PLAN PARCIAL
"POLIGONO
INDUSTRIAL EL ALBUJON"
TEXTO REFUNDIDO, que recoge las condiciones
del acuerdo de aprobación definitiva
1.1.1.- JUSTIFICACIÓN DE LA
PROCEDENCIA DE SU FORMULACIÓN
1.1.2.- ALCANCE DE LA ACTUACIÓN
1.2.1.- SITUACIÓN GEOGRÁFICA Y DELIMITACIÓN
1.2.2.- CONEXIÓN CON EL EXTERIOR
1.2.3.- CARACTERÍSTICAS DEL TERRENO
1.2.3.6.- ECOLOGÍA Y VEGETACIÓN
1.2.4.- CLIMATOLOGÍA DE LA ZONA
1.2.5.- ESTADO ACTUAL DE LA ZONA
1.2.6.- INFRAESTRUCTURAS EXISTENTES
1.2.7.- PLANEAMIENTO DE RANGO SUPERIOR
1.2.7.1.- SITUACIÓN URBANÍSTICA
1.2.8.- ESTRUCTURA DE LA PROPIEDAD
1.3.- OBJETIVOS Y CRITERIOS DE ORDENACIÓN
1.3.2.- CRITERIOS DE ORDENACIÓN
1.3.3.- JUSTIFICACIÓN DE LA SOLUCIÓN ADOPTADA
1.4.- ANÁLISIS DE LA ORDENACIÓN
1.4.1.- PROGRAMA GENERAL DEL SECTOR
1.4.2.- CONDICIONANTES ESPECÍFICOS
1.4.3.- MODELO DE DISEÑO ADOPTADO
1.4.3.1.- DISTRIBUCIÓN ZONAL Y TIPOLÓGICA
1.4.4.- REPRESENTACIÓN DOCUMENTAL
1.5.- INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS
1.5.1.1.- CONEXIÓN CON EL EXTERIOR
1.5.1.3.- BASES GENÉRICAS DE CALCULO
1.5.2.1.- CONEXIÓN CON EL EXTERIOR
1.5.2.2.- DESCRIPCIÓN RED INTERIOR
1.5.2.3.- BASES GENÉRICAS DE CALCULO
1.5.3.1.- CONEXIÓN CON EL EXTERIOR
1.5.3.2.- DESCRIPCIÓN RED INTERIOR
1.5.3.3.- BASES GENÉRICAS DE CALCULO
1.5.3.4.- CAUDALES TOTALES A PREVER
1.5.4.- RED DE ENERGÍA ELÉCTRICA
1.5.4.1.- CONEXIONES CON LAS REDES GENERALES
1.5.4.2.- REDES DE MEDIA TENSIÓN
1.5.4.3.- CENTROS DE TRANSFORMACIÓN
1.5.4.4.- REDES DE BAJA TENSIÓN
1.5.4.5.- BASES GENÉRICAS DE CALCULO
1.5.5.1.- CLASIFICACIÓN DEL VIARIO
1.5.5.2.- NIVELES DE ILUMINACIÓN
1.5.5.3.- SITUACIÓN CENTROS DE MANIOBRA
1.5.5.4.- CARACTERÍSTICAS DE LAS REDES
1.5.6.- RED DE COMUNICACIÓN POR CABLE Y OTROS SERVICIOS
1.5.7.2- AREAS PEATONALES, PASEOS Y PLAZAS
1.6.- DELIMITACIÓN DE UNIDADES DE EJECUCIÓN
1.6.1.- PONDERACION EN UNIDADES DE VALOR HOMOGÉNEO
1.6.1.1.- COEFICIENTES Y CRITERIOS DE
VALORACIÓN
1.6.1.2.- UNIDADES DE VALOR HOMOGÉNEO
1.6.1.3.- APROVECHAMIENTO TIPO
1.6.3.- JUSTIFICACIÓN DE LA AUTONOMÍA TÉCNICA Y ECONÓMICA DE CADA
UNIDAD
1.6.4.- JUSTIFICACIÓN DEL EQUILIBRIO DE BENEFICIOS Y CARGAS.
1.6.4.1.- APROVECHAMIENTO HOMOGENEIZADO DE
CADA UNIDAD DE EJECUCIÓN
1.6.4.2.- APROVECHAMIENTO QUE CORRESPONDE EN
FUNCIÓN A LAS SUPERFICIES DE CADA UNIDAD DE EJECUCIÓN.
1.6.5.- APROVECHAMIENTO DE CESIÓN AL AYUNTAMIENTO DE CARTAGENA
1.7.- SÍNTESIS Y CUADROS DE CARACTERÍSTICAS
1.7.1.- CUADROS POR UNIDADES DE EJECUCIÓN
1.7-2.- RESUMEN DE SUPERFICIES
1.7.3.- RESUMEN DE CAPACIDADES
1.7.4.- RESUMEN DE LAS CARACTERÍSTICAS DEL PLAN PARCIAL
1.7.5.- JUSTIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LOS ESTANDARES DEL ANEXO DEL
REGLAMENTO DE PLANEAMIENTO
1.7.5.1.- SUPERFICIES SEGÚN R.P.
1.7.5.2.- SUPERFICIES SEGÚN P.P.
1.8.- DETERMINACIONES DEL ARTICULO 64 DEL
REGLAMENTO DE PLANEAMIENTO
1.8.1.- JUSTIFICACIÓN DE LA CONVENIENCIA Y NECESIDAD DE SU URBANIZACIÓN
1.8.2.- RELACIÓN DE PROPIETARIOS
1.8.3.- DETERMINACIONES DEL ARTICULO 46 R.P.
1.8.3.2.- SISTEMA DE ACTUACIÓN
La
Modificación nº 50 del Plan General Municipal de Ordenación, aprobada
definitivamente por Resolución del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma
de 5 de septiembre de 1996, clasificó el suelo situado al Sur de el poblado de
El Albujón, como Urbanizable No Programado, uso industrial.
El
Programa de Actuación que se ha redactado para su tramitación y aprobación
previa al presente P.P., concreta las condiciones que el Plan General señala
para el Área de suelo UNP EA 2, así como el programa para su desarrollo,
en cumplimiento del cual se formula este proyecto.
La Sociedad Mercantil Polígono
Industrial Albujón S.A. fue creada por industriales y transportistas del
poblado de El Albujón, con el objeto de promover la creación de suelo
industrial donde poder trasladar los talleres e industrias que, en su mayor
parte, están situados en la actualidad dentro del suelo urbano residencial, así
como para la ampliación de los mismos, teniendo en cuenta que, el único suelo
urbano industrial que existe en el término municipal de Cartagena, está situado
en el Cabezo Beaza, a 15 Km. del poblado de El Albujón.
En la
citada modificación del Plan General se contempla, como condición especifica,
la incorporación al área de un triángulo de suelo clasificado por el Plan
General como espacio libre, pero que quedó fuera de la gestión del P.E.R.I.,
con lo cual se podrá obtener el citado espacio para su destino al uso público,
sirviendo, además, como elemento separador de los usos industrial y
residencial.
Las
necesidades que justificaron la Modificación nº 50 continúan vigentes, por lo
que, para hacer efectivos los objetivos previstos, es necesario desarrollar las
determinaciones del Planeamiento General y del P.A.U., posibilitando la
realización de una actuación que cubre la demanda de suelo industrial existente
en este momento en el poblado de El Albujón, lo cual es un incentivo para el
desarrollo de su actividad autóctona y la potenciación de otras actividades,
teniendo en cuenta la proximidad con las instalaciones de la GEPE.
El
conjunto de los terrenos que abarca el "Sector Polígono Industrial de EL
Albujón" y los sistemas generales adscritos al mismo, ocupa una extensión
de 113.375 m2 y cuya delimitación gráfica aparece en el plano 2.2.
Se
trata de establecer la ordenación y usos pormenorizados de la zona, las
ordenanzas que regulen el régimen urbanístico de aplicación y el programa de
desarrollo para la misma, con el alcance y las determinaciones previstas en el
artículo 43 y siguientes del Reglamento de Planeamiento.
