Plan
Parcial Sector Central Campo de La Rosa
1.1.1.- JUSTIFICACIÓN DE LA PROCEDENCIA DE SU FORMULACIÓN
1.1.2.- ALCANCE DE LA ACTUACIÓN
1.2.1.- SITUACION GEOGRÁFICA Y DELIMITACIÓN
1.2.2.- CONEXIÓN CON EL EXTERIOR
1.2.3.- CARACTERÍSTICAS DEL TERRENO
1.2.3.6.- ECOLOGÍA Y VEGETACION
1.2.4.- CLIMATOLOGÍA DE LA ZONA
1.2.5.- ESTADO ACTUAL DE LA ZONA
1.2.6.- INFRAESTRUCTURAS EXISTENTES
1.2.7.- PLANEAMIENTO DE RANGO SUPERIOR
1.2.7.1.- SITUACION URBANÍSTICA
1.2.8.- ESTRUCTURA DE LA PROPIEDAD
1.3.- OBJETIVOS Y CRITERIOS DE ORDENACIÓN
1.3.2.- CRITERIOS DE LA ORDENACIÓN
1.3.3.- JUSTIFICACIÓN DE LA SOLUCIÓN ADOPTADA
1.4.- ANÁLISIS DE LA ORDENACION
1.4.1.- PROGRAMA GENERAL DEL SECTOR
1.4.2.- CONDICIONANTES ESPECÍFICOS
1.4.3.- MODELO DE DISEÑO ADOPTADO
1.4.3.1.- DISTRIBUCIÓN ZONAL Y TIPOLÓGICA
1.4.4.- REPRESENTACION DOCUMENTAL
1.5.- INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS
1.5.1.1.- CONEXIÓN CON EL EXTERIOR
1.5.1.3.- BASES GENÉRICAS DE CALCULO
1.5.2.1.- CONEXIÓN CON EL EXTERIOR
1.5.2.2.- DESCRIPCIÓN RED INTERIOR
1.5.2.3.- BASES GENÉRICAS DE CALCULO
1.5.3.1.- CONEXIÓN CON EL EXTERIOR
1.5.3.2.- DESCRIPCIÓN RED INTERIOR
1.5.3.3.- BASES GENÉRICAS DE CÁLCULO
1.5.3.4.- CAUDALES TOTALES A PREVER
1.5.4.- RED DE ENERGÍA ELÉCTRICA
1.5.4.1.- CONEXIONES CON LAS REDES GENERALES
1.5.4.2.- REDES DE MEDIA TENSIÓN
1.5.4.3.- CENTROS DE TRANSFORMACIÓN
1.5.4.4.- REDES DE BAJA TENSIÓN
1.5.4.5.- BASES GENÉRICAS DE CÁLCULO
1.5.5.1.- CLASIFICACIÓN DEL VIARIO
1.5.5.2.- NIVELES DE ILUMINACIÓN
1.5.5.3.- SITUACIÓN CENTROS DE MANIOBRA
1.5.5.4.- CARACTERÍSTICAS DE LAS REDES
1.5.6.- RED DE TELEFONÍA Y OTROS SERVICIOS
1.5.7.1.-CONDICIONES PARA LOS PROYECTOS DE
URBANIZACIÓN
1.5.7.3.- ÁREAS DE JUEGOS DE NIÑOS
1.5.7.4.- AREAS PEATONALES, PASEOS Y PLAZAS
1.6.- UNIDAD DE EJECUCIÓN; APROVECHAMIENTO.
1.6.1.- PONDERACIÓN EN UNIDADES DE VALOR HOMOGÉNEO
1.6.1.1.- COEFICIENTES Y CRITERIOS DE
VALORACION
1.6.1.2.- UNIDADES DE VALOR HOMOGÉNEO
1.6.1.3.- APROVECHAMIENTO TIPO DEL
AMBITO; SECTOR CAMPO DE LA ROSA Y
S.G. ADSCRITOS.
1.6.2.-APROVECHAMIENTO QUE
CORRESPONDE A LOS PROPIETARIOS DE SUELO.
1.6.3.- APROVECHAMIENTO DE CESIÓN AL AYUNTAMIENTO DE CARTAGENA
1.7.- SÍNTESIS Y CUADROS DE CARACTERÍSTICAS
1.7.1.- CUADRO RESUMEN DE LA
ACTUACIÓN.
1.7.2.- RESUMEN DE LAS CARACTERISTICAS DE LA ACTUACIÓN
1.7.3.- JUSTIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LOS ESTANDARES DEL ANEXO DEL
REGLAMENTO DE PLANEAMIENTO.
1.7.3.1.- SUPERFICIES SEGÚN R.P.
1.7.3.2.- SUPERFICIES SEGUN P.P.
1.8.1.- JUSTIFICACIÓN DE LA CONVENIENCIA Y NECESIDAD DE SU
URBANIZACIÓN
1.8.2.- RELACIÓN DE PROPIETARIOS
El
Plan General Municipal de Ordenación de Cartagena, aprobado definitivamente el
9 de abril de 1987, califica los terrenos comprendidos entre las calles Doctor
Barraquer y Pedro Díaz como suelo urbanizable programado, delimitando en los
mismos el Sector denominado "Campo de La Rosa"
El
citado Sector se encuentra incluido en el segundo cuatrienio, el cual terminó
en el año 1995; no obstante, no ha habido hasta el momento ningún tipo de
iniciativa por parte municipal, ni de ninguno de los propietarios del suelo,
para la redacción del planeamiento que desarrolle la ordenación del mismo.
Las
parcelas colindantes pertenecientes a la Unidad de Actuación 2 CS que se
desarrolló en los terrenos de la antigua fábrica de Acevesa, así como las
situadas al Sur, resto del P.P. Urbincasa están prácticamente construidas, no existiendo otro suelo en la
zona para la construcción de viviendas que el del citado Sector Campo de La
Rosa.
Aparte
de la falta de iniciativa municipal al respecto, la existencia de varios propietarios
dentro de la delimitación del sector, ha sido quizá una dificultad para la
iniciativa privada, ya que, de acuerdo con lo establecido en la legislación
urbanística, el Sector debe ordenarse mediante un único Plan Parcial.
Por
este motivo y para poner fin a esta situación, perjudicial para los intereses
de la Ciudad, así como para los intereses de los propietarios del suelo, una
parte de los mismos ha decidido encargar la redacción del Plan Parcial y su
presentación al Ayuntamiento de Cartagena, para su tramitación y aprobación.
El
conjunto de los terrenos que abarca el "Sector Campo de La Rosa" y
los sistemas generales adscritos al mismo, ocupa una extensión aproximada de
75.500 m2 y cuya delimitación gráfica aparece en el plano 2.2.
Para
la redacción del Plan Parcial, se han tenido en cuenta las determinaciones del
Plan General Municipal de Ordenación, que vienen reflejadas en las normas
urbanísticas del mismo y que califica los terrenos como suelo urbanizable
programado, con uso característico residencial intensivo.
La
situación geográfica de los terrenos objeto del presente Plan Parcial, según viene
reflejado en el plano Nº 1 de los de información, se enclava en la zona central
del casco urbano de Cartagena, siendo su posición geográfica, con relación al
meridiano de Greewich, la siguiente:
Longitud
oeste 0º 59' 20''
Latitud
norte 37º 39' 45''
Lindan
por el Norte, con la calle Pedro Díaz, perteneciente a la Barriada Cuatro
Santos; por el Sur, con la calle Dr. Barraquer; por el Este, con las unidades
de actuación Nº 1 y Nº 2 del Barrio Peral Sur y por el Oeste, con unidad de
actuación 2 CS y bloques de viviendas que dan fachada a la calle Francisco
Salzillo y la calle Ramón y Cajal.
Dentro
de los límites descritos anteriormente, se encuentra incluido el espacio libre
de sistema general que el Plan General denomina "espacio libre del Campo
de la Rosa" el cual viene identificado en los planos de clasificación de
suelo con el Nº 8.1, y forma parte de los sistemas generales adscritos al
segundo cuatrienio. El sector tiene por tanto una forma irregular, ya que rodea
por los vientos Norte, Este y Oeste, al citado espacio libre.
