidad a la existente en el consolidado, así como en los núms. 8.1, 8.2 y 9.1, cuya situación de borde se resuelve mediante viales de remate.

En el límite Norte con el suelo urbanizable, se sitúan tipologías aisladas para el resto de las unidades de ejecución que se delimitan junto al mismo, como son la U.E. 4; 7.1; 7.3; 9.5 y 9.6. Del mismo modo que se procede en las que se encuentran en primera línea como la U.E. 9.3.

En las parcelas de primera línea no incluídas en unidades de ejecución, la tipología de la norma de aplicación es aislada, de carácter extensivo a aquellas cuya superficie no se varía y semiextensivo para la que señala algún tipo de retranqueo.

1.7.3.2. Estructura viaria

Se establecen las siguientes jerarquías en los diferentes tipos de viario que estructuran el ámbito de ordenación.

- De primer orden, o eje transversal, como es la carretera de Mazarrón. Este vial, además de ser la principal vía de interrelación del poblado, forma parte de la estructura viaria del Plan General. También de primer orden se considera el vial de borde que se traza por el Norte, una parte del cual se incorpora en su momento al vial de circunvalación y otra que, en conjunto con el vial del P.P. El  Mojón, conforma un vial único de relación emtre ambos ámbitos.

- De segundo orden se consideran el camino de Las Colonias y los ejes que se trazan en sentido paralelo y perpendicular. Entre los primeros está el existente en el consolidado, que se prolonga en las unidades de ejecución nº 6 hasta La Mojonera, como calles Río Jiloca y Cerdeña, y los que se trazan en sentido perpendicular a la carretera que son las calles Isla Tabarca, Isla de Hierro, Isla de Córcega y calle Isla del Aire.

- De tercer orden el resto de las calles existentes en proyecto.

- Calles peatonales. Se señalan como tales aquellas calles que por su anchura es aconsejable dar un tratamiento contínuo a su pavimento y las que conforma la red de itinerarios peatonales, ya se destinan exclusivamente a uso peatonal o a tráfico mixto. Se marcan expresamente con la trama correspondiente en los planos de ordenación.

1.7.3.3. Aparcamientos

Cada vivienda, según normas, deberá prever su propio aparcamiento adscrito a ésta. En superficie se diseñan expresamente aparcamientos junto a la zona de equipamiento, así como las proximidades a las playas.

1.7.3.4. Dotaciones

Se recogen como equipamiento las dotaciones existentes, tanto de titularidad pública como privada, como son Las Colonias, el Colegio, Iglesia y Local de la Asociación de Vecinos.  En el suelo vacante se reservan parcelas para equipamientos distribuídos en las unidades de actuación núms. 1.2, 6.1 y 6.2., 4 y 7.1, 7.7 y 8.1. Por las características del poblado, donde siempre existirá una estacionalidad en los meses estivales, aunque se pretende que éste se desarrolle como zona de servicios, no se considera necesario ampliar la dotación escolar existente. Por el contrario se ha estimado conveniente reservar una parcela de uso deportivo en las unidades de ejecución núms. 4 y 7.1. de 5.500 m2.

1.7.3.5. Espacios libres

En la actualidad sólo existe como espacio libre la plaza junto a la Asociación de Vecinos y una pequeña parcela junto a La Mojonera. El P.E.R.I. vigente concentra los espacios libres junto a la ribera del mar en los polígonos 6 y 7 de forma mayoritaria.

En la presente modificación se plantea una distribución de éstos en cada una de las unidades de ejecución, quedando, no obstante, una parcela con superficie considerable para conformar el principal lugar de relación del poblado, en la zona junto a la Iglesia, una vez urbanizada la misma en la U.E. 7.1 y 6.6. En la U.E. 1 se respeta la ordenación existente, situando los espacios libres junto al acantilado. En la unidad de ejecución nº 2 los espacios libres se concentran en la parte Norte de ésta, quedando además libres las zonas de ramblas, tanto en la parte Norte como en el Sur, existiendo la posibilidad de conexión peatonal por debajo de la carretera. Siguiendo los criterios de ordenación, se destinan a espacio libre la cumbre de la colina que se ha incorporado al suelo urbano, la cual deberá ser urbanizada como parque dentro de las U.E.  6.1, 6.5, 7.4 y 7.1.