Para
la redacción del Plan Parcial, se han tenido en cuenta las determinaciones del
Plan General Municipal de Ordenación, que califica los terrenos como suelo
urbanizable no programado, uso característico industrial, las del Programa de
Actuación Urbanística que se está tramitando para su aprobación previa al
presente y las condiciones del convenio suscrito con el Ayuntamiento para el
desarrollo urbanístico de la zona por la Sociedad Polígono Industrial El
Albujón S.L. La ordenación de los terrenos y la asignación de usos
pormenorizados, se ha realizado de acuerdo con dichas condiciones y
determinaciones.
La
situación de los terrenos objeto del presente Plan Parcial, según viene
reflejado en el plano nº 1 de los de información, se enclava en la zona Norte
del territorio municipal, al Sur del poblado de El Albujón, siendo su posición
geográfica, con relación al meridiano inicial de Greewich, la siguiente:
Longitud oeste 1º 04' 22''
Latitud norte 37º 42' 33''
La
delimitación de Área, es la siguiente: por el Norte, linda con el límite de
suelo urbano del poblado de El Albujón, integrando en la misma un espacio libre
de sistema general contemplado por el Plan General; por el Sur, con el suelo no
urbanizable; por el Este, con camino rural y por el Oeste, con la carretera
comarcal E 16, de La Aljorra a El Albujón. El área es cruzada de norte a sur
por el antiguo camino de Las Lomas de El Albujón.
Los
terrenos incluidos dentro del Sector "Polígono Industrial de El Albujón",
y sistemas generales adscritos, son límite de las calles del núcleo urbano de
El Albujón, por lo que la conexión con el mismo a efecto del tráfico ligero que
genere la actividad industrial, se realiza de una manera directa, con la
prolongación del camino de Las Lomas.
La
carretera comarcal E 16 de la Aljorra a El Albujón se integra como eje de
comunicación con la zona sur y la zona industrial de La Aljorra, con
posibilidades en su momento de realizar un enlace con el nuevo vial de acceso a
las instalaciones de la General Electric.
De
acuerdo con las condiciones de la modificación de Plan General nº 50, se prevé
una conexión directa con la carretera N 301, paralelamente al vial de borde que
el P.E.R.I. establece como límite del suelo urbano, con una anchura de 10 m.,
por lo que la anchura total de ambas será de 17,50 m. El diseño se realizará de
manera que los tráficos residenciales y urbanos estén separados
El
terreno no presenta relieves accidentados notables, siendo prácticamente plano,
con un declive muy suave hacia el Este. La altimetría es por tanto uniforme,
con una variación de ± 0,50 m. de la cota 72.
Según
el mapa geológico de la zona, todo el área está formada por materiales
terciarios (mioceno-messiniense), del tipo margas y areniscas. Estas rocas son
sedimentarías y constituidas por una serie detrítica. Las margas son
arcillosas, amarillentas, y las areniscas, calcáreas.
Esta
zona se haya en un área tectónicamente activa, marcada por distintas fracturas
que determinan bloques que juegan un papel independiente. La línea sismo
tectónica mas notable de la zona es la falla Cerro Roldán (al oeste de
Cartagena -La Unión-Isla del Ciervo-en el Mar Menor), coincidente con la
orientación del sistema Bético. Esta fractura, junto con la falla
Murcia-Cartagena determinan uno de los bloque anteriormente citado.
No obstante
lo anteriormente indicado, las normas sismo- resistentes vigentes, Real Decreto
2543/1994 de 24 de diciembre, por el que se aprueba la Norma de Construcción
Sismoresistente, dentro del "mapa de peligrosidad sísmica del territorio
nacional", asigna a Cartagena un
coeficiente de aceleración sísmica básica ab/G de 0,05.
Por
la profundidad de los pozos de la zona, se determina el nivel freático
existente, el cual está alrededor de los 10 ó 18 m. Las aguas tienen un grado
de dureza alta, lo que no las hace aptas para el consumo.
La
presencia de este nivel freático tiene repercusión, desde el punto de vista
geotécnico, en los proyectos constructivos y por su grado de dureza, habrán de
tomarse las precauciones adecuadas para que no afecten a los hormigones y no
deberá emplearse para la fabricación de los mismos.
Superficialmente
y dado el tipo de terreno, formado básicamente por margas calizas, se puede
considerar esta capa como de características geotécnicas moderadas, que no
admite cimentaciones con cargas elevadas, pero sí las de las naves
industriales.
La
zona objeto del presente Plan Parcial, no tiene ningún rasgo ni detalle
ecológico del que haya de hacerse mención.
No
existen masas arbóreas a considerar y los cultivos que tradicionalmente
existieron en la zona, están prácticamente abandonados.
Los
terrenos del Sector, se sitúan al Sur del cauce de la Rambla de El Albujón. En
la red hidrográfica de la Rambla inciden valores cuantiosos del hidrograma
obteniendo un caudal en punta muy elevado en un corto espacio de tiempo de
concentración. Esta circunstancia, unida a que en la zona se produce un
remanso, después de los rápidos que descienden de la sierra de la Victoria, son
el motivo de las inundaciones que frecuentemente se producen en la zona Norte,
a pesar de haberse canalizado, por lo inadecuado del puente de la N 301. Es por esta razón por lo que se deberá tener
en cuanta en el diseño de los viales y en la altimetría de la actuación, que no
produzcan apantallamiento y permitan la rápida evacuación.
El
Área objeto del presente Plan Parcial, se encuentra en la zona central del
llamado Campo de Cartagena, por lo que los datos climáticos característicos,
corresponden a los de dicha comarca. Los datos climáticos que se aportan a
continuación, corresponden a las estaciones meteorológicas de Cartagena -
Puerto y El Algar, por ser las estaciones más próximas que presentan datos
termo-pluviométricos.
La
temperatura media anual en el período 1982-1992, se sitúa alrededor de los
18ºC. Las medias mensuales, muestran un máximo en los meses de Julio y Agosto,
que oscila entre los 25,5ºC y los 26ºC, y un mínimo en Enero y Febrero, con
temperaturas comprendidas entre 11 y 12ºC. Según estos máximos y mínimos en los
valores medios, puede admitirse una oscilación térmica anual alrededor de los
15ºC. Las temperaturas medias de las máximas, se sitúan entorno a los 22,5ºC.
Las medias de las mínimas están comprendidas entre 13ºC, registrándose los
valores inferiores en los meses de Diciembre, Enero y Febrero, con temperaturas
medias que no bajan de los 10 ºC.
En
cuanto a las máximas absolutas, en El Algar se han registrado temperaturas de
hasta 44ºC en el mes de Julio. Sin embargo, en el litoral, la máxima absoluta
registrada es de 40ºC, y en general no sobrepasa los 38ºC. Las estaciones
registran mínimas absolutas que muy esporádicamente se sitúan por debajo de los
0ºC. Las heladas son, por tanto, prácticamente inexistentes.
La
NBE - CT 79 "Condiciones Térmicas en los edificios", de obligado
cumplimiento a partir de su entrada en vigor, sitúa a los terrenos objeto del
presente Plan Parcial en la zona W.
El
rango climático más característico de la zona, al igual que todo el S.E.
peninsular, es la irregularidad de las precipitaciones. Las medias anuales
oscilan entre los 293 mm. registrados en El Algar y los 325 mm. de Cartagena.
En
los datos de las precipitaciones, se ponen de manifiesto la extrema sequía
estival, ninguno de los observatorios considerados, presentan un mes de verano
con precipitaciones superiores a los 9 mm. El mes más seco es Julio, con
valores ínfimos que no superan los 9 mm.
El volumen
de la lluvia asciende bruscamente en Octubre, siendo esta época la de mayor
intensidad. El máximo secundario se presenta entre Enero y Abril, mientras que
en Febrero y Noviembre la gráfica muestra un brusco descenso, aunque no tan
acusado como el estival.
De
acuerdo con los valores del Castillo de
Galeras, se puede establecer la siguiente serie cronológica:
AÑO DIAS DE LLUVIA DIAS DE TORMENTA GRANIZO
1970 73 9 1
1971 91 16 2
1972 97 18 3
1973 63 6 3
1974 74 11 3
1975 66 12 3
1976 74 11 2
1977 72 9 1
1978 71 5 -
1979 76 7 -
1980 69 12 1
Según
las normas Técnicas de Diseño y Calidad de viviendas de protección oficial, los
terrenos afectados por la presente adaptación del P.P. están incluidos en la
zona pluviométrica "Z".
