PLAN
PARCIAL "LA LOMA DE EL ALGAR"
1.1.1.- JUSTIFICACION DE LA
PROCEDENCIA DE SU FORMULACION
1.1.2.- ALCANCE DE LA ACTUACION
1.2.1.- SITUACION GEOGRAFICA Y DELIMITACION
1.2.2.- CONEXION CON EL EXTERIOR
1.2.3.- CARACTERISTICAS DEL TERRENO
1.2.3.6.- ECOLOGÍA Y VEGETACION
1.2.4.- CLIMATOLOGIA DE LA ZONA
1.2.5.- ESTADO ACTUAL DE LA ZONA
1.2.6.- INFRAESTRUCTURAS EXISTENTES
1.2.7.- PLANEAMIENTO DE RANGO SUPERIOR
1.2.7.1.- SITUACION URBANISTICA
1.2.8.- ESTRUCTURA DE LA PROPIEDAD
1.3.- OBJETIVOS Y CRITERIOS DE ORDENACION
1.3.2.- CRITERIOS DE LA ORDENACION
1.3.3.- JUSTIFICACION DE LA SOLUCION ADOPTADA
1.4.- ANALISIS DE LA ORDENACION
1.4.1.- PROGRAMA GENERAL DEL SECTOR
1.4.2.- CONDICIONANTES ESPECIFICOS
1.4.3.- MODELO DE DISEÑO ADOPTADO
1.4.3.1.- DISTRIBUCION ZONAL Y TIPOLOGICA
1.4.4.- REPRESENTACION DOCUMENTAL
1.5.- INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS
1.5.1.1.- CONEXION CON EL EXTERIOR
1.5.1.3.- BASES GENERICAS DE CALCULO
1.5.2.1.- CONEXION CON EL EXTERIOR
1.5.2.2.- DESCRIPCION RED INTERIOR
1.5.2.3.- BASES GENERICAS DE CALCULO
1.5.3.1.- CONEXION CON EL EXTERIOR
1.5.3.2.- DESCRIPCION RED INTERIOR
1.5.3.3.- BASES GENERICAS DE CALCULO
1.5.3.4.- CAUDALES TOTALES A PREVER
1.5.4.- RED DE ENERGIA ELECTRICA
1.5.4.1.- CONEXIONES CON LAS REDES GENERALES
1.5.4.2.- REDES DE MEDIA TENSION
1.5.4.3.- CENTROS DE TRANSFORMACION
1.5.4.4.- REDES DE BAJA TENSION
1.5.4.5.- BASES GENERICAS DE CALCULO
1.5.5.1.- CLASIFICACION DEL VIARIO
1.5.5.2.- NIVELES DE ILUMINACION
1.5.5.3.- SITUACION CENTROS DE MANIOBRA
1.5.5.4.- CARACTERISTICAS DE LAS REDES
1.5.6.- RED DE TELEFONIA Y OTROS SERVICIOS
1.5.7.1.- CONDICIONES GENERALES PARA LOS
PROYECTOS DE URBANIZACION
1.5.7.3.- AREAS DE JUEGOS DE NIÑOS
1.5.7.4.- AREAS PEATONALES, PASEOS Y PLAZAS
1.5.7.5.- ZONAS DEPORTIVAS PUBLICAS (PARQUE
DEPORTIVO)
1.6.- DELIMITACION DE UNIDADES DE EJECUCION
1.6.1.- PONDERACION EN UNIDADES DE VALOR HOMOGENEO
1.6.1.1.- COEFICIENTES Y CRITERIOS DE
VALORACION
1.6.1.2.- UNIDADES DE VALOR HOMOGENEO
1.6.1.3.- APROVECHAMIENTO TIPO
1.6.3.- JUSTIFICACION DE LA AUTONOMIA TECNICA Y ECONOMICA DE LA UNIDAD
DE EJECUCION
1.6.4.- JUSTIFICACION DEL APROVECHAMIENTO DE CESION AL AYUNTAMIENTO
1.6.4.1.- APROVECHAMIENTO HOMOGENEIZADO DE LA
UNIDAD DE EJECUCION
1.6.4.2.- APROVECHAMIENTO DE CESION
1.7.- SINTESIS Y CUADROS DE CARACTERISTICAS
1.7.1.- CUADRO DE LA UNIDAD DE EJECUCION
1.7-2.- RESUMEN SE SUPERFICIES
1.7.3.- RESUMEN DE CAPACIDADES
1.7.4.- RESUMEN DE LAS CARACTERISTICAS DEL PLAN PARCIAL
1.7.5.- JUSTIFICACION DEL CUMPLIMIENTO DE LOS ESTANDARES DEL ANEXO DEL
REGLAMENTO DE PLANEAMIENTO
1.7.5.1.- SUPERFICIES SEGUN R.P.
1.7.5.2.- SUPERFICIES SEGUN P.P.
1.8.- DETERMINACIONES DEL ARTICULO 64 DEL
REGLAMENTO DE PLANEAMIENTO
1.8.1.- JUSTIFICACION DE LA CONVENIENCIA Y NECESIDAD DE SU
URBANIZACION
1.8.2.- RELACION DE PROPIETARIOS
1.8.3.- DETERMINACIONES DEL ARTICULO 46 R.P.
1.8.3.2.- SISTEMA DE ACTUACION
1.9.- AREAS SUJETAS AL EJERCICIO DEL DERECHO
DE TANTEO Y RETRACTO
La
Modificación nº 56 del Plan General Municipal de Ordenación, aprobada
definitivamente por Resolución del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma
de 5 de septiembre de 1996, clasificó el suelo situado al Este de La Loma de El
Algar, como Urbanizable No Programado.
Tal
como se justificaba en el citado proyecto de modificación, era necesario
disponer de suelo para la construcción de viviendas de tipo social, con el fin de
cubrir de esta manera la demanda que existe para este tipo de viviendas en la
actualidad. Por otra parte y según manifestó en su momento la Asociación de
Vecinos, en el poblado de El Algar hay gran afición al atletismo, lo que se
demuestra el equipo que existe de esta modalidad deportiva en el mismo, siendo
por tanto igualmente necesario disponer de los terrenos adecuados, en
superficie y situación. Esta cuestión ha sido igualmente recogida en la citada
modificación, donde se establece de forma expresa la condición de reservar una
parcela de 20.000 m2 para equipamiento deportivo.
Las
necesidades que justificaron la Modificación nº 56 continúan vigente, por lo
que, para hacer efectivos los objetivos previstos, es necesario desarrollar las
determinaciones del Planeamiento General
El
Programa de Actuación que se ha redactado para tramitarlo de forma simultanea
con el presente P.P., concreta las condiciones que el Plan General señala para
el Área de suelo UNP AG 1, así como el programa para su desarrollo, en cumplimiento
del cual se formula este proyecto.
El
conjunto de los terrenos que abarca el "Sector La Loma de el Algar" y
los sistemas generales adscritos al mismo, ocupa una extensión aproximada de
110.000 m2 y cuya delimitación gráfica aparece en el plano 2.2.
Para
la redacción del Plan Parcial, se han tenido en cuenta las determinaciones del
Plan General Municipal de Ordenación, que califica los terrenos como suelo
urbanizable no programado, uso característico, residencial extensivo, las del
Programa de Actuación Urbanística que se tramita de forma conjunta con este y
las condiciones del convenio suscrito con el Ayuntamiento para el desarrollo
urbanístico de la zona. La ordenación de los terrenos y la asignación de usos
pormenorizados, se ha realizado de acuerdo con dichas condiciones y
determinaciones.
La
situación geográfica de los terrenos objeto del presente Plan Parcial, según
viene reflejado en el plano nº 1 de los de información, se enclava en la zona
de levante del territorio municipal, al Este del poblado de El Algar, junto al
núcleo conocido como La Loma. siendo su posición geográfica, con relación al
meridiano inicial de Greewich, la siguiente:
Longitud oeste 0º 51' 16''
Latitud norte 37º 39' 10''
Lindan
por el Norte, con el núcleo urbano de " La Loma de El Algar" y un
camino del Trasvase; por el Sur, con el camino del Trasvase S-XVIII T-2-9; por
el Este, con la canalización de la Rambla del Pichorro y por el Oeste, con la
calle S.Pedro y los terrenos del nuevo Instituto de Enseñanza Secundaria.