Tal como se decía anteriormente, en el resto de unidades de ejecución se han señalado diversos espacios libres como lugar de relación de las mismas, tal como aparece en la U.E. 6.1, junto a la carretera, en la U.E. 6.3 y U.E. 7.1, en la U.E. 7.6 y en la UE 7.4.

Todas estas parcelas conforman el sistema de espacios libres del poblado, el cual se estructura tal como se refleja en el plano 3.1., de forma conjunta con los equipamientos y centros de actividad, así como con la ribera del mar, elemento singular, como poblado costero, aunque a efectos urbanísticos no se computen como tales espacios libres.

1.7.3.6. Justificación de las reservas efectuadas de espacios libre y dotaciones

En el suelo consolidado se han recogido los espacios libres y dotaciones existentes. En el suelo vacante se han situado espacios libres en proporción superior al 10% de su superficie, así como las reservas de equipamientos en función con las necesidades y la población estimada para el poblado, en el horizonte previsto de ejecución del planeamiento.

En el apartado 1.9 se cuantifican y justifican las magnitudes.

1.7.3.7. Criterios de emplazamiento, dimensionamiento e integración en la trama urbana

El dimensionamiento y emplazamiento de los espacios libres y dotaciones se ha realizado completando la trama urbana y estructurando el poblado como unidad residencial autónoma, de acuerdo con los criterios de ordenación.

Tal como se ha ido describiendo en los puntos anteriores, existen dos elementos condicionados a priori, como es el parque que se sitúa en la cumbre de la colina que se incorpora al suelo urbano y la zona junto a la Iglesia.

El equipamiento escolar se ha situado cerca del Colegio, en la zona de menor pendiente. El resto de equipamientos se han distribuído con el fin de diversificar los centros de actividad, según se justifica anteriormente, para compensar la linealidad del poblado.

En el plano 3.1. se refleja la trama urbana con los equipamientos y espacios libres que conforman  la estructura urbana del poblado.

1.7.4. Representación documental

Se ha seguido el mismo sistema de representación del Plan General en cuanto a simbología, siglas, tramas, trazos y demás elementos del lenguaje gráfico de representación empleados por éste.

1.8. INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS

Los Proyectos de Urbanización se redactarán de acuerdo con lo establecido en el apartado 1.3.1. de las Normas del Plan General en cuanto a definición y contenido, debiendo tener en cuenta las condiciones que se enumeran a continuación para cada una de los servicios.

1.8.1. Red Viaria

El diseño de la "Red viaria" se ha realizado en función de las necesidades a cubrir, manteniéndose el trazado en la zona del Casco Consolidado, con más zona de tráfico mixto y el resto de tráfico ligero.

A) Sección Red.

Manteniéndose las secciones actuales en el Casco Consolidado, en el resto de forma general se contemplan viales de 10 metros de anchura, de los que 7 metros son de calzada y acera a ambos lados de 1,5 metros de anchura. En los casos en que el ancho sea de 9 u 8 metros, dispondrán de acera a ambos lados de 1,5 metros y calzada de 6 y 5 metros de anchura, respectivamente, debiendo ser el vario en una sola dirección.

B) Bases Genéricas de Cálculo.

Las características de los firmes y pavimentos serían los correspondientes a tráfico ligero y características de la Explanada E1, que según Instrucción de Carreteras y para firmes flexibles son: sub-base: 20 cm. de zahorra natural; Base-15 cm. de zahorra artificial; Pavimento: 5 cm. aglomerado asfáltico en caliente tipo rodadura.

1.8.2. Red de Saneamiento

Se plantea la red sólo para fecales, siendo la evacuación de pluviales realizada por superficie.

Toda la instalación se realizará como mínimo con tubería de 300 mm. D.I. de cemento, unión por junta de goma y campana, armada con pozos de registro situados en los cambios de dirección y en tramos rectos cada 50 metros como máximo.

En la zona de servidumbre y protección que se señala en los planos, se estará en todo momento a lo dispuesto en los artículos 24, 25 y 26 de la Ley de Costas, así como el artículo 44.6, y el artículo 95 de su Reglamento, respecto a las instalaciones y colectores paralelos.

A) Conexión con el Exterior.

Los fecales son conducidos hacia una estación de bombeo que los impulsará hacia la depuradora de próxima construcción.

B) Descripción Red Interior.

En el plano nº 3.5 se señala la red existente, así como la que está pendiente de realizar, tanto en el suelo consolidado como en las unidades de actuación, de acuerdo con los datos facilitados por el Servicio de Obras Públicas.