Además
de las calles Pedro Díaz y Dr. Barraquer con las que son colindantes, los
terrenos incluidos dentro del sector están situados en el centro del casco
urbano de la ciudad de Cartagena interrumpiendo en la actualidad el trazado de
las calles Carmen Conde, Burgos y Juan Fernández.
El
terreno no presenta relieves accidentados notables, siendo una ladera suave con
declive hacia el Sudoeste. La altimetría va desde la cota 16.1, en la parte mas
alta de la calle Pedro Díaz, hasta la cota 10, en la zona más baja de la calle
Dr. Barraquer.
Según
el mapa geológico de la zona, todo el área está formada por materiales
terciarios (mioceno-messiniense), del tipo margas y areniscas. Estas rocas son
sedimentarias y constituidas por una serie detrítica. Las margas son
arcillosas, amarillentas, y las areniscas, calcáreas.
Esta
zona se halla en un área tectónicamente activa, marcada por distintas fracturas
que determinan bloques que juegan un papel independiente.
La
línea sismo tectónica más notable de la zona es la falla Cerro Roldán (al oeste
de Cartagena - La Unión - Isla del Ciervo, en el Mar Menor), coincidente con la
orientación del sistema Bético. Esta fractura, junto con la falla
Murcia-Cartagena determinan uno de los bloques anteriormente citado.
No
obstante lo indicado, la norma sismo-resistente en vigor, aprobada por el Real
Decreto 2543/1994 de 24 de diciembre, dentro del "mapa de peligrosidad
sísmica del territorio nacional",
asigna a Cartagena un coeficiente de aceleración sísmica básica ab/G
de 0,05.
Por
la profundidad de los pozos de la zona, se determina el nivel freático
existente, el cual está alrededor de los 5 ó 12 m. Las aguas tienen un grado de
dureza alta, lo que no las hace aptas para el consumo.
La
presencia de este nivel freático no debe tener repercusión, desde el punto de
vista geotécnico, en los proyectos constructivos si bien, por su grado de
dureza, habrán de tomarse las precauciones adecuadas para que no afecten a los
hormigones y no podrá emplearse para la fabricación de los mismos.
Superficialmente y dado el tipo
de terreno, formado básicamente por margas calizas, se puede considerar esta
capa como de características geotécnicas moderadas, que no admite cimentaciones
con cargas elevadas, pero sí las de los edificios de poca altura. Las
edificaciones existentes en la zona se han realizado con zapatas o
cimentaciones especiales, tipo pilote, según la tipología o altura.
La
zona objeto de este Plan Parcial, no tiene ningún rasgo ni detalle ecológico
del que haya de hacerse mención.
No
existen masas arbóreas y los cultivos que tradicionalmente existieron en la
zona están totalmente abandonados. La zona noreste incluso ha sido rellenada
con las tierras procedentes de las excavaciones para los edificios colindantes.
Los
datos climáticos característicos del presente Plan Parcial corresponden a los
de la ciudad de Cartagena.
Los que se aportan a continuación, corresponden a
las estaciones meteorológicas de Cartagena - Puerto y El Algar, por ser las
estaciones más próximas que presentan datos termo-pluviométricos.
La
temperatura media anual en el período 1982-1992, se sitúa alrededor de los 18ºC.
Las medias mensuales, muestran un máximo en los meses de Julio y Agosto, que
oscila entre los 25,5ºC y los 26ºC, y un mínimo en Enero y Febrero, con
temperaturas comprendidas entre 11 y 12ºC. Según estos máximos y mínimos en los
valores medios, puede admitirse una oscilación térmica anual alrededor de los
15ºC.
Las
temperaturas medias de las máximas, se sitúan entorno a los 22,5ºC. Las medias
de las mínimas están comprendidas entre 13ºC, registrándose los valores
inferiores en los meses de Diciembre, Enero y Febrero, con temperaturas medias
que no bajan de los 10 ºC.
En
cuanto a las máximas absolutas, en El Algar se han registrado temperaturas de
hasta 44ºC en el mes de Julio. Sin embargo, en el litoral, (Cartagena) la
máxima absoluta registrada es de 40ºC, y en general no sobrepasa los 38ºC. Las
estaciones registran mínimas absolutas que muy esporádicamente se sitúan por
debajo de los 0ºC. Las heladas son, por tanto, prácticamente inexistentes.
La
NBE - CT 79 "Condiciones Térmicas en los edificios", de obligado
cumplimiento a partir de su entrada en vigor el 22/01/1.960, sitúa a los
terrenos objeto del presente Plan Parcial en la zona W.
El
rasgo climático más característico de la zona, al igual que todo el S.E.
peninsular, es la irregularidad de las precipitaciones. Las medias anuales
oscilan entre los 293 mm. registrados en El Algar y los 325 mm. de Cartagena.
En
los datos de las precipitaciones, que ponen de manifiesto la extrema sequía
estival, ninguno de los observatorios considerados presentan un mes de verano
con precipitaciones superiores a los 9 mm. El mes más seco es Julio, con
valores ínfimos que no superan los 9 mm. El
volumen de la lluvia asciende bruscamente en Octubre, siendo esta época la de
mayor intensidad. El máximo secundario se presenta entre Enero y Abril,
mientras que en Febrero y Noviembre la gráfica muestra un brusco descenso,
aunque no tan acusado como el estival. De acuerdo con los valores del Castillo
de Galeras, se puede establecer la
siguiente serie cronológica:
AÑO DIAS DE LLUVIA DIAS DE TORMENTA
GRANIZO
1970 73 9 1
1971 91 16
2
1972 97
18
3
1973 63 6 3
1974 74 11 3
1975 66 12 3
1976 74 11 2
1977 72
9 1
1978 71
5 -
1979 76
7 -
1980 69
12 1
Según
las normas Técnicas de Diseño y Calidad de viviendas de protección oficial, los
terrenos afectados por la presente adaptación del P.P. están incluidos en la
zona pluviométrica "Z".
Ante
la ausencia de otra regulación normativa subsidiariamente se considerará en los
cálculos de las secciones de limahoyas, canalones, cazoletas, recogida de aguas
y secciones de tuberías de desagües de pluviales, una intensidad de lluvia de
I= 5 mm/h.
Los
valores de la humedad relativa, sitúan sus máximos y mínimos anuales de valores
comprendidos en el intervalo 90% - 50%, respectivamente.
El
Sector está alejado de las cuencas existentes en la ciudad de Cartagena y por
su altitud y pendiente no presenta ningún problema de inundación.
Para
el análisis de los vientos dominantes en Cartagena, tomamos datos del faro de
la Marina (Castillo de Galeras), situado a 219 m. de altitud en el borde
occidental del puerto, que proporcionan como vientos con notable frecuencia,
los de máxima frecuencia en primavera y dominantes en otoño. El viento más
frecuente es de componente sudoeste con un 39,7% anual.
El
"Lebeche" de componente Sudeste, es cálido y seco por proceder del
Sahara y lleva en suspensión gran cantidad de partículas sólidas, sopla preferentemente
en los meses de primavera y principios de verano. Este viento influye
negativamente en la vegetación por elevar la aridez, caldear la atmósfera y
provocar un aumento de la transpiración, con lo que las plantas se agostan
prematuramente.
Ahora
bien, desde el punto de vista de la contaminación atmosférica, tan ligada a la
dirección y fuerza del viento, cabe resaltar la importancia de vientos de
componente E "Levante", dada la situación oriental de la industria
contaminante respecto de la ciudad. Entre estos vientos, el más frecuente es el
de componente NE, con un 28,2% anual y principal repercusión en verano, por lo
que la contaminación llega por lo general solo parcialmente a esta zona
céntrica de la Ciudad, dado que cuando los vientos son suaves, son atraídos por
la bocana del puerto.