El
sector está dividido en dos por el antiguo camino de S. Ginés, que discurría en
dirección oeste y que ahora ha sido sustituido por el camino del trasvase
citado anteriormente.
Los
terrenos incluidos dentro del sector son límite de las calles del núcleo de
" La Loma ", por lo que la continuidad entre ambos es una cuestión de
hecho.
El
camino del trasvase S-XVIII T-2-9 que discurre por el Sur y que arranca desde
la calle Canalejas en el núcleo de El Algar, ha sido incorporado a dicho
poblado, como uno de los ejes urbanos del mismo, para dar acceso al nuevo
Instituto.
Por
el Este y de forma paralela a la canalización de la Rambla del Pichorro,
discurre el camino del trasvase S-XVIII T-2, que puede considerarse la
circunvalación del El Algar, ya que arranca del nudo Este de la autovía de La
Manga y termina en la N 332 al norte de dicho poblado.
El
terreno no presenta relieves accidentados notables, siendo una ladera suave con
declive hacia el Sur La altimetría va desde la cota 40,20 junto al camino del
trasvase, a la cota 34, junto al núcleo de La Loma. La canalización de la
rambla del Pichorro tiene unas motas laterales de regularización de pendiente,
que están por encima de la cota del terreno colindante, unos 0,60 m. existiendo
una diferencia de cota de 2 metros, entre estas motas y el fondo del cauce.
Según
el mapa geológico de la zona, todo el área está formada por materiales
terciarios (mioceno-messiniense), del tipo margas y areniscas. Estas rocas son
sedimentarías y constituidas por una serie detrítica. Las margas son arcillosas,
amarillentas, y las areniscas, calcáreas.
Esta
zona se haya en un área tectónicamente activa, marcada por distintas fracturas
que determinan bloques que juegan un papel independiente.
La
línea sismo tectónica mas notable de la zona es la falla Cerro Roldán (al oeste
de Cartagena -La Unión-Isla del Ciervo-en el Mar Menor), coincidente con la
orientación del sistema Bético. Esta fractura, junto con la falla
Murcia-Cartagena determinan uno de los bloque anteriormente citado.
No
obstante lo anteriormente indicado, las normas sismo resistentes vigentes,
incluso la Orden Circular nº 224/6iP de la Dirección General de Carreteras del
M.O.P.U., al definir las zonas de
sismicidad acusada, bordean la zona en cuestión ya que la isosista de grado
VIII, pasa al oeste de La Unión, por San Javier y San Pedro del Pinatar,
dejando fuera a la zona del Mar Menor.
Por
la profundidad de los pozos de la zona, se determina el nivel freático
existente, el cual está alrededor de los 10 ó 18 m. Las aguas tienen un grado
de dureza alta, lo que no las hace aptas para el consumo.
Este
grado de salinidad se va acentuando conforme nos acercamos al mar, donde las
concentraciones de sales son mas altas.
La presencia
de este nivel freático no es posible que tenga
repercusión, desde el punto de vista geotécnico, en los proyectos
constructivos si bien, por su grado de dureza, habrán de tomarse las
precauciones adecuadas para que no afecten a los hormigones y no deberá
emplearse para la fabricación de los mismos.
Superficialmente y dado el tipo de terreno, formado
básicamente por margas calizas, se puede considerar esta capa como de
características geotécnicas moderadas, que no admite cimentaciones con cargas
elevadas, pero si las de los edificios de poca altura. Las edificaciones
existentes en el poblado de El Algar se han realizado con zapatas o
cimentaciones corridas calculadas para una resistencia media de 1,5 kg/cm2.
La
zona objeto de este Plan Parcial, no tiene ningún rasgo ni detalle ecológico
del que haya de hacerse mención.
No
existen masas arbóreas y los cultivos que tradicionalmente existieron en la
zona, están prácticamente abandonados.
El
presente Plan Parcial se encuentra al Este del llamado Campo de Cartagena, por
lo que los datos climáticos característicos, corresponden a los de dicha
comarca, teniendo además en cuenta, que por su proximidad al Mar Menor y la
protección de las montañas al sur, suaviza aún más este clima, amortiguando las
temperaturas frías en invierno y los rigores estivales.
Los
datos climáticos que se aportan a continuación, corresponden a las estaciones
meteorológicas de Cartagena - Puerto y El Algar, por ser las estaciones más
próximas que presentan datos termo-pluviométricos.
La
temperatura media anual en el período 1982-1992, se sitúa alrededor de los
18ºC. Las medias mensuales, muestran un máximo en los meses de Julio y Agosto,
que oscila entre los 25,5ºC y los 26ºC, y un mínimo en Enero y Febrero, con
temperaturas comprendidas entre 11 y 12ºC. Según estos máximos y mínimos en los
valores medios, puede admitirse una oscilación térmica anual alrededor de los
15ºC.
Las
temperaturas medias de las máximas, se sitúan entorno a los 22,5ºC. Las medias
de las mínimas están comprendidas entre 13ºC, registrándose los valores
inferiores en los meses de Diciembre, Enero y Febrero, con temperaturas medias
que no bajan de los 10 ºC.
En cuanto
a las máximas absolutas, en El Algar se han registrado temperaturas de hasta
44ºC en el mes de Julio.
Sin
embargo, en el litoral, la máxima absoluta registrada es de 40ºC, y en general
no sobrepasa los 38ºC. Las estaciones registran mínimas absolutas que muy
esporádicamente se sitúan por debajo de los 0ºC. Las heladas son, por tanto,
prácticamente inexistentes.
La
NBE - CT 79 "Condiciones Térmicas en los edificios", de obligado
cumplimiento a partir de su entrada en vigor el 22/01/1.960, sitúa a los
terrenos objeto del presente Plan Parcial en la zona W.
Según
lo anterior, el coeficiente de transmisión térmica a considerar en los
proyectos de edificación serán:
K = 1,50 K cal/h m2 ºC, en cerramientos
K = 5,00 K cal/h m2
ºC, en carpintería exterior
K
= 1,50 K cal/h m2 ºC, en
cubiertas
El
rango climático más característico de la zona, al igual que todo el S.E.
peninsular, es la irregularidad de las precipitaciones. Las medias anuales
oscilan entre los 293 mm. registrados en El Algar y los 325 mm. de Cartagena.
En
los datos de las precipitaciones, se ponen de manifiesto la extrema sequía
estival, ninguno de los observatorios considerados, presentan un mes de verano
con precipitaciones superiores a los 9 mm. El mes más seco es Julio, con
valores ínfimos que no superan los 9 mm.
El
volumen de la lluvia asciende bruscamente en Octubre, siendo esta época la de
mayor intensidad. El máximo secundario se presenta entre Enero y Abril,
mientras que en Febrero y Noviembre la gráfica muestra un brusco descenso,
aunque no tan acusado como el estival.
De
acuerdo con los valores del Castillo de
Galeras, se puede establecer la siguiente serie cronológica:
AÑO DIAS DE LLUVIA DIAS DE TORMENTA
GRANIZO
1970 73 9 1
1971 91 16
2
1972 97 18
3
1973 63 6
3
1974 74 11
3
1975 66
12 3
1976 74 11
2
1977 72 9
1
1978 71 5
-
1979 76 7
-
1980 69 12
1
Según
las normas Técnicas de Diseño y Calidad de viviendas de protección oficial, los
terrenos afectados por la presente adaptación del P.P. están incluidos en la
zona pluviométrica "Z".
Ante
la ausencia de otra regulación normativa subsidiariamente se considerará en los
cálculos de las secciones de limahoyas, canalones, cazoletas, recogida de aguas
y secciones de tuberías de desagües de pluviales, una intensidad de lluvia de
I= 5 mm/h.