C) Especificaciones Técnicas.

Las tuberías serán de hormigón, con junta de goma, colocadas sobre lecho de arena. Las acometidas domiciliarias se realizarán de acuerdo con los detalles de los Servicios Técnicos de Obras Públicas. Caso de no entroncar a un pozo directamente se tendrá en cuenta la Ordenanza de Alcantarillado.

D) Bases Genéricas de Cálculo.

La dotación por habitante y día se equiparará a la del consumo de agua potable 250l/hab./día, con un coeficiente de admisión de 0,8, nºhab./viv.=4 y aparte del consumo en 10 horas, conforme a la Ordenanza Municipal de Alcantarillado.

1.8.3. Red de Agua

A) Red Existente.

En el plano de información 2.6. se marca el esquema de la red de agua existente, parte de la cual puede permanecer como red definitiva. Debido a que en temporada de verano aumenta en gran número los habitantes de la zona, habrá que prever la futura ampliación del depósito regulador.

B) Descripción Red Interior.

Según figura en el plano 3.6, se ha señalado lo que se considera válido de la red existente, así como lo que está pendiente de realizar tanto en el suelo consolidado como en las unidades de actuación, lo cual se deberá completar con tuberías por ambos lados de los viales, con el fin de que las acometidas no crucen las calzadas y cerrar anillos.

C) Especificaciones Técnicas.

Las tuberías son de tipo "D" de presión nominal 120 atmósferas. De no establecerse otra cosa en el plano de coordinación de servicios, irán por las aceras, a 20 cm. del bordillo y a 70 cm. de profundidad, separadas en todo caso, en el plano horizontal y vertical, de otras conducciones; los cruces de calzada irán protegidos; las válvulas a instalar serán de compuerta, con husillo de acero inoxidable; las bocas de riego serán de 40 mm. tipo Cartagena, debiendo colocar llave de corte; las acometidas se realizarán con polietileno 10 atmósferas de presión de trabajo; las llaves de corte tendrán dispositivo antirretorno, de asiento inclinado. Todas las piezas especiales de fundición, serán homologadas para tuberías de fibrocemento.

D) Bases Genéricas de Cálculo y Caudales.

Los cálculos de tuberías se realizarán por la fórmula de Scimeni.

Para el cálculo de mallas se empleará el método de Hardy Cross, aplicando la fórmula de Hazen Williams.

Los caudales totales se calcularán de acuerdo con las dotaciones mínimas previstas en el apartado 1.3.2.2. de las Normas Urbanísticas del Plan General, considerándose que la zona en cuestión está comprendida en el Grupo II.

1.8.4. Red de Energía Eléctrica

Se ha realizado un estudio de las previsiones de carga y situación de los C.T. en función del número de viviendas a construir, con la previsión de cargas indicadas en el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión y el Real Decreto de Acometidas.

A) Conexión a la Red General.

La  conexión se realizará desde la red de Media Tensión, con independencia de otras conexiones que fije Iberdrola para el cierre de anillos con los Centros de Transformación existentes.

B) Red de Media Tensión.

Se tenderá a transformar paulatinamente la red aérea en subterránea, dentro de la zona urbana, bien en la ejecución de las unidades de actuación, como cargas de las mismas o por la empresa suministradora en el consolidado, no permitiéndose la instalación de ninguna nueva red que no sea subterránea.

C) Centros de Transformación.

Se desmontará el Centro de Transformación "Isla Plana II". Se mantendrá el Centro de Transformación "Morell" e "Isla Plana I" y se procederá a la instalación de 4 nuevos Centros de Transformación.

Los Centros de Transformación se instalarán lo más próximo posible a los centros de gravedad de las cargas, en las parcelas señaladas para tal fin en los planos de ordenación. Serán del tipo P.B. y se realizarán preferentemente integrados en la edificación.

D) Redes de Baja Tensión.

En la zona consolidada, por la empresa suministradora  IBERDROLA se deberá transformar paulatinamente la red aérea de Baja Tensión en subterránea en lo que respecta al cruce de la misma sobre el dominio público, no permitiéndose por tanto la colocación de ninguna nueva línea que no sea subterránea, repercutiéndose los costos que legalmente procedan como actuaciones en suelo urbano.