Es
este el principal elemento del clima y el más decisivo y condicionante del
Urbanismo por ser, así mismo, el factor más condicionante de la temperatura del
aire. Esta varía siguiendo una curva semejante a las de horas-sol, pero
retrasándose sus máximos y mínimos poco más de un mes, debido a la inercia
térmica de la tierra que tarda más en enfriarse y volverse a calentar, que la
atmósfera que la envuelve. Es decir los días más fríos y más calientes no
corresponderán con los solsticios de invierno y verano (21 de Diciembre y 21 de
Junio) sino un mes más tarde (21 de Enero y 21 de Julio). Estas fechas
precisamente serán las que sirvan para los cálculos de los días de mayor o
menor temperatura anual.
Conviene
recordar que las temperaturas disminuyen 0,55 grados por cada 100 metros de
elevación, aunque esto es una cuestión sin trascendencia en el presente caso,
ya que la altitud topográfica de la zona es similar a la de la estación donde se
ha registrado os datos.
El
estudio del asoleo lo basaremos en la concreción del número de horas de sol y
en el estudio geométrico del movimiento del sol respecto de Latitud 37º 39'
Norte al objeto de poder determinar y representar en todo momento la posición
del sol con respecto a cualquier edificación emplazada en su entorno, toda vez
que los aspectos concernientes al espectro solar y a la energía solar son
generalizables a cualquier emplazamiento de la zona mediterránea y entrar en
ellos específicamente, escapa del contenido del presente apartado.
Podemos
aproximar las medidas de soleamiento en los distintos meses del año, basadas en
las mediciones proporcionadas por el Instituto Meteorológico Nacional,
obteniendo los siguientes valores:
ENERO 5 h.
9 JULIO 10 h. 26
FEBRERO 6 h. 16 AGOSTO 11 h. 2
MARZO
6 h. 56 SEPTIEMBRE 7
h. 46
ABRIL 7 h. 15 OCTUBRE 6 h. 3
MAYO
8 h. 35 NOVIEMBRE 6 h. 42
JUNIO
10 h. 37 DICIEMBRE 5 h. 35
Por
cuanto normalmente los rayos de sol no encuentran siempre el camino abierto
hacia la tierra, sino que existen una serie de obstáculos (nubes, calima.
nieblas, etc.) que junto con las obstrucciones solares (edificios, montañas)
reducen considerablemente las horas
de sol para cualquier punto.
Este
tipo de soleamiento, el teórico menos el obstruido, es lo que constituye el
SOLEAMIENTO EFECTIVO, es decir que por cada hora de sol teórica solo habrá un
determinado porcentaje de efectiva.
Para
la latitud 37º 45' puede suponerse por término medio de asoleo efectivo el 60%
del asoleo teórico.
La
información concerniente al estudio geométrico del movimiento del sol se concreta
en las CARTAS SOLARES DE FISHER que nos
permiten determinar la posición (acimut y altura solar) en cualquier momento
dada la latitud del lugar (37º 39') y la declinación del día que estudiamos.
Se
basa en la proyección diédrica del sol sobre el plano meridiano de dicho lugar
y otro perpendicular a él (se han tomado como planos de proyección de la esfera
celeste, el de horizonte y el plano meridiano del lugar).
La
carta cilíndrica basada en la proyección de los recorridos solares sobre cilindros
de proyección con sus generatrices perpendiculares al plano del horizonte y
tangente a la esfera celeste, lo que unido a la representación diédrica de los
caminos solares (carta de FISHER), conduce a que la intersección de la esfera y
del cilindro con el plano horizontal sean la misma. Una vez desarrollado el
cilindro obtenemos las trayectorias aparentes solares dibujadas en el plano.
Con
la explicación de lo anterior se deberá realizar el cálculo gráfico para la
separación de bloques, unido al reloj de sol para esta latitud que permita
conocer las posibles interceptaciones solares, evitando sus molestas
consecuencias y permitiendo que sea realidad el contenido de la carta de Atenas
Nº 26 e su aspecto de asoleo.
"Debe exigirse a los constructores el plano demostrativo de la
penetración del sol en cada vivienda, durante dos horas como mínimo en el
solsticio de invierno. Introducir el sol es el nuevo y más imperioso deber del
arquitecto".
En
cualquier caso, toda la información contenida en este apartado tiene carácter
no vinculante y orientativo para el autor del proyecto de edificación, aunque
sí recomendable.
Los
especialistas en climatología se refieren al "clima árido del
sudeste" al definir las condiciones climatológicas de la región, cuyo
rasgo definitivo es la escasa precipitación lluviosa, la más baja de la
península y, probablemente, de la Europa Mediterránea. Las lluvias anuales son
siempre inferiores a 340 mm. (Cartagena 331 mm.), lo que unido a las altas
temperaturas, dan como resultado la aridez dominante en el sudeste español. En
todo caso, en las diferentes clasificaciones existentes, la denominación común
aplicada es el clima árido.
La
escasa oscilación térmica media, con veranos cálidos y largos, acompañados de
largas sequías, inviernos cortos y suaves, otoños de agradables temperaturas y
primaveras de corta duración, son las características más acusadas. Estas
situaciones son debidas al obstáculo natural representado por la Meseta y las
cadenas montañosas que limitan la región, frente a las borrascosas atlánticas,
portadoras de lluvia y al alejamiento de las depresiones del Norte del
Mediterráneo, golfo de Lyón o Génova que afecta a parte del Levante Español.
Por lo que se refiere a las borrascas sudatlánticas, que penetran por el
Estrecho de Gibraltar y giran a noroeste, el área queda a sotavento y defendida
por las montañas y quedando únicamente afectada por el sector occidental de
dichas borrascas, donde el ascenso del aire es menor y por lo tanto la lluvia.
No
existe ningún uso permanente a considerar en la mayor parte de los terrenos del
presente P.P. y de los espacios libres de sistema general a adscribir al mismo.
Solo
en la parte sur y tal como se refleja en el plano 2.4, hay una cerca con un
pequeño huerto y una vivienda habitada.
Las
edificaciones que aparecen al Noroeste, junto a la calle Pedro Díaz, están
abandonadas y en ruina la mayor parte.
En
el citado plano 2.4, se reflejan las edificaciones existentes dentro del ámbito
a ordenar, las cuales, por las características de ordenación que el Plan
General prevé para el mismo, deberán de ser demolidas
No
existe ninguna afección importante a considerar en la zona de actuación, salvo
las líneas eléctricas que deberán ser canalizadas subterráneamente, junto con
las de suministro al P.P.
En
el plano Nº 2.5 de información, vienen reflejadas las redes de agua, de
saneamiento y de electricidad existentes en la zona de actuación, las cuales
son las siguientes:
Red de
agua
Red de
saneamiento
Redes de
media
El
Plan General Municipal de Ordenación de Cartagena, aprobado por Resolución del
Consejo de Gobierno de La Comunidad Autónoma de Murcia de 9 de abril de 1987,
clasifica los terrenos objeto del presente Plan Parcial, como Suelo Urbanizable
Programado, Sector Campo de La Rosa, incluido en el segundo cuatrienio del
Programa de Actuación.
Las
condiciones que se determinan en las Normas Urbanísticas, son las siguientes:
Forman parte integrante del Suelo Urbanizable Programado para
el segundo cuatrienio los sectores: "Central", "Campo de la
Rosa", "Los Nietos", "La Aparecida 1", "Aljorra
W" "Finca Medina", "Urrutias 1" y el sector industrial
"P2" del Area industrial Cartagena, siendo los sistemas generales
adscritos al mismo, los siguientes:
- Resto del parque de la Rambla
(3-2) ................................................................................................... 10
Ha.
- Equipamientos de Sistema
General de
Bº. Concepción (3-1) ...................................................................................................................... 0,888
Ha.
- Espacios libres en
prolongación de Jorge
Juan desde Centro Médico
de Enpetrol hasta
Angel Bruna (4-3) ........................................................................................................................... 0,334
Ha.