Los
valores de la humedad relativa, sitúan sus máximos y mínimos anuales de valores
comprendidos en el intervalo 90% - 50%, respectivamente.
Los
terrenos del sector donde se desarrolla el presente Plan Parcial, se sitúa al
Oeste de la canalización de la rambla del Pichorro, cauce estacional de poca
importancia, que recoge las aguas de la vertiente norte de macizo montañoso
situado en el límite del término municipal con el de La Unión, que incorpora
también las aguas de la rambla de Trujillo, desviadas a este cauce de forma
artificial, para evitar su paso por El Algar.
Para
el análisis de los vientos dominantes en Cartagena, tomamos datos del faro de
la Marina (Castillo de Galeras), situado a 219 m. de altitud en el borde
occidental del puerto, que proporcionan como vientos con notable frecuencia,
los de máxima frecuencia en primavera y dominantes en otoño. El viento más
frecuente es de componente suroeste con un 39,7% anual.
El
"Lebeche" de componente Sureste, es cálido y seco por proceder del
Sahara y lleva en suspensión gran cantidad de partículas sólidas, sopla
preferentemente en los meses de primavera y principios de verano. Este viento
influye desventajósamente en la vegetación por elevar la aridez, caldear la
atmósfera y provocar un aumento de la transpiración, con lo que las plantas se
agostan prematuramente.
Ahora
bien, desde el punto de vista de la contaminación atmosférica, tan ligada a la
dirección y fuerza del viento, cabe resaltar la importancia de vientos de
componente E "Levante", dada la situación oriental de la industria
contaminante respecto de la ciudad. Entre estos vientos, el más frecuente es el
de componente NE, con un 28,2% anual y principal repercusión en verano, por lo
que la contaminación no llega a la zona de las playas.
A
continuación se acompañan los DIAGRAMAS DE INFLUENCIA DEL VIENTO EN LA ZONA
SEGUN LOS MESES Y LAS HORAS DEL DIA.
·
-TOMA
REALIZADA A LA 1 HORAS (H. LOCAL)
·
-TOMA
REALIZADA A LAS 13 HORAS (H. LOCAL)
·
-ESCALA
DE % DE FRECUENCIA
En
cada una de las ocho direcciones principales se llevan a partir del centro los
% de días del mes que el viento ha soplado sobre esa dirección, no habiendo
representado intensidades por cuanto existe un claro predominio de vientos
flojos habiéndose alcanzado velocidades superiores a 55 Km/h en tan sólo 21
días durante el año.
Es
este el principal elemento del clima y el más decisivo y condicionante del
Urbanismo por ser, así mismo, el factor más condicionante de la temperatura del
aire. Esta varía siguiendo una curva semejante a las de horas-sol, pero
retrasándose sus máximos y mínimos poco más de un mes, debido a la inercia
térmica de la tierra que tarda más en enfriarse y volverse a calentar, que la
atmósfera que la envuelve. Es decir los días más fríos y más calientes no
corresponderán con los solsticios de invierno y verano (21 de Diciembre y 21 de
Junio) sino un mes más tarde (21 de Enero y 21 de Julio). Estas fechas
precisamente serán las que sirvan para los cálculos de los días de mayor o
menor temperatura anual.
Conviene
recordar que las temperaturas disminuyen 0,55 grados por cada 100 metros de
elevación, aunque esto es una cuestión sin trascendencia en el presente caso,
ya que la altitud topográfica de la zona es similar a la de la estación donde se
ha registrado os datos.
El
estudio del asoleo lo basaremos en la concreción del número de horas de sol y
en el estudio geométrico del movimiento del sol respecto de Latitud 37º 39'
Norte al objeto de poder determinar y representar en todo momento la posición
del sol con respecto a cualquier edificación emplazada en su entorno, toda vez
que los aspectos concernientes al espectro solar y a la energía solar son
generalizables a cualquier emplazamiento de la zona mediterránea y entrar en
ellos específicamente, escapa del contenido del presente apartado.
Podemos
aproximar las medidas de soleamiento en los distintos meses del año, basadas en
las mediciones proporcionadas por el Instituto Metereológico Nacional,
obteniendo los siguientes valores:
ENERO 5 h.
9 JULIO 10 h. 26
FEBRERO 6 h. 16 AGOSTO 11 h. 2
MARZO 6 h. 56 SEPTIEMBRE 7
h. 46
ABRIL 7 h. 15 OCTUBRE 6
h. 3
MAYO 8 h. 35 NOVIEMBRE 6
h. 42
JUNIO 10 h. 37 DICIEMBRE 5
h. 35
Por
cuanto normalmente los rayos de sol no encuentran siempre el camino abierto
hacia la tierra, sino que existen una serie de obstáculos (nubes, calima.
nieblas, etc.) que junto con las obstrucciones solares (edificios, montañas)
reducen considerablemente las horas de sol para cualquier punto.
Este
tipo de soleamiento, el teórico menos el obstruido, es lo que constituye el
SOLEAMIENTO EFECTIVO, es decir que por cada hora de sol teórica solo habrá un
determinado porcentaje de efectiva.
Para
la latitud 37º 39' puede suponerse por término medio de asoleo efectivo el 60%
del asoleo teórico.
La
información concerniente al estudio geométrico del movimiento del sol se
concreta en las CARTAS SOLARES DE
FISHER que nos permiten determinar la posición (acimut y altura solar) en
cualquier momento dada la latitud del lugar (37º 39') y la declinación del día
que estudiamos.
Se
basa en la proyección diédrica del sol sobre el plano meridiano de dicho lugar
y otro perpendicular a él (se han tomado como planos de proyección de la esfera
celeste, el de horizonte y el plano meridiano del lugar).
La
carta cilíndrica basada en la proyección de los recorridos solares sobre
cilindros de proyección con sus generatrices perpendiculares al plano del
horizonte y tangente a la esfera celeste, lo que unido a la representación
diédrica de los caminos solares (carta de FISHER), conduce a que la
intersección de la esfera y del cilindro con el plano horizontal sean la misma.
Una vez desarrollado el cilindro obtenemos las trayectorias aparentes solares
dibujadas en el plano.
Con
la explicación de lo anterior se deberá de realizar el cálculo gráfico para la
separación de bloques, unido al reloj de sol para esta latitud que permita
conocer "a priori" las posibles interceptaciones solares, evitando
sus molestas consecuencias y permitiendo que sea realidad el contenido de la
carta de Atenas nº 26 e su aspecto de asoleo
"Debe exigirse a los constructores el plano demostrativo de la
penetración del sol en cada vivienda, durante dos horas como mínimo en el
solsticio de invierno. Introducir el sol es el nuevo y más imperioso deber del
arquitecto".
En
cualquier caso, toda la información contenida en este apartado tiene carácter
no vinculante y orientativo para el autor del proyecto de edificación, aunque
si recomendable.
Algunos
autores se refieren al clima árido surestino al referirse a las condiciones
climatológicas de la región, cuyo rasgo definitivo es la escasa precipitación lluviosa,
la más baja de la península y, probablemente, de la Europa Mediterránea. Las
lluvias anuales son siempre inferiores a 350 mm. (Cartagena 331 mm.), lo que
unido a las altas temperaturas, dan como resultado la aridez dominante en el
sureste español. En todo caso, en las diferentes clasificaciones existentes, la
denominación común aplicada es el clima árido.
La
escasa oscilación térmica media, con veranos cálidos y largos, acompañados de
largas sequías, inviernos cortos y suaves, otoños de agradables temperaturas y
primaveras de corta duración, son las características más acusadas. Estas
situaciones son debidas al obstáculo natural representado por la Meseta y las
cadenas montañosas que limitan la región, frente a las borrascosas atlánticas,
portadoras de lluvia y al alejamiento de las depresiones del Norte del
Mediterráneo, golfo de Lyón o Génova que afecta a parte del Levante Español.
Por lo que se refiere a las borrascas suratlánticas, que penetran por el
Estrecho de Gibraltar y giran a noroeste, el área queda a sotavento y defendida
por las montañas y quedando únicamente afectada por el sector occidental de
dichas borrascas, donde el ascenso del aire es menor y por lo tanto la lluvia.