Ante
la ausencia de otra regulación normativa subsidiariamente se considerará en los
cálculos de las secciones de limahoyas, canalones, cazoletas, recogida de aguas
y secciones de tuberías de desagües de pluviales, una intensidad de lluvia de
I= 5 mm/h.
Los
valores de la humedad relativa, sitúan sus máximos y mínimos anuales de valores
comprendidos en el intervalo 90% - 50%, respectivamente.
Para
el análisis de los vientos dominantes en Cartagena, tomamos datos del faro de
la Marina (Castillo de Galeras), situado a 219 m. de altitud en el borde
occidental del puerto, que indican los vientos de máxima frecuencia en
primavera y dominantes en otoño. El viento más frecuente es de componente
suroeste con un 39,7% anual.
El
"Lebeche" de componente Sureste, es cálido y seco por proceder del
Sahara y lleva en suspensión gran cantidad de partículas sólidas, sopla
preferentemente en los meses de primavera y principios de verano. Este viento
influye negativamente en la vegetación por elevar la aridez, caldear la
atmósfera y provocar un aumento de la transpiración, con lo que las plantas se
agostan prematuramente.
Ahora
bien, desde el punto de vista de la contaminación atmosférica, tan ligada a la
dirección y fuerza del viento, cabe resaltar la importancia de vientos de
componente E "Levante". Entre estos vientos, el más frecuente es el
de componente NE, con un 28,2% anual y principal repercusión en verano. El uso a implantar en la zona es el de
industria ligera, no contaminante pero, aun en el caso de instalación de alguna
industria que necesitase realizar algún tipo de emisión, los vientos dominantes
las alejarían del poblado.
El clima es el típico del sureste, cuyo rasgo definitivo es la escasa precipitación lluviosa, la más baja de la península y, probablemente, de la Europa Mediterránea. Las lluvias anuales son siempre inferiores a 350 mm. (Cartagena 331 mm.), lo que unido a las altas temperaturas, dan como resultado la aridez dominante en el sureste español.
Los
terrenos objeto del presente Plan Parcial, estaban destinados, hasta hace poco
tiempo, al cultivo de temporada en su mayor parte y plantado de almendros.
Estos terrenos se encuentran actualmente en barbecho, salvo alguna plantación
de carácter eventual, ya que los mismos fueron adquiridos, hace ya mas de cinco
años, para destinarlos al uso industrial. En la parte que se encuentra junto a
la carretera de La Aljorra, al norte del campo de fútbol, existe una cerca con
una nave industrial. De los terrenos externos que se incorporan a la Actuación,
los situados en el triángulo norte, calificados como espacio libre de sistema
general, son actualmente un erial; los situados junto al suelo urbano y que se
incorporan para la conexión viaria con la N 301, se destinan al cultivo de
temporada.
Tal
como se ha dicho anteriormente, dentro del Área a considerar existe unas naves
industriales junto a la carretera E 16. Dentro de la zona, aunque estén fuera
del ámbito de actuación, están las instalaciones deportivas municipales, las
cuales se pueden incorporar a la ordenación prevista, sin ninguna modificación,
salvo la adecuación de los vallados a la anchura que establece el Plan General
para la carretera de La Aljorra.
La
zona es cruzada en dirección Noroeste por una línea de alta tensión de 66.000
voltios, de la cual deberán de alejarse las edificaciones la distancia mínima
que establece la legislación al respecto. En sentido Norte-Sur, discurre la
línea de MT que procede de la Aljorra, la cual debe ser transformada en
subterránea, así como el resto de las líneas que parten de la misma hacia la
antigua cerámica y para alimentar al CT Iguana, ya en la zona urbana del
Albujón, al realizar las obras de urbanización.
Las
infraestructuras para riego existentes son de la propia parcela, por lo que
pueden ser desmontadas en el momento que sea preciso, sin afectar a las
colindantes.
Redes
de Agua.-
En el plano nº 2.5 de información, vienen
reflejadas las redes de agua existentes en la zona Sur del núcleo de El
Albujón, tanto los anillos de las unidades de actuación que se han ejecutado
recientemente, como las redes generales que discurren por la carretera N 301,
desde el depósito regulador. La red general de la M.C.T. que se ha instalado
recientemente para la redotación de los poblados de El Albujón y Pozo Estrecho,
perteneciente red de Abastecimiento del Campo de Cartagena, zona Oeste, Ramal
de El Albujón, cruza el ámbito de actuación por el camino que bordea el suelo
urbano, hasta las arquetas de maniobras, que están situadas al otro lado de la
carretera.
Redes
de Saneamiento.-
Igualmente, en el citado plano nº 2.5. de
información, se refleja la red de alcantarillado existente en el poblado. Dadas
las características de la actuación, y aunque el tipo de industria a instalar
no es contaminante, conviene prever el control de los vertidos, con una
predepuración y por tanto, con un punto de entronque único. El entronque se
realizará en la tubería general que discurre por la carretera N 301, de acuerdo
con el informe que se adjunta, emitido por la empresa gestora del servicio
Aquagest. No obstante, en el acuerdo de aprobación inicial del presente P.P. se
ha incluido la condición de estudiar cual de las siguientes soluciones es la
mas viable: a) Entronque directo de fecales y pluviales a la depuradora de El
albujón, previo estudio de la capacidad de esta, con la instalación de
aliviadero a cauce público. b) Envío de las aguas fecales al colector de El
Albujón, construyendo una red separativa de pluviales para conducirla a cauce
público, previa autorización del organismo competente, o bien verterlas por
escorrentía superficial, como en el resto del pueblo de El Albujón, estudiando
la influencia de los vertidos sobre los predios colindantes y canalizando las
aguas mediante cunetas lindantes al Sector, hacia cunetas y pasos de carretera
existentes, de manera que dichos predios no queden mas afectados de los que
actualmente lo están.
Energía
Eléctrica.
Tal como se ha referido anteriormente, existe
una red de media tensión que cruza la zona en dirección Norte, denominada por
Iberdrola "Aljorra", en la
cual, de acuerdo con el informe emitido por dicha compañía, deberán anillarse
los CT a proyectar
La
modificación puntual nº 50 del Plan General Municipal de Ordenación de Cartagena,
aprobada por resolución del Consejero de Política Territorial y Obras Pública
de la Comunidad Autónoma de Murcia de 14 de agosto de 1996, clasifica los
terrenos objeto del presente Plan Parcial, como Suelo Urbanizable No
Programado, Área UNP EA 2.
Se
encuentra en tramitación, para su aprobación previa al presente P.P., el
Programa de Actuación Urbanística (P.A.U.) que establece la delimitación de un
único Sector en la zona y los sistemas generales adscritos al mismo. Así mismo
se determinan las condiciones para la redacción del P.P. y el Plan de Etapas
con el que ha de desarrollarse.
Las
condiciones que se determinan en el Programa de Actuación Urbanística, son las
siguientes:
DELIMITACION DE SECTORES.
Dentro del Área de Actuación
y una vez descontados los terrenos calificados como sistema general, se
contempla un solo sector para la ordenación y desarrollo de la misma.
MAGNITUDES.
* Superficie del
Sector 99.682
m2
* Sistemas generales
adscritos
Espacios
libres 898
m2
Viario 795
m2
Total
S.G. 13.693
m2
SUPERFICIE
TOTAL AREA 113.375
m2
*
Aprovechamiento global del área 0,50
m2/m2
*
Edificabilidad total 6.687
m2
CONDICIONES DE ORDENACIÓN.
- Se procurará integrar la
trama viaria con la existente y la prevista en la zona, dando continuidad a la
misma.
- La ordenación deberá
plantear, como eje principal estructurante, un vial coincidente con el trazado
del antiguo camino de Las Lomas de El Albujón. Se deberá trazar un vial en la
parte sur de la zona deportiva, que podrá ser de tráfico mixto, con una anchura
mínima de 9 m.
USOS.
El uso característico será
el industrial, para la construcción de naves destinadas a la
implantación de talleres e industrias no molestas y almacenes complementarios
de las zonas de viviendas de los poblados, tipo industria ligera, no
contaminante.
CARACTERÍSTICAS DE LOS SISTEMAS GENERALES.
