PLAN PARCIAL SECTOR ALGAR RESIDENCIAL
1.1.1.- JUSTIFICACION DE LA PROCEDENCIA DE SU FORMULACION
1.1.2.- ALCANCE DE LA ACTUACION
1.2.1.- SITUACION GEOGRAFICA Y DELIMITACION
1.2.2.- CONEXION CON EL EXTERIOR
1.2.3.- CARACTERISTICAS DEL TERRENO
1.2.3.6.- ECOLOGÍA Y VEGETACION
1.2.4.- CLIMATOLOGIA DE LA ZONA
1.2.5.- ESTADO ACTUAL DE LA ZONA
1.2.6.- INFRAESTRUCTURAS EXISTENTES
1.2.7.- PLANEAMIENTO DE RANGO SUPERIOR
1.2.7.1.- SITUACION URBANISTICA
1.2.8.- ESTRUCTURA DE LA PROPIEDAD
1.3.- OBJETIVOS Y CRITERIOS DE ORDENACION
1.3.2.- CRITERIOS DE LA ORDENACION
1.3.3.- JUSTIFICACION DE LA SOLUCION ADOPTADA
1.4.- ANALISIS DE LA ORDENACION
1.4.1.- PROGRAMA GENERAL DEL SECTOR
1.4.2.- CONDICIONANTES ESPECIFICOS
1.4.3.- MODELO DE DISEÑO ADOPTADO
1.4.3.1.- DISTRIBUCION ZONAL Y TIPOLOGICA
1.4.4.- REPRESENTACION DOCUMENTAL
1.5.- INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS
1.5.1.1.- CONEXION CON EL EXTERIOR
1.5.1.3.- BASES GENERICAS DE CALCULO
1.5.2.1.- CONEXION CON EL EXTERIOR
1.5.2.2.- DESCRIPCION RED INTERIOR
1.5.2.3.- BASES GENERICAS DE CALCULO
1.5.3.1.- CONEXION CON EL EXTERIOR
1.5.3.2.- DESCRIPCION RED INTERIOR
1.5.3.3.- BASES GENERICAS DE CALCULO
1.5.3.4.- CAUDALES TOTALES A PREVER
1.5.4.- RED DE ENERGIA ELECTRICA
1.5.4.1.- CONEXIONES CON LAS REDES GENERALES
1.5.4.2.- REDES DE MEDIA TENSION
1.5.4.3.- CENTROS DE TRANSFORMACION
1.5.4.4.- REDES DE BAJA TENSION
1.5.4.5.- BASES GENERICAS DE CALCULO
1.5.5.1.- CLASIFICACION DEL VIARIO
1.5.5.2.- NIVELES DE ILUMINACION
1.5.5.3.- SITUACION CENTROS DE MANIOBRA
1.5.5.4.- CARACTERISTICAS DE LAS REDES
1.5.6.- RED DE TELEFONIA Y OTROS SERVICIOS
1.5.7.1.- CONDICIONES GENERALES PARA LOS
PROYECTOS DE URBANIZACION
1.5.7.3.- AREAS DE JUEGOS DE NIÑOS
1.5.7.4.- AREAS PEATONALES, PASEOS Y PLAZAS
1.5.7.5.- Aceras y calles peatonales
1.6.- DELIMITACION DE UNIDADES DE EJECUCION
1.6.1.- PONDERACION EN UNIDADES DE VALOR HOMOGENEO
1.6.1.1.- COEFICIENTES Y CRITERIOS DE
VALORACION
1.6.1.2.- UNIDADES DE VALOR HOMOGENEO
1.6.1.3.- APROVECHAMIENTO MEDIO HOMOGENEIZADO
1.6.3.- JUSTIFICACION DE LA AUTONOMIA TECNICA Y
ECONOMICA DE CADA UNIDAD
1.6.4.- JUSTIFICACION DEL EQUILIBRIO DE BENEFICIOS Y CARGAS
1.6.4.1.-APROVECHAMIENTO HOMOGENEIZADO DE
CADA UNIDAD DE EJECUCION
1.6.5.- APROVECHAMEINTO DE CESION AL AYUNTAMIENTO DE CARTAGENA
1.7.- SINTESIS Y CUADROS DE CARACTERISTICAS
1.7.1.- CUADROS POR UNIDADES DE EJECUCION
1.7.2.- RESUMEN DE SUPERFICIES
1.7.3.- RESUMEN DE CAPACIDADES
1.7.4.- RESUMEN DE LAS CARACTERISTICAS DEL PLAN PARCIAL
1.7.5.- JUSTIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LOS ESTANDARES DEL ANEXO DEL
REGLAMENTO DE PLANEAMIENTO
1.7.5.1.- SUPERFICIES SEGUN R.P.
1.7.5.2.- SUPERFICIES SEGUN P.P.
En la
Modificación nº 44 del Plan General Municipal de Ordenación, aprobada
definitivamente, por Orden Resolutoria del Excmo. Sr. Consejero de Política Territorial
y Obras Públicas de la Comunidad Autónoma, de 5 de febrero de 1996, se ajustaba
el límite del suelo urbano de El Algar y se clasificaba, como suelo urbanizable
programado, la zona situada al Este del poblado, entre la calle Canet de Mar y
los terrenos del nuevo instituto, linderos con la calle S. Pedro, ya en el
núcleo de La Loma.
La
calificación que en un principio se propuso por del Ayuntamiento para los
citados terrenos, fue la de suelo urbano. En la Orden Resolutoria de 28 de
diciembre de 1994 se suspendió la aprobación definitiva de la modificación nº
44, determinando que los terrenos situados el Este de El Algar, anteriormente
descritos, debian de clasificarse como suelo urbanizable programado, para su
desarrollo mediante su correspondiente plan parcial, cuyo procedimiento resulta
mas rápido que la del Plan Especial. De esta manera, en la documentación
aprobada definitivamente se clasifican los terrenos en cuestión, como suelo
urbanizable programado, con la condición de que la redacción del Plan Parcial
se realizará por el Ayuntamiento.
Los
motivos que justificaron la inclusión de los terrenos, como suelo urbano
primero y como suelo urbanizable programado después, en la Modificación nº 44,
responden al compromiso adquirido por el Ayuntamiento en la compra de los
terrenos que actualmente ocupa el Instituto de Enseñanza Secundaria, de
calificar y ordenar los mismos como suelo urbano.
El
conjunto de los terrenos que abarca el "Sector Algar Residencial",
ocupa una extensión 77.759 m2 y cuya delimitación gráfica aparece en
el plano 2.2.
Para
la redacción del Plan Parcial, se han tenido en cuenta las determinaciones del
Plan General Municipal de Ordenación, que califica los terrenos como suelo
urbanizable programado, uso característico, residencial semi extensivo. La
ordenación de los terrenos y la asignación de usos pormenorizados, se ha
realizado de acuerdo con dichas condiciones y determinaciones que expresamente
figuran en la Modificación nº 44 para los mismos.
La
situación geográfica de los terrenos objeto del presente Plan Parcial, según
viene reflejado en el plano nº 1 de los de información, se enclava en la zona
de levante del territorio municipal, al Este del poblado de El Algar, junto al
núcleo conocido como La Loma. siendo su posición geográfica, con relación al
meridiano inicial de Greewich, la siguiente:
·
Longitud
oeste 0º 51' 45''
·
Latitud
norte 37º 39' 10''
Lindan
por el Norte, con la Unidad de Ejecución nº 15 del suelo urbano de El Algar;
por el Sur, con el Camino Viejo de S. Ginés y en parte, con el camino del
Trasvase S-XVIII T-2-9; por el Este, con el nuevo instituto de ensañanza
secundaria y la cale Reno de La Loma; por el Oeste, con la calle Canet de Mar.
Los
terrenos incluidos dentro del sector son límite de las calles del núcleo de de
El Algar y de " La Loma ", por lo que la continuidad entre ambos es
una cuestión de hecho.
El
camino del trasvase S-XVIII T-2-9 que discurre por el Sur y que arranca desde
la calle Canalejas en el núcleo de El Algar, ha sido incorporado a dicho
poblado, como uno de los ejes urbanos del mismo, para dar acceso al nuevo
Instituto.
El
terreno no presenta relieves accidentados notables, siendo una ladera suave con
declive hacia el Norte La altimetría va desde la cota 40,37 en el camino del
trasvase, a la cota 36 en la calle S. Joaquin y Castor
Según
el mapa geológico de la zona, todo el área está formada por materiales
terciarios (mioceno-messiniense), del tipo margas y areniscas. Estas rocas son
sedimentarías y constituidas por una serie detrítica. Las margas son
arcillosas, amarillentas, y las areniscas, calcáreas.