- Espacio libre del Campo de la Rosa (8-1)......................................................................................... 2,55
Ha.
- Espacios libres entre el
viario de los
Cuatro Caminos (11-1) ................................................................................................................... 0,777
Ha.
- Sistema General en sector P-2
(13-1).............................................................................................. 1,881
Ha.
- Espacios libres junto a ferrocarril
en
Los Nietos (14-1)............................................................................................................................. 1,580
Ha.
- Sistema General viario en Los
Nietos (14-2)................................................................................... 1,184
Ha.
- Sistema General deportivo en
Alumbres (15-1) ................................................................................ 2,00
Ha.
- Sistema General de
Comunicaciones
en Alumbres (15-2) ............................................................................................................................. 0,1
Ha.
- Equipamiento viario S.G. para
ampliación
carretera general N- 301, junto al Sector
Los Ventorrillos............................................................................................................................... 0,361
Ha.
-----------------
TOTAL....................................................................................... 21,655
Ha.
APROVECHAMIENTO MEDIO DEL SEGUNDO CUATRIENIO.
Se fija
el aprovechamiento medio del urbanizable programado para el segundo cuatrienio
en 0,2257.
SECTOR CENTRAL CAMPO DE LA ROSA
‑ Superficie aproximada
del sector: 50.800 m².
‑ Indice de
edificabilidad bruta: 0,9 m²/m².
‑ Uso característico:
residencial colectivo.
‑ Coeficiente de homogeneización
ajustado para el sector: 0,58
‑ Aprovechamiento medio
del sector: 0,522
‑ Condiciones de la ordenación: Se
fijan en los planos de ordenación, la ordenación de forma indicativa. Los
espacios libres deben integrarse con los sistemas generales del Campo de la
Rosa y prolongación de Juan Fernández. Se debe mantener la trama de Ensanche.
Altura
máxima: 10 plantas.
En
el plano Nº 2.6 de información, se reflejan las distintas propiedades
existentes dentro del área de actuación, cuyos titulares son los siguientes:
Nº NOMBRE PROPIETARIO DIRECCION
1.-Mª Luisa
Contreras Linares C/
Wssel de Güimbarda, 5 Cartagena
2.-Antonio
Victoria Nieto C/
Fernando Palanca, 6, 1º A.
Terrenos Comerciales e Inmuebles SA 19005 Guadalajara
3 y 14.-
José Torres Botella C/
Wssel de Güimbarda, 5
Cartagena
4.-
Francisco Rodríguez Yufera C/
Iparraguirre, 15-1ºA 48009
Bilbao (Vizcaya). Tel.944231148
5.-Sovicar
92 S.A. C/
Ramón y Cajal, 15
Cartagena.
6.-Auto
Industria, S.A. C/
Carmen, 38. Cartagena
y
Carretera de La Unión, Km. 4.
7.- Antonio
Solano Lorente c/
Esmeralda, 17
Urb.
Mediterráneo,
Cartagena.
8.-
Concepción Marín Conesa C/
Pedro Díaz, 32. Bª 4 Santos
Cartagena.
9.- José
Manzano Casas C/
Pedro Díaz, 34
Cartagena.
10.-Juan
Conesa Ros C/
Barbero, 45. Bº Peral
Cartagena.
11.-Josefa
Aguera Martos Pedro
Díaz, 36
Cartagena.
12.- Lucia
Aguera Martos C/
Espinosa, 12 Bº Peral
Cartagena.
13.-Francisco Conesa Artés C/
Dr. Barraquer, 23
Cartagena
De
acuerdo con lo dispuesto en la legislación urbanística al respecto, con el
presente proyecto de Plan Parcial se pretende conseguir los siguientes
objetivos:
*
Desarrollar el planeamiento del "Sector Campo de la Rosa", de acuerdo con las condiciones que para el
mismo se establecen en el Plan General Municipal de Ordenación.
*
Proporcionar suelo apto para edificar viviendas y locales comerciales, con la
tipología adecuada para esta zona céntrica de la Ciudad, que cubran la demanda
que existe de la misma en la actualidad.
*
Proyectar unas dotaciones e infraestructuras urbanas, que completen y
complementen el sistema que el Plan prevé para esta zona del casco urbano de
Cartagena.
*
Establecer las condiciones para la obtención de suelo que permita la
construcción del parque central de Cartagena, en el espacio libre del
"Campo de la Rosa", mediante la gestión del planeamiento que se
proyecta.
Además
de los criterios básicos establecidos en el Plan General, existen
condicionantes muy expresos que marcan las directrices a seguir en la
ordenación del sector, que son los siguientes:
*
Tal como se señala de forma indicativa en los planos de ordenación, el Sector
debe ser el elemento encardinador de la ordenación de las zonas colindantes
que, aunque próximas, han crecido de manera independiente y diferenciada. Estas
zonas son las siguientes: el Plan Parcial Urbincasa; la parcelación de viviendas conocida como "las cuatrocientas"; la zona norte del trazado de ciudad Jardín.
*
No obstante lo anterior, se pretende la creación de un espacio urbano
diferenciado, con unas características
propias, como unidad residencial autónoma, que sirva de complemento al
parque a construir en la zona.
*
De acuerdo con lo que se establece en
las normas urbanísticas, se pretende mantener la trama y tipología de ensanche.
En
cuanto a los límites del Sector, se recogen los que se señalan en los planos de
estructura territorial y clasificación de suelo del Plan General. La
delimitación se ha ajustado al estado actual de la zona, según viene reflejado
en la cartografía base que se ha empleado, elaborada recientemente, por
procedimientos fotogramétricos.
El
trazado de los viales que conforman la actuación se ha realizado siguiendo las
indicaciones que vienen reflejadas en los planos de ordenación del Plan
General. De esta manera, en sentido norte-sur, tenemos el vial que une la calle
Burgos con Félix Martínez Alpena, recogiendo el tramo que se ha realizado en la
UA. 2 CS; la prolongación de la Calle Carmen Conde y de la calle Juan
Fernández. En sentido este-oeste se han trazado los viales en prolongación de
la calle Francisco Salzillo y Doctor Valenciano. En la zona situada el Este, la
ordenación completa el trazado existente en esta zona del Bº. de Peral.
Tal
como se establece en las normas urbanísticas del Plan General, los espacios
libres del Sector se han diseñado de manera que quedan totalmente integrado con
los sistemas generales del Campo de la Rosa y los que están al norte de la
prolongación de la calle Juan Fernández.
El
equipamiento escolar para E.G.B se ha situado en una parcela céntrica, que
además tiene la dimensión necesaria para cubrir los estándares que se señalan
en el anexo del Reglamento de Planeamiento. La parcela para equipamiento
escolar-guardería y la reservada para equipamiento deportivo, se han situado
junto a la calle Pedro Díaz, para que, al igual que lo espacios libres, queden integrados
en los sistemas generales del Campo de la Rosa y los de la prolongación de Juan
Fernández. El equipamiento cívico se sitúa junto a otro existente en la zona de
Bº Peral
Todas
estas determinaciones, unidas a la trama y tipología prevista para las
edificaciones a construir, dan como resultante el diseño de la ordenación que
se ha propuesto, que envuelve el sistema general de espacios libres y que
completa la trama urbana de esta zona de la Ciudad.
El
uso predominante del Sector es el residencial colectivo, con la tipología
característica de la zona de ensanche.
Los
equipamientos necesarios se sitúan articulando la estructura existente en la
zona, con la ordenación que se propone para el Sector, ampliando o
complementando las dotaciones de dicha zona urbana, que es deficiente, en
especial la Barriada de los Cuatro Santos.
El
Sector, supone la terminación
definitiva de la ordenación de esta parte céntrica de la Ciudad, que
había quedado como "costura" de la trama urbana de los barrios y
urbanizaciones de alrededor.