En el plano 3.8 se plantea el esquema de la red de Baja Tensión para dar servicio a las diferentes edificaciones. La distribución se realizará en anillos cerrados, partiendo desde los Centros de Transformación, seccionados en los puntos de mínima tensión, según los cálculos pertinentes. Las secciones de dichos anillos vendrán dadas en función de la previsión de carga de cada circuito.

En los puntos de suministro se colocarán armarios de seccionamiento, según normas de homologación de la empresa suministradora.

Todas las nuevas líneas serán subterráneas, en zanjas homologadas, cumpliendo las normas de la empresa suministradora y ordenanzas municipales al respecto.

E) Bases Genéricas de Cálculo.

El cálculo de las redes se realizará según el Reglamento Electrotécnico de Líneas de Media y Baja Tensión, en coordinación con la empresa suministradora IBERDROLA.

F) Potencia.

La potencia se calculará considerando 5 KW. por vivienda y 100 W. por cada m2 de local comercial.

1.8.5. Red de Alumbrado

Se ha realizado un estudio general de la ordenación propuesta para determinar los niveles de iluminación en los viarios.

A) Clasificación del Viario y Niveles de Iluminación.

A efectos de nivel de tráfico e iluminación, el viario se clasifica en dos categorías, teniendo en cuenta que la iluminación de la carretera como travesía corresponde al organismo competente, con la normativa correspondiente.

- Tercer orden: Todos los viales.

Nivel mínimo: 16 lux.

Coeficiente uniformidad mínimo:                    Medio 0,50

General 0,25

Potencia instalada mínima: 1,5 w./m2

- Parques, jardines y plazas:

Nivel mínimo: 10 lux.

Potencia instalada mínima: 1 w./m2.

B) Situación Centros de Maniobra y Sistema de Control del Alumbrado Público.

Los centros de maniobra se procurará instalarlos lo más cerca posible de los C.T.

Se equiparán con un sistema de control de las siguientes características:

1º Dispositivo electrónico que se instala en cada lámpara con las siguientes funciones:

1.1.- Detectar el estado (apagado o encendido) del punto de luz.

1.2.- Memorizar este estado aún en ausencia de tensión de alimentación, durante al menos 10 minutos, en espera de las interrogaciones procedentes del centro de mando.

1.3.- Cuando se reciba la interrogación procedente del centro de mando, transmitirá la información correspondiente al estado del punto de luz.

La instalación del detector no supondrá modificación alguna en el cableado, transmitiéndose la información a través de los cables de potencia cuando estos no tengan tensión.

2º. Equipo situado en cada centro de mando, con las siguientes funciones:

2.1.- Vigilancia de las magnitudes eléctricas del sector:

                - Tensiones.

                - Intensidades.

                - Factor de Potencia.

                - Potencias Activas.

                - Potencias Reactivas.

                - Energías Activas.

                - Energías Reactivas.

2.2.- Almacenamiento de los valores de las magnitudes eléctricas a intervalos preprogramados.

2.3.- Control del encendido y apagado de dos contadores independientes y de la reducción de flujo por teclado, reloj astronómico incorporado o desde el centro de control.

2.4.- Comunicación de los dispositivos de las luminarias, para conocer el estado de las lámparas dependientes del estado de mando.

2.5.- Visualización por display.

2.6.- Entrada de órdenes manuales mediante teclado.

2.7.- Emisión automática de alarmas:

                - Sobretensión.

                - Subtensión.

                - Sobreintensidad.

                - Subintensidad.

                - Factor de potencia fuera de límites.

                - Apertura de puerta.

                - Fallo de fusibles.

                - Fallo de contadores.

                - Fallo de líneas de salida.

El equipo será capaz de conmutar con la unidad central de control vía cable dedicado, red telefónica o radio mediante la instalación del modem adecuado.

3º. En el centro de control un sistema informático que realice las siguientes funciones:

3.1.- Gestionar las comunicaciones con la red de las luminarias, enviando las órdenes adecuadas y recibiendo los datos correspondientes de cada uno de ellos.

3.2.- Enviar los parámetros de programación a los dispositivos de las luminarias.

3.3.- Generar órdenes de encendido y apagado para los dispositivos de las luminarias.

3.4.- Señalizar las alarmas recibidas desde la red en tiempo real.

3.5.- Elaborar y presentar los datos recibidos.

3.6.- Generar los partes y reparación y gestión automáticamente.

C) Características de las Redes.