Esta
zona se haya en un área tectónicamente activa, marcada por distintas fracturas
que determinan bloques que juegan un papel independiente.
La
línea sismo tectónica mas notable de la zona es la falla Cerro Roldán (al oeste
de Cartagena -La Unión-Isla del Ciervo-en el Mar Menor), coincidente con la
orientación del sistema Bético. Esta fractura, junto con la falla
Murcia-Cartagena determinan uno de los bloque anteriormente citado.
No
obstante lo anteriormente indicado, las normas sismo- resistentes vigentes,
Real Decreto 2543/1994 de 24 de diciembre, por el que se aprueba la Norma de
Construcción Sismoresistente, dentro del "mapa de peligrosidad sísmica del
territorio nacional", asigna a
Cartagena un coeficiente de aceleración sísmica básica ab/G de 0,05.
Según esto, no es necesaria la aplicación de la Norma en el ámbito de la
actuación.
Por
la profundidad de los pozos de la zona, se determina el nivel freático
existente, el cual está alrededor de los 10 ó 18 m. Las aguas tienen un grado
de dureza alta, lo que no las hace aptas para el consumo.
Este
grado de salinidad se va acentuando conforme nos acercamos al mar, donde las
concentraciones de sales son mas altas.
La
presencia de este nivel freático no es posible que tenga repercusión, desde el punto de vista
geotécnico, en los proyectos constructivos si bien, por su grado de dureza,
habrán de tomarse las precauciones adecuadas para que no afecten a los hormigones
y no deberá emplearse para la fabricación de los mismos.
Superficialmente
y dado el tipo de terreno, formado básicamente por margas calizas, se puede
considerar esta capa como de características geotécnicas moderadas, que no
admite cimentaciones con cargas elevadas, pero si las de los edificios de poca
altura. Las edificaciones existentes en el poblado de El Algar se han realizado
con zapatas o cimentaciones corridas calculadas para una resistencia media de
1,5 kg/cm2.
La
zona objeto de este Plan Parcial, no tiene ningún rasgo ni detalle ecológico
del que haya de hacerse mención.
Una
parte de los terrenos se encuentra plantado en la actualidad de cítricos y en
explotación, siendo la mayor parte del arbolado de avanzada edad. La situada al
Norte y al Oeste, son eriales.
Los
terrenos del sector donde se desarrolla el presente Plan Parcial, se sitúa al
Oeste de la canalización de la rambla del Pichorro, cauce estacional de poca
importancia, que recoge las aguas de la vertiente norte de macizo montañoso
situado en el límite del término municipal con el de La Unión, que incorpora
también las aguas de la rambla de Trujillo, desviadas a este cauce de forma
artificial, para evitar su paso por El Algar. No existe dentro del mismo ningún
cauce específico, salvo la escorrentia propia, ya que la de la vertiente desde
la carretera MU 312 se canaliza, a través del camino del trasvase, hacia la
rambla del Pichorro.
El
presente Plan Parcial se encuentra al Este del llamado Campo de Cartagena, por
lo que los datos climáticos característicos, corresponden a los de dicha
comarca, teniendo además en cuenta, que por su proximidad al Mar Menor y la
protección de las montañas al sur, suaviza aún más este clima, amortiguando las
temperaturas frías en invierno y los rigores estivales.
Los
datos climáticos que se aportan a continuación, corresponden a las estaciones
metereológicas de Cartagena - Puerto y El Algar, por ser las estaciones más
próximas que presentan datos termo-pluviométricos.
La
temperatura media anual en el período 1982-1992, se sitúa alrededor de los
18ºC. Las medias mensuales, muestran un máximo en los meses de Julio y Agosto,
que oscila entre los 25,5ºC y los 26ºC, y un mínimo en Enero y Febrero, con
temperaturas comprendidas entre 11 y 12ºC. Según estos máximos y mínimos en los
valores medios, puede admitirse una oscilación térmica anual alrededor de los
15ºC.
Las
temperaturas medias de las máximas, se sitúan entorno a los 22,5ºC. Las medias
de las mínimas están comprendidas entre 13ºC, registrándose los valores
inferiores en los meses de Diciembre, Enero y Febrero, con temperaturas medias
que no bajan de los 10 ºC.
En
cuanto a las máximas absolutas, en El Algar se han registrado temperaturas de
hasta 44ºC en el mes de Julio.
Sin
embargo, en el litoral, la máxima absoluta registrada es de 40ºC, y en general
no sobrepasa los 38ºC. Las estaciones registran mínimas absolutas que muy
esporádicamente se sitúan por debajo de los 0ºC. Las heladas son, por tanto,
prácticamente inexistentes.
La
NBE - CT 79 "Condiciones Térmicas en los edificios", de obligado
cumplimiento a partir de su entrada en vigor el 22/01/1.960, sitúa a los
terrenos objeto del presente Plan Parcial en la zona W.
Según
lo anterior, el coeficiente de transmisión térmica a considerar en los
proyectos de edificación serán:
·
K
= 1,50 K cal/h m2 ºC, en
cerramientos
·
K
= 5,00 K cal/h m2 ºC, en carpintería exterior
·
K
= 1,50 K cal/h m2 ºC, en
cubiertas
El
rango climático más característico de la zona, al igual que todo el S.E.
peninsular, es la irregularidad de las precipitaciones. Las medias anuales
oscilan entre los 293 mm. registrados en El Algar y los 325 mm. de Cartagena.
En
los datos de las precipitaciones, se ponen de manifiesto la extrema sequía
estival, ninguno de los observatorios considerados, presentan un mes de verano
con precipitaciones superiores a los 9 mm. El mes más seco es Julio, con
valores ínfimos que no superan los 9 mm.
El
volumen de la lluvia asciende bruscamente en Octubre, siendo esta época la de
mayor intensidad. El máximo secundario se presenta entre Enero y Abril,
mientras que en Febrero y Noviembre la gráfica muestra un brusco descenso,
aunque no tan acusado como el estival.
De
acuerdo con los valores del Castillo de
Galeras, se puede establecer la siguiente serie cronológica:
AÑO |
DIAS DE LLUVIA |
DIAS DE TORMENTA |
GRANIZO |
1970 |
73 |
9 |
1 |
1971 |
91 |
16 |
2 |
1972 |
97 |
18 |
3 |
1973 |
63 |
6 |
3 |
1974 |
74 |
11 |
3 |
1975 |
66 |
12 |
3 |
1976 |
74 |
11 |
2 |
1977 |
72 |
9 |
1 |
1978 |
71 |
5 |
- |
1979 |
76 |
7 |
- |
1980 |
69 |
12 |
1 |
Según
las normas Técnicas de Diseño y Calidad de viviendas de protección oficial, los
terrenos afectados por la presente adaptación del P.P. están incluidos en la
zona pluviométrica "Z".
Ante
la ausencia de otra regulación normativa subsidiariamente se considerará en los
cálculos de las secciones de limahoyas, canalones, cazoletas, recogida de aguas
y secciones de tuberías de desagües de pluviales, una intensidad de lluvia de
I= 5 mm/h.
Los
valores de la humedad relativa, sitúan sus máximos y mínimos anuales de valores
comprendidos en el intervalo 90% - 50%, respectivamente.
Para
el análisis de los vientos dominantes en Cartagena, tomamos datos del faro de
la Marina (Castillo de Galeras), situado a 219 m. de altitud en el borde
occidental del puerto, que proporcionan como vientos con notable frecuencia,
los de máxima frecuencia en primavera y dominantes en otoño. El viento más
frecuente es de componente suroeste con un 39,7% anual.
El
"Lebeche" de componente Sureste, es cálido y seco por proceder del
Sahara y lleva en suspensión gran cantidad de partículas sólidas, sopla
preferentemente en los meses de primavera y principios de verano. Este viento
influye desventajósamente en la vegetación por elevar la aridez, caldear la
atmósfera y provocar un aumento de la transpiración, con lo que las plantas se
agostan prematuramente.
Ahora
bien, desde el punto de vista de la contaminación atmosférica, tan ligada a la
dirección y fuerza del viento, cabe resaltar la importancia de vientos de
componente E "Levante", dada la situación oriental de la industria
contaminante respecto de la ciudad. Entre estos vientos, el más frecuente es el
de componente NE, con un 28,2% anual y principal repercusión en verano, por lo
que la contaminación no llega a la zona de las playas.