La
actuación proporcionará suelo apto para edificar viviendas en bloques de edificios
y bajos comerciales, en cantidad suficiente para cubrir la demanda que existe
en la actualidad de esta tipología, al haberse construido prácticamente la
totalidad de los solares vacantes de los alrededores. Esta tipología potencia
la aparición de la actividad característica de los centros urbanos, con vida
propia, a diferencia de los barrios dormitorios de la periferia.
Tal
como se mencionaba anteriormente al señalar los criterios de ordenación, además
de los imperativos del Plan General para el Sector, existen en la zona unos
condicionantes muy particulares, por la situación del mismo como remate de la
estructura urbana de la parte sur del Barrio de Peral, la barriada Cuatro
Santos y la parte Norte del trazado de la Ciudad Jardín, que determinan el
diseño final que se ha planteado.
Ateniéndonos
a lo que es el Sector, aunque la situación de los equipamientos de sistema
general viene determinado por el Plan General y que la ordenación está
condicionada por la estructura urbana de las zonas colindantes, se pretende
crear una unidad residencial de carácter básico, con una escala de relación
acorde a su tamaño y a la tipología que se quiere implantar, como complemento
del parque urbano del Campo de La Rosa.
De acuerdo con los criterios expuestos
anteriormente, se plantea una tipología uniforme para todo el Sector, con bloques
de viviendas en manzana cerrada y una altura de 8 plantas, de forma similar a
la existente en las manzanas colindantes de la calle Fº Salcillo y la de los
edificios V Centenario. En la parte
comprendida entre la prolongación de la calle Juan Fernández y el Bº de Peral,
se establecen normas de vial colectivo, con dos alturas, de acuerdo con las
normas que el Plan General establece en las manzanas de suelo urbano
colindante.
Se
establece la siguiente jerarquía en los diferentes tipos de viario que
estructuran el sector:
*
De primer orden, las calles que son prolongación de la calle Juan Fernández, de
la calle Burgos y de la calle Carmen Conde., así como la calle Dr. Barraquer
*
De segundo orden, las calles Pedro Díaz .
*
De tercer orden, el resto de los viales rodados que se plantean, en
prolongación de las calles Francisco Salzillo, Ramón Osuna, Jalón, St Cilia de
Jaca, Dr. Valenciano, etc.
*
Calles peatonales, bien destinadas a itinerarios puramente de este tipo o bien
de tráfico mixto, con un tratamiento continuo de su pavimento.
Cada
vivienda, según normas, tendrá su propio aparcamiento. En superficie y dada la
anchura de los viales, se sitúan aparcamientos, para un total de 150 plazas,
sin suponer una disminución en la capacidad del tráfico que los mismos tienen
que soportar. El 2% de estos aparcamientos se reservarán para minusválidos, con
unas dimensiones mínimas de 3,30x4,50
La
dotación escolar de E.G.B., la parcela reservada para equipamiento
escolar-guardería y la de equipamiento deportivo, se han situado, de acuerdo
con las condiciones de ordenación que se establecen en las normas urbanísticas
del Plan General para el presente Sector, integrados en los sistemas generales
del Campo de la Rosa y los de la prolongación de Juan Fernández, habiendo
trazado un vial peatonal entre el uso deportivo y el escolar, con el fin de dar
permeabilidad a la zona. El equipamiento cívico se sitúa junto a otro existente
en la zona de Bº Peral
En
el apartado 1.7.5. se refleja las superficies y edificabilidad de los
equipamientos previstos en el presente Plan Parcial, comparándolos con lo
estándares establecidos en el anexo del Reglamento de Planeamiento.
Siguiendo
el mismo criterio que con los equipamientos, se sitúan como nexo entre el
parque urbano del Campo de la Rosa y los espacios libres y equipamientos de
sistema general de la prolongación de Juan Fernández.
Se
ha seguido el mismo sistema de representación del Plan General, en cuanto a
simbología, siglas, tramas, trazos y demás elementos del lenguaje de
representación empleado por éste.
Los
planos se han confeccionado sobre base topográfica digitalizada, realizada por
procedimientos fotogramétricos a partir de un vuelo del año 1996, mediante el
programa de dibujo Autocad.
Los
proyectos de urbanización se redactarán de acuerdo con lo establecido en el
apartado 1.3.1. de las Normas de Plan General, en cuanto a definición y
contenido, debiendo tener en cuenta las condiciones que se enumeran a
continuación, para cada uno de los servicios.
Se tendrá en cuanta lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley Regional 5/1995.
El
plano general de planta acotado se realizará a escala 1/500, sobre la base
cartográfica informatizada, con definición suficiente de bordes, zonas de
conexión y de los elementos relevantes existentes. El plano de replanteo de
ejes podrá realizarse a escala 1/1.000 , debiendo definir las coordenadas en
los encuentros así como ángulos y distancias entre estos y a las alineaciones y
elementos existentes o, a otras referencias que se consideren de interés.
El
diseño de la red viaria se ha realizado en función de las necesidades a cubrir,
siendo en una parte consecuencia de la prolongación de los viales existentes en
la zona urbana colindante. Se ha tenido en cuenta lo dispuesto en la Ley Regional
5/1995 , cumpliendo las determinaciones del artículo 9 de la misma ya que, la
anchura de los itinerarios peatonales es mayor de 1,50 m. y la anchura de las
calzadas de doble dirección, mayor de 7 m.
La
estructura viaria del presente P.P. incorpora parte de viales existentes, como
son la calle Pedro Díaz y la calle Dr. Barraquer.
Por
la situación del Sector, existe una total continuidad entre los viales
proyectados y los del suelo urbano colindante, por lo que sus secciones y
rasantes se acuerdan convenientemente.
En
el plano Nº 3.4.2. se reflejan las diferentes secciones para cada uno de los
tipos de viario. Las anchuras de las aceras serán como mínimo de 1,70 m.
Las
características de los firmes y pavimentos serán las correspondientes a tráfico
medio y unas condiciones de la explanada del tipo El, que según Instrucción de
Carreteras y para firmes flexibles y base granular son: Sub-base-20 cm. de
zahorra natural; Base 20 cm. de zahorra artificial; Pavimento, aglomerado
asfáltico en caliente tipo rodadura,
4+4 cm. En el caso de
simultanear las obras de urbanización con la de las viviendas, se extenderá la
última capa de rodadura, una vez terminadas éstas. El diseño del “paquete”
definitivo del firme será el que resulte en función de los estudios de tráfico
y del tipo de terreno que se fije en el proyecto de urbanización
Se
plantean redes separativas para
pluviales y fecales. Se colocarán imbornales tipo sifónico, para recoger las
aguas pluviales, conectados a la red a construir en previsión para cuando se
instalen colectores en la zona .
Toda
la instalación se realizará con tubería de 300 mm. D.I. mínimo, de cemento,
unión por junta de goma y campana, con pozos de registro situados en los
cambios de dirección y en tramos rectos cada 50 metros como máximo.
Dado
que los viales proyectados son prolongación de los existentes, las redes de
cada uno de los mismos se conectarán a los de dichas calles.
En
el plano Nº 3.5, se refleja el esquema de la red de saneamiento que se ha diseñado
en función de las pendientes de los viales.
Se
realiza en función del consumo de agua 250 L/hab/día, con un coeficiente de
admisión de 0,8; Nº de hab/viv= 4; parte del consumo en 10 horas, conforme a la
Ordenanza Municipal de Alcantarillado.
Para el colector de pluviales la intensidad media horaria a considerar a
efecto del cálculo será de 90 mm/h
La
conexión se realizará cerrando anillos con las redes existentes.
En
el plano Nº. 3.6 se refleja el esquema de la red de aguas, la cual se plantea
de forma mallada, con tuberías a ambos lados de las calles para que las
acometidas no crucen las calzadas.