En
los terrenos objeto del presente Plan Parcial, pueden distinguirse dos zonas
diferenciadas: la parte situada al Norte, colindante con el núcleo de la Loma,
destinada al depósito de escombros, y la situada al Sur, cuyos terrenos han
sido destinados hasta hace poco tiempo al cultivo, actualmente en barbecho.
En la
zona a considerar no existe ningún tipo de edificación, salvo unas
construcciones abandonadas al servicio de un pozo, actualmente en desuso.
No existe
ninguna afección importante a considerar en la zona de actuación, salvo la
rambla del Pichorro, que al encontrarse canalizada, no supone un inconveniente
para la urbanización de la misma, siempre y cuando las edificaciones se sitúen
a la distancia adecuada.
Las
infraestructuras para riego son de la propia parcela, por lo que pueden ser
desmontadas en el momento que sea preciso.
Por
lo demás, no existen redes ni líneas eléctricas que interfieran el desarrollo
urbanístico del ámbito de actuación.
En el
plano nº 2.5.1 de información, vienen reflejadas las redes de agua existentes
en el núcleo de la Loma, con las cuales habrá que cerrar los anillos.
Recientemente se ha colocado una red de 100 de diámetro, que une la tubería
general que discurre por la Av de la Asunción, con el nuevo instituto.
En el
plano nº 2.5.2. de información, se refleja igualmente la red de alcantarillado
existente en el poblado, a la cual habrá de entroncar en parte la red del Plan
Parcial, dadas las características de continuidad que se condiciona por la
ordenación existente, así como el emisario general de evacuación hacia la
depuradora por lagunaje. La capacidad de las redes generales y de la depuradora
existente, es mas que suficiente para absorber los vertidos de las viviendas
previstas en el presente Plan Parcial.
Las
redes de media tensión mas próximas al sector, discurren por el oeste, a unos
700 m. de este, atravesando actualmente la UA nº 13 de forma aérea. Está previsto
el enterramiento de esta línea y la instalación de un CT en la parcela de
equipamiento que el Ayuntamiento tiene en dicha unidad de actuación, asi como
la colocación de una línea de MT para dar suministro al CT del instituto.
La
modificación puntual nº 56 del Plan General Municipal de Ordenación de
Cartagena, aprobada por resolución del Consejero de Política Territorial y
Obras Pública de 5 de septiembre del presente año, clasifica los terrenos
objeto del presente Plan Parcial, como Suelo Urbanizable No Programado, area
UNP AG 1.
De
forma simultanea, se tramita el Programa de Actuación Urbanística (P.A.U.) que
establece la delimitación de un único Sector en la zona y los sistemas
generales adscritos al mismo. Así mismo se determinan las condiciones para la
redacción del P.P. y el Plan de Etapas con el que ha de desarrollarse.
Las
condiciones que se determinan en el Programa de Actuación Urbanística, son las
siguientes:
* Superficie del
Sector 83.717
m2
* Sistemas
generales adscritos
Espacios
libres 4.375
m2
Deportivo 20.000
m2
Viario 2.280 m2
----------
26.655
m2
---------
SUPERFICIE TOTAL
AREA 110.372
m2
*
Aprovechamiento tipo del área 0,22m2xm2
* Edificabilidad
total 24.281.84
m2xm2
* Nº maximo de
viviendas 250
Condiciones de ordenación:
- Se procurará
integrar la trama viaria con la existente y la prevista en la zona, dando
continuidad a la misma.
- Las viviendas
a construir serán, preferentemente, unifamiliares, con una altura máxima de 2
plantas.
Condiciones de uso:
El
uso característico será el residencial, para la construcción de viviendas
protegidas. Se permitirán los usos compatibles que establece la normativa al
respecto, pudiendo contemplarse el comercial en una proporción determinada.
En el
plano nº 2.6 de información, se reflejan las distintas propiedades existentes
dentro del área de actuación, cuyos titulares son los siguientes:
Nº NOMBRE PROPIETARIO DIRECCION
1.- PORTMAN GOLF, S.A. C/
Mayor,30201 Cartagena
2.- COOPERATIVA DE VIVIENDAS SOCIALES EL
ALGAR C/ Zalamea, nº 41 El Algar
CARTAGENA
3.- D. JOSE DODERO URREA C/
Torre Alvarez nº 4, es.1ª 5º 30007
Murcia
El
Plan Parcial que se proyecta, pretende los siguientes objetivos:
·
Desarrollar
el planeamiento, de acuerdo con el Programa de Actuación que se tramita conjuntamente
para el área de la Loma de el Algar.
·
Proporcionar
suelo apto para edificar viviendas de tipo social, que cubran las necesidades
que actualmente existen el Algar, como zona de servicio del Mar Menor y del
sector mas oriental del campo de Cartagena.
·
Proyectar
unas dotaciones e infraestructuras urbanas, que completen y complementen las
del actual núcleo de la Loma, dando remate al mismo por el Este, de acuerdo con
el limite natural de la rambla del Pichorro.
Además
de los criterios básicos establecidos en el Plan General y en el P.A.U.,
existen condicionantes muy expresos que marcan las directrices a seguir en la
ordenación del sector, que son los siguientes:
·
Es
incuestionable la relación que debe existir entre la ordenación existente y
prevista para el poblado y la que se proyecta en el presente Sector.
·
No
obstante lo anterior, se pretende la creación de un espacio urbano
diferenciado, con unas características
propias.
·
El
tratamiento adecuado de los bordes, tanto por el Sur, en el limite con el
camino de servicio, como por el Este, debe dar como resultado la creación de la
fachada definitiva del poblado hacia la autovía de La Manga.
En
cuanto a los límites del Sector, se recogen los del Programa de Actuación
Urbanística, que vienen establecidos sobre la base topográfica realizada
recientemente por procedimiento fotogramétricos.
El
camino del trasvase existente al Sur, el trazado de la Rambla del Pichorro,
situado al Este y la alineación de la calle S. Pedro, son condicionantes que
prácticamente conforman la ordenación a plantear.
Estas
circunstancias, unidas a la situación y forma del equipamiento deportivo de
sistema general que viene determinada en el P.A.U., y la tipología prevista
para las viviendas a construir, dan como resultante el diseño de la ordenación
que se ha propuesto, con un trazado viario ortogonal, resolviéndose el trafico
con viales en sentido este-oeste y un colector norte-sur de distribución. Se
establece un eje peatonal central que completa la estructura urbana y relaciona
los distintos espacios de la misma.
El
uso predominante del Sector es el residencial, de carácter unifamiliar, con las tipologías
características en los poblados o pedanías.
Los
equipamientos necesarios se sitúan articulando la estructura existente en el
núcleo de la Loma, con la ordenación que se propone para el Sector , ampliando
o complementando las dotaciones de dicha zona urbana, que es deficiente.
El
Sector, supone el remate definitivo del poblado de El Algar por el Este, y en
concreto del núcleo de la Loma. La actuación proporcionará suelo apto para
edificar, en cantidad suficiente, que cubra la demanda de viviendas de tipo
social que existe en la actualidad, preferente mente en planta baja, al ser el
mismo la zona de servicio de la parte sur del Mar Menor.
Tal
como se mencionaba anteriormente al señalar los criterios de ordenación, además
de los imperativos del Plan General y del P.A.U. para el Sector, existen en la
zona unos condicionantes muy particulares por la situación de dicho Sector
junto a un suelo urbano, así como otros elementos que determinan el diseño
final que se ha planteado.
Ateniéndonos
a lo que es el Sector, dado que la situación de los equipamientos de sistema
general vienen determinados por el P.A.U., y con independencia de la
complementariedad que debe existir con la estructura del suelo urbano
colindante, se pretende crear una unidad residencial de carácter elemental, con
una escala de relación acorde a su tamaño y a la tipología que se quiere
implantar.
De acuerdo
con los criterios expuestos anteriormente, se plantea una tipología uniforme
para todo el Sector, con viviendas unifamiliares en hilera.
