Plan
Parcial Sector 1 de La Aparecida
1.1.1.- JUSTIFICACIÓN DE LA
PROCEDENCIA DE SU FORMULACIÓN.
1.1.2.- ALCANCE DE LA ACTUACIÓN
1.2.1.- SITUACIÓN GEOGRÁFICA Y DELIMITACIÓN
1.2.2.- CONEXIÓN CON EL EXTERIOR
1.2.3.- CARACTERÍSTICAS DEL TERRENO
1.2.3.6.- ECOLOGÍA Y VEGETACIÓN
1.2.4.- CLIMATOLOGÍA DE LA ZONA
1.2.5.- ESTADO ACTUAL DE LA ZONA
1.2.6.- INFRAESTRUCTURAS EXISTENTES
1.2.7.- PLANEAMIENTO DE RANGO SUPERIOR
1.2.7.1.- SITUACIÓN URBANÍSTICA
1.2.8.- ESTRUCTURA DE LA PROPIEDAD
1.3.- OBJETIVOS Y CRITERIOS DE ORDENACIÓN
1.3.2.- CRITERIOS DE ORDENACIÓN
1.3.3.- JUSTIFICACIÓN DE LA SOLUCIÓN ADOPTADA
1.4.- ANÁLISIS DE LA ORDENACIÓN
1.4.1.- PROGRAMA GENERAL DEL SECTOR
1.4.2.- CONDICIONANTES ESPECÍFICOS
1.4.3.- MODELO DE DISEÑO ADOPTADO
1.4.3.1.- DISTRIBUCIÓN ZONAL Y TIPOLÓGICA
1.4.4.- REPRESENTACIÓN DOCUMENTAL
1.5.- INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS
1.5.1.1.- CONEXIÓN CON EL EXTERIOR
1.5.1.3.- BASES GENÉRICAS DE CÁLCULO
1.5.2.1.- CONEXIÓN CON EL EXTERIOR
1.5.2.3.- BASES GENÉRICAS DE CALCULO
1.5.3.3.- BASES GENÉRICAS DE CALCULO
1.5.3.4.- CAUDALES TOTALES A PREVER
1.5.4.- RED DE ENERGÍA ELÉCTRICA
1.5.4.1.- CONEXIONES CON LAS REDES GENERALES
1.5.4.2.- REDES DE MEDIA TENSIÓN
1.5.4.3.- CENTROS DE TRANSFORMACIÓN
1.5.4.4.- REDES DE BAJA TENSIÓN
1.5.4.5.- BASES GENÉRICAS DE CÁLCULO
1.5.5.1.- CLASIFICACIÓN DEL VIARIO
1.5.5.2.- NIVELES DE ILUMINACIÓN
1.5.5.3.- SITUACIÓN CENTROS DE MANIOBRA
1.5.5.4.- CARACTERÍSTICAS DE LAS REDES
1.5.6.- RED DE TELECOMUNICACIÓN POR CABLE Y OTROS SERVICIOS.
1.5.7.2- AREAS PEATONALES, PASEOS Y PLAZAS
1.5.7.3.- AREAS DE JUEGOS DE NIÑOS
1.6.- DELIMITACIÓN DE UNIDADES DE EJECUCIÓN
1.6.1.- PONDERACION EN UNIDADES DE VALOR HOMOGÉNEO
1.6.1.1.- COEFICIENTES Y CRITERIOS DE
VALORACIÓN
1.6.1.2.- UNIDADES DE VALOR HOMOGÉNEO
1.6.1.3.- APROVECHAMIENTO TIPO
1.6.3.- JUSTIFICACIÓN DE LA AUTONOMÍA TÉCNICA Y ECONÓMICA DE CADA
UNIDAD.
1.6.4.- JUSTIFICACIÓN DEL EQUILIBRIO DE BENEFICIOS Y CARGAS.
1.6.4.1.-APROVECHAMIENTO HOMOGENEIZADO DE
CADA UNIDAD DE EJECUCIÓN
1.6.5.- APROVECHAMIENTO DE CESIÓN AL AYUNTAMIENTO DE CARTAGENA.
1.7.- SÍNTESIS Y CUADROS DE CARACTERÍSTICAS
1.7.1.- CUADROS POR UNIDADES DE EJECUCIÓN
1.7-2.- RESUMEN DE SUPERFICIES
1.7.3.- RESUMEN DE CAPACIDADES
1.7.4.- RESUMEN DE LAS CARACTERÍSTICAS DEL PLAN
PARCIAL
1.7.5.- JUSTIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LOS ESTANDARES DEL ANEXO DEL
REGLAMENTO DE PLANEAMIENTO.
1.7.5.1.- SUPERFICIES SEGÚN R.P.
1.7.5.2.- SUPERFICIES SEGÚN P.P.
1.8.- DETERMINACIONES DEL ARTÍCULO 64 DEL
REGLAMENTO DE PLANEAMIENTO
1.8.1.- JUSTIFICACIÓN DE LA CONVENIENCIA Y NECESIDAD DE SU URBANIZACIÓN
1.8.2.- RELACIÓN DE PROPIETARIOS
1.8.3.- DETERMINACIONES DEL ARTICULO 46 R.P.
1.8.3.2.- SISTEMA DE ACTUACIÓN
La
redacción del presente proyecto de Plan Parcial ha sido encargada por D. Pedro
Conesa Zamora, en representación de la mercantil "Explotaciones Lo Ruiz,
S.L."; D. Ramón Pérez García, en representación de la mercantil Agrourbana
Carthago, S.L. y por D. Felipe Jiménez Mateo, los cuales son propietarios de la
mayor parte de los terrenos incluidos en el "Sector La Aparecida"
El
Plan General Municipal de Ordenación de Cartagena, aprobado definitivamente el
9 de abril de 1987, califica los terrenos comprendidos al oeste del poblado de
La Aparecida como suelo urbanizable programado, delimitando en los mismos el
Sector denominado "La Aparecida"
El
citado Sector, de acuerdo con el Programa de Actuación del Plan General, se
encuentra incluido en el segundo cuatrienio, por lo que resulta procedente la
redacción de planeamiento de desarrollo, en cumplimiento de dicho Programa,
para incorporar el suelo al proceso de desarrollo urbanístico, con el fin de
promover la construcción de viviendas unifamiliares, dado que es la tipología
mas demandada en la actualidad por el mercado y de la que hay escasez en el
entorno de la ciudad.
El
conjunto de los terrenos que abarca el "Sector La Aparecida" ocupa
una extensión de 98.000 m2 y cuya delimitación gráfica aparece en el
plano 2.2.
Se
trata de establecer la ordenación y usos pormenorizados, para el ámbito de
actuación; las ordenanzas que regulen el régimen urbanístico de aplicación en
el mismo y el programa para su desarrollo, con el alcance y las determinaciones
previstas en el artículo 43 y siguientes del Reglamento de Planeamiento.
Para
la redacción del Plan Parcial, se han tenido en cuenta las determinaciones que
se establecen para el Sector en las Normas Urbanísticas del Plan General
Municipal de Ordenación, y que califica los terrenos como suelo urbanizable
programado, uso característico, residencial extensivo.
La
situación geográfica de los terrenos objeto del presente Plan Parcial, según
viene reflejado en el plano nº 1 de los de información, se enclava al Oeste del
poblado de La Aparecida, a 4,50 Km. del casco urbano de Cartagena, por la
carretera de San Javier, siendo su posición geográfica, con relación al
meridiano inicial de Greewich, la siguiente:
Longitud
oeste 0º 57' 22''
Latitud norte 37º 40' 10''
La
delimitación de Area, es la siguiente: por el Norte, linda con la carretera
comarcal de tercer nivel, F 40, de Los Salazares a Los Camachos; por el Sur,
con un camino del Trasvase; por el Este, con la citada carretera F 40 y el
suelo urbano de La Aparecida, y por el Oeste, con el suelo no urbanizable,
parte de cuyas fincas forman el suelo del sector. El área es cruzada de norte a
sur por el antiguo camino a La Palma.
Los
terrenos incluidos dentro del "Sector La Aparecida" , son contíguos a
las calles de dicho núcleo urbano, por lo que están conectados directamente con
el mismo.
La
carretera comarcal F 40 que delimita el Sector por el Norte y por es Este,
refuerza esta conexión del mismo con el núcleo urbano y con la comarcal F 35,
de Cartagena a S. Javier.
El
terreno no presenta relieves accidentados notables, siendo prácticamente plano,
con un declive muy suave hacia el Sur. La altimetría varia desde los 30 m. en
la carretera E 40 a los 29,50 del camino del trasvase situado al sur.
Según
el mapa geológico de la zona, todo el área está formada por materiales
terciarios (mioceno-messiniense), del tipo margas y areniscas. Estas rocas son
sedimentarías y constituidas por una serie detrítica. Las margas son
arcillosas, amarillentas, y las areniscas, calcáreas.