Las
tuberías serán de tipo "D", de presión nominal 12 Atmósferas. De no
establecerse otra cosa en el plano de coordinación de servicios, irán por las
aceras, a 20 centímetros del bordillo y a 70 centímetros de profundidad,
separadas en todo caso, en el plano horizontal y vertical, de otras
conducciones. Los cruces de calzadas se realizarán con tubería de fundición
dúctil e irán protegidos. Las válvulas a instalar serán de compuerta, con
husillo de acero inoxidable. Las bocas de riego serán de 40 mm. tipo compactas,
de fundición. Las acometidas se realizarán con polietileno 10 atmósferas de
presión de trabajo. Las llaves de corte tendrán dispositivo antirretorno, de
asiento inclinado. Todas las piezas especiales de fundición, serán homologadas
para tuberías de fibrocemento.
Para
el cálculo de mallas se empleará el método de Hardy Cross, aplicando la formula
de Hazen Williams.
Los
caudales totales se calcularán de acuerdo con las dotaciones máximas previstas
en el apartado 1.3.2.2. de las Normas Urbanísticas del Plan General;
considerándose que la zona en cuestión está comprendida en el grupo I. Deberán tenerse en cuenta ,
además, los consumos de las dotaciones para espacios libres, limpieza viaria y
los diversos tipos de equipamientos.
Según
se describe en la memoria de información, existen una red aérea de media
tensión, que parte de un apoyo A/S situado en Urbincasa y se dirige hacia el
transformador existente en la calle de Bº Peral. Los puntos de entronque serán en esta línea y en la línea
subterránea que alimenta el CT del edificio V Centenario.
La
red de media tensión será subterránea desde el actual apoyo A/S en Urbincasa,
hasta el transformador de Bº Peral, sustituyendo de esta manera a la actual
línea aérea, intercalando en la misma el CT que alimente los bloques con
fachada a Juan Fernández. La zona Oeste y el colegio, se alimentarán del
anillos subterráneos existentes.
Los
centros de transformación se instalarán en las parcelas reservadas para los
mismos y que se señalan en los planos de ordenación, las cuales se ha situado
lo más próximo posible a los centros de gravedad de las cargas. Serán del tipo
P.B. y se realizarán preferentemente integrados en la edificación. La parcela ST de la manzana nº 5 se
cederá a Iberdrola con el fin de que esta pueda trasladar el CT existente en la
calle Juan de la Peña.
La
red de baja tensión será subterránea, en anillos cerrados, partiendo de los CT,
seccionados en los puntos de mínima tensión, según los cálculos pertinentes.
Las secciones de dichos anillos vendrán en función de la previsión de carga de
cada circuito.
En
los puntos de suministro, se colocarán armarios de seccionamiento, según normas
de homologación de la empresa suministradora.
Las
líneas irán enterradas en zanjas homologadas, según las normas de la empresa
suministradora y las normas municipales al respecto, debiendo respetarse las
distancias a otras conducciones.
El
cálculo de las redes se realizará según el Reglamento de Líneas de Media y Baja
Tensión.
La
potencia se calculará considerando 5 kw por vivienda y 100 w por cada 100 m2
de local comercial. Para el equipamiento escolar, 5 kw/100 m2; para el equipamiento deportivo, 2 kw/100 m2
y en los equipamientos sin especificar, 3 kw/m2
En
el plano 3.8 se establece la clasificación del viario para los distintos niveles
de iluminación.
CATEGORÍA
NIVEL COEFICIENTE POTENCIA
DE LA VÍA LUMINOSO
UNIFORMIDAD INSTALADA
MÍNIMO
MÍNIMO MÁXIMA
Primer
orden 25 Lux -medio
0,65 3 w/m2
-general
0,35
Segundo
orden 20 Lux -medio
0,55 2 w/m2
-general
0,30
Tercer
orden 16 Lux -medio 0,5
1,5 w/m2
-general
0,25
Parques
jardines
10 Lux 1
w/m2
Los
centros de maniobra se procurará instalarlos junto a los C.T. o lo más cerca
posible de los mismos.
En
el plano 3.8 se ha grafiado el esquema de la red de alumbrado así como la
situación aproximada de las luminarias. En la distribución definitiva que se
realice en los proyectos, se tendrá en cuenta no situar una farola a menos de 5
metros de las esquinas, sin superar por ello las distancias máximas resultantes
del cálculo, en función de la intensidad y uniformidad previstas.
Las
redes deberán ser subterráneas; para la ejecución de las zanjas se tendrá en
cuenta las normas técnicas en vigor y las Ordenanzas Municipales al respecto.
En
los proyectos de urbanización se debe especificar de forma explícita, que no se
realizarán empalmes ni derivaciones subterráneas, ni siquiera en las arquetas,
utilizándose para este fin, solamente la base de las farolas.
Según
se establece en el punto 1.3.2.4 de las Normas Urbanísticas del Plan General,
el alumbrado a instalar deberá estar provisto de un dispositivo de reducción de
alumbrado (REDUCTOR DE FLUJO). El
reductor de flujo será del tipo que emite máxima luminosidad, cuando existe
tensión en el hilo de mando.
La
realización de la instalación deberá hacerse por empresa responsable y
legalmente autorizada y así se deberá justificar en el acta de replanteo.
Los
proyectos de urbanización deberán incluir la separata correspondiente donde se
contemplen las canalizaciones que sea necesario realizar para dotar de servicio
telefónico a todas las parcelas sin tendido aéreo alguno sobre el dominio
público, con informe favorable de la compañía Telefónica de adecuación a sus
normas, según se indica en el plano 3.9.
Cualquier
otro servicio que se pretenda colocar, cuyas canalizaciones o líneas discurran
por el dominio público, deberán ser subterráneas y se estudiará su incidencia
en los planos de coordinación de servicios, para las distintas secciones de
calle. Se consultará con las compañías
suministradoras de gas sobre la intención de instalar este servicio en la
zona, con el fin de realizar su
ejecución coordinada con el resto de las instalaciones.
De
acuerdo con lo establecido en el artículo 3 y 4 del anexo del Reglamento de
Planeamiento, dentro del sistema de espacios libres previsto en el presente
ámbito de ordenación, se ha especificado para cada una de las parcelas
señaladas como tal, el destino concreto, según la siguiente sub-clasificación:
Jardines;
Areas de juego de niños; Areas peatonales, paseos y plazas; Zonas deportivas
públicas.
En
el plano 3.1 de estructura urbana se refleja el sistema de espacios libres del
ámbito de ordenación y en los cuadros nº 1 de características, el destino
concreto de cada una de las parcelas calificadas como espacio libre.
Para
la redacción de los proyectos de urbanización se tendrá en cuenta lo
establecido en el apartado 1.3.2.5 de las Normas
Urbanísticas del Plan general, en cuanto a
documentación y determinaciones.
1.-
DEFINICIÓN.- Se considerarán jardines aquellos espacios libres en los que la
superficie destinada a plantación de espacios vegetales, es superior al 60% de
la total, pudiendo destinarse al resto no ocupado por la jardinería a paseos y
zonas peatonales, ya sea pavimentadas o en tierra batida.
2.-
DISEÑO.- Se deberán tener en consideración la tipología y características del
entorno, forma y topografía del terreno, rasantes de los viales colindantes,
etc. Se tenderá a dar el máximo relieve y movimiento, resaltando la altura de
los parterres, mediante el volumen adecuado de las tierras, con una pendiente
mínima de los 10% cuando su destino sea la plantación de gramíneas o especies
tapizantes. Se tendrá en cuenta la legislación sobre supresión de barreras
arquitectónicas.
Cuando
las dimensiones y forma del espacio libre lo permita, se deberá incluir en el
diseño una zona de juego de niños, con el mobiliario correspondiente.
3.-
ESPECIES VEGETALES.
Preferiblemente
se proyectarán especies vegetales autóctonas ó aquellas de probada adaptación a
la zona, de acuerdo con las normas del Servicio de Parques y Jardines.
4.-
INSTALACIONES.
*
Alumbrado público.- Se proyectará la instalación de alumbrado para la
intensidad luminosa de 10 lux, con las luminarias adecuadas de acuerdo con el
entorno y el diseño adoptado así como las ordenanzas municipales al respecto.