Es
este el principal elemento del clima y el más decisivo y condicionante del
Urbanismo por ser, así mismo, el factor más condicionante de la temperatura del
aire. Esta varía siguiendo una curva semejante a las de horas-sol, pero
retrasándose sus máximos y mínimos poco más de un mes, debido a la inercia
térmica de la tierra que tarda más en enfriarse y volverse a calentar, que la
atmósfera que la envuelve. Es decir los días más fríos y más calientes no
corresponderán con los solsticios de invierno y verano (21 de Diciembre y 21 de
Junio) sino un mes más tarde (21 de Enero y 21 de Julio). Estas fechas
precisamente serán las que sirvan para los cálculos de los días de mayor o
menor temperatura anual.
Conviene
recordar que las temperaturas disminuyen 0,55 grados por cada 100 metros de
elevación, aunque esto es una cuestión sin trascendencia en el presente caso,
ya que la altitud topográfica de la zona es similar a la de la estación donde
se ha registrado os datos.
El
estudio del asoleo lo basaremos en la concreción del número de horas de sol y
en el estudio geométrico del movimiento del sol respecto de Latitud 37º 39'
Norte al objeto de poder determinar y representar en todo momento la posición
del sol con respecto a cualquier edificación emplazada en su entorno, toda vez
que los aspectos concernientes al espectro solar y a la energía solar son
generalizables a cualquier emplazamiento de la zona mediterránea y entrar en
ellos específicamente, escapa del contenido del presente apartado.
Podemos
aproximar las medidas de soleamiento en los distintos meses del año, basadas en
las mediciones proporcionadas por el Instituto Meteorológico Nacional,
obteniendo los siguientes valores:
ENERO |
5 h. 9 |
JULIO |
10 h. 26 |
FEBRERO |
6 h. 16 |
AGOSTO |
11 h. 2 |
MARZO |
6 h. 56 |
SEPTIEMBRE |
7 h. 46 |
ABRIL |
7 h. 15 |
OCTUBRE |
6 h. 3 |
MAYO |
8 h. 35 |
NOVIEMBRE |
6 h. 42 |
JUNIO |
10 h. 37 |
DICIEMBRE |
5 h. 35 |
Por
cuanto normalmente los rayos de sol no encuentran siempre el camino abierto
hacia la tierra, sino que existen una serie de obstáculos (nubes, calima.
nieblas, etc.) que junto con las obstrucciones solares (edificios, montañas)
reducen considerablemente las horas de sol para cualquier punto.
Este
tipo de soleamiento, el teórico menos el obstruido, es lo que constituye el
SOLEAMIENTO EFECTIVO, es decir que por cada hora de sol teórica solo habrá un
determinado porcentaje de efectiva.
Para
la latitud 37º 39' puede suponerse por término medio de asoleo efectivo el 60% del
asoleo teórico.
La
información concerniente al estudio geométrico del movimiento del sol se
concreta en las CARTAS SOLARES DE
FISHER que nos permiten determinar la posición (acimut y altura solar) en
cualquier momento dada la latitud del lugar (37º 39') y la declinación del día
que estudiamos.
Se
basa en la proyección diédrica del sol sobre el plano meridiano de dicho lugar
y otro perpendicular a él (se han tomado como planos de proyección de la esfera
celeste, el de horizonte y el plano meridiano del lugar).
La carta cilíndrica basada en la proyección
de los recorridos solares sobre cilindros de proyección con sus generatrices
perpendiculares al plano del horizonte y tangente a la esfera celeste, lo que
unido a la representación diédrica de los caminos solares (carta de FISHER),
conduce a que la intersección de la esfera y del cilindro con el plano
horizontal sean la misma. Una vez desarrollado el cilindro obtenemos las
trayectorias aparentes solares dibujadas en el plano.
Con la explicación de lo anterior se deberá
de realizar el cálculo gráfico para la separación de bloques, unido al reloj de
sol para esta latitud que permita conocer "a priori" las posibles
interceptaciones solares, evitando sus molestas consecuencias y permitiendo que
sea realidad el contenido de la carta de Atenas nº 26 e su aspecto de
asoleo "Debe exigirse a los
constructores el plano demostrativo de la penetración del sol en cada vivienda,
durante dos horas como mínimo en el solsticio de invierno. Introducir el sol es
el nuevo y más imperioso deber del arquitecto".
En cualquier caso, toda la información
contenida en este apartado tiene carácter no vinculante y orientativo para el
autor del proyecto de edificación, aunque si recomendable.
Algunos
autores se refieren al clima árido surestino al referirse a las condiciones
climatológicas de la región, cuyo rasgo definitivo es la escasa precipitación
lluviosa, la más baja de la península y, probablemente, de la Europa
Mediterránea. Las lluvias anuales son siempre inferiores a 350 mm. (Cartagena
331 mm.), lo que unido a las altas temperaturas, dan como resultado la aridez
dominante en el sureste español. En todo caso, en las diferentes
clasificaciones existentes, la denominación común aplicada es el clima árido.
La
escasa oscilación térmica media, con veranos cálidos y largos, acompañados de
largas sequías, inviernos cortos y suaves, otoños de agradables temperaturas y
primaveras de corta duración, son las características más acusadas. Estas
situaciones son debidas al obstáculo natural representado por la Meseta y las
cadenas montañosas que limitan la región, frente a las borrascosas atlánticas,
portadoras de lluvia y al alejamiento de las depresiones del Norte del
Mediterráneo, golfo de Lyón o Génova que afecta a parte del Levante Español.
Por lo que se refiere a las borrascas suratlánticas, que penetran por el
Estrecho de Gibraltar y giran a noroeste, el área queda a sotavento y defendida
por las montañas y quedando únicamente afectada por el sector occidental de
dichas borrascas, donde el ascenso del aire es menor y por lo tanto la lluvia.
Dentro
de terrenos objeto del presente Plan Parcial, pueden distinguirse dos zonas
diferenciadas, que corresponden con las dos propiedades existentes, separadas,
incluso, mediante un vallado. La situada en la zona Norte y Oeste,
perteneciente a los señores Peñalver Pérez, son eriales, mientras que los
situados en la zona Sur están destinados al cultivo de cítricos.
En la
zona sur existe unas edificaciones antiguas e instalaciones para riego al
servicio de la parcela.
No
existe ninguna afección importante a considerar en la zona de actuación, salvo
las instalaciones para riego, que son de la propia parcela.
Por
lo demás, no existen redes ni líneas eléctricas que interfieran el desarrollo
urbanístico del ámbito de actuación.
En el
plano nº 2.5.1 de información, vienen reflejadas las redes de agua existentes
en el núcleo de El Algar y de la Loma, con las cuales habrá que cerrar los
anillos. Recientemente se ha colocado una red de 100 de diámetro, que une la
tubería general que discurre por la Av de la Asunción, con el nuevo instituto.
En el
plano nº 2.5.2. de información, se refleja igualmente la red de alcantarillado
existente en el poblado, a la cual habrá de entroncar la red del Plan Parcial,
dadas las características de continuidad que se condiciona por la ordenación
existente. La capacidad de las redes generales y de la depuradora existente, es
mas que suficiente para absorber los vertidos de las viviendas previstas en el
presente Plan Parcial.
Las
redes de media tensión mas próximas al sector, discurren por el oeste, a unos
60 m. del mismo, atravesando actualmente la UA nº 13 de forma aérea. Está
previsto el enterramiento de esta línea y la instalación de un CT en la parcela
de equipamiento que el Ayuntamiento tiene en dicha unidad de actuación.
Recientemente se ha colocado una línea de MT para dar suministro al CT del
instituto de ensañnza secundaria.
La
modificación puntual nº 44 del Plan General Municipal de Ordenación de
Cartagena, aprobada por resolución del Consejero de Política Territorial y
Obras Pública de 5 de febrero de 1996, clasifica los terrenos objeto del
presente Plan Parcial, como Suelo Urbanizable Programado, Sector Algar
Residencial, estableciendo las siguientes condiciones para la redacción del
mismo:
·
Superficie
aproximada del Sector: 79.000
m2
·
Índice
de edificabilidad bruta sobre el Sector: 0,376
m2 x m2
·
-
Uso característico: residencial
semi-intensivo
·
Coeficiente
de homogeneización ajustado del Sector: 0,6
·
Aprovechamiento
medio del Sector: 0,2256
·
Condiciones de ordenación:
o
Altura
máxima, 2 plantas
o
La
ordenación deberá enlazar y dar continuidad a las alineaciones previstas por el
P.E.R.I. en redacción para el suelo urbano. El camino de servicio existente el
Oeste del instituto, se recogerá como calle.
o
La
reserva de equipamiento deportivo se situará al Norte del instituto.
o
Las
necesidades de equipamiento escolar en la zona, incluso las generadas por el
nuevo sector, están cubiertas con el suelo existente para este uso. Solo deberá
preverse el el P.P. la reserva de terrenos destinados a preescolar que
establece el Anexo del Reglamento de Planeamiento.