Esta
zona se haya en un área tectónicamente activa, marcada por distintas fracturas
que determinan bloques que juegan un papel independiente. La línea sismo
tectónica mas notable de la zona es la falla Cerro Roldán (al oeste de Cartagena
-La Unión-Isla del Ciervo-en el Mar Menor), coincidente con la orientación del
sistema Bético. Esta fractura, junto con la falla Murcia-Cartagena determinan
uno de los bloques anteriormente citado.
No
obstante lo indicado, las normas sismo- resistentes vigentes, Real Decreto
2543/1994 de 24 de diciembre, por el que se aprueba la Norma de Construcción
Sismoresistente, dentro del "mapa de peligrosidad sísmica del territorio
nacional", asigna a Cartagena un
coeficiente de aceleración sísmica básica ab/G de 0,05.
Por
la profundidad de los pozos de la zona, se determina el nivel freático
existente, el cual está alrededor de los 10 ó 18 m. Las aguas tienen un grado
de dureza alta, lo que no las hace aptas para el consumo.
La
presencia de este nivel freático tiene repercusión, desde el punto de vista
geotécnico, en los proyectos constructivos y por su grado de dureza, habrán de
tomarse las precauciones adecuadas para que no afecten a los hormigones y no
deberá emplearse para la fabricación de los mismos.
Superficialmente
y dado el tipo de terreno, formado básicamente por margas calizas, se puede
considerar esta capa como de características geotécnicas moderadas, que no
admite cimentaciones con cargas elevadas, pero sí las edificaciones de
viviendas a construir en el Sector, de una o dos plantas como máximo.
La
zona objeto del presente Plan Parcial, no tiene ningún rasgo ni detalle
ecológico del que haya de hacerse mención.
No
existen masas arbóreas a considerar. Los cultivos que tradicionalmente
existieron en la zona norte, están prácticamente abandonados estando la parte
sur plantada de naranjos.
Los
terrenos del Sector se sitúan en una de las zonas mas llanas del Campo de
Cartagena, no existiendo por tanto una red hidrográfica a considerar en las
proximidades, salvo los canales de drenaje de la red del Trasvase, que conducen
las aguas de lluvia hacia la vertiente del Mar Menor.
El
Area objeto del presente Plan Parcial, se encuentra en la zona sur del llamado
Campo de Cartagena, por lo que los datos climáticos característicos,
corresponden a los de dicha comarca. Los datos climáticos que se aportan a
continuación, corresponden a las estaciones metereológicas de Cartagena -
Puerto y El Algar, por ser las estaciones más próximas que presentan datos
termo-pluviométricos.
La
temperatura media anual en el período 1982-1992, se sitúa alrededor de los
18ºC. Las medias mensuales, muestran un máximo en los meses de Julio y Agosto,
que oscila entre los 25,5ºC y los 26ºC, y un mínimo en Enero y Febrero, con
temperaturas comprendidas entre 11 y 12ºC. Según estos máximos y mínimos en los
valores medios, puede admitirse una oscilación térmica anual alrededor de los
15ºC. Las temperaturas medias de las máximas, se sitúan entorno a los 22,5ºC.
Las medias de las mínimas están comprendidas entre 13ºC, registrándose los
valores inferiores en los meses de Diciembre, Enero y Febrero, con temperaturas
medias que no bajan de los 10 ºC.
En
cuanto a las máximas absolutas, en El Algar se han registrado temperaturas de
hasta 44ºC en el mes de Julio. Sin embargo, en el litoral, la máxima absoluta
registrada es de 40ºC, y en general no sobrepasa los 38ºC. Las estaciones
registran mínimas absolutas que muy esporádicamente se sitúan por debajo de los
0ºC. Las heladas son, por tanto, prácticamente inexistentes.
La
NBE - CT 79 "Condiciones Térmicas en los edificios", de obligado
cumplimiento a partir de su entrada en vigor, sitúa a los terrenos objeto del
presente Plan Parcial en la zona W.
El
rango climático más característico de la zona, al igual que todo el S.E.
peninsular, es la irregularidad de las precipitaciones. Las medias anuales
oscilan entre los 293 mm. registrados en El Algar y los 325 mm. de Cartagena.
En
los datos de las precipitaciones, se ponen de manifiesto la extrema sequía
estival, ninguno de los observatorios considerados, presentan un mes de verano
con precipitaciones superiores a los 9 mm. El mes más seco es Julio, con
valores ínfimos que no superan los 9 mm.
El
volumen de la lluvia asciende bruscamente en Octubre, siendo esta época la de
mayor intensidad. El máximo secundario se presenta entre Enero y Abril,
mientras que en Febrero y Noviembre la gráfica muestra un brusco descenso,
aunque no tan acusado como el estival.
De acuerdo con los
valores del Castillo de Galeras, se
puede establecer la siguiente serie cronológica:
AÑO DÍAS
DE LLUVIA DÍAS DE TORMENTA GRANIZO
1970 73 9 1
1971 91 16 2
1972 97 18 3
1973 63 6 3
1974 74 11 3
1975 66 12 3
1976 74 11 2
1977 72 9 1
1978 71 5 -
1979 76 7 -
1980 69 12 1
Según las normas
Técnicas de Diseño y Calidad de viviendas de protección oficial, los terrenos
afectados por la presente adaptación del P.P. están incluidos en la zona
pluviométrica "Z".
Ante
la ausencia de otra regulación normativa subsidiariamente se considerará en los
cálculos de las secciones de limahoyas, canalones, cazoletas, recogida de aguas
y secciones de tuberías de desagües de pluviales, una intensidad de lluvia de
I= 5 mm/h.
Los
valores de la humedad relativa, sitúan sus máximos y mínimos anuales de valores
comprendidos en el intervalo 90% - 50%, respectivamente.
Para
el análisis de los vientos dominantes en Cartagena, tomamos datos del faro de
la Marina (Castillo de Galeras), situado a 219 m. de altitud en el borde
occidental del puerto, que indican los vientos de máxima frecuencia en
primavera y dominantes en otoño. El viento más frecuente es de componente
suroeste con un 39,7% anual.
El
"Lebeche" de componente Sureste, es cálido y seco por proceder del
Sahara y lleva en suspensión gran cantidad de partículas sólidas, sopla
preferentemente en los meses de primavera y principios de verano. Este viento
influye negativamente en la vegetación por elevar la aridez, caldear la
atmósfera y provocar un aumento de la transpiración, con lo que las plantas se
agostan prematuramente.
Ahora
bien, desde el punto de vista de la contaminación atmosférica, tan ligada a la
dirección y fuerza del viento, cabe resaltar la importancia de vientos de
componente E "Levante". Entre estos vientos, el más frecuente es el
de componente NE, con un 28,2% anual y principal repercusión en verano, por lo
que la contaminación llega por lo general solo parcialmente a esta zona del
término municipal, dado que cuando los vientos son suaves, son atraídos por la
bocana del puerto.
Es
este el principal elemento del clima y el más decisivo y condicionante del
Urbanismo por ser, así mismo, el factor más condicionante de la temperatura del
aire. Esta varía siguiendo una curva semejante a las de horas-sol, pero
retrasándose sus máximos y mínimos poco más de un mes, debido a la inercia
térmica de la tierra que tarda más en enfriarse y volverse a calentar, que la
atmósfera que la envuelve. Es decir los días más fríos y más calientes no
corresponderán con los solsticios de invierno y verano (21 de Diciembre y 21 de
Junio) sino un mes más tarde (21 de Enero y 21 de Julio). Estas fechas
precisamente serán las que sirvan para los cálculos de los días de mayor o
menor temperatura anual.
Conviene
recordar que las temperaturas disminuyen 0,55 grados por cada 100 metros de
elevación, aunque esto es una cuestión sin trascendencia en el presente caso,
ya que la altitud topográfica de la zona es similar a la de la estación donde
se han registrado los datos.
El
estudio del asoleo lo basaremos en la concreción del número de horas de sol y
en el estudio geométrico del movimiento del sol respecto de Latitud 37º 39'
Norte al objeto de poder determinar y representar en todo momento la posición
del sol con respecto a cualquier edificación emplazada en su entorno, toda vez
que los aspectos concernientes al espectro solar y a la energía solar son
generalizables a cualquier emplazamiento de la zona mediterránea y entrar en
ellos específicamente, escapa del contenido del presente apartado.
Podemos
aproximar las medidas de soleamiento en los distintos meses del año, basadas en
las mediciones proporcionadas por el Instituto Meteorológico Nacional,
obteniendo los siguientes valores:
ENERO 5 h.
9 JULIO 10 h. 26
FEBRERO 6 h. 16 AGOSTO 11
h. 2
MARZO
6 h. 56 SEPTIEMBRE 7 h. 46
ABRIL 7 h. 15 OCTUBRE 6 h. 3
MAYO 8 h. 35 NOVIEMBRE 6 h. 42
JUNIO 10 h. 37 DICIEMBRE 5 h. 35
Por
cuanto normalmente los rayos de sol no encuentran siempre el camino abierto
hacia la tierra, sino que existen una serie de obstáculos (nubes, calima.
nieblas, etc.) que junto con las obstrucciones solares (edificios, montañas)
reducen considerablemente las horas de sol para cualquier punto.