*
Riego.- Se proyectará sistema de riego por goteo para el arbolado y por
aspersión en las praderas de gramíneas o especies tapizantes, con su
correspondiente sectorización y llaves de corte, con funcionamiento automático
mediante electroválvulas y programador. Como refuerzo se proyectarán igualmente
bocas de riego a razón de una por cada 400 m2. Toda la instalación
se centralizará en una arqueta para las electroválvulas, junto a un armario con
pedestal para el programador y los elementos de eléctricos de maniobra. La
acometida de agua se realizará con una arqueta y un seno para instalación del
contador. Se deberán tener en cuenta las normas municipales al respecto.
5.-
MOBILIARIO.- Se preverá la instalación de papeleras y bancos en los pasos y
zonas peatonales así como juegos infantiles, en proporción a las dimensiones,
de acuerdo con los criterios del servicio Municipal de Proyectos y Obras de
Urbanización.
1.-
DEFINICIÓN.- Son aquellos espacios libres que por sus dimensiones y en
cumplimiento de los estándares correspondientes, se destinan a este uso
concreto, por lo que la mayor parte de su superficie se dispondrá de tal manera
que pueda dedicarse al recreo de los niños.
2.-
DISEÑO.- De acuerdo con las dimensiones y forma dispondrá una zona con
tratamiento de arena o gravilla, donde se instalen los juegos infantiles, combinándose
con parterres que permitan la plantación de arbolado que proporcione la
correspondiente sombra, en el lugar y orientación adecuada.
3.-
ESPECIES VEGETALES.-
Se seguirá el mismo criterio que en los
jardines.
4.-
INSTALACIONES.-
*
Alumbrado público.- Se proyectará la instalación de alumbrado para la
intensidad luminosa de 10 lux, situándolos las luminarias de tal forma que no
moleste al desarrollo de la función.
Se
proyectará la instalación de una fuente bebedero para niños.
5.-
MOBILIARIO.-
Los
juegos de niños a instalar así como los bancos, estarán en proporción a las
dimensiones y serán de un material que garantice la seguridad de los mismos.
1.-
DEFINICIÓN.- Son aquellos espacios libres donde la superficie con posibilidad
de tránsito u ocupación de las personas, es superior al 40% de la total,
debiendo estar esta superficie pavimentada, salvo la zona que se destine a
juego de niños.
2.-
DISEÑO.- Se deberán tener en consideración las características del entorno,
forma y topografía del terreno así como rasantes de los viales colindantes,
disponiéndose los espacios de tal manera que puedan cumplir con su función,
como zona de reunión y relación. Se tendrá en cuenta la legislación sobre
supresión de barreras arquitectónicas.
En
los paseos peatonales, cuya anchura sea igual o superior a 2 metros se deberá
disponer arbolado en alcorques, cada 10 metros. En las plazas, los parterres y
alcorques, se dispondrán de forma que configuren espacios funcionales de
acuerdo con su uso, en una proporción mínima del 10% de su superficie total.
3.-
ESPECIES VEGETALES.-
Al
proyectar las especies para los parterres y alcorques, se seguirá el mismo
criterio que en los jardines.
4.-
INSTALACIONES.-
Riego.-
Se proyectarán redes de riego por goteo para los alcorques y difusores en los
parterres, con funcionamiento automático. Las bocas de riego se dispondrán
estratégicamente para el baldeo, a razón de una boca por cada 500 m2.
Toda la instalación se centralizará en una arqueta de mando, con un seno para
contador. Se deberán tener en cuenta las normas municipales al respecto.
Alumbrado
público.- Se proyectará la instalación de alumbrado, para la intensidad
luminosa de 15 lux., con luminarias adecuadas de acuerdo con el entorno y el
diseño adoptado, así como las ordenanzas municipales al respecto.
5.-
MOBILIARIO.-
Se
preverá la colocación de papeleras, bancos y demás mobiliario urbano, de
acuerdo con el diseño y tamaño de los espacios, de acuerdo con los criterios
del servicio de Arquitectura Municipal.
Se
delimita una sola unidad de ejecución, cuyo ámbito abarca toda la actuación.
A
efecto de valorar el aprovechamiento de cesión al Ayuntamiento, así como los
excesos, se realiza la ponderación del mismo en unidades de valor homogéneo:
Dado
que las normas son similares a las del Plan General, se establecen coeficientes
igualmente similares a los utilizados por el Ayuntamiento para la valoración de
los aprovechamientos, y que son los siguientes.
*
Coeficiente de situación y de calles.
Se
establece que este coeficiente es la unidad ya que no existen elementos
relevantes ni se crean centros de actividad en la actuación que puedan influir
en diferencias de valor a considerar.
*
Coeficientes de tipología.
Vc3
(8p)........................................................................
1,1
Vc1 .............................................................................. 1,0
* Coeficientes
de uso.
- Uso
residencial............................................................. 1,0
-
Uso equipamientos ....................................................... 0,5
-
Uso comercial............................................................... 1,1
NORMA
USO SUPERFICIE COEF.
COEF.
COEF.
U.V.H.
EDIFICABLE TIPO. USO
PONDERAC.
Vc3 RE 43.576,00 1,1 1,0 1,1 47.933,00
Vc1 RE 1.620,00 1.0
1,0 1,0 1.620,00
EG CO
380,00 1,0 1,1 1,1 418,00
--------- ---------
TOTALES 45.601,00 49.971,00
Para
establecer un valor de la unidad de aprovechamiento del sector, que sea
equiparable con los valores resultantes en otras zonas del término municipal,
se han empleado unos coeficientes de ponderación similares a los aprobados por
el Ayuntamiento, para los distintos usos y tipologías. De la misma manera, al
estar el sector incluido dentro del 2ºcuatrienio y a efecto de compensación con
otros sectores y sistemas generales, el aprovechamiento medio a considerar será
el que el Plan General establece para dicho cuatrienio.
Combinando
ambos, obtendremos un resultado que refleja unitariamente, la superficie construible, del uso y tipología característico en el término municipal, por cada
metro cuadrado de suelo incluido dentro del
ámbito de actuación (sector y sistemas generales a adscribir al mismo),
que bien podríamos seguir llamándolo "aprovechamiento tipo".
De
esta manera, el "aprovechamiento tipo" a considerar será el
aprovechamiento medio para el 2º cuatrienio, del suelo urbanizable programado
del P.G.M.O., homogeneizado con los coeficientes de aplicación según usos y
tipologías del presente Sector, que es el siguiente:
Superficie
del Sector 50.670,00
m2.
Superficie
sistemas generales
a adscribir (ver apdo. 1.7.4)
Anejos
al Sector 24.700,00 m2 (75.370
m2)
Sistemas
exteriores 41.819,00 m2
SUPERFICIE
TOTAL DE
LA ACTUACIÓN 117.189,00 M2.
Unidades valor homogéneo
Aprovechamiento "tipo" =
-----------------------------------------
S. Sector + S. general
49.971,50
-------------- = 0,4264
117.189,00
SUPERF.
APROVECH. APROVECH.
M2 TIPO U.V.H.
Sector 50.670 0,4264 21.605,70
Sistemas Gnles.
Campo la Rosa 24.700 0,4264 10.532,10
Sistemas Gnles.
exteriores 41.819 0,4264 17.831,62
-------- ---------------
TOTALES
ÁMBITO 117.189 49.969,42
El
aprovechamiento que le corresponde a los propietarios de suelo incluidos en el sector, a los del sistema
general adscrito del campo de La Rosa y a los del resto de sistemas generales a
adscribir, será el 90 % del
expresado anteriormente.
En
consecuencia con lo expresado en los apartados anteriores, el aprovechamiento
de cesión al Ayuntamiento de Cartagena será:
10
% s/ 49.971,00 = 4.997.
U.V.H.