En el plano 3.9 se ha grafiado el esquema de los niveles de iluminación de los viales. En la instalación definitiva que se realice en los proyectos se tendrá en cuenta no situar una farola a menos de 5 metros de las esquinas, sin superar por ello las distancias máximas resultantes del cálculo, en función de la intensidad y uniformidad previstas.

Las redes deberán ser subterráneas. Para la ejecución de las zanjas se tendrá en cuenta las Normas Técnicas en vigor y las Ordenanzas Municipales al respecto.

En los Proyectos de Urbanización se debe especificar de forma explícita que no se realizarán empalmes ni derivaciones subterráneas, ni tampoco en las arquetas, utilizándose para este fin sólamente la base de las farolas.

Según se establece en el punto 1.3.2.4 de las Normas Urbanísticas del Plan General, el alumbrado a instalar deberá estar provisto de un dispositivo de reducción de iluminación (REDUCTOR DE FLUJO). En la zona de núcleo consolidado se admitirá el apagado del 50% a la hora que fije la reglamentación en vigor. El reductor de flujo será del tipo que emite máxima luminosidad cuando existe tensión en el hilo de mando.

D) Realización de la Instalación.

La realización de la instalación deberá hacerse por empresa responsable y legalmente autorizada y así se deberá justificar en el acta de replanteo.

1.8.6. Red de Telefonía

Los Proyectos de Urbanización deberán incluir la separata correspondiente donde se contemplen las canalizaciones que sea necesario realizar para dotar de servicio telefónico a todas las parcelas sin tendido aéreo alguno sobre el dominio público, con informe favorable de la Compañía Telefónica de adecuación a sus normas.

Se tenderá a suprimir el tendido aéreo existente que cruza el dominio público, no permitiéndose la colocación de ninguna nueva línea que no sea subterránea.   

1.8.7. Otros Servicios

Cualquier otro servicio que se pretenda colocar, cuyas canalizaciones a líneas discurran por el dominio público, deberán ser subterráneas y se estudiará su incidencia en los planos de coordinación de servicios para las distintas secciones de calle.

1.8.8. Espacios Libres

De acuerdo con lo establecido en el artículo 3 y 4 del Anexo del Reglamento de Planeamiento, dentro del Sistema de Espacios Libres previsto en el presente ámbito de ordenación, se ha especificado para cada una de las parcelas señaladas como tal el destino concreto según la siguiente sub-clasificación:

Jardines; áreas de juego de niños; áreas peatonales, paseos y plazas; zonas deportivas y públicas.

En el plano 3.1 de estructura urbana se refleja el Sistema de Espacios Libres del ámbito de ordenación y en los cuadros de características el destino concreto de cada una de las parcelas clasificadas como espacio libre.

1.8.8.1. Condiciones Generales para los Proyectos de Urbanización

Para la redacción de los Proyectos de Urbanización se tendrá en cuenta lo establecido en el apartado 1.3.2.5 de las Normas Urbanísticas en cuanto a documentación y determinaciones.

1.8.8.2. Jardines

1. Definición.- Se consideran jardines a aquellos espacios libres en los que la superficie destinada a plantación de espacios vegetales es superior al 60% de la total, pudiendo destinarse el resto no ocupado por la jardinería a paseos y zonas peatonales, ya sean pavimentadas o en tierra batida.

2. Diseño.- Se deberán tener en consideración la tipología y características del entorno, forma y tipografía del terreno, rasantes de los viales colindantes, etc. Se tenderá a dar el máximo relieve y movimiento, resaltando la altura de los parterres mediante el volúmen adecuado de las tierras, con una pendiente mínima del 10% cuando su destino sea la plantación de gramineas o especies tapizantes. Se tendrá en cuenta la legislación sobre supresión de barreras arquitectónicas.

Cuando las dimensiones y forma del espacio libre lo permita, se deberá incluir en el diseño una zona de juego de niños, con el mobiliario correspondiente.

3. Especies vegetales.- Preferiblemente se proyectarán especies vegetales autóctonas o aquéllas de probada adaptación a la zona, de acuerdo con las normas del Servicio de Parques y Jardines.

4.- Instalaciones.

- Alumbrado Público:  Se proyectará la instalación de alumbrado para la intensidad luminosa de 50 lux, con las luminarias adecuadas de acuerdo con el entorno y el diseño adoptado, así como las Ordenanzas Municipales al respecto.