Los espacios libres se han
situado al Norte del Sector, como elemento de transición entre los usos de este
y los del suelo urbano residencial del poblado de El Albujón.
La conexión con el exterior
se realizará, de manera directa a la carretera comarcal E 16, para el tráfico
procedente de La Aljorra y a través de un vial de 10 m. de anchura, para el que
proceda de carretera N 301.
Los esquemas de infraestructuras del Sector conectarán estas con
las generales existentes en la zona, para la dotación de los servicios de agua,
suministro de energía eléctrica, saneamiento y alumbrado público, en los puntos
que se señalan en el plano P.2 del P.A.U.
APROVECHAMIENTO MEDIO.
El Sector y sistemas
generales adscritos, se considerará un Área o Ámbito de Actuación, por lo que
el aprovechamiento medio de esta, será el coeficiente global de edificabilidad
de 0,50 m2 / m2.
SISTEMA DE ACTUACIÓN.-
El sistema de actuación,
será el de COMPENSACIÓN
En el
plano nº 2.6 de información, se reflejan las distintas propiedades existentes
dentro del área, tanto del sector como de los sistemas generales adscritos al
mismo, cuyos titulares son los siguientes:
Nº NOMBRE PROPIETARIO DIRECCIÓN
59.- POLÍGONO
INDUSTRIAL ALBUJÓN, S.L. C/
General Fanjúl,1 El Albujón Cartagena
60.- GINÉS PEDREÑO ROS
22.925.959 C/
Chipionas, nº 1 Las Lomas de El Albujón CARTAGENA
61.- AYUNTAMIENTO DE
CARTAGENA
62.- MAGDALENA PAGÁN
CARRIÓN 22.956.855 C/
Llagostera nº 63 CARTAGENA.
63.- EMILIA VIDAL
OSETE 22.928.218 C/
Virgen de Loreto, 163 SAN JAVIER
64.- PEDRO VIDAL
CAÑABATE 22.897.132 C/
S. Francisco, nº 9 CARTAGENA.
65,. ASENSIO GARCÍA ORTEGA
Y OTROS.
66.- ANTONIO LUJÁN
MARTÍNEZ 22.857.801 C/
Sierra de la Peña, El Albujón CARTAGENA
67.- JOSÉ LUJÁN
MARTÍNEZ 22.838.198 C/
Ermita, nº 4 El Albujón CARTAGENA
68.- JOSÉ LUJAN
MARTÍNEZ
303.- FULGENCIO CARRIÓN MARTÍNEZ 22.820.938 C/ S. Juan, nº 17 El Albujón CARTAGENA
344.- POLÍGONO INDUSTRIAL ALBUJÓN, S.L.
362.- POLÍGONO INDUSTRIAL ALBUJÓN, S.L.
El
Plan Parcial que se proyecta, pretende los siguientes objetivos:
·
Desarrollar
el planeamiento, de acuerdo con el Programa de Actuación que se tramita,
previamente, para el Área de EA 2 de El Albujón.
·
Proporcionar
suelo apto para la edificación de naves industriales, que cubran las
necesidades que actualmente existen en El Albujón, donde reubicar y ampliar las
industrias, talleres y almacenes existentes en dicho poblado.
·
Proyectar
unas dotaciones e infraestructuras, que completen y complementen las del actual
núcleo de El Albujón, incorporando a la estructura urbana el equipamiento
deportivo existente y el espacio libre de sistema general, ya previsto por el
Plan General.
Además
de los criterios básicos establecidos en el Plan General y en el P.A.U., existen
condicionantes locales que determinan las pautas de ordenación para el sector,
que son los siguientes:
·
Debe
existir una interrelación entre la ordenación existente y prevista por el
P.E.R.I. para el poblado y la que se proyecta en el presente Sector.
·
No
obstante, el espacio urbano debe estar diferenciado, de acuerdo con los usos
propio de cada zona.
·
El
tratamiento adecuado de los bordes, sobre todo por el Este, debe dar como
resultado la creación de la fachada de esta parte del poblado hacia la carretera
N 301.
En
cuanto a los límites del Sector, se recogen los del Programa de Actuación
Urbanística, que vienen establecidos sobre la base topográfica realizada
mediante un levantamiento de la zona.
La
carretera comarcal E 16, el camino de Las Lomas y la instalación deportiva
existente, son condicionantes que prácticamente conforman la ordenación que se
ha planteado, teniendo en cuenta la superficie que deben tener las parcelas, de
acuerdo con el uso a implantar.
Estas
circunstancias, dan como resultante el diseño de la ordenación que se ha
propuesto, completando la estructura viaria con el trazado de viales
ortogonales a los anteriores y al vial de borde que se proyecta por el lindero
Este del Sector. Los equipamientos deportivo y social se han situado junto a
las instalaciones deportivas existentes y el comercial, en la zona Norte,
próximo al poblado. Los espacios libres se han distribuido en el sector,
articulando los distintos equipamientos.
De
acuerdo con las condiciones del acuerdo de aprobación definitiva del P.A.U. se
han situado viales de servicio junto a la carretera E 16 restringiéndose el
acceso directo a la misma.
El
uso predominante del Sector es el Industrial, tipo ligero, no contaminante,
(industria de barrio y pedanías).
Las
magnitudes globales de la actuación son las siguientes:
Parcelas industriales 62.524,00
m2 62,72 %
Parcelas de equipamiento 4.373,00 m2 4,39 %
Espacios libres 10.106,00
m2 10,14 %
Viario 22.679,00
m2 22,75 %
------------
Total sector 99.682,00
m2
Sistemas generales adscritos:
espacio libre 4.898 m2
viario
8.795 m2
Además
de las condiciones y determinaciones del Plan General y del P.A.U. para el
Sector, existen otros condicionantes
particulares, dada la situación de éste junto a un suelo urbano, así como otros
elementos que determinan el diseño final que se ha planteado, tal como se ha
señalado anteriormente en los criterios de ordenación.
Ateniéndonos
a lo que es el Sector, dado que la situación de los equipamientos de sistema
general vienen determinados por el P.A.U., se plantea una estructura de
carácter meramente funcional, que recoge los condicionantes existentes, en la
zona como son el equipamiento deportivo, la carretera E 16 y el camino de Las
Lomas, con una escala acorde al tamaño de la actuación, al uso y a la tipología
que se quiere implantar.
De
acuerdo con los criterios expuestos anteriormente, se plantea una tipología
uniforme para todo el Sector, con naves adosadas a vial.
Se establece
la siguiente jerarquía en los diferentes tipos de viario que estructuran el
sector:
·
De
primer orden, la carretera comarcal E 16 y el nuevo vial de acceso al Polígono
Industrial.
·
De
segundo orden, la calle central que se traza coincidiendo con el camino de las
Lomas.
·
De
tercer orden, el resto de los viales rodados.
Cada
instalación resolverá los problemas de aparcamiento que genere, dentro de
propia parcela, con un mínimo de un aparcamiento cada 150 m2 de
edificación o por cada 5 empleados, tomando el nº que resulte mayor. Se
proyectan, anejos a la red viaria, aparcamientos en línea y batería, sin
suponer un entorpecimiento para el tráfico, con los que se cubren las
necesidades previstas así como la dotación que establece el Reglamento de
Planeamiento al respecto. El 2 % de las plazas cumplirán con las dimensiones
mínimas para minusválidos, (3,30 x 4,50).
El
equipamiento social y el equipamiento deportivo, se ha situado junto a la zona
deportiva existente, por razones de funcionalidad y mantenimiento. En el
apartado 1.7.5. se refleja las superficies y edificabilidad de los
equipamientos previstos en el presente Plan Parcial, comparándolos con lo
estándares establecidos en el anexo del Reglamento de Planeamiento.
Se ha
situado un espacio libre al norte del polígono, junto al equipamiento
comercial, con el fin de que sea el elemento de transición, junto con el mismo,
entre la zona industrial y la residencial. El resto de los espacios libres, se
han ubicado al sur, con el fin de que sean la fachada del polígono en esta
zona.
Se ha
seguido el mismo sistema de representación del Plan General, en cuanto a
simbología, siglas, tramas, trazos y demás elementos del lenguaje de
representación empleado por este.
Los
planos se han confeccionado sobre base topográfica informatizada, la cual se ha
obtenido por digitalización de los planos municipales, actualizados mediante
levantamiento topográfico de la zona del polígono. El dibujo se ha realizado
con el programa informático Autocad R 14.