Nº MANZ. |
NORMA |
USO |
SUPERFICIE MANZANAS M2 |
SUPERFICIE EDIFICABLE PRIVADA |
Nº VIV. |
1 |
Vc3 |
RES. |
3.551,00 |
19.688 |
166 |
2 |
Vc3 |
RES. |
5.115,00 |
23.888 |
200 |
5 |
ST |
EQUI. |
37,00 |
25 |
|
5 |
EG |
COMER. |
475,00 |
380 |
|
6 |
Vc1 |
RES. |
1.350,00 |
1.620 |
14 |
TOTAL |
|
|
10.528,00 |
45.601 |
380 |
4 |
EL-1 |
JAR |
12.351,00 |
|
|
TOTAL |
|
|
12.351,00 |
|
|
3.2 |
EE (GUAR.) |
EQUI. |
1.000,00 |
|
|
3.1 |
EJ |
EQUI. |
2.280,00 |
|
|
3.2 |
EE |
EQUI. |
5.000,00 |
|
|
5 |
EC |
EQUI. |
1.425,00 |
|
|
TOTAL |
|
|
9.705,00 |
|
|
VIARIO |
VIARIO |
S.L. |
18.086,00 |
|
|
TOTAL
|
SEC. |
|
50.670,00 |
|
|
|
EL S.G. |
PARQUE URBANO |
24.700,00 |
|
|
|
S.G |
EXTER. |
41.819,00 |
|
|
TOTAL |
AMBIT. |
|
117.189 |
|
|
MAGNITUDES PLAN
GENERAL
Superficie
Total del Sector (s/ medición) 50.670 m2
Indice
de edificabilidad bruta 0,90
m2/m2
Sup.
edificable total (edificabilidad total) 45.603 m2
Sistema general, adscripción
obligada.-
Parque Campo de la Rosa 24.700
m2
--------------------
SUMA 75.370
m2
MAGNITUDES
PLAN PARCIAL
SUPERFICIE EDIFICABILIDAD
P. RESULTANTES COMPUTABLE
*
PRIVADO LUCRATIVO
Parcelas
Residenciales 10.016
45.196
Parcelas
Comerciales 475 380
Parcelas
Servicios Técnicos 37
25
*PUBLICO;
DEMANIAL Y PATRIMONIAL
Parcelas
Equipamiento 9.705 -
Espacios
libres 12.351
-
Viales
y Aparcamientos 18.086 -
---- --------
------------
50.670 m2 45.601 m2
APROVECHAMIENTO Y S.G. A ADSCRIBIR.
* Aprovechamiento medio 2º Cuatrienio 0,2257
* Coeficiente de Homogeneización ajustado
para el Sector 0,58
* Indice de Edificabilidad medio 0,389138
m2/m2
* Edificabilidad correspondiente a
los terrenos incluidos en el Sector 50.670 x
0,389138=19.717,62 m2
* Edificabilidad correspondiente a los
terrenos del S.G Campo de la Rosa 24.700 x 0,389138=9.611,71 m2
*
Exceso de aprovechamiento para compensar
a propietarios de otros S.G. del T.M. 41.819 x
0,389138=16.273.67,41 m2
--------------
45.603,00 m2
EXCESO DE APROVECHAMIENTO
De acuerdo con lo
anterior, con el exceso de aprovechamiento que resulta, una vez computado el
que corresponde al S.G. del Campo de la Rosa, pueden compensarse propietarios
de suelo de sistema general incluido en el suelo urbanizable del 2º cuatrienio,
en otras zonas del término municipal, hasta la superficie de 41.819 m2.
La compensación
puede realizarse mediante la inclusión de la superficie de los terrenos de S.G.
en el proyecto de reparcelación, como titulares de derecho, junto con los
terrenos incluidos en el Sector Campo de la Rosa y el sistema general adscrito
que se encuentra junto al mismo. La compensación puede realizarse mediante la
adjudicación de parcelas edificables o mediante la contraprestación económica
correspondiente.
Con el fin de
establecer un valor para este aprovechamiento que pueda ser comparativo, se ha
homogeneizado el mismo con los coeficientes de uso y tipología que tiene
establecidos el Ayuntamiento de Cartagena
para el ámbito del Plan General, según los criterios de valoración
aprobados al respecto.
En el apartado
1.6.1.3 se ha obtenido el aprovechamiento homogeneizado de la actuación
"aprovechamiento tipo" y en el 1.6.2
las unidades de valor, del uso y tipología característico del P.G. que
corresponden a los propietarios de sistemas exteriores.
(UNIDAD
BÁSICA)
- Espacios libres: 18 m2 suelo x vivienda.
mínimo
10 % S/Sup. sector
10 % 50.670,00 = 5.067 m2
18 x 380 v = 6.840,00
m2 suelo
- Equipamiento escolar:
E.G.B. .- 10 m2 suelo x vivienda.
10
x 380 viviendas = 3.800 m2
Unidad básica.- módulo
mínimo 5.000,00
m2 suelo
Pre-escolar. 2 m2 suelo x vivienda.
módulo mínimo 1.000,00
m2 suelo
- Equipamiento deportivo.
6
m2 suelo x vivienda
6 x 380 = 2.280,00
m2 suelo
- Equipamiento de interés público
y social:
3
m2 edificables x vivienda.
3 x 380 m2 = 1.140
m2 edificables
- Equipamiento comercial:
1
m2 edificable x vivienda
1 x 380 = 380
m2 edificables
- Aparcamientos: 1 x cada 100 m2
edificables.
45.643 / 100 456
ap.
manzana
nº superficie sup.
parcela edif.
m2 m2
*
Espacios libres EL / 4 12.351,00
--------
Total 12.351,00
*
E.G.B.
EE / 3.2 5.000,00
Total 5.000,00
*
Guardería EE / 3.2 1.000,000
Total 1.000,00
*
Deportivo EJ / 3.1 2.280,00
Total 2.280,00
*
I. P. y Social EC / 5 1.425,00 1.140,00
Total 1.425,00 1.140,00
*
Comercial EG
/ 5 475
380,00
*
Aparcamientos
1 aparcamiento x vivienda
1 x
380 = 380
aparcamientos
En superficie = 120 aparcamientos
500
aparcamientos
El
2% de éstos estarán adaptados para minusválidos.
SEGUN SEGUN
R.P. P.P.
(SUELO) (SUELO)
* Espacios libres
6.840,00m2 12.351,00
m2
* E.G.B. 5.000,00
m2 5.000,00 m2
* Preescolar 1.000,00 m2
1.000,00
m2
* Deportivo 2.280,00 m2 2.280
m2
(SUPERFICIE (SUPERFICIE
EDIFICABLE) EDIFICABLE)
* Social 1.140,00
m2 1.140,00
m2
* Comercial 380,00 m2 380,00 m2
(UNIDADES) (UNIDADES)
* Aparcamientos 456 500
Las reservas de
suelo que se realizan en el presente Plan Parcial para espacios libres y equipamientos,
cumplen con lo establecido en el Anexo del Reglamento de Planeamiento para el
tipo de unidad residencial de que se trata.
El Plan General
Municipal de Ordenación de Cartagena, aprobado por el Consejo de gobierno de la
Región de Murcia el 9 de abril de 1087, califica los terrenos objeto de el
presente P.P. como suelo urbanizable programado, incluyéndolo en el 2º
cuatrienio de su programa de actuación.
Existe una demanda
de viviendas de la tipología que debe implantarse en la zona, al haberse
construido todos los solares de los alrededores. Además, con el desarrollo de
este suelo, se completa la ordenación de una zona céntrica de la Ciudad y se
obtienen los terrenos para la construcción del Parque del Campo de la Rosa.
En el apartado
1.2.8.2 de la memoria, figura la relación de los propietarios del suelo
incluido dentro del Sector, así como de los sistemas generales adscritos al
mismo.
De acuerdo con los
criterios que se desprenden del acuerdo Plenario de 28.11.97, en el que el
Ayuntamiento asume el compromiso de desarrollar el Sector Campo de La Rosa, y del acuerdo de la Comisión de Gobierno
de 24.04.98, de aprobación inicial del presente Plan Parcial, se delimita una
sola Unidad de Ejecución, cuyo sistema, de actuación será el de COOPERACIÓN.