- Riego: Se proyectará sistema de riego por goteo para el arbolado y por aspersión en las praderas de gramineas o especies tapizantes, con su correspondiente sectorización y llaves de corte con funcionamiento automático mediante programador y electroválvulas conectado al alumbrado público, como refuerzo se proyectarán igualmente bocas de riego, a razón de una por cada 400 m2. Toda la instalación se centralizará en una arqueta de maniobra, con un seno para instalación de un contador. Se deberán tener en cuenta las normas municipales al respecto.

5.- Mobiliario.- Se ha de prever la instalación de papeleras y bancos en los pasos y zonas peatonales, así como juegos infantiles en proporción a las dimensiones de acuerdo con los criterios del Servicio de Arquitectura Municipal.

1.8.8.3. Áreas de Juego de Niños

1. Definición.- Son aquellos espacios libres que por sus dimensiones, y en cumplimiento de los estándares correspondientes, se destinan a este uso concreto, por lo que la mayor parte de su superficie se dispondrá de tal manera que pueda dedicarse al recreo de los niños.

2. Diseño.- De acuerdo con las dimensiones y forma se dispondrá una zona con tratamiento de arena o gravilla donde se instalen los juegos infantiles, combinándose con parterres que permitan la plantación de arbolado que proporcione la correspondiente sombra, en el lugar y orientación adecuada.

3. Especies vegetales.- Se seguirá el mismo criterio que en los jardines.

4. Instalaciones.-

- Alumbrado público: Se proyectará la instalación de alumbrado para la intensidad luminosa de 10 lux, situando las luminarias de tal forma que no moleste al desarrollo de la función.

- Se proyectará la instalación de una fuente pública para niños.

5. Mobiliario.- Los juegos de niños a instalar, así como los bancos estarán en proporción a las dimensiones.

1.8.8.4. Áreas Peatonales, Paseos y Plazas

1. Definición.- Son aquellos espacios libres donde la superficie con posibilidad de tránsito u ocupación de las personas es superior al 40% de la total, debiendo estar esta superficie pavimentada, salvo la zona que se destine a juego de niños.

2. Diseño.- Se deberán tener en consideración las características del entorno, forma y tipografía del terreno, así como rasantes de los viales colindantes, disponiéndose los espacios de tal forma que puedan cumplir con su función como zona de reunión y relación. Se tendrá en cuenta la legislación sobre supresión de barreras arquitectónicas.

En los paseos peatonales, cuya anchura sea igual o superior a 2 metros, se deberá disponer arbolado en alcorques, cada 10 metros. En las plazas los parterres y alcorques se dispondrán de forma que configuren espacios funcionales de acuerdo con su uso, en una proporción mínima del 10% de su superficie total.

3. Especies vegetales.- Al proyectar las especies para los parterres y alcorques se seguirá el mismo criterio que en los jardines.

4. Instalaciones.-

- Riego: Se proyectarán redes de riego por goteo para los alcorques y difusores en los parterres, con funcionamiento automático, mediante programador y electroválvulas conectadas al alumbrado público, como refuerzo se proyectarán igualmente bocas de riego que se dispondrán estratégicamente para baldeo a razón de una boca por cada 500 m2. Toda la instalación se centralizará en una arqueta de mando, con un seno para contador. Se deberán tener en cuenta las normas municipales al respecto.

5. Mobiliario.- Se ha de prever la colocación de papeleras, bancos y demás mobiliario urbano, de acuerdo con el diseño y tamaño de los espacios, con los criterios del Servicio de Arquitectura Municipal.

1.8.8.5. Zonas Deportivas Públicas

1. Definición.- Son aquellos espacios libres públicos destinados a la práctica de actividades deportivas al aire libre. Se ha de prever como mínimo un 20% de su superficie para zona ajardinada.

2. Diseño.- El diseño irá en función del tipo de deporte a practicar, planteándose por lo general un espacio polivalente, bien con medidas reglamentarias o con simplificación de éstas. Cuando se realice pista de patinaje, se dispondrán barandillas perimetrales para el aprendizaje.

3. Espacios vegetales.- Se proyectarán las especies de la zona ajardinada siguiendo el mismo criterio que en los jardines.

4. Instalaciones.-

- Alumbrado Público: Se proyectará alumbrado público con un nivel de iluminación similar a las plazas.

- Riego: El sistema de riego para la zona ajardinada, se proyectará de forma similar a los jardines.