·
Otras
condiciones:
o
La
redacción del Plan Parcial se realizará por el ayuntamiento, siendo el sistema
de gestión a establecer, el de Cooperación.
En el
plano nº 2.6 de información, se reflejan las distintas propiedades existentes
dentro del área de actuación, cuyos titulares son los siguientes:
Nº |
NOMBRE
PROPIETARIO |
DIRECCION |
1 |
D.
Joaquín Peñalver Perez y hermanos |
Urbanización
Conjunto Balsain, 20 3º B; LAS ROZAS
.- MADRID |
2 |
PROMOCIONES
PEÑALVER GARCERAN |
C/
Hinojo, s/n; EL ALGAR .- CARTAGENA |
El
Plan Parcial que se proyecta, pretende los siguientes objetivos:
·
Desarrollar
el planeamiento, de acuerdo con las condiciones de la Modificación nº 44 del
Plan General.
·
Proporcionar
suelo apto para edificar viviendas de la tipología que actualmente demanda el
mercado, que cubran las necesidades existentes en el Algar, como zona de servicio
del Mar Menor y sector mas oriental del Campo de Cartagena.
·
Proyectar
dotaciones, viales e infraestructuras, que completen y complementen la
estructura urbana de la zona Este de El Algar, junto con el núcleo de La Loma,
dando remate al mismo, e integrando en la misma el nuevo instituto de enseñanza
secundaria que recientemente se ha construido.
Además
de los criterios básicos establecidos en el Plan General, existen
condicionantes muy expresos que marcan las directrices a seguir en la
ordenación del sector, que son los siguientes:
·
Debe
existir una total relación entre la ordenación existente y prevista para el
poblado y la que se proyecta en el presente Sector.
·
En
este sentido, la continuidad de los viales debe ser total y con el mismo
carácter.
·
El
tratamiento adecuado del borde Sur, debe dar como resultado la creación de la
fachada definitiva del poblado por este frente, con vistas a la autovía de La
Manga.
En
cuanto a los límites del Sector, se recogen los de la Modificación nº 44 del
Plan General, que vienen establecidos sobre la base topográfica realizada
recientemente por procedimiento fotogramétricos.
El espacio libre de sistema general del
Sector La Loma, junto con el camino del trasvase S-XVIII T-2-9, existente al
Sur; la prolongación de la calle Hinojo, hasta conectar con la calle Jaguar de
La Loma; el camino del trasvase que, perpendicular al anterior, se inicia junto
al instituto, son condicionantes que conforman prácticamente la ordenación
planteada.
Estas
circunstancias, unidas a la ordenación prevista por el P.E.R.I. en tramitación
para la zona colindante, dan como resultante el diseño de la ordenación que se
ha propuesto, con un trazado viario ortogonal, complementario del anterior.
Se
establecen itinerarios peatonales uniendo los equipamientos, tanto en sentido
Norte-Sur, como Este-Oeste. El equipamiento deportivo se situa al norte de la
parcela del instituto, proyectándose en esta zona los aparcamientos públicos
previstos en superficie. El equipamiento preescolar se ha situado próximo al
colegio Virginia Pérez y el social, en el centro de la actuación, con fachada a
la calle Hinojo, ambos, en el eje peatonal que parte del citado colegio.
El
uso predominante del Sector es el residencial, de carácter unifamiliar, con las tipologías
características en los poblados o pedanías.
Los
equipamientos necesarios se sitúan articulando la estructura existente en la
zona urbana colindante, con la que se propone para el Sector, ampliando o
complementando las dotaciones de la misma, sobre todo de La Loma, que es
deficiente.
El
Sector, supone el remate del poblado de El Algar por el Este, y su conexión
total con el núcleo de la Loma. La actuación proporcionará suelo apto para
edificar, en cantidad suficiente para cubrir la demanda actual del mercado,
preferentemente de viviendas en planta baja, no solamente para los habitantes
de este poblado, sino de otras partes del término municipal, incluso de
Cartagena ciudad, dada la situación provilegiada del mismo y su marcada
vocación a convertirse en la zona de servicio de la parte sur del Mar Menor.
Las
cifras globales de la actuación son las siguientes:
Parcelas
Residenciales |
42.646,88 |
54,85
% |
Parcelas
Equipamiento |
3.520,30
|
4,52 % |
Espacios
libres |
7.776,58
|
10,00
% |
Viales
y Aparcamientos |
23.815,24 |
30,63
% |
|
77.759,00
m2 |
100,00
% |
Tal
como se mencionaba anteriormente al señalar los criterios de ordenación, además
de los imperativos del Plan General para el Sector, existen en la zona unos
condicionantes muy particulares por la situación del mismo junto a un suelo
urbano, así como otros elementos que determinan el diseño final que se ha
planteado.
Se
pretende crear una unidad residencial de carácter elemental, con una escala
acorde a su tamaño y a la tipología que se quiere implantar. No obstante, debe
existir una complementariedad total con la estructura del suelo urbano que
rodea al Sector y con la del Area AG 1 de La Loma, cuyos espacios libres de
sistema general se sitúan al Sur, entre el antiguo Camino de S. Gines y el
camino del trasvase S-XVIII T-2-9.
De
acuerdo con los criterios expuestos anteriormente, se plantea una tipología
uniforme para todo el Sector, con viviendas unifamiliares en hilera.
Se
establece la siguiente jerarquía en los diferentes tipos de viario que estructuran
el sector:
·
De
segundo orden, son las calles interiores principales, con un ancho de 12 m. o
que dan continuidad a los viales existentes o previstos en la zona colindante,
como son la calle Canet de Mar, la prolongación de la calle Hinojo y la calle
Castor.
·
De
tercer orden, el resto de los viales rodados.
·
Calles
peatonales, bien destinadas a itinerarios puramente de este tipo o bien de
tráfico mixto, con un tratamiento continuo de su pavimento.
Cada
vivienda, según normas, tendrá su propio aparcamiento. En superficie se prevé
una parcela de aparcamiento de 972 m2, para 48 aparcamientos
públicos que, juntos con los que sitúan anejos a la red viaria, cumplimentan la
dotación necesaria y con las condiciones que se establecen en el artículo 7 del
Anexo del Reglamento de Planeamiento. El 2 % de estoa aparcamientos deberán
estar adaptados para minusválidos, con unas dimensiones mínimas de 3.30 x 4,50
m.
De
acuerdo con las condiciones de la Modificación nº 44 del Plan General, el
equipamiento escolar a reservar solo será el preescolar, habiendo situado este
lo mas próximo posible al colegio Virginia Pérez, en el eje peatonal. De
acuerdo también con las condiciones del Plan General, se ha reservado como
equipamiento de interés público y social la parcela situada al norte del
Instituto de Enseñanza Secundaria, para terminar de conformar el total de la
manzana con equipamientos.
En el
apartado 1.7.5. se refleja las superficies y edificabilidad de los
equipamientos previstos en el presente Plan Parcial, comparándolos con lo
estandares establecidos en el anexo del Reglamento de Planeamiento.
Dentro
de la estructura urbana planteada, los espacios libres se han situado, como
elementos conformadores de la misma, distribuidos en el ambito de actuación, de
acuerdo con su funcionalidad. De esta forma, se propone concentrar la
superficie destinada a jardines y juego de niños en un espacio que se situa al
Este de la actuación, junto a la manzana de equipamiento de sistema general.
Como elemento final del eje peatonal norte-sur, se situa un área peatonal y por
último, junto al núcleo de La Loma, se sitúa otra área peatonal, como elemento
integrador con la estructura del mismo.
Se ha
seguido el mismo sistema de representación del Plan General, en cuanto a
simbología, siglas, tramas, trazos y demás elementos del lenguaje de
representación empleado por este.
Los
planos se han confeccionado sobre base topográfica actual digitalizada,
realizada por procedimientos fotogramétricos, mediante sistema informático.
Los
proyectos de urbanización se redactarán de acuerdo con lo establecido en el
apartado 1.3.1. de las Normas de Plan General, en cuanto a definición y
contenido, debiendo tener en cuenta las condiciones que se enumeran a
continuación, para cada uno de los servicios. Se tendrá en cuenta lo dispuesto
en el artículo 10 de la Ley Regional 5/1995.