Este
tipo de soleamiento, el teórico menos el obstruido, es lo que constituye el
SOLEAMIENTO EFECTIVO, es decir que por cada hora de sol teórica solo habrá un
determinado porcentaje de efectiva.
Para
la latitud 37º 40' puede suponerse por término medio de asoleo efectivo el 60%
del asoleo teórico.
La
información concerniente al estudio geométrico del movimiento del sol se
concreta en las CARTAS SOLARES DE
FISHER que nos permiten determinar la posición (acimut y altura solar) en
cualquier momento dada la latitud del lugar (37º 40') y la declinación del día
que estudiamos.
Con
la aplicación de lo anterior se deberá realizar el cálculo gráfico para la
separación de bloques, que permita conocer las posibles interceptaciones
solares, evitando sus molestas consecuencias y permitiendo que sea realidad el
contenido de la carta de Atenas Nº 26 en su aspecto de asoleo. "Debe exigirse a los constructores el
plano demostrativo de la penetración del sol en cada vivienda, durante dos
horas como mínimo en el solsticio de invierno. Introducir el sol es el nuevo y
más imperioso deber del arquitecto".
En
cualquier caso, lo anteriormente comentado tiene carácter no vinculante y
orientativo para el autor del proyecto de edificación, aunque sí recomendable.
El clima es el típico del sureste, cuyo rasgo definitivo es la escasa precipitación lluviosa, la más baja de la península y, probablemente, de la Europa Mediterránea. Las lluvias anuales son siempre inferiores a 350 mm. (Cartagena 331 mm.), lo que unido a las altas temperaturas, dan como resultado la aridez dominante en el sureste español.
La
zona norte de los terrenos objeto del presente Plan Parcial, estuvo destinada
al cultivo de temporada, pero en la actualidad se encuentra en barbecho, salvo
alguna plantación de carácter eventual, existiendo en la parte situada junto a
la carretera E 40 dos viviendas habitadas. En la zona sur existe un huerto
plantado de limoneros, cercado por una valla, salvo la parte mas próxima a la
iglesia que está también en barbecho.
Tal
como se ha dicho anteriormente, dentro del area a considerar existen dos
viviendas junto a la carretera E 40, que están habitadas.
La
zona es cruzada en dirección Este por una línea de media tensión, que alimenta
el CT de La Aparecida, la cual debe ser transformada en subterránea al realizar
las obras de urbanización, anillando en la misma el CT del Sector.
Por
el antiguo Camino a La Palma discurre una conducción de la Mancomunidad de los
Canales del Taibilla, la cual debe desviarse por una franja de servidumbre que
se establece para tal fin junto al vial de borde.
No
existen infraestructuras del trasvase, dado que los terrenos quedaron fuera de
la zona regable.
Redes
de Agua.-
En
el plano nº 2.5 de información, viene reflejada la red general de agua de Ø
350, perteneciente a M.C.T., que cruza el Sector por la parte Sur.
Redes
de Saneamiento.-
Igualmente,
en el citado plano nº 2.5. de información, se refleja la red de alcantarillado
existente en el poblado de La Aparecida, siendo el emisario hasta la depuradora
de Ø 400 mm.
Energía
Eléctrica.
Tal
como se ha referido anteriormente, existe una red de media tensión que cruza la
zona en dirección este, en la cual, de
acuerdo con el informe emitido por dicha compañía, deberán anillarse el CT a
proyectar.
Telefonía.
El
punto de acometida para la red a realizar en el Sector será en la línea general
que discurre por la Carretera a S. Javier.
El
Plan General Municipal de Ordenación de Cartagena, aprobado por Resolución del
Consejo de Gobierno de La Comunidad Autónoma de Murcia de 9 de abril de 1987,
clasifica los terrenos objeto del presente Plan Parcial, como Suelo Urbanizable
Programado, Sector La Aparecida, incluido en el segundo cuatrienio del Programa
de Actuación.
Las
condiciones que se establecen en las Normas Urbanísticas para los suelos
urbanizables del 2º cuatrienio, son las siguientes:
Forman parte integrante del
Suelo Urbanizable Programado para el segundo cuatrienio los sectores:
"Central", "Campo de la Rosa", "Los Nietos",
"La Aparecida 1", "Aljorra W" "Finca Medina",
"Urrutias 1" y el sector industrial "P2" del Area
industrial Cartagena, siendo los sistemas generales adscritos al mismo, los
siguientes:
- Resto del parque de la Rambla (3-2) ......................................................................................... 10
Ha.
- Equipamientos de Sistema General de
Bº. Concepción
(3-1) ............................................................................................................ 0,888
Ha.
- Espacios libres en prolongación de Jorge
Juan desde Centro Médico de Enpetrol hasta
Ángel Bruna (4-3) ................................................................................................................. 0,334
Ha.
- Espacio libre del Campo de la Rosa (8-1)................................................................................ 2,55
Ha.
- Espacios libres entre el viario de los
Cuatro Caminos
(11-1) ......................................................................................................... 0,777
Ha.
- Sistema General en sector P-2 (13-1).................................................................................... 1,881
Ha.
- Espacios libres junto a ferrocarril en
Los Nietos (14-1).................................................................................................................... 1,580
Ha.
- Sistema General viario en Los Nietos (14-2).......................................................................... 1,184
Ha.
- Sistema General deportivo en Alumbres (15-1) ....................................................................... 2,00
Ha.
- Sistema General de Comunicaciones
en Alumbres (15-2)
.................................................................................................................... 0,1
Ha.
- Equipamiento viario S.G. para ampliación
carretera
general N- 301, junto al Sector
Los Ventorrillos...................................................................................................................... 0,361
Ha.
-----------------
TOTAL............................................................................................ 21,655
Ha.
APROVECHAMIENTO
MEDIO DEL SEGUNDO CUATRIENIO.
El aprovechamiento medio del UP para el 2º cuatrienio es 0,2257.
SECTOR LA APARECIDA.
‑ Superficie aproximada del sector: 94.040 m².
‑ Indice de edificabilidad bruta: 0,30 m²/m².
‑ Uso característico: Residencial unifamiliar
aislado.
‑ Coeficiente de homogeneización ajustado para
el sector: 0,7
‑ Aprovechamiento medio del sector: 0,21
‑ Condiciones de la ordenación:
Altura máxima 2 plantas.
En
los Planos serie "B" de Estructura Territorial y Clasificación del
Suelo, escala 1/5000, aparece reflejada la delimitación del Sector La
Aparecida. Esta delimitación se ha traspuesto sobre la nueva cartografía que se
ha realizado por fotogrametría, ajustando los límites de acuerdo con lo
establecido en el apartado 1.1.6 de las Normas Urbanísticas del Plan General,
previa consulta al respecto a los Servicios Técnicos Municipales. Según lo
anterior, la superficie real del sector, medida en AutoCad sobre la base
cartográfica digital, es de 98.000 m2
En el
plano nº 2.6 de información, se reflejan las distintas propiedades existentes
dentro del Sector, cuyos titulares son
los siguientes:
Nº NOMBRE
PROPIETARIO DIRECCIÓN
1 Explotaciones
"Lo Ruiz, S.L." Av.
de la Estación, 12
(Pedro
Conesa Zamora) Pozo
Estrecho - Cartagena
2 Flora Blockoff Espejo c/
Lepanto nº 5
Bº
Peral - Cartagena
3.- Francisco Sánchez Picazo c/ La Unión nº 34
La
Aparecida - Cartagena
4.- José Nicolau Servent c/
La Unión nº 20
La
Aparecida - Cartagena
5.- José Antonio Nicolás Solana c/ La Unión nº 29
La
Aparecida - Cartagena
6.- Ramón Pérez García c/
Jiménez de La Espada,
1
1º 30 205 Cartagena
7.- Victoria Martínez Lorca c/
Carmen nº 34
30.201 Cartagena
8.-
Felipe Jiménez Mateo c/
Ignacio Aznar, 46
La
Palma.- 30.593 Cartagena
9.-
José López Martínez c/
Bodaga, La Aparecida
30.395
Cartagena
José
Roca García Los
López de La Aparecida
Tomás
Velasco Marcos c/
Azor, nº 34.-
Pozo
Estecho - Cartagena
* Desarrollar el
planeamiento, de acuerdo con las condiciones que el Plan General establece para
el Sector
* Proporcionar
suelo apto para edificar viviendas unifamiliares, que cubran la demanda que actualmente
existe en las zonas periurbanas de la ciudad así como en esta parte del campo
de Cartagena.
* Crear una unidad
residencial de carácter elemental, con una estructura autónoma, pero en
conexión a su vez con la existente en el poblado de La Aparecida.
* Proyectar unas
dotaciones e infraestructuras urbanas, que completen y complementen las del
actual núcleo urbano, como ampliación del mismo por el Oeste.