5. Mobiliario.- Se incluirá en el diseño la construcción de bancos o gradas, en proporción adecuada al tamaño del espacio deportivo y en el presupuesto, los elementos auxiliares necesarios para la práctica deportiva, además de las papeleras y demás mobiliario urbano de los espacios libres.


1.9. SINTESIS Y CUADROS DE CARACTERISTICAS

Se adjuntan dos series de cuadros:

Cuadros 1.- Superficies, edificabilidad y usos de cada una de las manzanas, por cada unidad de ejecución, con las superficies totales de las mismas. Se indica el número de viviendas existentes y posibles. Se adjuntan en el ANEXO 1.

Cuadros 2.- Resumen de superficies y capacidades de cada área de reparto en el que se indican las superficies y porcentajes de cada uso, aprovechamiento y densidades. Se resumen en dos cuadros.

Aunque las superficies que figuran en los cuadros se aproximan bastante a la realidad, el haberse obtenido por procedimiento informático sobre base digitalizadora, será en los Proyectos de Urbanización, Reparcelación o Compensación donde se fijen las magnitudes definitivas, previo levantamiento topográfico o con la definición de 1/500.

El número de viviendas posibles se ha calculado en base a una superficie media y no supone una limitación normativa para el número de viviendas de cada manzana, ya que se ha hecho a efecto de cálculo de infraestructuras y densidades globales.

1.9.1. Resumen General

- Superficie manzanas residenciales............ 259.574,03

- Superficie espacios libres............................... 67.126,56

- Superficie equipamientos................................ 29.835,80

- Superficie viario................................................ 108.140,20

-Superficie total ámbito actuación.................. 464.676,59

- Superficie Sistema General............................. 21.477,60

- Superficie suelo consolidado....................... 234.015,31

- Superficie suelo vacante................................ 230.661,28

- Nº viviendas existentes.......................................................

- Nº viviendas posibles.......................................... 1.730,00

- Superficie total edificable............................... 178.760,36

- Indice global edificación.............................. 0,385 m² /m²

1.9.2. Reservas de Suelo para Equipamiento

 

CONSOLIDADO

VACANTE

TOTAL

E.LIBRE

22.298,25

9,56%

44.828,31

19,37%

67.126,56

14,43%

DOCENTE

7.090,54

3,03%

-

-

7.090,54

1,53%

DEPORTIVO

-

-

5.505,53

2,39%

5.505,53

1,18%

SOCIAL

16.396,74

7,01%

842,99

0,31%

17.239,73

3,68%

TOTAL

45.860,18

19,60%

50.919,84

22,08%

96.780,02

20,83%

1.9.3. Cuadros Superficies

En los siguientes cuadros se resumen las superficies y capacidades de las áreas de reparto.

1.10.- CUADRO COMPARATIVO CON EL P.E.R.I. QUE SE REVISA

                SEGUN EL P.E.R.I. VIGENTE

Espacios Libres .................................... 5,28 Ha.

Equipamiento Docente ............................... 0,85 Ha.

Equipamiento Social ................................ 2,08 Ha.

Equipamiento privado ............................... 0,47 Ha.

Viario y Aparcamiento ..............................10,32 Ha.

Residencial Norma 1a ............................... 4,24 Ha.

Residencial Norma 1c1 .............................. 3,83 Ha.

Residencial Norma 1c3 ..............................14,89 Ha.

                                                   ----------

TOTAL ..........................41,95 Ha.

 

                SEGUN MODIFICACION:

Espacios Libres .................................... 6,70 Ha.

Equipaamiento Docente .............................. 0,70 Ha.

Equipamiento Deportivo-Social ...................... 1,67 Ha.

Equipamiento Privado ............................... 0,54 Ha.

Viario y Aparcamiento ..............................10,66 Ha.

Parcelas Residenciales .............................25,59 Ha.

                                                    ----------

                     TOTAL ..........................45,91 Ha.

 

NOTA: El aumento de la superficie del ámbito de actuación responde a la modificación del Plan General nº 32.

 

   TIPOLOGIAS

    MANZANAS                 SUP. PARCELA               %

------------------------------------------------------------------

    Au1                         4.861,65              1,94%

    Au2                        30.736,48             12,28%

    Au3                        12.303,48              4,91%   

    Ac1                        94.168,14             37,62%

    Ac2                         7.107,08              2,84%

    Vu1                        59.872,66             23,92%

    Vc1                        22.411,50              8,95%

    Cc1                        18.876,84              7,54%

              ----------------------------------------------------

                              250.337,83            100,00%