El
plano general de planta acotado, se realizará a escala 1/500, sobre la base
cartográfica informatizada, con definición suficiente de bordes, zonas de
conexión y de los elementos relevantes existentes. El plano de replanteo de
ejes podrá realizarse a escala 1/1.000 ó escala 1/2.000, debiendo definir las
coordenadas en los encuentros así como ángulos y distancias entre éstos y las
alineaciones y elementos existentes o, a otras referencias que se consideren de
interés.
El
diseño de la red viaria se ha realizado en función de los criterios de
ordenación y de la estructura urbana propuesta, siendo en su mayor parte
consecuencia de la prolongación de los viales existentes en la zona urbana
colindante. Se han tenido en cuenta las determinaciones del artículo 9 de la
Ley Regional 5/1995, ya que la anchura de los itinerarios peatonales es siempre
superior a 1,50 m., la anchura de las calzadas de un solo sentido es mayor de 4
m. y las de doble dirección, mayor de 7 m.
La
estructura viaria del presente P.P. es continuidad de la existente o prevista,
por el P.E.R.I. en redacción, para la zona colindante.
La
calle Canet de Mar une, en sentido Norte-Sur, la Av. de La Loma con la cale
Guadalentin, coincidente con el camino de servicio S XVIII T 2-9, que se ha
convertido en una vía colectora de esta zona de El Algar, desde la calle
Castelar, hasta el camino T-2.
En el
plano nº 3.4.2. se reflejan las diferentes secciones para cada uno de los tipos
de viario. Las anchuras de las aceras serán como mínimo de 1,5 m.
Las
características de los firmes y pavimentos serán las correspondientes a tráfico
ligero y unas condiciones de la explanada del tipo El, que según Instrucción de
Carreteras y para firmes flexibles y base granular son: Sub-base-20 cm. de
zahorra natural; Base -15 cm. de zahorra artificial; Pavimento - 5 cm.
aglomerado asfáltico en caliente tipo rodadura, o 4+4 cm en el caso de
simultanear las obras de urbanización con la de las viviendas, extendiendo la
última capa de rodadura, una vez terminadas estas.
Se
plantea la red solo para fecales, siendo la evacuación de pluviales realizada
por superficie, hacia la calle Quevedo, donde se situarán imbornales, si en el
momento de realizar la urbanización se ha realizado la red general de pluviales
del poblado.
Toda
la instalación se realizará con tubería de 300 mm. D.I. mínimo, de cemento,
unión por junta de goma y campana, con pozos de registro situados en los
cambios de dirección y en tramos rectos cada 50 metros como máximo.
Existe
un colector general de Ø 400 mm, que parte de la calle Correos, a través de la
calle Gacela, donde vierten las redes de la zona Oeste de La Loma, que va a
entroncar con el emisario que discurre por el camino de los Urrutias. En el
plano nº 2.5.2. vienen reflejadas la situación de estos colectores.
En el
plano nº 3.5, se refleja el esquema de la red de saneamiento que se ha diseñado
en función de las pendientes de los viales, la cual concurre en el punto de
entronque, en la calle Correos.
Se
realiza en función del consumo de agua 250 L/hab/día, con un coeficiente de
admisión de 0,8, nº de hab/viv= 4, parte del consumo en 10 horas, conforme a la
Ordenanza Municipal de Alcantarillado. Se tendrán en cuenta el aporte de un 20
% de la pluviales.
La
conexión se realizará en la tubería de 350 mm. que discurre por la Av. de la
Asunción, con el diámetro resultante de los cálculos pertinentes. En la
actualidad existe una tubería de diámetro 100 mm., instalada recientemente para
dar servicio al nuevo instituto. Con el fin de no duplicar el número de entronques
a la citada conducción general, así como el nº de tuberías que discurrirían por
el mismo sitio, antes de proceder a la realización del entronque general, se
estudiará la posibilidad de realizar una acometida única y la colocación de una
tubería definitiva para dar servicio a toda la zona Este, en la cual se incluye
el presente P.P., el instituto y el P.P. "Sector La Loma", realizando
la obra el Servicio Municipal de Aguas y pagando cada parte lo correspondiente,
de acuerdo con las previsiones de consumo.
En el
plano nº 3.6 se refleja el esquema de la red de aguas, la cual se plantea de
forma mallada, con tuberías a ambos lados de las calles para que las acometidas
no crucen las calzadas.
Las
tuberías serán de tipo "D", de presión nominal 12 Atmósferas. De no
establecerse otra cosa en el plano de coordinación de servicios, irán por las
aceras, a 20 centímetros del bordillo y a 70 centímetro de profundidad,
separadas en todo caso, en el plano horizontal y vertical, de otras
conducciones. Los cruces de calzadas se realizarán con tubería de fundición
dúctil e irán protegidos. Las válvulas a instalar serán de compuerta, con
husillo de acero inoxidable. Las bocas de riego serán de 40 mm. tipo compactas,
de fundición. Las acometidas se realizarán con polietileno 10 atmósferas de
presión de trabajo. Las llaves de corte tendrán dispositivo antiretorno, de
asiento inclinado. Todas las piezas especiales de fundición, serán homologadas
para tuberías de fibrocemento.
Los
cálculos de tuberías se realizarán por la formula de Scimeni.
Para
el cálculo de mallas se empleará el método de Hardy Cross, aplicando la formula
de Hazen Williams.
Los
caudales totales se calcularán de acuerdo con las dotaciones máximas previstas
en el apartado 1.3.2.2. de las Normas Urbanísticas del Plan General. A efecto
de la dotación contra incendios se considera que la zona en cuestión está comprendida en el grupo II.
Según
se describe en la memoria de información, existen una red aérea de media
tensión, que sobrevuela loa terrenos de la UE nº 13, la cual va a ser
enterrada, anillándose en la misma el nuevo transformador a instalar en la
manzana 10 de equipamiento. Del apoyo A/S existente en la actualidad a la
altura de la Av. de la Asunción, parte una red aérea, realizada recientemente
por el Ayuntamiento, para alimentar provisionalmente el transformador del
instituto. El punto de entronque, será en el nuevo transformador de la manzana
10 de la UE 13.
La
red de media tensión será subterránea desde el punto de entronque, hasta el
centro de transformación situado junto a la parcela de aparcamientos, cerrando
anillo con el centro de transformación del instituto con el fin de desmontar la
línea aerea de MT provisional de alimentación al mismo.
Los
centros de transformación se instalarán, en las parcelas señaladas para tal fin
en los planos de ordenación. Serán del tipo P.B., con caseta de obra, cuyo
diseño debe ser acorde con la tipología de la zona. Se rodearán además de
pantallas vegetales para integrarlos en el entorno.
La
red de baja tensión será subterránea, en anillos cerrados, partiendo de los CT,
seccionados en los puntos de mínima tensión, según los cálculos pertinentes.
Las secciones de dichos anillos vendrán en función de la previsión de carga de
cada circuito.
En los
puntos de suministro, se colocarán armarios de seccionamiento, según normas de
homologación de la empresa suministradora.
Las
líneas irán enterradas en zanjas homologadas, según las normas de la empresa
suministradora y las normas municipales al respecto, debiendo respetarse las
distancias a otras conducciones.
El
cálculo de las redes se realizará según el Reglamento de Líneas de Media y Baja
Tensión.
La
potencia se calculará considerando 5 kw por vivienda y 100 w por cada 100 m2
de local comercial.
En el
plano 3.8 se establece la clasificación del viario para los distintos niveles
de iluminación.
CATEGORIA DE LA VIA |
NIVEL LUMINOSO MINIMO |
COEFICIENTE UNIFORMIDAD MINIMO |
POTENCIA INSTALADA MAXIMA |
Primer orden |
25 Lux |
medio 0,65 general 0,35 |
3 w/m2 |
Segundo orden |
20 Lux |
medio 0,55 general 0,30 |
2 w/m2 |
Tercer orden |
16 Lux |
medio 0,5 general 0,25 |
1,5 w/m2 |
Parques jardines y plazas |
10 Lux |
|
1 w/m2 |
Los
centros de maniobra se procurará instalarlos junto a los C.T. o lo más cerca
posible de los mismos.
En el
plano 3.8 se ha grafiado el esquema de la red de alumbrado así como la
situación aproximada de las luminarias. En la distribución definitiva que se
realice en los proyectos, se tendrá en cuenta no situar una farola a menos de 5
metros de las esquinas, sin superar por ello las distancias máximas resultantes
del cálculo, en función de la intensidad y uniformidad previstas.