Los
proyectos de urbanización se redactarán de acuerdo con lo establecido en el
apartado 1.3.1. de las Normas de Plan General, en cuanto a definición y
contenido, debiendo tener en cuenta las condiciones que se enumeran a
continuación, para cada uno de los servicios, así como lo dispuesto en el
artículo 10 de la Ley Regional 5/1995.
El
plano general de planta acotado, se realizará a escala 1/500, sobre la base
cartográfica informatizada, con definición suficiente de bordes, zonas de
conexión y de los elementos relevantes existentes. El plano de replanteo de
ejes deberá definir las coordenadas en los encuentros así como ángulos y
distancias entre estos y a las alineaciones y elementos existentes o, a otras
referencias que se consideren de interés.
El
diseño de la red viaria se ha realizado en función de las necesidades a cubrir,
y de acuerdo con los criterios y condiciones del P.A.U., habiéndose planteado,
por tanto, un eje principal, coincidente con el trazado del camino de Las
Lomas. El resto de los viales se han trazado en función de la tipología y
tamaño de las parcelas previstas.
Se ha
tenido en cuenta lo dispuesto en la Ley Regional 5/1995, cumpliendo las
determinaciones del artículo 9 de la misma, ya que la anchura de los
itinerarios peatonales es mayor de 1,50 m. y la anchura de las calzadas de
doble dirección, mayor de 7 m.
La
estructura viaria del presente P.P. incorpora la carretera comarcal E 16 de La
Aljorra a EL Albujón. Está prevista la construcción de un nuevo vial de
conexión directa entre el Polígono y la carretera N 301, que discurrirá de
forma paralela al vial que limita el suelo urbano.
En el
plano nº 3.4.2. se reflejan las diferentes secciones para cada uno de los tipos
de viario. Las anchuras de las aceras serán como mínimo, de 1,50 m.
Las
características de los firmes y pavimentos serán las correspondientes a tráfico
ligero y unas condiciones de la explanada del tipo El, que según Instrucción de
Carreteras y para firmes flexibles y base granular son: Sub-base-20 cm. de
zahorra natural; Base -15 cm. de zahorra artificial; Pavimento: aglomerado asfáltico en caliente tipo
rodadura, 4+4 cm, extendiendo la última capa de rodadura, una vez terminada la
construcción de las naves.
Se plantea
la red solo para fecales. La evacuación de pluviales se realizará por
escorrentía superficial, al igual que en resto del pueblo de El Albujón,
estudiando la influencia de los vertidos sobre los predios colindantes y
canalizando las aguas mediante cunetas lindantes al Sector, a las cunetas y
pasos existentes en las carreteras, de manera que dichos predios no queden
afectados mas de lo que lo están en la actualidad.
La
instalación se realizará con tubería de P.V.C. en el ramal principal y de
cemento en el resto, D.I. mínimo 300 mm., unión por junta de goma y campana,
con pozos de registro situados en los cambios de dirección y en tramos rectos
cada 50 metros como máximo.
Existe
un emisario que conduce las fecales procedentes de El Albujón, hasta la
depuradora, que discurre paralelamente a la carretera N 301, cuyo diámetro es
de 500 mm. En el punto de salida del polígono se prevé la construcción de una
estación de desengrasado. La conducción de las aguas desde ésta hasta el
emisario general, se realizará mediante una tubería de P.V.C, con la sección
adecuada para los caudales previstos, de acuerdo con la normativa al respecto.
En el
plano nº 3.5, se refleja el esquema de la red de saneamiento que se ha diseñado
en función de las pendientes de los viales, la cual viene a confluir en un
punto situado al noreste de la actuación, que es donde se situará la estación
de desengrasado.
Se
realizará en función de un consumo de agua de 1,1 l/s por hectárea, conforme a
la Ordenanza Municipal de Alcantarillado.
La
conexión de la red de agua se realizará en la tubería general de M.C.T. que
discurre por el Norte del Sector, cuyo entronque ha sido ya solicitado por el
Ayuntamiento a dicho Organismo.
En el
plano nº 3.6 se refleja el esquema de la red de aguas, la cual se plantea de
forma mallada, con tuberías a ambos lados de las calles para que las acometidas
no crucen las calzadas.
Las
tuberías serán de tipo "D", de presión nominal 12 Atmósferas. De no
establecerse otra cosa en el plano de coordinación de servicios, irán por las
aceras, a 20 centímetros del bordillo y a 70 centímetros de profundidad,
separadas en todo caso, en el plano horizontal y vertical, de otras
conducciones. Los cruces de calzadas se realizarán con tubería de fundición
dúctil e irán protegidos. Las válvulas a instalar serán de compuerta, con
husillo de acero inoxidable. Las bocas de riego serán de 40 mm. tipo compactas,
de fundición. Las acometidas se realizarán con polietileno 10 atmósferas de
presión de trabajo. Las llaves de corte tendrán dispositivo antiretorno, de
asiento inclinado. Todas las piezas especiales de fundición, serán homologadas
para tuberías de fibrocemento.
Los
cálculos de tuberías se realizarán por la formula de Scimeni. Para el cálculo
de mallas se empleará el método de Hardy Cross, aplicando la formula de Hazen
Williams.
Los
caudales totales se calcularán de acuerdo con lo siguientes previsiones, según
las normas del P.G.:
* Consumo industrial:
Consumo 40 m3
Ha/día
Coeficiente
punta 2,4 10 horas
Caudal 1,1 l/seg x
Ha
* Contraincendios:
De acuerdo con
el P.G., la dotación prevista para el grupo II, será de 500 l/ minuto, igual a
8,33 l/s, durante 2 horas, a una presión de 10 At.
Se considerará
un coeficiente de simultaneidad de 0,50
De
acuerdo con el informe de Iberdrola, el suministro se realizará desde la línea
AMT "La Aljorra", que cruza el Sector, la cual debe de convertirse en
subterránea, anillándose en la misma los centros de transformación.
La
red de media tensión será subterránea desde el punto de entrada al de salida
del Sector. Se convertirá en subterránea la línea que alimenta el CT Iguana.
Los centros
de transformación se instalarán lo más próximo posible a los centros de
gravedad de las cargas, en las parcelas señaladas para tal fin en los planos de
ordenación. Serán del tipo P.B..
La
red de baja tensión será subterránea, en anillos cerrados, partiendo de los CT,
seccionados en los puntos de mínima tensión, según los cálculos pertinentes.
Las secciones de dichos anillos vendrán en función de la previsión de carga de
cada circuito. En los puntos de suministro, se colocarán armarios de
seccionamiento, según normas de homologación de la empresa suministradora.
Las
líneas irán enterradas en zanjas homologadas, según las normas de la empresa
suministradora y las normas municipales al respecto, debiendo respetarse las distancias
a otras conducciones.
El
cálculo de las redes se realizará según el Reglamento de Líneas de Media y Baja
Tensión.
La
potencia se calculará considerando 3 Kw
por cada 100 m2 de local o nave industrial.
En el
plano 3.8 se establece la clasificación del viario para los distintos niveles
de iluminación.
CATEGORÍA NIVEL COEFICIENTE POTENCIA
DE LA VIA LUMINOSO UNIFORMIDAD INSTALADA
MÍNIMO MÍNIMO MÁXIMA
Primer orden 25 Lux - medio
0,65 3 w/m2
-
general 0,35
Segundo orden 20 Lux - medio
0,55 2 w/m2
-
general 0,30
Tercer orden 16 Lux - medio 0,50 1,5 w/m²
-
general 0,25
jardines y
paseos 10 Lux 1
w/m2
Los
centros de maniobra se procurará instalarlos junto a los C.T. o lo más cerca
posible de los mismos.
En el
plano 3.8 se ha grafiado el esquema de la red de alumbrado así como la
situación aproximada de las luminarias. En la distribución definitiva que se
realice en los proyectos, se tendrá en cuenta no situar una farola a menos de 5
metros de las esquinas, sin superar por ello las distancias máximas resultantes
del cálculo, en función de la intensidad y uniformidad previstas.
Las
redes deberán ser subterráneas; para la ejecución de las zanjas se tendrá en
cuenta las normas técnicas en vigor y las Ordenanzas Municipales al respecto.