Además de los
criterios básicos establecidos en el Plan General, existen condicionantes
locales que determinan las pautas de ordenación para el sector, que son los
siguientes:
* Debe existir una
interrelación entre la ordenación existente y prevista por el Plan General para
el poblado de la Aparecida y la que se proyecta en el presente Sector.
* No obstante, el
espacio urbano que se proyecta debe tener su propia entidad, de acuerdo con el
carácter residencial del mismo, en base a la demanda que se pretende cubrir y
la tipología prevista de edificación.
* El tratamiento
de los bordes, debe ser el adecuado,
dado que quedarán como remate del núcleo para el futuro.
En
cuanto a los límites del Sector, se recogen los del Plan General, los cuales se
han concretado sobre la base topográfica digital realizada recientemente por
procedimientos fotogramétricos. Dichos límites se han ajustado, dentro de la
tolerancia que permiten las Normas del P.G., dado que los terrenos situados al
oeste pertenecen a los mismos propietarios que los del Sector, con el fin de
que conseguir un vial de borde en línea recta y perpendicular a la carretera E
40.
La
citada carretera E 40, que delimita al Sector por el Norte y por el Este, el
camino del trasvase existente al Sur, y el trazado de las calles del núcleo
urbano, son condicionantes que prácticamente conforman la ordenación a
plantear.
Estas
circunstancias, unida a la tipología prevista para las viviendas a construir,
dan como resultante el diseño de la ordenación que se ha propuesto, con un
trazado viario ortogonal, resolviéndose el trafico con viales en sentido
este-oeste, recogidos por los viales colectores, como son la carrera y la calle
de borde prevista por el Plan General para el núcleo urbano y el vial que
igualmente se proyecta como remate del Sector por el Oeste. Se establece un eje
peatonal central que completa la estructura urbana y relaciona los distintos
espacios y dotaciones de la misma.
El
uso predominante del Sector es el residencial, de carácter unifamiliar, con las tipologías
características de los poblados o pedanías.
Las
magnitudes globales de la actuación son las siguientes:
Parcelas
residenciales 55.567,00
m2 56,70 %
Parcelas
de equipamiento 3.518,00
m2 3,59 %
Espacios
libres
9.935,00 m2 10,14 %
Viario 28.980,00
m2 29,57 %
------------------
Total
sector 98.000,00
m2
Los
equipamientos se sitúan distribuidos en el eje de relación peatonal, como complemento
de los existentes en el poblado.
El
desarrollo de la actuación proporcionará suelo apto para edificar viviendas
unifamiliares, en cantidad suficiente para cubrir la demanda existente de esta
tipología en la zona.
Además
de las condiciones y determinaciones del Plan General, existen otros
condicionantes particulares, dada la situación del Sector junto a un suelo
urbano, así como otros elementos que determinan el diseño final que se ha
planteado, tal como se ha señalado anteriormente en los criterios de
ordenación.
Se
pretende crear una unidad residencial de carácter elemental, con una escala de
relación acorde a su tamaño y a la tipología que se quiere implantar, con
independencia de la complementariedad que debe existir entre la nueva
urbanización y la estructura del suelo urbano colindante.
De
acuerdo con los criterios expuestos anteriormente, se plantea una tipología
uniforme para todo el Sector, con viviendas unifamiliares aisladas o en hilera.
Se establece la
siguiente jerarquía en los diferentes tipos de viario que estructuran el
sector:
* De primer orden,
la carretera comarcal E 40.
* De segundo orden,
la calle que se proyecta al sur, sobre el camino del trasvase.
* De tercer orden,
el resto de los viales rodados.
* Calles
peatonales, bien destinadas a itinerarios puramente de este tipo o bien de
tráfico mixto, para acceso a las viviendas, con un tratamiento continuo de su
pavimento.
Cada
vivienda, según normas, tendrá su propio aparcamiento. En superficie, se prevén
aparcamientos junto a las dotaciones y, dada la anchura de los viales, se
pueden situar en los mismos, sin suponer un entorpecimiento para el tráfico, un
total de 40 plazas de aparcamientos, con los que se cubren las necesidades
previstas así como la dotación que establece el Reglamento de Planeamiento al
respecto. El 2 % de las plazas cumplirán con las dimensiones mínimas para
minusválidos, (3,30 x 4,50).
El
equipamiento social, se ha situado junto al espacio libre principal, con el fin
de que esta sea el centro de las actividades colectivas de la urbanización. El
equipamiento escolar se sitúa al sur, próxima a las dotaciones del poblado. En
el apartado 1.7.5. se refleja las superficies y edificabilidad de los
equipamientos previstos en el presente Plan Parcial, comparándolos con lo
estandares establecidos en el anexo del Reglamento de Planeamiento.
Tal
como se ha dicho anteriormente, se proyecta un espacio libre central, en el eje
de la urbanización, de dimensiones suficientes, con el fin de que sea el
elemento urbano relevante de la misma y romper, por otra parte, la monotonía
que produce la tipología unifamiliar en hilera. El resto de espacios libres se
sitúan junto al equipamiento escolar, como complemento del mismo.
Se ha
seguido el mismo sistema de representación del Plan General, en cuanto a
simbología, siglas, tramas, trazos y demás elementos del lenguaje de
representación empleado por este.
Los
planos se han confeccionado sobre base topográfica informatizada, la cual se ha
obtenido por procedimiento fotogramétrico, a partir de un vuelo realizado
recientemente en la zona. El dibujo se ha realizado con el programa informático
Autocad R 14.
Los
proyectos de urbanización se redactarán de acuerdo con lo establecido en el
apartado 1.3.1. de las Normas de Plan General, en cuanto a definición y
contenido, debiendo tener en cuenta las condiciones que se enumeran a
continuación, para cada uno de los servicios, así como lo dispuesto en el
artículo 10 de la Ley Regional 5/1995.
El
plano general de planta acotado, se realizará a escala 1/500, sobre la base
cartográfica informatizada, con definición suficiente de bordes, zonas de
conexión y de los elementos relevantes existentes. El plano de replanteo de
ejes deberá definir las coordenadas en los encuentros así como ángulos y
distancias entre estos y a las alineaciones y elementos existentes o, a otras
referencias que se consideren de interés.
En el
anexo I se justifica la capacidad de las redes generales y los puntos donde se
realizarán los entronques.
La
red viaria se apoya en el trazado de la carretera comarcal E 40. El diseño se
ha realizado de acuerdo con el modelo adoptado, según la tipología y tamaño de
las parcelas previstas, siendo en parte prolongación de los existentes en el
núcleo urbano. Se proyecta un vial de borde por el oeste, como remate de la
urbanización y que sirve de colector del los que se contemplan para acceso a
las distintas parcelas.
Se ha
tenido en cuenta lo dispuesto en la Ley
Regional 5/1995, cumpliendo las determinaciones del artículo 9 de la misma,
ya que la anchura de los itinerarios peatonales es mayor de 1,50 m. y la
anchura de las calzadas de doble dirección, mayor de 7 m.
La
estructura viaria del presente P.P. se apoya e incorpora dentro de la misma a
la carretera comarcal E 40 de Los Salazares a Los Camachos, así como el camino
del trasvase situado al sur. El sector es colindante con el suelo urbano, cuyos
viales son prolongación o se comparten con los previstos para este.
En el
plano nº 3.5.2. se reflejan las diferentes secciones para cada uno de los tipos
de viario. Las anchuras de las aceras serán como mínimo, de 1,50 m.
Las
características de los firmes y pavimentos serán las correspondientes a tráfico
ligero y unas condiciones de la explanada del tipo El, que según Instrucción de
Carreteras y para firmes flexibles y base granular son: Sub-base-20 cm. de
zahorra natural; Base -15 cm. de zahorra artificial; Pavimento: aglomerado asfáltico en caliente tipo
rodadura, 4+4 cm, extendiendo la última capa de rodadura, una vez terminada la
construcción de las viviendas.
Se
plantea la red solo para fecales, realizándose la evacuación de pluviales por
superficie, hacia el suelo no urbanizable, donde se conducirá, a través de la
cuneta del camino de servicio, hacia los canales de drenaje del trasvase. Se
prevé un aliviadero de pluviales en el punto mas bajo del sector y su
conducción mediante un colector por el borde de la carretera F 40, hacia el
Este, donde una vez fuera del poblado podrá verter, a través de la cuneta, en
los canales de drenaje. Ver plano 3.6.2
La
instalación se realizará con tubería de
cemento, D.I. mínimo 300 mm., unión por junta de goma y campana, con
pozos de registro situados en los cambios de dirección y en tramos rectos cada
50 metros como máximo.
La
red de saneamiento se conectará al colector general Ø 400 mm., que discurre por
la carretera a Los Camachos F 40 hacia el pantano de La Palma.