Se
establece la siguiente jerarquía en los diferentes tipos de viario que estructuran
el sector:
·
De
primer orden, es el camino de servicio situado al Sur, con una anchura de siete
metros desde el eje actual, ya que es eje que une el Sector con el centro del
poblado de El Algar.
·
De
segundo orden, son las calles interiores principales, con un ancho de 12 m. o
que dan continuidad a los viales existentes o previstos en la zona colindante.
Pertenecen a este tipo, la calle S. Pedro, la
prolongación de la calle Jaguar y el vial que se traza en sentido norte-sur,
como colector de los viales de distribución.
·
De
tercer orden, el resto de los viales rodados.
·
Calles
peatonales, bien destinadas a itinerarios puramente de este tipo o bien de
tráfico mixto, con un tratamiento continuo de su pavimento.
Cada
vivienda, según normas, tendrá su propio aparcamiento. En superficie y dada la
anchura de los viales, se pueden situar, sin suponer un entorpecimiento para el
tráfico, un total de 50 plazas de aparcamientos.
Se
han situado los equipamientos próximos
a la zona urbana del núcleo de La Loma, con el fin de complementar los
existentes y completar o cubrir las deficiencias que existen. Se ha creído
conveniente ubicar el equipamiento escolar, junto al instituto existente, por
criterios de funcionalidad.
En el
apartado 1.7.5. se refleja las superficies y edificabilidad de los
equipamientos previstos en el presente Plan Parcial, comparándolos con lo
estándares establecidos en el anexo del Reglamento de Planeamiento.
Siguiendo
el mismo criterio que con los equipamientos, se sitúa un espacio libre con
dimensiones adecuadas, entre el Sector y el suelo urbano del núcleo de La Loma,
con el fin de que sea el elemento de articulación y transición entre ambas
zonas, cubriendo, además, de esta forma, el déficit que existe en la actualidad
de este tipo de dotaciones en la misma.
El
resto de los espacios libres, se han distribuido, de manera uniforme, entre las
distintas manzanas, siguiendo el eje peatonal de relación que se ha planteado
en sentido norte-sur. Se crean de esta forma unos espacios urbanos
diferenciados, que rompen con la monotonía que pueda suponer la uniformidad
tipológica que por otra parte se ha establecido.
Se ha
seguido el mismo sistema de representación del Plan General, en cuanto a
simbología, siglas, tramas, trazos y demás elementos del lenguaje de
representación empleado por este.
Los
planos se han confeccionado sobre base topográfica actual digitalizada,
realizada por procedimientos fotogramétricos, mediante sistema informático
Autocad.
Los
proyectos de urbanización se redactarán de acuerdo con lo establecido en el
apartado 1.3.1. de las Normas de Plan General, en cuanto a definición y
contenido, debiendo tener en cuenta las condiciones que se enumeran a
continuación, para cada uno de los servicios.
El
plano general de planta acotado, se realizará a escala 1/500, sobre la base
cartográfica informatizada, con definición suficiente de bordes, zonas de
conexión y de los elementos relevantes existentes. El plano de replanteo de
ejes podrá realizarse a escala 1/1.000 ó escala 1/2.000, debiendo definir las
coordenadas en los encuentros así como ángulos y distancias entre estos y a las
alineaciones y elementos existentes o, a otras referencias que se consideren de
interés.
El
diseño de la red viaria se ha realizado en función de las necesidades a cubrir,
siendo en una parte consecuencia de la prolongación de los viales existentes en
la zona urbana colindante.
La
estructura viaria del presente P.P. incorpora el camino de servicio del
trasvase S XVIII t-2-9, que es un eje que une el Sector con el centro del
poblado de El Algar. Este vial conecta a su vez por el Este, con el camino de
servicio S XVIII t-2, que puede considerarse la circunvalación de El Algar, ya
que une el nudo de acceso de la Autovía de la Manga, con la N 332.
Con
independencia de lo anterior, existe una continuidad entre el Sector y los viales
del suelo urbano, incorporando al viario del mismo las calles S. Pedro y
Quintana, así como la prolongación de las calles Jaguar y Lobo.
En el
plano nº 3.4.2. se reflejan las diferentes secciones para cada uno de los tipos
de viario. Las anchuras de las aceras serán como mínimo de 150 cm.
Las
características de los firmes y pavimentos serán las correspondientes a tráfico
ligero y unas condiciones de la explanada del tipo El, que según Instrucción de
Carreteras y para firmes flexibles y base granular son: Sub-base-20 cm. de
zahorra natural; Base -15 cm. de zahorra artificial; Pavimento - 5 cm.
aglomerado asfáltico en caliente tipo rodadura, o 4+4 cm en el caso de
simultanear las obras de urbanización con la de las viviendas, extendiendo la
última capa de rodadura, una vez terminadas estas.
Se
plantea la red, solo para fecales siendo la evacuación de pluviales realizada
por superficie, hacia la rambla del Pichorro. De considerarse necesario, de
acuerdo con los cálculos, se colocarán tragantes para pluviales en la parte mas
baja de la calle S. Pedro, conectados al saneamiento
Toda
la instalación se realizará con tubería de 300 mm. D.I. mínimo, de cemento,
unión por junta de goma y campana, con pozos de registro situados en los
cambios de dirección y en tramos rectos cada 50 metros como máximo.
Existe
un emisario que conduce las fecales procedentes del Beal, que discurre
paralelamente al camino de servicio S XVIII t-2, cuyo diámetro de 500 mm. En el
proyecto de urbanización se deberá justificar la capacidad de este colector
para absorber el aporte de las aguas fecales procedentes del Sector. En caso de
no resultar suficiente, el entronque habría que realizarlo en el emisario
general de diámetro 800 mm. situado al norte, a unos 1.000 m.. En el plano nº
2.5.2. vienen reflejadas la situación de estos colectores.
En el
plano nº 3.5, se refleja el esquema de la red de saneamiento que se ha diseñado
en función de las pendientes de los viales, realizando las conexiones posibles
a la red del núcleo de la Loma en las calles que son prolongación o bien,
mediante ramales que conectan directamente al emisario.
Se
realiza en función del consumo de agua 250 L/hab/día, con un coeficiente de
admisión de 0,8, nº de hab/viv= 4, parte del consumo en 10 horas, conforme a la
Ordenanza Municipal de Alcantarillado. Se
tendrán en cuenta el aporte de un 20 % de la pluviales.
La
conexión se realizará en la tubería de 350 mm. que discurre por la Av. de la
Asunción, con el diámetro resultante de los cálculos pertinentes. En la
actualidad existe una tubería de diámetro 100 mm., instalada recientemente para
dar servicio al nuevo instituto. Con el fin de no duplicar el número de
entronques a la citada conducción general, así como el nº de tuberías que
discurrirían por el mismo sitio, antes de proceder a la colocación de la
acometida al "Sector La Loma", el Ayuntamiento gestionará con los
propietarios del P.P. del "Sector Algar" la colocación de una tubería
definitiva para dar servicio a toda la zona Este, realizando la obra el
Servicio Municipal de Aguas y pagando cada parte lo correspondiente, de acuerdo
con las previsiones de consumo.
En el
plano nº 3.6 se refleja el esquema de la red de aguas, la cual se plantea de
forma mallada, con tuberías a ambos lados de las calles para que las acometidas
no crucen las calzadas.
Las
tuberías serán de tipo "D", de presión nominal 12 Atmósferas. De no
establecerse otra cosa en el plano de coordinación de servicios, irán por las
aceras, a 20 centímetros del bordillo y a 70 centímetro de profundidad,
separadas en todo caso, en el plano horizontal y vertical, de otras
conducciones. Los cruces de calzadas se realizarán con tubería de fundición
ductil e irán protegidos. Las válvulas a instalar serán de compuerta, con
husillo de acero inoxidable. Las bocas de riego serán de 40 mm. tipo compactas,
de fundición. Las acometidas se realizarán con polietileno 10 atmósferas de
presión de trabajo. Las llaves de corte tendrán dispositivo antiretorno, de
asiento inclinado. Todas las piezas especiales de fundición, serán homologadas
para tuberías de fribrocemento.