En los
proyectos de urbanización se debe especificar de forma explícita, que no se
realizarán empalmes ni derivaciones subterráneas, ni siquiera en las arquetas,
utilizándose para este fin, solamente la base de las farolas.
Según
se establece en el punto 1.3.2.4 de las Normas Urbanísticas del Plan General,
el alumbrado a instalar deberá estar provisto de un dispositivo de reducción de
alumbrado (REDUCTOR DE FLUJO). El
reductor de flujo será del tipo que emite máxima luminosidad, cuando existe
tensión en el hilo de mando.
La
realización de la instalación deberá hacerse por empresa responsable y
legalmente autorizada y así se deberá justificar en el acta de replanteo.
Los
proyectos de urbanización deberán incluir la separata correspondiente donde se
contemplen las canalizaciones que sea necesario realizar para dotar de servicio
integra de comunicación pro cable a todas las parcelas sin tendido aéreo alguno
sobre el dominio público, con informe favorable de la compañía proveedora de
adecuación a sus normas.
Cualquier
otro servicio que se pretenda colocar, cuyas canalizaciones o líneas discurran
por el dominio público, deberán ser subterráneas y se estudiará su incidencia
en los planos de coordinación de servicios, para las distintas secciones de
calle.
De
acuerdo con lo establecido en el artículo 3 y 4 del anexo del Reglamento de
Planeamiento, dentro del sistema de espacios libres previsto en el presente
ámbito de ordenación, se ha especificado para cada una de las parcelas
señaladas como tal, el destino concreto, según la siguiente sub-clasificación:
Jardines; Áreas peatonales, paseos y plazas;
Zonas deportivas públicas.
En el
plano 3.1 de estructura urbana, se refleja el sistema de espacios libres del
ámbito de ordenación. En el plano 3.2 de Ordenación y en los cuadros nº 1 de
características, se especifica el destino concreto de cada una de las parcelas
calificadas como espacio libre.
1.- DEFINICIÓN.- Se considerarán
jardines aquellos espacios libres en los que la superficie destinada a
plantación de espacios vegetales, es superior al 60% de la total, pudiendo
destinarse al resto no ocupado por la jardinería a paseos y zonas peatonales,
ya sea pavimentadas o en tierra batida.
2.- DISEÑO.- Se deberán tener en
consideración la tipología y características del entorno, forma y topografía
del terreno, rasantes de los viales colindantes, etc. Se tenderá a dar el
máximo relieve y movimiento, resaltando la altura de los parterres, mediante el
volumen adecuado de las tierras, con una pendiente mínima de los 10% cuando su
destino sea la plantación de gramíneas o especies tapizantes. Se tendrá en
cuenta la legislación sobre supresión de barreras arquitectónicas.
3.- ESPECIES VEGETALES.
Preferiblemente se proyectarán especies vegetales autóctonas ó aquellas de
probada adaptación a la zona, de acuerdo con las normas del Servicio de Parques
y Jardines.
4.-
INSTALACIONES.
·
Alumbrado
público.- Se proyectará la instalación de alumbrado para la intensidad luminosa
de 10 lux, con las luminarias adecuadas de acuerdo con el entorno y el diseño
adoptado así como las ordenanzas municipales al respecto.
·
Riego.-
Se proyectará sistema de riego por goteo para el arbolado y por aspersión en
las praderas de gramíneas o especies tapizantes, con su correspondiente
sectorización y llaves de corte. Como refuerzo se proyectarán igualmente bocas
de riego a razón de una por cada 400 m2. Toda la instalación se
centralizará en una arqueta de maniobra, con un seno para instalación de un
contador. Se deberán tener en cuenta las normas municipales al respecto.
5.- MOBILIARIO.- Se preverá la
instalación de papeleras y bancos en los pasos y zonas peatonales así como
juegos infantiles, en proporción a las dimensiones, de acuerdo con los
criterios del servicio Municipal de Proyectos y Obras de Urbanización.
1.- DEFINICIÓN.- Son aquellos
espacios libres donde la superficie con posibilidad de tránsito u ocupación de
las personas, es superior al 40% de la total, debiendo estar esta superficie
pavimentada, salvo la zona que se destine a juego de niños.
2.- DISEÑO.- Se deberán tener en
consideración las características del entorno, forma y topografía del terreno
así como rasantes de los viales colindantes, disponiéndose los espacios de tal
manera que puedan cumplir con su función, como zona de reunión y relación. Se
tendrá en cuenta la legislación sobre supresión de barreras arquitectónicas.
En los paseos peatonales, cuya anchura sea
igual o superior a 2 metros se deberá disponer arbolado en alcorques, cada 10
metros. En las plazas, los parterres y alcorques, se dispondrán de forma que
configuren espacios funcionales de acuerdo con su uso, en una proporción mínima
del 10% de su superficie total.
3.- ESPECIES VEGETALES.-
Al proyectar las especies para
los parterres y alcorques, se seguirá el mismo criterio que en los jardines.
4.-
INSTALACIONES.-
·
Riego.-
Se proyectarán redes de riego por goteo para los alcorques y difusores en los parterres.
Las bocas de riego se dispondrán estratégicamente para el baldeo, a razón de
una boca por cada 500 m2. Toda la instalación se centralizará en una
arqueta de mando, con un seno para contador. Se deberán tener en cuenta las
normas municipales al respecto.
·
Alumbrado
público.- Se proyectará la instalación de alumbrado, para la intensidad
luminosa de 15 lux., con luminarias adecuadas de acuerdo con el entorno y el
diseño adoptado, así como las ordenanzas municipales al respecto.
5.- MOBILIARIO.- Se preverá la
colocación de papeleras, bancos y demás mobiliario urbano, de acuerdo con el
diseño y tamaño de los espacios, de acuerdo con los criterios de los servicios
municipales.
Teniendo
en cuenta el régimen de propiedad del suelo, se delimitan dos unidades de
ejecución, con el fin de facilitar la gestión del Sector.
A
efecto de justificar el equilibrio de beneficios y cargas entre las unidades de
ejecución y de valorar el aprovechamiento de cesión al Ayuntamiento, se realiza
la ponderación en unidades de valor homogéneo:
Dado
que las normas son similares a las del Plan General, se establecen coeficientes
igualmente similares a los utilizados por el Ayuntamiento para las
valoraciones, aprobados por la C.G. de 30.12.92, y que son los siguientes.
* Coeficiente de situación y
de calles.
Se establece que este coeficiente es la
unidad, ya que no existen elementos relevantes ni se crean centros de actividad
en la actuación que puedan suponer diferencias de valor para las parcelas
resultantes.
* Coeficientes de tipología.
Vi1 ----------
1,00
* Coeficientes de uso.
- Uso industrial 0,65
- Uso
comercial 1,10
- Uso
Equipamiento 0,50
NORMA |
USO |
SUPERFICIE EDIFICABLE |
COEF TIP. |
COEF USO |
COEF POND. |
U.V.H. |
Vi1 |
IN |
56.271,60 |
1,00 |
0,65 |
0,65 |
36.576,54 |
EG |
CO |
414,80 |
1,00 |
1,10 |
1,10 |
456,28 |
TOTALES |
|
56.686,40 |
|
|
|
37.032,82 |
El
Sector y sistemas generales adscritos, se considerará un Área o ámbito de Actuación,
por lo que el aprovechamiento medio de esta será el coeficiente global de
edificabilidad de 0,50 m2 / m2.
Para
establecer un valor de la unidad de aprovechamiento del sector, que sea equiparable
con los valores resultantes en otras zonas del término municipal, se han
empleado unos coeficientes de ponderación similares a los aprobados por el
Ayuntamiento, para los distintos usos y tipologías. Combinando este valor con el aprovechamiento medio, obtendremos
un resultado que refleja, unitariamente, la superficie construible, del uso y tipología
característico en el término municipal, por cada metro cuadrado de suelo del
ámbito de actuación (sector y sistemas generales adscritos al mismo), que vamos a llamarlo "aprovechamiento
tipo".
De
esta manera, el "aprovechamiento tipo" a considerar será el
aprovechamiento medio del área, homogeneizado con los coeficientes de
aplicación según usos y tipologías del presente Sector, que será el siguiente:
Superficie
del Sector 99.682,00
m/2.