Se
realiza en función del consumo de agua 250 L/hab/día, con un coeficiente de
admisión de 0,8, nº de hab/viv= 4, parte del consumo en 10 horas, conforme a la
Ordenanza Municipal de Alcantarillado. No se tendrá en cuenta ningún aporte de
las pluviales procedente de las viviendas, por lo que estas deberán de
evacuarse a los viales.
En el
plano nº 3.7 se refleja el esquema de la red de aguas, la cual se plantea de
forma mallada, con tuberías a ambos lados de las calles para que las acometidas
no crucen las calzadas.
Las
tuberías serán de tipo "D", de presión nominal 12 Atmósferas. De no
establecerse otra cosa en el plano de coordinación de servicios, irán por las
aceras, a 20 centímetros del bordillo y a 70 centímetros de profundidad,
separadas en todo caso, en el plano horizontal y vertical, de otras
conducciones. Los cruces de calzadas se realizarán con tubería de fundición
dúctil e irán protegidos. Las válvulas a instalar serán de compuerta, con
husillo de acero inoxidable. Las bocas de riego serán de 40 mm. tipo compactas,
de fundición. Las acometidas se realizarán con polietileno 10 atmósferas de
presión de trabajo. Las llaves de corte tendrán dispositivo antiretorno, de
asiento inclinado. Todas las piezas especiales de fundición serán homologadas
para tuberías de fribrocemento.
Los
cálculos de tuberías se realizarán por la formula de Scimeni. Para el cálculo
de mallas se empleará el método de Hardy Cross, aplicando la formula de Hazen
Williams.
Los caudales
totales se calcularán de acuerdo con las dotaciones máximas previstas en el
apartado 1.3.2.2. de las Normas Urbanísticas del Plan General; considerándose
que la zona en cuestión está comprendida en el grupo II.
El
suministro se realizará desde la línea AMT que alimenta el CT existente en La
Aparecida, la cual debe de convertirse en subterránea, anillándose en la misma
los centros de transformación.
La
red de media tensión será subterránea desde el punto de entrada al de salida
del Sector.
El
centros de transformación se instalarán lo más próximo posible a los centros de
gravedad de las cargas, en las parcelas señaladas para tal fin en los planos de
ordenación. Serán del tipo P.B..
La
red de baja tensión será subterránea, en anillos cerrados, partiendo del CT,
seccionados en los puntos de mínima tensión, según los cálculos pertinentes.
Las secciones de dichos anillos vendrán en función de la previsión de carga de
cada circuito. En los puntos de suministro, se colocarán armarios de
seccionamiento, según normas de homologación de la empresa suministradora.
Las
líneas irán enterradas en zanjas homologadas, según las normas de la empresa
suministradora y las normas municipales al respecto, debiendo respetarse las
distancias a otras conducciones.
El
cálculo de las redes se realizará según el Reglamento de Líneas de Media y Baja
Tensión.
La
potencia se calculará considerando 5 kw por vivienda y 100 w por cada 100 m2
de local comercial o equipamiento.
En el
plano 3.9 se establece la clasificación del viario para los distintos niveles
de iluminación.
CATEGORÍA NIVEL COEFICIENTE POTENCIA
DE LA LUMINOSO UNIFORMIDAD INSTALADA
VÍA MÍNIMO MÍNIMO MÁXIMA
Primer orden 25
Lux - medio
0,65 3 w/m2
-
general 0,35
Segundo orden 20
Lux -
medio 0,55 2 w/m2
-
general 0,30
Tercer orden 16
Lux - medio
0,50 1,5 w/m2
- general 0,25
Parques
jardines y
paren 10 Lux - 1
w/m2
Los
centros de maniobra se procurará instalarlos junto a los C.T. o lo más cerca
posible de los mismos.
En el
citado plano 3.9 se ha grafiado el esquema de la red de alumbrado así como la
situación aproximada de las luminarias. En la distribución definitiva que se
realice en los proyectos, se tendrá en cuenta no situar una farola a menos de 5
metros de las esquinas, sin superar por ello las distancias máximas resultantes
del cálculo, en función de la intensidad y uniformidad previstas.
Las
redes deberán ser subterráneas; para la ejecución de las zanjas se tendrá en
cuenta las normas técnicas en vigor y las Ordenanzas Municipales al respecto.
En
los proyectos de urbanización se debe especificar de forma explícita, que no se
realizarán empalmes ni derivaciones subterráneas, ni siquiera en las arquetas,
utilizándose para este fin, solamente la base de las farolas.
Según
se establece en el punto 1.3.2.4 de las Normas Urbanísticas del Plan General,
el alumbrado a instalar deberá estar provisto de un dispositivo de reducción de
alumbrado (REDUCTOR DE FLUJO). El
reductor de flujo será del
tipo que emite máxima luminosidad cuando existe
tensión en el hilo de mando.
La
realización de la instalación deberá hacerse por empresa responsable y
legalmente autorizada y así se deberá justificar en el acta de replanteo.
Los
proyectos de urbanización deberán incluir la separata correspondiente donde se
contemplen las canalizaciones que sea necesario realizar para dotar de servicio
de telecomunicación por cable a todas las parcelas sin tendido aéreo alguno
sobre el dominio público, con informe favorable de adecuación a sus normas, al
menos, de uno de los operadores autorizados que existan en ese momento .
Antes
de redactar el proyecto de urbanización, se notificará a las empresas
autorizadas para el suministro de gas, por si alguna está interesada en la
instalación de conducciones subterráneas para el suministro a las viviendas,
aportándose, en caso afirmativo, como separata, el proyecto correspondiente.
Cualquier
otro servicio que se pretenda colocar, cuyas canalizaciones o líneas discurran
por el dominio público, deberán ser subterráneas y se estudiará su incidencia
en los planos de coordinación de servicios, para las distintas secciones de
calle.
De
acuerdo con lo establecido en el artículo 3 y 4 del anexo del Reglamento de
Planeamiento, dentro del sistema de espacios libres previsto en el presente
ámbito de ordenación, se ha especificado para cada una de las parcelas
señaladas como tal, el destino concreto, según la siguiente sub-clasificación:
Jardines; Áreas
peatonales, paseos y plazas.
En el
plano 3.1 de estructura urbana, se refleja el sistema de espacios libres del
ámbito de ordenación. En el plano 3.2 de Ordenación y en los cuadros nº 1 de
características, se especifica el destino concreto de cada una de las parcelas
calificadas como espacio libre.
1.-
DEFINICIÓN.- Se considerarán jardines aquellos espacios libres en los que la
superficie destinada a plantación de espacios vegetales, es superior al 60% de
la total, pudiendo destinarse al resto no ocupado por la jardinería a paseos y
zonas peatonales, ya sea pavimentadas o en tierra batida.
2.-
DISEÑO.- Se deberán tener en consideración la tipología y características del
entorno, forma y topografía del terreno, rasantes de los viales colindantes, etc.
Se tenderá a dar el máximo relieve y movimiento, resaltando la altura de los
parterres, mediante el volumen adecuado de las tierras, con una pendiente
mínima de los 10% cuando su destino sea la plantación de gramíneas o especies
tapizantes. Se tendrá en cuenta la legislación sobre supresión de barreras
arquitectónicas.
3.-
ESPECIES VEGETALES. Preferiblemente se proyectarán especies vegetales
autóctonas o aquéllas de probada adaptación a la zona, de acuerdo con las
normas del Servicio de Parques y Jardines.
4.-
INSTALACIONES.
* Alumbrado público.- Se proyectará la
instalación de alumbrado para la intensidad luminosa de 10 lux, con las
luminarias adecuadas de acuerdo con el entorno y el diseño adoptado así como
las ordenanzas municipales al respecto.
* Riego.- Se proyectará sistema de riego por
goteo para el arbolado y por aspersión en las praderas de gramíneas o especies
tapizantes, con su correspondiente sectorización y llaves de corte, con
funcionamiento automático mediante electroválvulas y programador. Como refuerzo
se proyectarán igualmente bocas de riego a razón de una por cada 400 m2.
Toda la instalación se centralizará en una arqueta de maniobra, con un seno
para instalación de un contador. Se deberán tener en cuenta las normas
municipales al respecto.
5.-
MOBILIARIO.- Se preverá la instalación de papeleras y bancos en los pasos y
zonas peatonales así como juegos infantiles, en proporción a las dimensiones,
de acuerdo con los criterios del servicio Municipal de Proyectos y Obras de
Urbanización.
1.-
DEFINICIÓN.- Son aquellos espacios libres donde la superficie con posibilidad
de tránsito u ocupación de las personas, es superior al 40% de la total,
debiendo estar esta superficie pavimentada, salvo la zona que se destine a
juego de niños.
2.-
DISEÑO.- Se deberán tener en consideración las características del entorno,
forma y topografía del terreno así como rasantes de los viales colindantes,
disponiéndose los espacios de tal manera que puedan cumplir con su función,
como zona de reunión y relación. Se tendrá en cuenta la legislación sobre
supresión de barreras arquitectónicas.