Las
redes deberán ser subterráneas; para la ejecución de las zanjas se tendrá en
cuenta las normas técnicas en vigor y las Ordenanzas Municipales al respecto.
En
los proyectos de urbanización se debe especificar, de forma explícita, que no
se realizarán empalmes ni derivaciones subterráneas, ni siquiera en las
arquetas, utilizándose para este fin, solamente la base de las farolas.
Según
se establece en el punto 1.3.2.4 de las Normas Urbanísticas del Plan General,
el alumbrado a instalar deberá estar provisto de un dispositivo de reducción de
alumbrado (REDUCTOR DE FLUJO). El
reductor de flujo será del tipo que emite máxima luminosidad, cuando existe tensión
en el hilo de mando.
La
realización de la instalación deberá hacerse por empresa responsable y
legalmente autorizada y así se deberá justificar en el acta de replanteo.
Los
proyectos de urbanización deberán incluir la separata correspondiente donde se
contemplen las canalizaciones que sea necesario realizar para dotar de servicio
telefónico a todas las parcelas sin tendido aéreo alguno sobre el dominio
público, con informe favorable de la compañía Telefónica de adecuación a sus
normas.
Cualquier
otro servicio que se pretenda colocar, cuyas canalizaciones o líneas discurran
por el dominio público, deberán ser subterráneas y se estudiará su incidencia
en los planos de coordinación de servicios, para las distintas secciones de
calle.
De
acuerdo con lo establecido en el artículo 3 y 4 del anexo del Reglamento de
Planeamiento, dentro del sistema de espacios libres previsto en el presente
ámbito de ordenación, se ha especificado para cada una de las parcelas
señaladas como tal, el destino concreto, según la siguiente sub-clasificación:
Jardines; Áreas de juego de niños; Áreas
peatonales, paseos y plazas; Zonas deportivas públicas.
En el
plano 3.1 de estructura urbana se refleja el sistema de espacios libres del
ámbito de ordenación y en los cuadros nº 1 de características, el destino
concreto de cada una de las parcelas calificadas como espacio libre.
En
los proyectos de urbanización se incluirá la separata correspondiente de
jardineria, de acuerdo con lo establecido en el apartado 1.3.2.5 de las Normas
Urbanísticas del Plan general, en cuanto a documentación y determinaciones.
1.- DEFINICION.- Se considerarán
jardines aquellos espacios libres en los que la superficie destinada a
plantación de espacios vegetales, es superior al 60% de la total, pudiendo
destinarse al resto no ocupado por la jardinería a paseos y zonas peatonales,
ya sea pavimentadas o en tierra.
2.- DISEÑO.- Se deberán tener en
consideración la tipología y características del entorno, forma y topografía
del terreno, rasantes de los viales colindantes, etc. Se tenderá a dar el
máximo relieve y movimiento, resaltando la altura de los parterres, mediante el
volumen adecuado de las tierras, con una pendiente mínima de los 10% cuando su
destino sea la plantación de gramineas o especies tapizantes. Se tendrá en
cuenta la legislación sobre supresión de barreras arquitectónicas.
Cuando las dimensiones y forma del espacio
libre lo permita, se deberá incluir en el diseño una zona de juego de niños,
con el mobiliario correspondiente.
3.- ESPECIES VEGETALES.-
Preferiblemente se proyectarán especies vegetales autóctonas ó aquellas de
probada adaptación a la zona, de acuerdo con las normas del Servicio de Parques
y Jardines.
4.-
INSTALACIONES.
·
Alumbrado
público.- Se proyectará la instalación de alumbrado para la intensidad luminosa
de 10 lux, con las luminarias adecuadas de acuerdo con el entorno y el diseño
adoptado así como las ordenanzas municipales al respecto.
·
Riego.-
Se proyectará sistema de riego por goteo para el arbolado y por aspersión en
las praderas de gramíneas o especies tapizantes, con su correspondiente
sectorización y llaves de corte. Como refuerzo se proyectarán igualmente bocas
de riego a razón de una por cada 400 m2. Toda la instalación se
centralizará en una arqueta de maniobra, con un seno para instalación de un
contador. Se deberán tener en cuenta las normas municipales al respecto.
5.- MOBILIARIO.- Se preverá la instalación de papeleras y bancos en
los pasos y zonas peatonales así como juegos infantiles, en proporción a las
dimensiones, de acuerdo con los criterios del servicio Municipal de Proyectos y
Obras de Urbanización.
1.- DEFINICION.- Son aquellos
espacios libres que por sus dimensiones y en cumplimiento de los estándares
correspondientes, se destinan a este uso concreto, por lo que la mayor parte de
su superficie se dispondrá de tal manera que pueda dedicarse al recreo de los
niños.
2.- DISEÑO.- De acuerdo con las
dimensiones y forma dispondrá una zona con tratamiento de arena o gravilla,
donde se instalen los juegos infantiles, combinándose con parterres que
permitan la plantación de arbolado que proporcione la correspondiente sombra, en
el lugar y orientación adecuada.
3.- ESPECIES VEGETALES.- Se
seguirá el mismo criterio que en los jardines.
4.-
INSTALACIONES.-
·
Alumbrado
público.- Se proyectará la instalación de alumbrado para la intensidad luminosa
de 10 lux, situándolos las luminarias de tal forma que no moleste al desarrollo
de la función.
·
Se
proyectará la instalación de una fuente pública para niños.
5.-
MOBILIARIO.- Los juegos de niños a instalar así como los bancos, estarán en
proporción a las dimensiones.
1.- DEFINICION.- Son aquellos
espacios libres donde la superficie con posibilidad de tránsito u ocupación de
las personas, es superior al 40% de la total, debiendo estar esta superficie
pavimentada, salvo la zona que se destine a juego de niños.
2.- DISEÑO.- Se deberán tener en
consideración las características del entorno, forma y topografía del terreno
así como rasantes de los viales colindantes, disponiéndose los espacios de tal
manera que puedan cumplir con su función, como zona de reunión y relación. Se
tendrá en cuenta la legislación sobre supresión de barreras arquitectónicas.
En los paseos peatonales, cuya anchura sea
igual o superior a 2 metros se deberá disponer arbolado en alcorques, cada 10
metros. En las plazas, los parterres y alcorques, se dispondrán de forma que
configuren espacios funcionales de acuerdo con su uso, en una proporción mínima
del 10% de su superficie total.
3.- ESPECIES VEGETALES.- Al
proyectar las especies para los parterres y alcorques, se seguirá el mismo criterio
que en los jardines.
4.-
INSTALACIONES.-
·
Riego.-
Se proyectarán redes de riego por goteo para los alcorques y difusores en los
parterres. Las bocas de riego se dispondrán estratégicamente para el baldeo, a
razón de una boca por cada 500 m2. Toda la instalación se
centralizará en una arqueta de mando, con un seno para contador. Se deberán
tener en cuenta las normas municipales al respecto.
·
Alumbrado
público.- Se proyectará la instalación de alumbrado, para la intensidad
luminosa de 15 lux., con luminarias adecuadas de acuerdo con el entorno y el
diseño adoptado, así como las ordenanzas municipales al respecto.
5.- MOBILIARIO.- Se preverá la
colocación de papeleras, bancos y demás mobiliario urbano, de acuerdo con el
diseño y tamaño de los espacios, de acuerdo con los criterios del servicio de
Arquitectura Municipal.
En
las aceras cuya anchura sea igual o superior a 2,50 m. y en las calles
peatonales, se colocarán árboles con sus correspondientes alcorques, a una equidistancia
máxima de 10 m. y dotados de instalación de riego automático mediante
goteros.
A
efecto de justificar el equilibrio de beneficios y cargas entre las unidades de
ejecución y de valorar el aprovechamiento de cesión al Ayuntamiento, se realiza
la ponderación en unidades de valor homogéneo:
Dado
que las normas son similares a las del Plan General, se establecen como
coeficientes de ponderación, los utilizados por este Ayuntamiento para las
valoraciones, aprobados por acuerdo de C.G de 30.12,92 y que son los
siguientes.
* Coeficiente
de situación y de calles.
Se
establece que este coeficiente es la unidad ya que no existen elementos
relevantes ni se crean centros de actividad en la actuación que puedan influir
en diferencias de valor a considerar.
* Coeficientes
de tipología.
·
Vc1 1,0
·
Vu1 1.3
·
Au3 1,7
* Coeficientes de uso.