Superficie
sistemas generales adscritos 13.693,00
m/2.
SUPERFICIE TOTAL 113.375,00 M/2.
Unidades
valor homogéneo 37.032,82
Aprovechamiento
"tipo"
= ----------------------------------------------------- = ----------------- = 0,32664
S.
Sector + S. general 113.375,00
UNIDAD
DE EJECUCIÓN Nº 1.-
El ámbito de esta unidad de ejecución
incluye, dentro del Sector, los terrenos propiedad de Polígono Industrial
Albujón S.L., siendo sus linderos los siguientes: por el Norte, camino
existente; por el Este y el Sur, límite del Sector con el suelo no urbanizable;
por el Oeste, con el tramo norte del camino de Las Lomas, el campo de fútbol y
la carretera comarcal E 16. Comprende igualmente los terrenos destinados a
sistemas general, correspondientes al nuevo vial de acceso, la ampliación del
tramo sur de la carretera E 16 y parte del espacio libre situado entre el
Sector y el suelo urbano del Albujón. La superficie incluida de terrenos del
sector es de 78.198,00 m2; la del espacio libre de sistema general,
de 4.000 m2; la del nuevo vial de acceso, de 3.600,00 m2
y la de la ampliación del a carretera, de 1.800 m2, lo que en total
suma la cantidad de 87.598,00 m2.
UNIDAD
DE EJECUCIÓN Nº 2.-
Abarca el resto del ámbito de ordenación, es
decir, los terrenos restantes del Sector, comprendidos entre el camino de Las
Lomas, el campo de fútbol y el tramo norte de la carretera E 16, perteneciente
a varios propietarios. La superficie incluida de terrenos del sector es de
21.484,00 m2 y la del espacio libre de sistema general, de 898 m2,
y la de la ampliación de la carretera, de 3.395,00 m2, lo que suma,
en total, la cantidad de 25.777,00 m2.
Las
unidades nº 1 y 2, son totalmente autónomas por sí mismas, dada la situación de
las estas respecto a los sistemas e infraestructuras generales.
Las
diferencias de tipo económico entre las
unidades delimitadas son mínimas y quedan reflejadas en el Estudio
Económico-Financiero, para su compensación en las respectivas Juntas de
Compensación. Por una parte tenemos el importe de redacción del P.A.U. y del
presente Plan Parcial, que ha sido sufragado en su totalidad por Polígono
Industrial Albujón S.L., propietario mayoritario de los terrenos incluidos en
la unidad de ejecución nº 1. Las diferencias en los costes de urbanización
estriban en la infraestructuras generales, que como el caso de la acometida de
saneamiento, la de agua y el enterramiento de la línea eléctrica, deberán de
realizarse por la junta de compensación de la Unidad de Ejecución nº 1, dado
que es la que primero está previsto desarrollar.
U.E. Nº 1
Nº NORMA USO SUPERF. COE. COE. COEF. U.V.H.
MAN EDIFIC. TIP. USO POND.
1 Vi1 IN 9.051,30 1,00 0,65 0,65 5.883,35
2 Vi1 IN 10.293,30 1,00 0,65 0,65 6.690,65
3 Vi1 IN 12.060,00 1,00 0,65 0,65 7.839,00
3 EG CO 622,20 1,00 1,10 1,10 456,28
5 Vi1 IN 4.680,00 1,00 0,65 0,65 3.042,00
6 Vi1 IN 4.608,00 1,00 0,65 0,65 2.995,20
26.906,40
U.E. Nº 2
Nº NORMA USO SUPERF. COE. COE. COEF. U.V.H.
EDIFIC. TIPO USO POND.
4 Vi1 IN 15.579,00 1,00 0,65 0,65 9.996,35
9.396,35
SUPERF.
APROVECH. APROVECH.
M2 TIPO U.V.H.
U.E Nº 1.-
Sector 78.198 0,32664
25.542,60
Sistemas Generales. 9.400 0,32664 3.070,40
Totales 87.598 0,32664 28.613,00
U.E
Nº 2.-
Sector 21.484 0,32664 7.017.53
Sistemas Generales. 4.293 0,32664 1.102,26
Totales 25.777 0,32664 8.419,79
El
aprovechamiento que le corresponde a los propietarios de suelo de cada unidad de
ejecución incluidos en el sector y a los de los sistemas generales adscritos,
será el 90 % del expresado anteriormente.
Existe
equilibrio entre los beneficios y las cargas de las unidades de ejecución
delimitadas. Las diferencias entre el aprovechamiento de cada una de las
unidades de ejecución y el que le correspondería a los propietarios, en función de su superficie y
del aprovechamiento "tipo", es de un 6,3 %, resultando por tanto
inferior al 15 % que se establece como máximo en el artículo 36.2 de R.G.U.
En
consecuencia con lo expresado en el punto anterior, el aprovechamiento de
cesión al Ayuntamiento de Cartagena será:
10 % s/ 37.032,79 = 3.703,27 U.V.H.
UNIDAD
DE EJECUCIÓN Nº 1
Nº MANZ. |
NORMA |
USO |
SUPERFICIE MANZANAS M2 |
SUPERFICIE EDIFICABLE PRIVADA |
Nº APAR. |
1 |
Vi1 |
IND. |
10.057,00 |
9.051,30 |
60 |
2 |
Vi1 |
IND. |
11.437,00 |
10.293,30 |
69 |
3 |
Vi1 |
IND. |
13,400,00 |
12.060,00 |
80 |
3 |
EG |
COM. |
1.037,00 |
622,20 |
4 |
3 |
ST |
EQUI. |
37,00 |
0,00 |
0 |
5 |
Vi1 |
IND. |
5.200,00 |
4.680,00 |
31 |
6 |
Vi1 |
IND. |
5.080,00 |
4.572,00 |
30 |
8 |
ST |
EQUI. |
40,00 |
0,00 |
0 |
TOTAL PARC. PRIVADAS |
46.288,00 |
41.278,80 |
274 |
||
7 |
EJ |
EQUI. |
2.000,00 |
|
|
TOTAL EQUIP. PUBLICOS |
2.000,00 |
|
|
||
1 |
EL |
JAR |
3.168,00 |
|
|
2 |
EL |
JAR |
2.081,00 |
|
|
3 |
EL |
JAR |
2.844,00 |
|
|
4 |
EL |
AP |
1.470,00 |
|
|
TOTAL ESPACIOS LIBRES |
9.563,00 |
|
|
||
VIARIO SISTEMA LOCAL |
20.347,00 |
|
|
||
TOTAL UE 1 (SECTOR) |
78.198,00 |
41.278,80 |
274 |
||
VIARIO S.G. (NUEVO ACCESO) |
3.600,00 |
|
|
||
VIARIO S.G.(AMPL. E 16) |
1.800,00 |
|
|
||
EL DE S.G.(PARQUE URBANO) |
4.000,00 |
|
|
||
TOTAL UE 1 Y S.G ADSCRITOS |
87.598,00 |
|
|
UNIDAD
DE EJECUCIÓN Nº 2
Nº MANZ. |
NORMA |
USO |
SUPERFICIE MANZANAS M2 |
SUPERFICIE EDIFICABLE PRIVADA |
Nº APAR. |
4 |
Vi1 |
IND. |
17.079,00 |
15.371,10 |
102 |
4 |
ST |
EQUI. |
35,00 |
0,00 |
|
TOTAL PARC. PRIVADAS |
17.114,00 |
15.371,10 |
102 |
||
7 |
EC |
EQUI. |
1.336,00 |
|
|
TOTAL EQUIP. PÚBLICOS |
1.336,00 |
|
|
||
VIARIO SISTEMA LOCAL. |
3.034,00 |
|
|
||
TOTAL UE 2 (SECTOR) |
21.484,00 |
15.371,10 |
104 |
||
|
|||||
VIARIO S.G (AMPL. E 16) |
3.395,00 |
|
|
||
EL S.G. (PARQUE URBANO) |
898,00 |
|
|
||
TOTAL UE 2 Y S.G. ADSCRITOS |
25.777,00 |
|
|
SECTOR.- U E 1 U E 2
Parcelas Industriales 45.174 17.079 62.253 m2
Equipamientos privados 1.037 1.037 m2
Servicios Técnicos 77 35 112 m2
Equipamientos públicos 2.000 1.336 3.336
m2
Espacios libres 9.563 9.563
m2
Vario y aparcamientos 20.347 3.034 23.381 m2
TOTAL SECTOR 99.682
m2
SISTEMAS GENERALES ADSCRITOS
Espacios libres 4.000 898 4.898 m2
Viario 5.400 3.395 8.795 m2
TOTAL S.G. 13.693
M2
S. edificable industrial 40.692,6 15.579 56.026,80 m2
S. edificable comercial 622,2 622,20 m2
MAGNITUDES
DEL AREA DE ACTUACIÓN
* Superficie del Sector 99.682 m2
* Sistemas generales adscritos
Espacios libres 4.898
m2
Viario 8.795
m2
13.693
m2
---------------
SUPERFICIE TOTAL AREA 113.375 m2
* Aprovechamiento medio del área 0,50
* Superficie edificable máxima 56.689 m2
MAGNITUDES
DEL PLAN PARCIAL
* PRIVADO LUCRATIVO
SUPERFICIE EDIFICABILIDAD
P.