En
los paseos peatonales, cuya anchura sea igual o superior a 2 metros se deberá
disponer arbolado en alcorques, cada 10 metros. En las plazas, los parterres y
alcorques se dispondrán de forma que configuren espacios funcionales de acuerdo
con su uso, en una proporción mínima del 10% de su superficie total.
3.-
ESPECIES VEGETALES.- Al proyectar las especies para los parterres y alcorques,
se seguirá el mismo criterio que en los jardines.
4.-
INSTALACIONES.-
Riego.- Se proyectarán redes de riego por
goteo para los alcorques y difusores en los parterres. Las bocas de riego se
dispondrán estratégicamente para el baldeo, a razón de una boca por cada 500 m2.
Toda la instalación se centralizará en una arqueta de mando, con un seno para
contador. Se deberán tener en cuenta las normas municipales al respecto.
Alumbrado público.- Se proyectará la
instalación de alumbrado, para la intensidad luminosa de 15 lux., con
luminarias adecuadas de acuerdo con el entorno y el diseño adoptado, así como
las ordenanzas municipales al respecto.
5.-
MOBILIARIO.- Se preverá la colocación de papeleras, bancos y demás mobiliario
urbano, de acuerdo con el diseño y tamaño de los espacios, de acuerdo con los
criterios de los servicios municipales.
1.-
DEFINICIÓN.- Son aquellos espacios libres que por sus dimensiones y en
cumplimiento de los estandares correspondientes, se destinan a este uso
concreto, por lo que la mayor parte de su superficie se dispondrá de tal manera
que pueda dedicarse al recreo de los niños.
2.-
DISEÑO.- De acuerdo con las dimensiones y forma dispondrá una zona con
tratamiento de arena o gravilla, donde se instalen los juegos infantiles,
combinándose con parterres que permitan la plantación de arbolado que
proporcione la correspondiente sombra, en el lugar y orientación adecuada.
3.-
ESPECIES VEGETALES.-Se seguirá el mismo criterio que en los jardines.
4.-
INSTALACIONES.-
* Alumbrado público.- Se proyectará la
instalación de alumbrado para la intensidad luminosa de 10 lux, situándolos las
luminarias de tal forma que no moleste al desarrollo de la función. Se
proyectará la instalación de una fuente pública para niños.
5.-
MOBILIARIO.- Los juegos de niños a
instalar así como los bancos, estarán en proporción a las dimensiones y serán
de un material que garantice la seguridad de los mismos.
Teniendo
en cuenta el régimen de propiedad del suelo, se delimitan tres unidades de
ejecución, con el fin de facilitar la gestión del Sector.
A
efecto de justificar el equilibrio de beneficios y cargas entre las unidades de
ejecución y de valorar el aprovechamiento de cesión al Ayuntamiento, se realiza
la ponderación en unidades de valor homogéneo:
Dado
que las normas son similares a las del Plan General, se establecen coeficientes
igualmente similares a los utilizados por el Ayuntamiento para las
valoraciones, aprobados por la C.G. de 30.12.92, y que son los siguientes.
* Coeficiente de situación y de
calles.
Se establece que
este coeficiente es la unidad, ya que no existen elementos relevantes ni se
crean centros de actividad en la actuación que puedan suponer diferencias de
valor para las parcelas resultantes.
* Coeficientes de tipología.
Au3 1,70
* Coeficientes de uso.
- Uso
Equipamiento 0,50
NORMA USO SUPERFICIE COEF COEF COEF U.V.H.
EDIFICABLE TIP. USO POND.
Au3 RES 29.345,11 1,70
1 1,70 49.886,69
ST EQUI
40,00 1,00 0,5 0,50 20,00
------------ -------------
TOTALES 29.385,11 49.906,68
El
Sector se encuentra incluido en el segundo cuatrienio, por lo que el
aprovechamiento medio es de 0,2257
Para
establecer un valor de la unidad de aprovechamiento del sector, que sea
equiparable con los valores resultantes en otras zonas del término municipal,
se han empleado unos coeficientes de ponderación similares a los aprobados por
el Ayuntamiento, para los distintos usos y tipologías. Combinando este valor con el aprovechamiento
medio, obtendremos un resultado que refleja, unitariamente, la superficie construible, del uso y tipología
característico en el término municipal, por cada metro cuadrado de suelo del
ámbito de actuación, que vamos a llamarlo "aprovechamiento tipo
homogeneizado".
De
esta manera, el "aprovechamiento tipo homogeneizado" a considerar
será el aprovechamiento medio del 2º cuatrienio, homogeneizado con los
coeficientes de aplicación según usos y tipologías del presente Sector, que
será el siguiente:
Superficie del Sector 98.000,00 m/2.
Superficie
sistemas generales
adscritos
(no existen). .
--------------
SUPERFICIE TOTAL 98.000,00
M/2.
Unidades
valor homogéneo
Aprovechamiento "tipo" = --------------------------------
S. Sector
49.906,68
------------- = 0,5092
98.000,00
UNIDAD DE EJECUCIÓN Nº 1.-
Comprende
la mayor parte de terrenos del Sector situados al norte, siendo sus linderos
los siguientes: por el Norte, carretera comarcal E 40 y la UE nº 2; por el
Este, la UE nº 2, la carretera E 40 y el suelo urbano; por el Sur, la UE nº 3;
por el Oeste, el suelo no urbanizable,
La superficie es de 53.655 m2;
UNIDAD DE EJECUCIÓN Nº 2.-
Parte
de los terrenos situada al norte del Sector y cuyos linderos son: Norte;
carretera E 40: Sur y Oeste, UE nº 1; Este, carretera E 40; La superficie es de
7.746,00 m2
UNIDAD DE EJECUCIÓN Nº 3.-
Es
la parte del Sector situada al Sur, y cuyos límites son los siguientes: Norte, UE
nº 1; Sur, carretera del trasvase; Este, suelo urbano de La Aparecida y Oeste,
suelo no urbanizable. La superficie es de
36.601,00 m2
Las
unidades nº 1,2 y 3, son totalmente autónomas por sí mismas, dada la situación
de éstas respecto a los sistemas e infraestructuras generales.
U.E.
Nº 1
Nº manz. |
NORMA |
USO |
SUP. EDIF |
COEF. TIP. |
COEF. USO |
COEF. POND. |
U.V.H |
1 |
Au3 |
RES |
1.331,89 |
1,7 |
1,0 |
1,70 |
2.264,21 |
2 (parte) |
Au3 |
RES |
838,24 |
1,7 |
1,0 |
1,70 |
1.425,01 |
3 (parte) |
Au3 |
RES |
592,28 |
1,7 |
1,0 |
1,70 |
1.006,88 |
5 |
Au3 |
RES |
1.331,89 |
1,7 |
1,0 |
1,70 |
2.264,21 |
6 (parte) |
Au3 |
RES |
1.198,08 |
1,7 |
1,0 |
1,70 |
2.036,74 |
7 |
Au3 |
RES |
1.331,89 |
1,7 |
1,0 |
1,70 |
2.264,21 |
8 |
Au3 |
RES |
1.562,97 |
1,7 |
1,0 |
1,70 |
2.657,05 |
9 |
Au3 |
RES |
1.482,94 |
1,7 |
1,0 |
1,70 |
2.521,00 |
10.1 |
Au3 |
RES. |
1.621,27 |
1,7 |
1,0 |
1,70 |
2.756,16 |
10.2 |
ST |
EQU |
20,00 |
1 |
0,5 |
0,50 |
10,00 |
11 |
Au3 |
RES. |
2.042,09 |
1,7 |
1,0 |
1,70 |
3.471,55 |
12 |
Au3 |
RES. |
2.466,09 |
1,7 |
1,0 |
1,70 |
4.192,35 |
|
|
|
15.819,63 |
|
|
|
26.869,37 |
U.E.
Nº 2
Nº manz. |
NORMA |
USO |
SUP. EDIF |
COEF. TIP. |
COEF. USO |
COEF. POND. |
U.V.H |
2 (parte) |
Au3 |
RES. |
597,48 |
1,7 |
1,0 |
1,70 |
1.015,72 |
3 (parte) |
Au3 |
RES. |
843,44 |
1,7 |
1,0 |
1,70 |
1.433,85 |
4 |
Au3 |
RES. |
1.100,32 |
1,7 |
1,0 |
1,70 |
1.870,54 |
6 |
Au3 |
RES. |
310,96 |
1,7 |
1,0 |
1,70 |
528,63 |
|
|
|
2.852,20 |
|
|
|
4.848,74 |
U.E.