Los
cálculos de tuberías se realizarán por la formula de Scimeni.
Para
el cálculo de mallas se empleará el método de Hardy Cross, aplicando la formula
de Hazen Williams.
Los
caudales totales se calcularán de acuerdo con las dotaciones máximas previstas
en el apartado 1.3.2.2. de las Normas Urbanísticas del Plan General;
considerándose que la zona en cuestión está comprendida en el grupo II.
Según
se describe en la memoria de información, existen una red de media tensión, con
un apoyo A/S a la altura de la Av. de la Asunción, desde donde parte una red
aérea, realizada recientemente por el Ayuntamiento, para alimentar el
transformador del instituto, la cual debe ser enterrada cuando se urbanice el
"Sector Algar. El punto de entronque será pues en la nueva red de
suministro al instituto.
La
red de media tensión será subterránea desde el punto de entronque junto al transformador
del instituto, hasta el centro de transformación del presente Sector, que se
sitúa junto a la parcela de equipamiento deportivo.
Los
centros de transformación se instalarán lo más próximo posible a los centros de
gravedad de las cargas, en las parcelas señaladas para tal fin en los planos de
ordenación. Serán del tipo P.B. y se realizarán preferentemente integrados en
la edificación.
La
red de baja tensión será subterránea, en anillos cerrados, partiendo de los CT,
seccionados en los puntos de mínima tensión, según los cálculos pertinentes.
Las secciones de dichos anillos vendrán en función de la previsión de carga de
cada circuito.
En
los puntos de suministro, se colocarán armarios de seccionamiento, según normas
de homologación de la empresa suministradora.
Las
líneas irán enterradas en zanjas homologadas, según las normas de la empresa
suministradora y las normas municipales al respecto, debiendo respetarse las
distancias a otras conducciones.
El
cálculo de las redes se realizará según el Reglamento de Líneas de Media y Baja
Tensión.
La
potencia se calculará considerando 5 kw por vivienda y 100 w por cada 100 m2
de local comercial.
En el
plano 3.8 se establece la clasificación del viario para los distintos niveles
de iluminación.
CATEGORIA
NIVEL COEFICIENTE POTENCIA
DE LA LUMINOSO UNIFORMIDAD
INSTALADA
VIA MINIMO MINIMO MAXIMA
Primer orden 25 Lux - medio
0,65 3 w/m2
-
general 0,35
Segundo orden 20 Lux - medio
0,55 2 w/m2
-
general 0,30
Tercer orden 16 Lux - medio
0,5 1,5 w/m2
-
general 0,25
Parques
jardines y
paren 10 Lux - 1 w/m2
Los
centros de maniobra se procurará instalarlos junto a los C.T. o lo más cerca
posible de los mismos.
En el
plano 3.8 se ha grafiado el esquema de la red de alumbrado así como la situación
aproximada de las luminarias. En la distribución definitiva que se realice en
los proyectos, se tendrá en cuenta no situar una farola a menos de 5 metros de
las esquinas, sin superar por ello las distancias máximas resultantes del
cálculo, en función de la intensidad y uniformidad previstas.
Las
redes deberán ser subterráneas; para la ejecución de las zanjas se tendrá en
cuenta las normas técnicas en vigor y las Ordenanzas Municipales al respecto.
En
los proyectos de urbanización se debe especificar de forma explícita, que no se
realizarán empalmes ni derivaciones subterráneas, ni siquiera en las arquetas,
utilizándose para este fin, solamente la base de las farolas.
Según
se establece en el punto 1.3.2.4 de las Normas Urbanísticas del Plan General,
el alumbrado a instalar deberá estar provisto de un dispositivo de reducción de
alumbrado (REDUCTOR DE FLUJO). El
reductor de flujo será del tipo que emite máxima luminosidad, cuando existe
tensión en el hilo de mando.
La
realización de la instalación deberá hacerse por empresa responsable y
legalmente autorizada y así se deberá justificar en el acta de replanteo.
Los
proyectos de urbanización deberán incluir la separata correspondiente donde se
contemplen las canalizaciones que sea necesario realizar para dotar de servicio
telefónico a todas las parcelas sin tendido aéreo alguno sobre el dominio
público, con informe favorable de la compañía Telefónica de adecuación a sus
normas.
Cualquier
otro servicio que se pretenda colocar, cuyas canalizaciones o líneas discurran
por el dominio público, deberán ser subterráneas y se estudiará su incidencia
en los planos de coordinación de servicios, para las distintas secciones de
calle.
De
acuerdo con lo establecido en el artículo 3 y 4 del anexo del Reglamento de
Planeamiento, dentro del sistema de espacios libres previsto en el presente
ámbito de ordenación, se ha especificado para cada una de las parcelas
señaladas como tal, el destino concreto, según la siguiente sub-clasificación:
Jardines; Áreas de juego de niños; Áreas
peatonales, paseos y plazas; Zonas deportivas públicas.
En el
plano 3.1 de estructura urbana se refleja el sistema de espacios libres del
ámbito de ordenación y en los cuadros nº 1 de características, el destino
concreto de cada una de las parcelas calificadas como espacio libre.
Para
la redacción de los proyectos de urbanización se tendrá en cuenta lo
establecido en el apartado 1.3.2.5 de las Normas Urbanísticas del Plan general,
en cuanto a documentación y determinaciones.
1.- DEFINICION.- Se considerarán
jardines aquellos espacios libres en los que la superficie destinada a
plantación de espacios vegetales, es superior al 60% de la total, pudiendo
destinarse al resto no ocupado por la jardinería a paseos y zonas peatonales,
ya sea pavimentadas o en tierra batida.
2.- DISEÑO.- Se deberán tener en
consideración la tipología y características del entorno, forma y topografía
del terreno, rasantes de los viales colindantes, etc. Se tenderá a dar el
máximo relieve y movimiento, resaltando la altura de los parterres, mediante el
volumen adecuado de las tierras, con una pendiente mínima de los 10% cuando su destino
sea la plantación de gramíneas o especies tapizantes. Se tendrá en cuenta la
legislación sobre supresión de barreras arquitectónicas.
Cuando las dimensiones y forma del espacio
libre lo permita, se deberá incluir en el diseño una zona de juego de niños,
con el mobiliario correspondiente.
3.-
ESPECIES VEGETALES.
Preferiblemente se proyectarán especies
vegetales autóctonas ó aquellas de probada adaptación a la zona, de acuerdo con
las normas del Servicio de Parques y Jardines.
4.-
INSTALACIONES.
* Alumbrado público.- Se proyectará la
instalación de alumbrado para la intensidad luminosa de 10 lux, con las
luminarias adecuadas de acuerdo con el entorno y el diseño adoptado así como
las ordenanzas municipales al respecto.
* Riego.- Se proyectará sistema de riego por
goteo para el arbolado y por aspersión en las praderas de gramíneas o especies
tapizantes, con su correspondiente sectorización y llaves de corte. Como
refuerzo se proyectarán igualmente bocas de riego a razón de una por cada 400 m2.
Toda la instalación se centralizará en una arqueta de maniobra, con un seno
para instalación de un contador. Se deberán tener en cuenta las normas
municipales al respecto.
5.- MOBILIARIO.- Se preverá la
instalación de papeleras y bancos en los pasos y zonas peatonales así como
juegos infantiles, en proporción a las dimensiones, de acuerdo con los
criterios del servicio Municipal de Proyectos y Obras de Urbanización.
1.- DEFINICION.- Son aquellos
espacios libres que por sus dimensiones y en cumplimiento de los estandares
correspondientes, se destinan a este uso concreto, por lo que la mayor parte de
su superficie se dispondrá de tal manera que pueda dedicarse al recreo de los
niños.
2.- DISEÑO.- De acuerdo con las
dimensiones y forma dispondrá una zona con tratamiento de arena o gravilla,
donde se instalen los juegos infantiles, combinándose con parterres que
permitan la plantación de arbolado que proporcione la correspondiente sombra,
en el lugar y orientación adecuada.