RESULTANTES COMPUTABLE
Parcelas industriales 62.253,00 56.026,80
Parcelas equipamiento comercial y ST 1.149,00 622,20
* PUBLICO; DEMANIAL Y PATRIMONIAL
Parcelas equipamientos 3.336,00
Espacios libres 9.563,00
Viales aparcamientos 23.381,00
---------------- --------------
99.682,00 56,649,00
- Espacios libres: 10 % s/Sup. Sector 10 % 99.682 = 9.968,00
m2
- Equipamiento de interés
público y social: 4%
s/ Sup Sector
-
Parque deportivo 2
% s/ 99.682 1.993,00
-
Comercial 996,00
-
Social 996,00
-
Aparcamientos: 1 x cada 100 m2 edificables. 56.687 / 100 566
ap. (12 de estos, para minusválidos)
El 2
% de estos aparcamientos tendrán unas dimensiones mínimas de 3,3 x 4,5 m. para
los usuarios minusválidos, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 7 del
R.P.
manzana
nº superficie
parcela
m2
* Espacios libres EL 1 3.168,00
EL 2 2.081,00
EL 3 2.444,00
EL 4 1.470,00
Total 9.563,00
* I. P. y Social
EJ 2.000,00
EG 1.037,00
EC 1.336,00
Total 4.373,00
* Aparcamientos
- Dentro de la
parcela: 1 aparc. cada 150 m2 construidos 394 ap
- En superficie:
parcela
junto EJ 50 ap
anejos
a la red viaria 144 ap
Total 588 ap
( 12 de estos aparcamientos
serán, de 3,3 x 4,5 m., adaptados para minusválidos)
SEGÚN SEGÚN
P.P. R.P.
(SUELO) (SUELO)
* Espacios libres 9.968,00 m2 9.563,00 m2
* Social
4.375,00 m2 3.995,00
m2
(UNIDADES) (UNIDADES)
* Aparcamientos 566 588
(12
para minusválidos) (12 para
minusválidos)
Las
reservas de suelo que se realizan en el presente Plan Parcial para espacios
libres y equipamientos, cumplen con lo establecido en el Anexo del Reglamento
de Planeamiento para el uso industrial.
La
modificación nº 50 clasificó los terrenos situados al Sur del poblado de El
Albujón, como suelo urbanizable industrial, a solicitud de Polígono Industrial
Albujón S.L.
La
citada mercantil está formada por industriales de dicho núcleo , los cuales
compraron los terrenos con el fin de edificar naves industriales donde poder
trasladar y ampliar los talleres y almacenes que actualmente tienen dentro del
suelo urbano. Resulta por tanto conveniente desarrollar la urbanización de
estos terrenos con el fin de disponer de suelo edificable industrial para
cubrir estas necesidades.
En el
apartado 1.2.8.2 de la memoria, figura la relación de los propietarios del
suelo incluido dentro del Sector y de los sistemas generales adscritos al
mismo, en cada una de las unidades de ejecución, , a efecto de notificación.
Las
obras de urbanización se realizarán por
los propietarios del suelo, los cuales contratarán a las empresas necesarias
para llevar a cabo las mismas.
El
sistema de actuación para las dos unidades de ejecución que se delimitan en el
presente Plan Parcial, es el de COMPENSACIÓN.
Los
promotores, constituidos en Entidad Colaboradora, tal como determina el
Reglamento de Gestión, a partir de la aprobación definitiva del Plan Parcial,
ejecutarán las obras de urbanización.
En el
Proyecto de Compensación, se cederán al Ayuntamiento los terrenos destinados a
viales, espacios libres y equipamientos públicos y se le adjudicarán las
parcelas con el aprovechamiento que le corresponde, equivalente al 10 % del
aprovechamiento tipo de área, para el patrimonio municipal del suelo.
Los
promotores responderán de la conservación de las obras de urbanización, durante
la ejecución y hasta la recepción definitiva de las mismas.
Las obras se entregarán al Ayuntamiento una
vez finalizadas cada una de las etapas, el cual las recibirá provisionalmente,
estableciéndose un período de garantía de tres años,
Los
promotores se comprometen a explicitar el régimen urbanístico que corresponda a
cada una de las parcelas, así como el compromiso de contribuir a los gastos de
urbanización, en todo documento de transmisión de dominio que se realice.
Para
garantizar el cumplimiento de los compromisos anteriores, los promotores
presentarán un aval por el 8 % del importe estimado para las obras de
urbanización, que será devuelto una vez cumplimentados los deberes urbanísticos
básicos por los promotores y recibidas definitivamente las obras de
urbanización.
Tal
como se determina en el estudio de viabilidad, la mercantil Polígono Industrial
Albujón S.L. es propietaria de la mayor parte de los terrenos, realizándose las
obras de urbanización con las aportaciones que realicen cada uno de los socios.
De
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 de la Orden del Consejero de
Política Territorial de la Región de Murcia de 15 de octubre de 1991, y en el
artículo 8 de la Ley Regional 5/95 sobre "Condiciones de Habitabilidad en
Edificios de Viviendas y Promoción de la Accesibilidad General", en las normas
Urbanísticas del presente Plan Parcial se establecen las determinaciones que
garantizan la evitación y supresión de las barreras exteriores.
- Los proyectos de urbanización
deberán de justificar el cumplimiento de las determinaciones que, sobre esta
materia, se establece en la normativa citada anteriormente. De conformidad con
la dispuesto en el Disposición Transitoria Segunda del Decreto 36/1987, dichos
proyectos incluirán constancia expresa en la Memoria del cumplimiento de la
Orden y Decreto que la desarrolla, representando gráficamente las soluciones
adoptadas, en planos a escala y acotados.
- En cumplimiento de lo
preceptuado en el artículo 9 de la Ley 5/95, la anchura mínima de los
itinerarios peatonales exteriores, como aceras u otros, se han proyectado iguales o superiores a
1,50 m. No se consideran itinerarios peatonales la parte de los viales que es
colindante con los límites del Sector, como ocurre con el perímetro que separa
del suelo no urbanizable y en la parte norte y sur del campo de fútbol
existente, donde la calzada se remata con un bordillo, dejando un espacio de 1
m. para que el Ayuntamiento rectifique y sitúe el vallado en la alineación
adecuada.
La anchura mínima de las calzadas en las
calles de una sola dirección es superior a 4 m. y en las de dos direcciones, de
7 m.
- En los proyectos de
urbanización se tendrán en cuenta las condiciones que respecto al mobiliario
urbano se especifican en el artículo 10
de la citada ley Regional, tanto en lo que se refiere a los elementos verticales
de señalización e iluminación como al amueblamiento urbano.
Las especificaciones técnicas de diseño y
ubicación del mobiliario urbano serán las que reglamentariamente se establezca,
debiendo ser ubicados de tal manera que permita un espacio libre de circulación
para viandantes, con una anchura mínima de 1,20 m. y una altura máxima de 1,75
m.
-
Todo
tipo de obras o elemento provisional que implique peligro, obstáculo o
limitación de recorrido, deberá quedar señalizado y protegido. Todo recorrido o
acceso que, provisionalmente quede obstaculizado o anulado, deberá ser
sustituido por otro alternativo de características tales que permitan el uso de
personas con movilidad reducida.