Nº 3
Nº manz. |
NORMA |
USO |
SUP. EDIF |
COEF. TIP. |
COEF. USO |
COEF. POND. |
U.V.H |
13 |
Au3 |
RES |
1.861,89 |
1,7 |
1,0 |
1,70 |
3.165,21 |
14 |
Au3 |
RES |
1.713,49 |
1,7 |
1,0 |
1,70 |
2.912,93 |
15 |
Au3 |
RES |
1.861,89 |
1,7 |
1,0 |
1,70 |
3.165,21 |
16 |
Au3 |
RES |
2.428,99 |
1,7 |
1,0 |
1,70 |
4.129,28 |
17 |
Au3 |
RES |
806,13 |
1,7 |
1,0 |
1,70 |
1.370,42 |
18.2 |
ST |
EQU |
20,00 |
1 |
0,5 |
0,50 |
10,00 |
19 |
Au3 |
RES |
1.099,22 |
1,7 |
1,0 |
1,70 |
1.868,67 |
20 |
Au3 |
RES |
921,67 |
1,7 |
1,0 |
1,70 |
1.566,84 |
|
|
|
10.713,28 |
|
|
|
18.188,56 |
Nº UE |
APROV. QUE CORRESPONDE |
APRV. RESULTANTE |
DIFERENCIA |
||
|
SUPERF. M |
APRV. TIPO |
APROV. U.V.H. |
|
|
1 |
53.655 |
0,5092 |
27.324,13 |
26.869,37 |
‑454,76 |
2 |
7.746 |
0,5092 |
3.944,26 |
4.848,74 |
904,48 |
3 |
36.601 |
0,5092 |
18.638,23 |
18.188,56 |
‑449,67 |
TOT. |
98.002,00 |
|
49.902,62 |
49.906,67 |
0,05 |
DIFERENCIA
PORCENTUAL
APROVECHTO. APROVECHTO. DIFERENCIA
"TIPO"
DE "TIPO"
DE LA U.E. %
LA
ACTUACIÓN
UE
nº 1 0,5092 0,5007 -
1,67
UE
nº 2 0,5092 0,6259 +
22,91
UE
Nº 3 0,5092 0,4969 -
2,42
Las unidades de
ejecución nº 1 y nº 3 están prácticamente equilibradas, existiendo un
desequilibrio a favor de la unidad de ejecución nº 2, por lo que vamos a
comprobar las diferencias respecto a los costes de urbanización.
1.6.4.3.- IMPORTE ESTIMADO PARA LAS OBRAS DE URBANIZACIÓN EN CADA UNIDAD DE
EJECUCIÓN Y EL QUE LE CORRESPONDERÍA EN FUNCIÓN DE SU APROVECHAMIENTO.
IMPORTE IMPORTE
QUE LE DIFERENCIA
ESTIMADO CORRESPONDE PESETAS
UE 1 87.611.000 94.611.657 + 7.000.657
UE 2 22.500.000 17.070.826 - 5.429.174
UE 3 65.619.500 64.045.739 - 1.573.661
Teniendo en cuenta
los criterios municipales de valoración del aprovechamiento urbanístico, podemos
expresar estas diferencias económicas en unidades de valor homogéneo.
Importe UVH para
la Aparecida, 11.554 pts.
UE nº 1.- - 7.000.657 / 11.554 = -
606 U.V.H.
UE nº 2.- + 5.429.174 / 11.554 = + 470 U.V.H.
UE nº 3.- + 1.573.661 / 11.554 = + 136 U.V.H.
Teniendo
en cuenta estos dos componentes, las diferencias reales entre el
aprovechamiento efectivo y el que le correspondería a cada una de las unidades
de ejecución, en función del aprovechamiento medio y su superficie, descontado el
aprovechamiento equivalente por las diferencias en la urbanización, son las
siguientes:
DIFERENCIA POR EL DIFERENCIA POR TOTAL % DIFERENCIA
APROVECHAMIENTO URBANIZACIÓN R/APRV.MEDIO
UE
nº 1 -
455 + 606 -
151 U.V.H. - 0,56
UE
nº 2.- + 904 -
470 + 434 U.V.H. + 9,00
UE
nº 3 -
449 + 136 -
313 U.V.H. -
1,72
Existe equilibrio
entre los beneficios y las cargas de las unidades de ejecución delimitadas. Las
diferencias entre el aprovechamiento de cada una de las unidades de ejecución y
el que le correspondería a los
propietarios, en función de su superficie y del aprovechamiento
"tipo", una vez descontado el aprovechamiento equivalente por las
diferencias en los costes de urbanización, es mínima en las unidades de
ejecución nº 1 y nº 2, y de un 9 % a favor de la unidad de actuación nº 2,
resultando por tanto inferior al 15 % que se establece como máximo en el
artículo 36.2 de R.G.U. En todo caso, la diferencia a favor de la UE nº 2 es
asumida por los propietarios de las UE nº 1 y nº 2, como promotores del
presente P.P.
El
aprovechamiento de cesión al Ayuntamiento de Cartagena será el 10% del aprovechamiento
tipo homogeneizado del sector, debiendo contribuir éste en esta proporción a
las cargas de urbanización:
10 % s/
49.906,67 = 4.990,6 U.V.H.
El
aprovechamiento medio del Sector la Aparecida es 0,2100, inferior por tanto al
aprovechamiento medio del suelo urbanizable programado. En consecuencia con lo
anterior y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 84.2 del TR del 76 de la
LS, esta diferencia se compensará mediante la reducción en las cargas de
urbanización o con cargo al aprovechamiento de cesión.
UNIDAD
DE EJECUCIÓN Nº 1
Nº MANZ. |
NORMA |
USO |
SUPERF. |
IND. EDI. |
SUP. EDIF. |
Nº MAX. VIV. |
USO RESIDENCIAL |
||||||
1 |
Au3 |
RES. |
2.513 |
0,53 |
1.331,89 |
11 |
2 (parte) |
Au3 |
RES. |
1.612 |
0,52 |
838,24 |
7 |
3 (parte) |
Au3 |
RES. |
1.139 |
0,52 |
592,28 |
5 |
5 |
Au3 |
RES. |
2.513 |
0,53 |
1.331,89 |
11 |
6 (parte) |
Au3 |
RES. |
2.304 |
0,52 |
1.198,08 |
10 |
7 |
Au3 |
RES. |
2.513 |
0,53 |
1.331,89 |
11 |
8 |
Au3 |
RES. |
2.949 |
0,53 |
1.562,97 |
13 |
9 |
Au3 |
RES. |
2.798 |
0,53 |
1.482,94 |
12 |
10.1 |
Au3 |
RES. |
3.059 |
0,53 |
1.621,27 |
14 |
11 |
Au3 |
RES. |
3.853 |
0,53 |
2.042,09 |
17 |
12 |
Au3 |
RES. |
4.653 |
0,53 |
2.466,09 |
21 |
TOTAL |
29.906,00 |
|
15.799,63 |
132 |
||
EQUIPAMIENTOS Y ESPACIOS LIBRES |
||||||
10.2 |
ES |
EQUI. |
826 |
|
|
|
10.3 |
ST |
EQUI. |
28,00 |
|
20,00 |
|
|
EL-1 |
JAR |
7.308 |
|
|
|
VIALES Y APARC. |
15.587 |
|
|
|||
TOTAL
UE 1 |
53.655 |
|
15.819,63 |
132 |
UNIDAD
DE EJECUCIÓN Nº 2
Nº MANZ. |
NORMA |
USO |
SUPERF. m2 |
IND. EDI. |
SUP. EDIF. |
Nº MAX VIV |
USO RESIDENCIAL |
||||||
2 (parte) |
Au3 |
RES. |
1.149 |
0,52 |
597,48 |
5 |
3 (parte) |
Au3 |
RES. |
1.622 |
0,52 |
843,44 |
7 |
4 |
Au3 |
RES. |
2.116 |
0,52 |
1.100,32 |
9 |
6 (parte) |
Au3 |
RES. |
598 |
0,52 |
310,96 |
2 |
TOTAL |
5.485 |
|
2.852,20 |
22 |
||
VIALES Y
APARC. |
2.261 |
|
|
|||
TOTAL UE 2 |
7.746 |
|
2.852,20 |
23 |
UNIDAD
DE EJECUCIÓN Nº 3
Nº MANZ. |
NORMA |
USO |
SUPERF. |
IND. EDI. |
SUP. EDIF. |
Nº MAX VIV |
USO RESIDENCIAL |
||||||
13 |
Au3 |
RES. |
3.513 |
0,53 |
1.861,89 |
16 |
14 |
Au3 |
RES. |
3.233 |
0,53 |
1.713,49 |
14 |
15 |
Au3 |
RES. |
3.513 |
0,53 |
1.861,89 |
16 |
16 |
Au3 |
RES. |
4.583 |
0,53 |
2.428,99 |
20 |
17 |
Au3 |
RES. |
1.521 |
0,53 |
806,13 |
7 |
19 |
Au3 |
RES. |
2.074 |
0,53 |
1.099,22 |
9 |
20 |
Au3 |
RES. |
1.739 |
0,53 |
921,67 |
8 |
TOTAL |
20.176,00 |
|
10.693,28 |
90 |
||
EQUIPAMIENTOS Y ESPACIOS LIBRES |
||||||
2 |
EL |
AJ |
688 |
|
|
|
3 |
EL |
JAR |
1.429 |
|
|
|
4 |
EL |
AJ |
510 |
|
|
|
18.1 |
EE |
EQUI. |
2.636 |
|
|
|
18.2 |
ST |
EQU. |
28 |
|
20 |
|
VIALES Y
APARC. |
11.003 |
|
|
|||
TOTAL UE 2 |
36.601 |
|
10.703,98 |
90 |
SECTOR.- U E 1 U
E 2 U E 3 TOTAL
Parcelas
Residenciales 29.906 5.485 20.176 55.567 m2
Servicios
Técnicos 28 28 56
m2
Equipamientos
públicos 826
2.636 3.462
m2
Espacios
libres
7.308 2.627 9.935 m2
Viario
y
aparcamientos 15.587 2.261 11.134 28.980 m2
TOTAL
SECTOR 98.000
m2
S.