3.-
ESPECIES VEGETALES.-
Se seguirá el mismo criterio que en los
jardines.
4.-
INSTALACIONES.-
* Alumbrado público.- Se proyectará la
instalación de alumbrado para la intensidad luminosa de 10 lux, situándolos las
luminarias de tal forma que no moleste al desarrollo de la función.
Se proyectará la instalación de una fuente
pública para niños.
5.-
MOBILIARIO.-
Los juegos de niños a instalar así como los
bancos, estarán en proporción a las dimensiones.
1.- DEFINICION.- Son aquellos
espacios libres donde la superficie con posibilidad de tránsito u ocupación de
las personas, es superior al 40% de la total, debiendo estar esta superficie
pavimentada, salvo la zona que se destine a juego de niños.
2.- DISEÑO.- Se deberán tener en
consideración las características del entorno, forma y topografía del terreno
así como rasantes de los viales colindantes, disponiéndose los espacios de tal
manera que puedan cumplir con su función, como zona de reunión y relación. Se
tendrá en cuenta la legislación sobre supresión de barreras arquitectónicas.
En los paseos peatonales, cuya anchura sea
igual o superior a 2 metros se deberá disponer arbolado en alcorques, cada 10
metros. En las plazas, los parterres y alcorques, se dispondrán de forma que
configuren espacios funcionales de acuerdo con su uso, en una proporción mínima
del 10% de su superficie total.
3.-
ESPECIES VEGETALES.-
Al proyectar las especies para los parterres
y alcorques, se seguirá el mismo criterio que en los jardines.
4.-
INSTALACIONES.-
Riego.- Se proyectarán redes de riego por
goteo para los alcorques y difusores en los parterres. Las bocas de riego se
dispondrán estratégicamente para el baldeo, a razón de una boca por cada 500 m2.
Toda la instalación se centralizará en una arqueta de mando, con un seno para
contador. Se deberán tener en cuenta las normas municipales al respecto.
Alumbrado público.- Se proyectará la
instalación de alumbrado, para la intensidad luminosa de 15 lux., con
luminarias adecuadas de acuerdo con el entorno y el diseño adoptado, así como
las ordenanzas municipales al respecto.
5.-
MOBILIARIO.-
Se preverá la colocación de papeleras, bancos
y demás mobiliario urbano, de acuerdo con el diseño y tamaño de los espacios,
de acuerdo con los criterios del servicio de Arquitectura Municipal.
1.- DEFINICION.- Son aquellos
espacios libres públicos destinados a la práctica de actividades deportivas al
aire libre. Se preverá como mínimo un 20% de su superficie para zona
ajardinada.
2.- DISEÑO.- El diseño irá en
función del tipo de deporte a practicar, planteándose por lo general un espacio
polivalente, bien con medidas reglamentarias o con simplificación de éstas.
Cuando se prevea pista de patinaje se dispondrán barandillas perimetrales para
el aprendizaje.
3.-
ESPECIES VEGETALES.-
Se proyectan las especies de la zona
ajardinada, se seguirá el mismo criterio que en los jardines.
4.-
INSTALACIONES.-
* Alumbrado público.- Se proyectará alumbrado
público, con un nivel de iluminación similar a las plazas.
* Riego.- El sistema de riego para la zona
ajardinada se proyectará de forma similar a los jardines.
5.- MOBILIARIO.- Se incluirá en
el diseño, la construcción de bancos o gradas, en proporción adecuada al tamaño
del espacio deportivo, y en el presupuesto, los elementos auxiliares necesarios
para la práctica deportiva, tales como porterías, redes, etc., además de las
papeleras y demás mobiliario urbano de los espacios libres.
Se
plantea una sola unidad de ejecución para todo el Sector
A
efecto de valorar el aprovechamiento de cesión al Ayuntamiento, se realiza la
ponderación en unidades de valor homogéneo:
Dado
que las normas son similares a las del Plan General, se establecen coeficientes
igualmente similares a los utilizados por el Ayuntamiento para las valoraciones
y que son los siguientes.
* Coeficiente de situación y
de calles.
Se establece que este coeficiente es la
unidad ya que no existen elementos relevantes ni se crean centros de actividad
en la actuación que puedan influir en diferencias de valor a considerar.
* Coeficientes de tipología.
Vu1 -------------- 1,30
Vc1 -------------- 1,00
* Coeficientes de uso.
- Uso residencial ....... 1,00
- Uso residencial V.P.O.. 0,9
- Uso equipamientos ..... 0,5
NORMA
USO SUPERFICIE COEF.
COEF. COEF. U.V.H.
EDIFICABLE TIPO. USO
PODERAC.
Vu1
P.O. 24.259,68 1,3
0,9 1,17 28.383,82
ST
EQ 20,00 1
0,5 0,5 10,00
-----------
28.393,82
El
Sector y sistemas generales adscritos, se considerará un área de reparto, por lo
que el aprovechamiento tipo de esta será el coeficiente global de
edificabilidad de 0,22 m2 x m2.
UNIDAD DE
EJECUCION UNICA.-
El ámbito de la unidad de ejecución coincide
con la del ámbito de actuación, es decir el Sector La Loma de El Algar, mas los
sistemas generales adscritos.
La superficie de la unidad de ejecución es de
110.372 m2
Por
su propia naturaleza, el área de reparto es autónoma. La coincidencia entre
área y unidad de ejecución, hace que esta sea igualmente autónoma.
28.393,82 U.V.H.
10 % s/ 49.206,34 = 2.839,38 U.V.H.
Nº MANZ. |
NORMA |
USO |
SUPERFICIE MANZANAS M2 |
SUPERFICIE EDIFICABLE PRIVADA |
Nº VIV. |
1 |
Vu1 |
RES. |
2.038,74 |
1.223,24 |
12 |
2 |
Vu1 |
RES. |
1.380,83 |
828,50 |
8 |
3 |
Vu1 |
RES. |
2.040,00 |
1.224,00 |
13 |
4 |
Vu1 |
RES. |
1.773,07 |
1.063,84 |
11 |
5 |
Vu1 |
RES. |
1.598,24 |
958,94 |
10 |
6 |
Vu1 |
RES. |
2.894,80 |
1.736,88 |
19 |
7 |
Vu1 |
RES. |
1.760,28 |
1.056,17 |
11 |
8 |
Vu1 |
RES. |
1.730,49 |
1.038,29 |
11 |
9 |
Vu1 |
RES. |
2.112,33 |
1.267,40 |
14 |
10 |
Vu1 |
RES. |
2.343,93 |
1.406,36 |
15 |
11 |
Vu1 |
RES. |
2.040,00 |
1.224,00 |
13 |
12 |
Vu1 |
RES. |
2.417,57 |
1.450,54 |
15 |
13 |
Vu1 |
RES. |
1.700,00 |
1.020,00 |
10 |
14 |
Vu1 |
RES. |
2.151,80 |
1.291,08 |
13 |
15 |
Vu1 |
RES. |
2.040,00 |
1.224,00 |
12 |
16 |
Vu1 |
RES. |
2.524,20 |
1.514,52 |
16 |
17 |
Vu1 |
RES. |
2.040,00 |
1.224,00 |
13 |
18 |
Vu1 |
RES. |
2.425,12 |
1.455,07 |
15 |
19 |
Vu1 |
RES. |
1.446,94 |
969,45 |
9 |
20 |
Vu1 |
RES. |
1.617,27 |
1.083,57 |
10 |
21 |
ST |
EQUI. |
28,00 |
20,00 |
|
TOTAL |
|
|
40.103,61 |
24.279,85 |
250 |
1 |
EL-1 |
JAR |
4.812,02 |
|
|
2 |
EL-2 |
AJN |
802,01 |
|
|
3 |
EL-3 |
AP |
1.056,17 |
|
|
4 |
EL-4 |
AP |
1.020,00 |
|
|
5 |
EL-5 |
AP |
1.027,17 |
|
|
TOTAL |
|
|
8.717,37 |
|
|
1 |
EC |
EQUI. |
3.373,33 |
|
|
2 |
EC |
EQUI. |
1.321,00 |
|
|
TOTAL |
|
|
4.694,33 |
|
|
VIARIO |
VIARIO |
SL |
29.943,73 |
|
|
TOTAL SECTOR |
|
|
83.459,04 |
24.279,85 |
|
1 |
EJ |
EQUI. SG |
20.257,96 |
|
|
2 |
EL |
PARQ. SG |
2.118,74 |
|
|
3 |
EL |
PARQ. SG |
2.256,26 |
|
|
VIARIO |
VIARIO |
SG |
2.280,00 |
|
|
TOTAL AREA |
|
|
110.372,00 |
|
|
SECTOR.-
Parcelas residenciales 40.103,61
m2
Servicios Técnicos 28
m2
Equipamientos públicos 4.694
m2
Espacios libres 8.717,37
m2
Vario y aparcamientos 29.943,73
m2
------------
TOTAL SECTOR 83.459.04
m2
SISTEMAS GENERALES ADSCRITOS
Espacios libres 4.375
m2
Equipamientos (deportivo) 20.257,96
m2
Viario ( c/ "N" ) 2.280,00
m2
------------
TOTAL S.G. 26.912,96
M2
Superficie edificable
residencial 24.259,85
m2
Número máximo de viviendas 250
Uds.