·
Uso
residencial 1,00
·
Uso
residencial V.P.O. 0,85
·
Uso
equipamientos 0,50
NORMA |
USO |
SUPERFICIE EDIFICABLE |
COEF TIPO |
COEF USO |
COEF POND. |
U.V.H. |
Vc1 |
RE |
2.257,75 |
1,0 |
1,0 |
1,0 |
2.257,75 |
Vu1 |
RE |
24.145,07 |
1,3 |
1,0 |
1,3 |
31.388,59 |
Au3 |
RE |
2.807,00 |
1,7 |
1,0 |
1,7 |
4.771,90 |
ST |
EQ |
24,00 |
1,0 |
0,5 |
0,5 |
12,00 |
TOTALES |
|
29.233,82 |
|
|
|
38.430,24 |
Para
establecer un valor de la unidad de aprovechamiento del sector, que sea
equiparable con los valores resultantes en otras zonas del término municipal,
se han empleado los coeficientes de ponderación utilizados en los criterios de
valoración aprobados por la Comisión de Gobierno de 30.12.92, para los
distintos usos y tipologías. De la misma manera, al estar el sector incluido
dentro del 2º cuatrienio, de acuerdo con la modificación nº 44 del Plan General
y a efecto de compensación con otros sectores y sistemas generales, el
aprovechamiento medio a considerar será el que el Plan General establece para
dicho cuatrienio.
Combinando
ambos, obtendremos un resultado que refleja unitariamente, la superficie construible del uso y tipología
característico en el término municipal de Cartagena, por cada metro cuadrado de
suelo del ámbito de actuación, que vamos a llamar "aprovechamiento medio
homogeneizado" del Sector Algar Residencial.
De
esta manera, el "aprovechamiento medio homogeneizado" a considerar,
será el aprovechamiento medio para el 2º cuatrienio del suelo urbanizable
programado del P.G.M.O., homogeneizado con los coeficientes de aplicación según
usos y tipologías del presente Sector, que será el siguiente:
Superficie
del Sector 77.559,00 m/2.
Aprovechamiento medio
homogeneizado = |
Unidades valor homogéneo |
= |
38.430,24 |
= 0,4955 |
S. Sector + S. general |
77.559,00 |
Dado que dentro del Sector existen solamente dos
propietarios, se han delimitado dos Unidades de Ejecución, con el fin de que el
desarrollo de las mismas pueda hacerse de forma independiente
por cada uno de ellos. El límite entre ambas coincide con los límites de
propiedad.
UNIDAD DE EJECUCION Nº 1.
Están
incluidos en la misma los terrenos propiedad de los hermanos Peñalver Pérez,
siendo los límites los siguientes: por el Norte, la calle que se contempla en
el P.E.R.I. como prolongación de la calle S. Joaquín, en la UE nº 13 y la calle
Quevedo; por el Sur, con la Unidad de ejecución nº 2; por el Este, con la calle
Reno y la parcela del Instituto y por el Oeste, con la Calle Canet de Mar. Su
superficie es de 26.977,68 m2.
UNIDAD DE EJECUCION Nº 2.-
El ámbito
de esta unidad de ejecución, incluye los terrenos propiedad de la mercantil
"Promociones Peñalver Garcerán S.L.", siendo sus linderos los
siguientes: por el Norte, con la Unidad de ejecución nº 1, cuyo límite coincide
en su mayor parte con el lindero de la finca propiedad de los hermanos Peñalver
Pérez; por el Sur, con el antiguo camino de S. Ginés; por el Este, con la
citada finca de los hermanos Peñalver Pérez y en parte con un camino del
trasvase que lo separa de los terrenos del instituto; y por el Oeste, con
terrenos cedidos para la formación del tramo sur de la calle Canet de Mar. La superficie es de 50.781,32 m2.
Las
unidades nº 1 y 2, son totalmente autónomas, dado que la estructura urbana que
se planteado es prolongación de la existente, o la prevista en el suelo urbano colindante por el P.E.R.I. en
tramitación.
Los
esquemas de instalaciones, se han proyectado de forma autónoma e independiente,
tanto entre las unidades de actuación entre si, como entre estas y las zonas
urbanas colindantes.
Las
diferencias de tipo económico entre las
unidades delimitadas son mínimas, dado que las mismas tienen la misma
proporción de viario.
U.E. Nº 1
Nº |
NORMA |
USO |
SUP. EDIFIC. |
COEF TIP |
COEF USO |
COEF POND. |
U.V.H. |
1.1 |
Vu1 |
RE |
1.217,25 |
1,3 |
1 |
1,3 |
1.582,42 |
2.1 |
Vu1 |
RE |
1.217,25 |
1,3 |
1 |
1,3 |
1.582,42 |
3.2 |
ST |
EQU. |
12 |
1,0 |
0,5 |
0,5 |
6,00 |
4.1 |
Vc1 |
RE |
516,02 |
1,0 |
1 |
1,0 |
516,02 |
5.1 |
Vu1 |
RE |
1.217,25 |
1,3 |
1 |
1,3 |
1.582,42 |
6.1 |
Vu1 |
RE |
1.282,64 |
1,3 |
1 |
1,3 |
1.667,43 |
7 |
Vu1 |
RE |
2.117,44 |
1,3 |
1 |
1,3 |
2.752,67 |
8 |
Vu1 |
RE |
2.586,37 |
1,3 |
1 |
1,3 |
3.362,28 |
|
|
|
10.166,22 |
|
|
|
13.051,66 |
APROVECHAMIENTO
MEDIO HOMOGENEIZADO DE LA UE Nº 1.- 0,483
APROVECHAMIENTO
MEDIO HOMOGENEIZADO DEL SECTOR 0,4955
U.E. Nº 2
Nº |
NORMA |
USO |
SUF. EDIFIC. |
COEF TIP. |
COEF USO |
COEF. POND. |
U.V.H. |
1.1 |
Vu1 |
RE |
945,94 |
1,3 |
1 |
1,3 |
1.229,72 |
2.2 |
Vu1 |
RE |
941,49 |
1,3 |
1 |
1,3 |
1.223,93 |
4.2 |
Vc1 |
RE |
1.741,73 |
1,0 |
1 |
1,0 |
1.741,73 |
5.2 |
Vu1 |
RE |
931,85 |
1,3 |
1 |
1,3 |
1.211,40 |
6.2 |
Vu1 |
RE |
1.109,33 |
1 |
1 |
1,3 |
1.442,13 |
9 |
Vu1 |
RE |
1.528,80 |
1,3 |
1 |
1,3 |
1.987,44 |
10 |
Vu1 |
RE |
1.528,80 |
1,3 |
1 |
1,3 |
1.987.44 |
12 |
Vu1 |
RE |
1.528.80 |
1,3 |
1 |
1,3 |
1.987,44 |
13 |
Vu1 |
RE |
1.528,00 |
1,3 |
1 |
1,3 |
1.987,44 |
15 |
Vu1 |
RE |
1.528,80 |
1,3 |
1 |
1,3 |
1.987,44 |
16 |
Vu1 |
RE |
1.528,80 |
1,3 |
1 |
1,3 |
1.987,44 |
17 |
Vu1 |
RE |
1.405,50 |
1,3 |
1 |
1,3 |
1.827,15 |
18 |
Au3 |
RE |
1.440,00 |
1,7 |
1 |
1,7 |
2.448,00 |
19 |
Au3 |
RE |
1.367,00 |
1,7 |
1 |
1,7 |
2.323,90 |
14 |
ST |
EQU. |
12,00 |
1 |
0,5 |
0,5 |
6,00 |
|
|
|
19.067,60 |
|
|
|
25.378,60 |
APROVECHAMIENTO
MEDIO HOMOGENEIZADO DE LA UE Nº 2.- 0,499
APROVECHAMIENTO
MEDIO HOMOGENEIZADO DEL SECTOR 0,4955
El
aprovechamiento que le corresponde a los propietarios de suelo de cada unidad
de ejecución incluidos en el sector, será el 90 % del expresado anteriormente.
Las
unidades de ejecución están equilibradas. Las diferencia de aprovechamiento
entre si es del 3,31 % y con relación al aprovechamiento del sector, es del
2,58 % y 0,73 %, respectivamente, inferior al 15 % que establece como máximo el
artículo 36 del Reglamento de Gestión Urbanística. Existe, por tanto, una
distribución equitativa de los beneficios y las cargas entre ambas unidades de
ejecución.