edificable
residencial 15.799,63 2.852,20 10.693,29 29.345.12
m2
S.
edificable ST 28 20 40
m2
Nº
Máximo de viviendas 132 23 90 245 v
MAGNITUDES
DEL PLAN GENERAL
* Superficie del Sector 98.000
m2
* Sistemas
generales adscritos
No
existen, dado que el sector
tiene
defecto de aprovechamiento
* Índice de
edificabilidad bruta 0,30
* Superficie
edificable máxima 29.400 m2
MAGNITUDES
DEL PLAN PARCIAL
*
PRIVADO LUCRATIVO
SUPERFICIE EDIFICABILIDAD
P.
RESULTANTES COMPUTABLE
Parcelas
residenciales 55.567,00 29.343,11
Parcelas
ST 56,00 40,00
*
PUBLICO; DEMANIAL Y PATRIMONIAL
Parcelas
equipamientos 3.462,00
Espacios
libres 9.935,00
Viales
aparcamientos 28.980,00
------------- --------------
98.000,00 29.383,11
- Espacios libres: 10 % s/Sup. Sector
10 % 98.000 = 9.800,00
m2
- Equipamiento escolar:
10 m2
por vivienda = 2.450
m2
- Equipamiento de interés público
y social:
2 m2.
edificable por vivienda.-
2 X
245 = 490 m2 de techo
Edificabilidad
equipamiento social, 0,6 m2/m2
Según
lo anterior, la superficie necesaria de parcela será
490/0,6
= 816
m2
- Aparcamientos: 1 x cada
vivienda
245 x 1 = 245
ap.
(5
de estos, para minusválidos)
El 2 % de estos aparcamientos
tendrán unas dimensiones mínimas de 3,3 x 4,5 m. para los usuarios
minusválidos, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 7 del R.P.
manzana
nº superficie
parcela
m2
*
Espacios libres 1 EL
3.308,00
2 EL 688,00
3 EL
1.429,00
4 EL 510,00
Total 9.935,00
*
I. P. y Social
10
ES 826,00
Total 826,00
*
Escolar
18
EE 2.636,00
Total 2.636,00
*
Aparcamientos
- Por cada vivienda,
dentro de la parcela: 245
ap
- En superficie:
junto
parcelas ES, EE y EL 4 54
ap
anejos a
la red viaria 50
ap
Total 349
ap
( 7 de estos aparcamientos serán,
de 3,3 x 4,5 m., adaptados para minusválidos)
SEGÚN SEGÚN
P.P. R.P.
(SUELO) (SUELO)
* Espacios libres 9.935,00
m2 9.800,00
m2
* Social 826,00 m2 816,00 m2
(496
m2 edif.) (490 m2 edif.)
* Escolar 2.636,00
m2 2.450,00
m2
(UNIDADES) (UNIDADES)
* Aparcamientos 349 245
(7
para minusválidos) (5
para minusválidos)
Las reservas de
suelo que se realizan en el presente Plan Parcial para espacios libres y
equipamientos, cumplen con lo establecido en el Anexo del Reglamento de
Planeamiento para el tipo de unidad residencial de que se trata.
El
Plan General Municipal de Ordenación de Cartagena, aprobado definitivamente el
9 de abril de 1987, califica los terrenos comprendidos al oeste del poblado de
La Aparecida como suelo urbanizable programado, delimitando en los mismos el
Sector denominado "La Aparecida"
El
citado Sector, de acuerdo con el Programa de Actuación del Plan General, se
encuentra incluido en el segundo cuatrienio, por lo que resulta procedente la
redacción de planeamiento de desarrollo, en cumplimiento de dicho Programa,
para incorporar el suelo al proceso de desarrollo urbanístico, con el fin de
promover la construcción de viviendas unifamiliares, dado que es la tipología
mas demandada en la actualidad por el mercado y de la que hay escasez en el
entorno de la ciudad.
En el
apartado 1.2.8.2 de la memoria, figura la relación de los propietarios del
suelo incluido dentro del Sector y de los sistemas generales adscritos al mismo,
en cada una de las unidades de ejecución, , a efecto de notificación.
Las
obras de urbanización se realizarán por
los propietarios del suelo, los cuales contratarán a las empresas necesarias
para llevar a cabo las mismas.
El
sistema de actuación para las unidades de ejecución nº 1 y nº 3, será el de COMPENSACIÓN.
El
sistema de gestión para la unidad de ejecución nº 2 será el de COOPERACIÓN.
Los
promotores, constituidos en Entidad Colaboradora, tal como determina el
Reglamento de Gestión, a partir de la aprobación definitiva del Plan Parcial,
ejecutarán las obras de urbanización.
En el
Proyecto de Compensación, se cederán al Ayuntamiento los terrenos destinados a
viales, espacios libres y equipamientos públicos y se le adjudicarán las
parcelas con el aprovechamiento que le corresponde, equivalente al 10 % del
aprovechamiento tipo de área, para el patrimonio municipal del suelo.
Los
promotores responderán de la conservación de las obras de urbanización, durante
la ejecución y hasta la recepción definitiva de las mismas.
Las
obras se entregarán al Ayuntamiento una vez finalizadas cada una de las etapas,
el cual las recibirá provisionalmente, estableciéndose un período de garantía
de tres años,
Los
promotores se comprometen a explicitar el régimen urbanístico que corresponda a
cada una de las parcelas, así como el compromiso de contribuir a los gastos de
urbanización, en todo documento de transmisión de dominio que se realice.
Para
garantizar el cumplimiento de los compromisos anteriores, los promotores
presentarán un aval por el 8 % del
importe estimado para las obras de urbanización, que será devuelto una vez cumplimentados
los deberes urbanísticos básicos por los promotores y recibidas definitivamente
las obras de urbanización.
Los
Promotores son dueños de la mayor parte de los terrenos incluidos dentro del
Sector, lo que les permite hacer frente a las inversiones necesarias para
llevar a cabo el desarrollo de la actuación, según se desprende de Estudio de
Viabilidad que se acompaña.
De
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 de la Orden del Consejero de
Política Territorial de la Región de Murcia de 15 de octubre de 1991, y en el
artículo 8 de la Ley Regional 5/95 sobre "Condiciones de Habitabilidad en
Edificios de Viviendas y Promoción de la Accesibilidad General", en las
normas Urbanísticas del presente Plan Parcial se establecen las determinaciones
que garantizan la evitación y supresión de las barreras exteriores.
- Los proyectos de urbanización deberán de
justificar el cumplimiento de las determinaciones que, sobre esta materia, se
establece en la normativa citada anteriormente. De conformidad con la dispuesto
en el Disposición Transitoria Segunda del Decreto 36/1987, dichos proyectos
incluirán constancia expresa en la Memoria del cumplimiento de la Orden y
Decreto que la desarrolla, representando gráficamente las soluciones adoptadas,
en planos a escala y acotados.
- En cumplimiento de lo preceptuado en el
artículo 9 de la Ley 5/95, la anchura mínima de los itinerarios peatonales
exteriores, como aceras u otros, se han
proyectado iguales o superiores a 1,50 m. No se consideran itinerarios
peatonales la parte de los viales que es colindante con los límites del Sector,
como ocurre con el perímetro que separa del suelo no urbanizable.
La anchura mínima de las calzadas en las
calles de una sola dirección es superior a 4 m. y en las de dos direcciones, de
7 m.
- En los proyectos de urbanización se tendrá
en cuenta las condiciones que respecto al mobiliario urbano se especifican en
el artículo 10 de la citada ley
Regional, tanto en lo que se refiere a los elementos verticales de señalización
e iluminación como al amueblamiento urbano.
Las especificaciones técnicas de diseño y
ubicación del mobiliario urbano serán las que reglamentariamente se establezca,
debiendo ser ubicados de tal manera que permita un espacio libre de circulación
para viandantes, con una anchura mínima de 1,20 m. y una altura máxima de 1,75
m.
-
Todo
tipo de obras o elemento provisional que implique peligro, obstáculo o
limitación de recorrido, deberá quedar señalizado y protegido. Todo recorrido o
acceso que, provisionalmente quede obstaculizado o anulado, deberá ser
sustituido por otro alternativo de características tales que permitan el uso de
personas con movilidad reducida.