MAGNITUDES
DEL AREA DE REPARTO
*
Superficie del Sector...................................................................... 83.459,04
m2
*
Sistemas generales adscritos
Espacios
libres.......................................................................... 4.375
m2
Deportivo................................................................................... 20.285
m2
Viario
........................................................................................... 2.280
m2
..................................................................................................... -------------
.............................................................................................. 26.912,96
m2
............................................................................................. -------------------
SUPERFICIE
TOTAL AREA........................................................... 110.372,00
m2
*
Aprovechamiento tipo del área..................................................................... 0,22
*
Superficie edificable máxima....................................................... 24.281,84
m2
MAGNITUDES
DEL PLAN PARCIAL
*
PRIVADO LUCRATIVO
SUPERFICIE... EDIFICABILIDAD
P.
RESULTANTES....... COMPUTABLE
Parcelas residenciales 40.439,61............... 24.259,85
Parcelas equipamiento (ST) 28,00....................... 20,00
*
PUBLICO; DEMANIAL
Y PATRIMONIAL
Parcelas equipamientos 4.694,33
Espacios libres 8.717,37
Viales aparcamientos 29.579,73
TOTAL 83.459,04............... 24.279,85
-
Espacios libres: 15
m2 suelo x vivienda mínimo 10 % S/Sup. sector 10 % 83.459,04 = 8.345,90 m2
-
Equipamiento escolar: 10
m2 suelo x vivienda. 10
x 250 viviendas 2.500 m2
-
Equipamiento de interés público y social: 2
m2 edificables x vivienda. 2
x 250 m2 = 500
m2
-
Aparcamientos: 1
x cada 100 m2 edificables. 24.279
/ 100 242 ap.
manzana
nº superficie sup.
parcela edif.
m2 m2
*
Espacios libres EL 1 4.812,02
EL 2 802,01
EL 3 1.056,17
EL 4 1.020,00
EL 5 1.027,17
--------
Total 8.717,37
* E.G.B. EE 1 3.373,33
Total 3.373,33
* I. P.
y Social ES 2 1.321,00
Total 1.321,00 792,6
*
Aparcamientos
1
aparcamiento x vivienda
1
x 250 = 250
aparcamientos
SEGUN SEGUN
P.P. R.P.
(SUELO) (SUELO)
* Espacios libres 8.717,37m2 8.345,90 m2
* E.G.B. 3.373,33 m2 2.500,00 m2
(SUPERFICIE (SUPERFICIE
EDIFICABLE) EDIFICABLE)
* Social 792,60 m2 500,00 m2
(UNIDADES) (UNIDADES)
* Aparcamientos 250 242
Las
reservas de suelo que se realizan en el presente Plan Parcial para espacios
libres y equipamientos, cumplen con lo establecido en el Anexo del Reglamento
de Planeamiento para el tipo de unidad residencial de que se trata.
La
modificación nº 56 clasificó los terrenos situados al Este de La Loma de El
Algar, como suelo urbanizable, por la necesidad que hay de disponer de suelo
apto para construir viviendas de tipo social.
Existe
una demanda de viviendas a bajo precio en esta zona del término municipal, la
cual ha sido recogida por la Cooperativa de Viviendas Sociales de El Algar.
Resulta por tanto conveniente desarrollar la urbanización de estos terrenos con
el fin de disponer de suelo edificable suficiente que cubra, de forma unitaria,
dicha demanda y al menor coste posible.
En el
apartado 1.2.8.2 de la memoria, figura la relación de los propietarios del
suelo incluido dentro del Sector, a efecto de notificación.
Las
obras de urbanización se realizarán por
los propietarios del suelo que han asumido ante el Ayuntamiento de Cartagena el
compromiso de urbanizar, de acuerdo con el convenio firmado al respecto, los
cuales contratarán a las empresas necesarias para llevar a cabo las mismas.
El
sistema de actuación para los dos polígonos que se delimitan en el presente
Plan Parcial, es el de COMPENSACION.
Los
promotores, constituidos en Entidad Colaboradora, tal como determina el
Reglamento de Gestión, a partir de la aprobación definitiva del Plan Parcial,
ejecutarán las obras de urbanización.
En el
Proyecto de Compensación, se cederán al Ayuntamiento los terrenos destinados a
viales, espacios libres y equipamientos públicos y se le adjudicarán las
parcelas con el aprovechamiento que le corresponde, equivalente al 10 % del
aprovechamiento tipo de área, para el patrimonio municipal del suelo.
Los
promotores responderán de la conservación de las obras de urbanización, durante
la ejecución y hasta la puesta en funcionamiento de la misma, previa
comprobación de los Servicios Técnicos Municipales de que esta en condiciones
de entrar en servicio.
Por
las características del Sector, que sirve de remate y complemento al suelo
urbano, sin solución de continuidad, tanto en las redes como en los viales, las
obras se entregarán al Ayuntamiento una vez finalizadas cada una de las etapas,
el cual las recibirá provisionalmente, estableciéndose un período de garantía
de dos años, durante el cual responderá la urbanizadora del mantenimiento y
desperfectos que pudieran ocasionarse, estableciéndose las garantías necesarias
para el cumplimiento de este compromiso.
Los
promotores se comprometen a explicitar el régimen urbanístico que corresponda a
cada una de las parcelas, en todo documento de transmisión de dominio que se
realice.
Para
garantizar el cumplimiento de los compromisos anteriores, los promotores
presentarán un aval por el 8 % del importe estimado para las obras de urbanización.
Este aval será devuelto una vez acreditado el cumplimiento de los deberes
urbanísticos básicos por los promotores, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 28.3 del Texto Refundido de la Ley sobre el Régimen del Suelo y
Ordenación Urbana.
Tal
como se determina en el estudio de viabilidad, dadas las previsiones de
demanda, confirmadas en un principio por la lista de socios de la Cooperativa,
y el tipo de viviendas que se va a realizar, de carácter protegido, garantizan
la obtención de los recursos económicos necesarios para llevar a cabo la
actuación.
En el
presente plan parcial solo se construirán viviendas protegidas.
Para
garantizar esta condición, se considera al sector como un área sujeta al
ejercicio del derecho de tanteo y retracto, a favor del Ayuntamiento de
Cartagena o la Comunidad Autónoma de Murcia, de acuerdo con lo establecido en
el artículo 291 y siguientes del Texto Refundido de la Ley sobre el Régimen del
Suelo y Ordenación Urbana.
Se
permitirá la construcción de bajos comerciales libres, en la planta baja de las
manzanas recayentes al camino de servicio S XVIII t 2-9 ( calle "N"
), como un uso compatible con la tipología de viviendas unifamiliares, en una
proporción máxima del 15 % de la superficie de dichas manzanas.