De
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 18.4 de la Ley 6/98 sobre régimen del
suelo y valoraciones, le corresponde a los propietarios de suelo de cada una de
las unidades de ejecución, la cesión del suelo correspondiente al 10 % del
aprovechamiento de las mismas. El aprovechamiento de cesión al Ayuntamiento de
Cartagena será, en total:
10 % s/ 38.430,24 = 3.843,02 U.V.H.
El
sistema de gestión para ambas unidades de ejecución será el de COMPENSACIÓN,
pudiéndose aplicar el procedimiento abreviado que prevé el artículo 173 del
Reglamento de Gestión Urbanística, como propietario único.
UNIDAD
DE EJECUCION Nº 1
Nº MANZ. |
NORMA |
USO |
SUPERFICIE MANZANAS M2 |
SUPERFICIE EDIFICABLE PRIVADA |
Nº VIV. |
1.1 |
Vu1 |
RES. |
1.738,93 |
1.217,25 |
10 |
2.1 |
Vu1 |
RES. |
1.738,93 |
1.217,25 |
10 |
3.2 |
ST |
EQUI. |
32,00 |
12,00 |
0 |
4.1 |
Vc1 |
RES. |
396,94 |
516,02 |
4 |
5.1 |
Vu1 |
RES. |
1.738,93 |
1.217,25 |
10 |
6.1 |
Vu1 |
RES. |
1.832,34 |
1.282,64 |
11 |
7 |
Vu1 |
RES. |
3.024,91 |
2.117,44 |
18 |
8 |
Vu1 |
RES. |
3.694,82 |
2.586,37 |
22 |
TOTAL
LUCRATIVO |
14.197,80 |
10.166,22 |
85 |
||
3.1 |
EE |
EQUI. |
1,002,00 |
|
|
11 |
ES/EJ |
EQUI. |
2.454,30 |
|
|
TOTAL
EQUIPAMIENTOS |
3.456,30 |
|
|
||
8 |
EL |
AP |
1.616,58 |
|
|
TOTAL
ESPACIOS LIBRES |
1.616,58 |
|
|
||
VIARIO Y
APARCAMIENTOS |
7.707,00 |
|
|
||
TOTAL UE Nº 1 |
26.977,68 |
10.166,22 |
85 |
UNIDAD
DE EJECUCION Nº 2
Nº MANZ. |
NORMA |
USO |
SUPERFICIE MANZANAS M2 |
SUPERFICIE EDIFICABLE PRIVADA |
Nº VIV. |
1.2 |
Vu1 |
RES. |
1,351,34 |
945,94 |
8 |
2.2 |
Vu1 |
RES. |
1,344,98 |
941,49 |
8 |
4.2 |
Vc1 |
RES. |
1.339,79 |
1.741,73 |
16 |
5.2 |
Vu1 |
RES. |
1.331,22 |
931,85 |
8 |
6.2 |
Vu1 |
RES. |
1.584,75 |
1.109,33 |
10 |
9 |
Vu1 |
RES. |
2.184,00 |
1.528,80 |
13 |
10 |
VU1 |
RES. |
2.184,00 |
1.528,80 |
13 |
12 |
Vu1 |
RES. |
2.184,00 |
1.528,80 |
13 |
13 |
Vu1 |
RES. |
2.184,00 |
1.528,80 |
13 |
15 |
Vu1 |
RES. |
2.184,00 |
1.528,80 |
13 |
16 |
Vu1 |
RES. |
2.184,00 |
1.528,80 |
13 |
17 |
Au3 |
RES. |
2.811,00 |
1.405,50 |
12 |
18 |
Au3 |
RES. |
2.880,00 |
1.440,00 |
13 |
19 |
Au3 |
RES. |
2.734,00 |
1.367,00 |
12 |
14 |
ST |
EQUI. |
32,00 |
12,00 |
0 |
TOTAL
LUCRATIVO |
28.513,08 |
19.067,60 |
165 |
||
14 |
EL |
JAR |
4.360,00 |
|
|
18 |
EL |
AP |
1.800,00 |
|
|
TOTAL
ESPACIOS LIBRES |
6.160,00 |
|
|
||
VIARIO Y
APARCAMIENTOS |
16.108,24 |
|
|
||
TOTAL UE Nº 2 |
50.781,32 |
19.067,60 |
|
|
U.E.1 |
U.E.2 |
TOTALES |
Parcelas residenciales m/2. |
14.165,80 |
28.481,08 |
42.646,88 |
Servicios técnicos m/2. |
32,00 |
32,00 |
64,00 |
Equipamientos públicos m/2. |
3.456,30 |
--- |
3.456,30 |
Espacios libres m/2 |
1.616,58 |
6.160,00 |
7.776,58 |
Viario y aparcamientos m/2 |
7.707,00 |
16.108,24 |
23.815,24 |
TOTALES |
26.977,68 |
50.781,32 |
77.759,00 |
|
U.E. 1 |
U.E. 2 |
TOTALES |
Superficie edificable uso
residencial m/2. |
10.154,22 |
19.055,60 |
29.209,82 |
Superficie edificable
dotacional privado |
12,00 |
12,00 |
24,00 |
TOTALES |
10.166,22 |
19.067,60 |
29.233,82 |
Nº de
viviendas: 250 viviendas.
MAGNITUDES
PLAN GENERAL
Superficie Total del Sector 77.759,00
m2
Índice de edificabilidad bruta 0,376
m2/m2
Sup. edificable total 29.237,38
m2
Coeficiente de homogeneización
ajustado del Sector 0,6
Aprovechamiento medio del Sector 0,2256
Sistema
general, adscripción obligada No
existen, al estar el aprovechamiento equilibrado respecto al aprovechamiento
medio del suelo urbanizable programado.
MAGNITUDES
PLAN PARCIAL
SUPERFICIE EDIFICABILIDAD
P.
RESULTANTES COMPUTABLE
* PRIVADO LUCRATIVO
Parcelas Residenciales 42.646,88 29.209,82
Parcelas Servicios Técnicos 63,00 24,00
*PUBLICO; DEMANIAL Y PATRIMONIAL
Parcelas Equipamiento 3.456,30 ---
Espacios libres 7.776,58
---
Viales y Aparcamientos 23.815,24 ---
--------------------- -------------------
77.759,00
m² 29.233,82 m2
(UNIDAD
ELEMENTAL)
·
Espacios
libres:
15 m2 suelo x vivienda. mínimo 10
% S/Sup. sector
10 %
77.759 = 7.759 m2
·
Equipamiento
escolar:
De acuerdo con las condiciones que estableció
la modificación nº 44 del Plan General para el sector, solo se deberá prever a
reserva para preescolar
·
Equipamiento
de interés público y social:
2 m2 edificables x vivienda.
2 x 250 m2 = 500 m2
·
Equipamiento
deportivo:
En la citada modificación nº 44 se establece
igualmente la condición de reservar como equipamiento deportivo la parcela
situada al norte del instituto
·
Aparcamientos:
1 x
cada 100 m2 edificables.
29.233 / 100 293
ap.
|
manzana nº |
superficie parcela m2 |
sup. edif. m2 |
* Espacios libres |
8 |
1.616,58 |
|
|
14 |
4.360,00 |
|
|
18 |
1.800,00 |
|
Total |
|
7.776,58 |
|
* E.G.B. (Preescolar) |
3.1 |
1.002,00 |
|
Total |
|
1.002,00 |
|
|
|
|
|
* I. P. y Social |
|
800,00 |
640,00 |
|
|
|
|
Total |
|
800,00 |
640,00 |
* Deportivo |
|
1.654,30 |
|
Aparcamientos
1 aparcamiento x vivienda
1 x 250 = 250 aparcamientos
Manzana 14 48
Total 298 aparcamientos
|
SEGUN P.P |
SEGUN R.P |
|
(SUELO) |
(SUELO) |
* Espacios libres |
7.776,58 m2 |
7.775,90 m2 |
* E.G.B. (Preescolar) |
1.000,00 m2 |
1.002,00 m2 |
* Deportivo |
1.654,30 m2 |
condicion Mod. 44 |
|
(SUPERFICIE EDIFICABLE) |
(SUPERFICIE EDIFICABLE) |
* Social |
640,00 m2 |
500,00 m2 |
|
(UNIDADES) |
(UNIDADES) |
* Aparcamientos |
298 |
293 |
Las
reservas de suelo que se realizan en el presente Plan Parcial para espacios
libres y equipamientos, cumplen con lo establecido en el Anexo del Reglamento
de Planeamiento para el tipo de unidad residencial de que se trata.